Common use of Contratación de personal Clause in Contracts

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantes, por nueva creación o promociones a un puesto de grado o categoría mayor, deberá darse preferencia al personal permanente de conformidad con la ley y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTEL, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en la misma, siempre y cuando no hayan sido separados del puesto por causa justa. Los candidatos a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) Cumplir con los requisitos mínimos de preparación y experiencia exigidos para el puesto. b) Aprobar los exámenes y/o evaluaciones establecidas para cada clase de puesto, en el manual de reclutamiento y selección correspondiente. c) Poseer un buen estado de salud físico y mental para el desempeño de las actividades del puesto, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos de la Empresa y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisión. El candidato deberá acreditar ante el médico, examen de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través de la dependencia respectiva, establecerá registros de candidatos elegibles para ocupar los puestos vacantes, basándose en los resultados arrojados por los concursos que al efecto se efectúen. Para llevar a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros de trabajo, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otras, la siguiente información: nombre del puesto, requisitos mínimos exigibles, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar y fecha de inscripción. Los concursos mencionados en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o al personal foráneo a la Empresa; en consecuencia, deberán existir registros de elegibles específicos para ambos tipos de candidatos. Las dependencias especializadas de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad a lo establecido en los instrumentos. SITRATELH, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo a la selección del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase de puesto tendrá asignado un sistema de selección, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimiento, test sicométricos, evaluación de curriculum, etc., según se consigne en el manual de reclutamiento y selección; en consecuencia, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y no se disponga de candidatos elegibles en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después de la firma del presente Contrato Colectivo.

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Samples: Collective Labor Agreement

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantesla contratación de personal para trabajos de sustitución, por nueva creación la Empresa convocará ofertas de empleo; sin embargo, si durante la misma existieran horas excepcionales, se podrá contratar a personal proveniente de Empresas de Trabajo Temporal y en general cuando circunstancias excepcionales así lo demanden. Al personal interino se le facilitará el uniforme correspondiente a la época en que se halle trabajando (Verano o promociones Invierno). Al finalizar el contrato de interinaje, este personal devolverá al Almacén las prendas facilitadas, en perfecto estado de limpieza y corrección. En caso contrario, se le descontará de su liquidación, el importe del vestuario entregado. A todo el personal interino, se le proporcionará pase individual de libre circulación, durante el tiempo del contrato de trabajo. Vendrá obligado a un puesto devolver dicho pase, el mismo día de grado o categoría mayorla finalización de su contrato de trabajo. En caso contrario, deberá darse preferencia al personal permanente se le retendrán sus haberes, hasta tanto cumpla con el requisito anterior. En cuanto a los pases de conformidad libre circulación de los familiares que tengan derecho, únicamente se facilitarán dichos pases a aquellos familiares de los interinos con la ley obligación anterior de devolver todos los pases facilitados a él y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTELfamiliares, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en la misma, siempre y cuando no hayan sido separados al término del puesto por causa justa. Los candidatos a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) Cumplir con los requisitos mínimos de preparación y experiencia exigidos para el puesto. b) Aprobar los exámenes y/o evaluaciones establecidas para cada clase de puesto, en el manual de reclutamiento y selección correspondiente. c) Poseer un buen estado de salud físico y mental para el desempeño de las actividades del puesto, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos de la Empresa y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisión. El candidato deberá acreditar ante el médico, examen de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través de la dependencia respectiva, establecerá registros de candidatos elegibles para ocupar los puestos vacantes, basándose en los resultados arrojados por los concursos que al efecto se efectúen. Para llevar a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros contrato de trabajo, aplicándoseles en otro caso la retención de sus haberes, indicada en el apartado anterior. Se definirán por escrito, de acuerdo con los criterios existentes, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otrasnormas de funcionamiento de la bolsa de CP, la siguiente información: nombre del puesto, requisitos mínimos exigibles, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar y fecha incluidos los “búhos”. La empresa podrá contratar personal para realizar diversas tareas. La retribución se fijará en función de inscripcióncada tarea desempeñada. Los concursos mencionados conductores polivalentes deberán realizar aquellas tareas que se le encomienden y para las que es necesario poseer el carnet de la clase D. El número de conductores polivalentes no será superior a 25. El personal eventual o fijo a tiempo parcial que se encuentre trabajando en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente empresa irá cubriendo de acuerdo a la ley o al personal foráneo a la Empresa; en consecuencia, deberán existir registros de elegibles específicos para ambos tipos de candidatos. Las dependencias especializadas de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad a lo establecido en los instrumentos. SITRATELH, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo a la selección del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase acordadas de puesto tendrá asignado un sistema de selección, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimiento, test sicométricos, evaluación de curriculum, etc., según se consigne en el manual de reclutamiento y selección; en consecuencia, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y no se disponga de candidatos elegibles en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después funcionamiento de la firma del presente Contrato Colectivobolsa aquellas vacantes que se vayan produciendo en la empresa.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantesPor razón de las características del servicio de la empresa los tra- bajadores se clasifican en: Fijos; contratados por tiempo determinado; even- tuales; interinos y contratados a tiempo parcial; en formación y prácticas. Las relaciones laborales serán prioritariamente de carácter indefinido, impulsando así la estabilidad en el empleo. A tales efectos las partes esta- blecen que a su finalización, los contratos de duración determinada o temporales, incluidos los contratos formativos, y al objeto de facilitar la colocación estable, se podrán convertir en contratos de trabajo para fomen- tar la contratación indefinida regulados en la disposición adicional primera A) Contratos formativos: 1. Contratos de trabajo en prácticas.—Se entenderán referidos a esta modalidad contractual, los encaminados a concertar con quienes estuvie- ran en posesión de un título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Técnico Superior, así como títulos oficialmente reco- nocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional. La retribución de estos contratos será el 60 por nueva creación 100 el primer año de contrato y el 75 por 100 el segundo año xxx xxxxxxx fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o promociones a un equivalente puesto de grado o categoría mayortra- bajo, deberá darse preferencia sin que en ningún caso dicho salario percibido sea inferior al personal permanente Mínimo Interprofesional en proporción al tiempo de conformidad con trabajo efectivo. La duración de este contrato no podrá ser inferior a seis meses ni superior a dos años. Si el contrato se hubiera concertado por tiempo infe- rior a dos años las partes podrán acordar prórrogas no pudiendo ser la ley y en su defecto duración de cada una inferior a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTEL, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en seis meses ni superar la misma, siempre y cuando no hayan sido separados duración total del puesto por causa justa. Los candidatos a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) Cumplir con los requisitos mínimos de preparación y experiencia exigidos para el puesto. b) Aprobar los exámenes y/o evaluaciones establecidas para cada clase de puesto, en el manual de reclutamiento y selección correspondiente. c) Poseer un buen estado de salud físico y mental para el desempeño de las actividades del puesto, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos de la Empresa y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisióncontrato. El candidato deberá acreditar ante el médicoperíodo de prueba de estos contratos no podrá ser superior a dos meses para los celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio, examen ni a tres meses para los celebrados con trabajadores que estén en posesión de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección título de Recursos Humanos a través de la dependencia respectiva, establecerá registros de candidatos elegibles para ocupar los puestos vacantes, basándose en los resultados arrojados por los concursos que al efecto se efectúen. Para llevar a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros de trabajo, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otras, la siguiente información: nombre del puesto, requisitos mínimos exigibles, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar y fecha de inscripción. Los concursos mencionados en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o al personal foráneo a la Empresa; en consecuencia, deberán existir registros de elegibles específicos para ambos tipos de candidatos. Las dependencias especializadas de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad a lo establecido en los instrumentos. SITRATELH, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo a la selección del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase de puesto tendrá asignado un sistema de selección, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimiento, test sicométricos, evaluación de curriculum, etcgrado superior., según se consigne en el manual de reclutamiento y selección; en consecuencia, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y no se disponga de candidatos elegibles en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después de la firma del presente Contrato Colectivo.

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Samples: Compensation Agreement

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantes, por nueva creación o promociones a un puesto de grado o categoría mayor, deberá darse preferencia 1. La Empresa contratará al personal permanente bajo la modalidad contractual que corresponda, en función de conformidad con sus objetivos y presupuestos, y de los planes y programas públicos y/o de los encargos, proyectos o asistencias técnicas que le sean encomendados por la ley y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTEL, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en Administración de la misma, siempre y cuando no hayan sido separados del puesto por causa justaque es medio instrumental. capítulo seis PRO¥ISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. ESTABILIDAD Y PROMOCIÓN. 2. Los candidatos seleccionados, conforme a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir con procedimientos previstos en el artículo anterior, suscribirán sus contratos al amparo de la legislación aplicable y bajo la modalidad que resulte más adecuada. Estos contratos se formalizarán por escrito en los modelos oficiales, y en ellos se hará constar el período de prueba mínimo previsto en el Estatuto de los Trabajadores. Los contratos temporales se extinguirán necesariamente al término de la duración expresada en los mismos, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 de este mismo artículo. 3. La Empresa concertará los contratos de trabajo, conforme a la legislación vigente, bajo una de las siguientes condicionesmodalidades: a) Cumplir con Contrato de duración indefinida: Las necesidades permanentes de la Empresa de carácter estructural y horizontal, esto es, no vinculadas a una consignación presupuestaria específica correspondiente a los requisitos mínimos de preparación proyectos a ejecutar y experiencia exigidos para el puestoque soporten la actividad general, serán atendidas mediante trabajadores contratados por tiempo indefinido. b) Aprobar los exámenes y/Contrato de duración determinada por obra o evaluaciones establecidas servicio: Se concertará bajo esta modalidad cuando se contrate al trabajador para cada clase la realización de puestouna obra o servicio determinados, en el manual con autonomía y sustantividad propia dentro de reclutamiento y selección correspondiente. c) Poseer un buen estado de salud físico y mental para el desempeño de las actividades del puesto, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos la actividad de la Empresa y por las evaluaciones psicológicas que efectuará cuya ejecución, aunque limitada en el Departamento tiempo, sea en principio de Provisión. El candidato deberá acreditar ante el médico, examen de pulmones, V.D.R.L.duración incierta, y cualquier otro siempre que la prestación de servicios del trabajador sea originada por alguna de las siguientes actividades: - Inicio y desarrollo de actividades que no perduren en el tiempo, con independencia de que las mismas se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través realicen en instalaciones propias o ajenas, que sean consecuencia de la dependencia respectiva, establecerá registros ejecución de candidatos elegibles para ocupar los puestos vacantes, basándose en los resultados arrojados encargos o encomiendas atribuidas por los concursos la Administración de la que al efecto se efectúen. Para llevar a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros de trabajo, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otras, la siguiente información: nombre del puesto, requisitos mínimos exigibles, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar y fecha de inscripción. Los concursos mencionados en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o al personal foráneo a depende la Empresa; en consecuencia, deberán existir registros . - Inicio y desarrollo de elegibles específicos para ambos tipos actividades nuevas o distintas de candidatoslas que habitualmente viniera realizando la Empresa. Las dependencias especializadas de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad a lo establecido en los instrumentos. SITRATELH, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo a la selección del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase de puesto tendrá asignado un sistema de selección, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimiento, test sicométricos, evaluación de curriculum, etcPRO¥ISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO., según se consigne en el manual de reclutamiento y selección; en consecuencia, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y no se disponga de candidatos elegibles en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después de la firma del presente Contrato Colectivo.

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Samples: Iii Convenio Colectivo Interprovincial

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantes, Contratos para la formación: Tendrán regulada la relación laboral por nueva creación o promociones a un puesto de grado o categoría mayor, deberá darse preferencia al personal permanente de conformidad con la ley y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTEL, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en la misma, siempre y cuando no hayan sido separados del puesto por causa justa. Los candidatos a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir normativa específica con las siguientes condiciones: a) Cumplir con los requisitos mínimos limitaciones: - Serán categorías de preparación objeto de este contrato, hasta por dos años, las de administrativo y experiencia exigidos para dependiente. - Los salarios serán del 80% durante el puesto. b) Aprobar los exámenes y/o evaluaciones establecidas para cada clase primer año de puestocontrato y del 90% durante el segundo, en ambos casos calculados sobre el manual de reclutamiento y selección correspondiente. c) Poseer un buen estado de salud físico y mental para el desempeño de las actividades del puesto, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos salario de la Empresa categoría objeto de formación. • Contratos en prácticas: CVE-2016-5874 - Salario: percibirán el 85% el primer año y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisión. El candidato deberá acreditar ante 95% el médicosegundo año, examen de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través calculados sobre el salario de la dependencia respectiva, establecerá registros categoría correspondiente. • Contratos de candidatos elegibles para ocupar “eventuales” tendrán los puestos vacantes, basándose en mismos derechos que los resultados arrojados por fijos o indefinidos. Los trabajadores con condición de fijos o indefinidos no supondrán menos del 60% de los concursos que al efecto se efectúentrabajadores de la plantilla de cada empresa del sector. Para llevar a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros Los trabajadores y sus representantes legales recibirán una copia del contrato de trabajo, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otraso prorroga del mismo, la siguiente información: nombre del puestoque firmen, requisitos mínimos exigibles, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar una vez que esté legalmente cumplimentado y fecha de inscripción. Los concursos mencionados en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos plazo máximo de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o al personal foráneo a la Empresa; en consecuencia, deberán existir registros de elegibles específicos para ambos tipos de candidatos. Las dependencias especializadas de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad a lo establecido en los instrumentos. SITRATELH, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo a la selección del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase de puesto tendrá asignado un sistema de selección, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimiento, test sicométricos, evaluación de curriculum, etc., según se consigne en el manual de reclutamiento y selección; en consecuencia, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y no se disponga de candidatos elegibles en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) 10 días después de la firma por las partes afectadas. Dada la específica actividad del sector y ante el paro existente, se acuerda que todos los trabajadores que sean contratados por las empresas lo serán directamente a través del Servicio Público de Empleo o de las agencias de colocación legalmente autorizadas. Igualmente se acuerda que se pueden utilizar las siguientes modalidades contractuales temporales y en los supuestos que se indican: - Contrato de aprendizaje conforme a lo establecido en su regulación legal. - Contrato de interinidad para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo. mercado. - Contrato por circunstancias de la producción para atender las exigencias circunstanciales del - Contrato por obra o servicio determinado y contrato en prácticas. Sin perjuicio de las modalidades contractuales anteriormente consignadas, en el supuesto de que durante la vigencia del convenio se dictase alguna disposición legal por la que se creasen modalidades distintas, las empresas podrán libremente acogerse a las mismas, cualquiera que sea su naturaleza. Las empresas de trabajo temporal aplicarán las retribuciones que se fijan en el presente Contrato Colectivoconvenio a los trabajadores que ponga a disposición de las empresas del sector de comercio de materiales de construcción.

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Samples: Convenio Colectivo

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantes, por nueva creación o promociones a un puesto de grado o categoría mayor, deberá darse preferencia 42.1.- La Concesionaria podrá contratar libremente al personal permanente de conformidad con la ley y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria que considere necesario para HONDUTEL, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en la misma, siempre y cuando no hayan sido separados del puesto por causa justa. Los candidatos a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) Cumplir obligaciones derivadas del presente Contrato, los cuales deberán contar con los requisitos mínimos de preparación y experiencia exigidos una adecuada calificación para el puestonormal desenvolvimiento de su trabajo en condiciones de seguridad para ellos mismos, para los bienes de la Concedente y para los usuarios. En la medida de lo posible, procurará la contratación de empleados ecuatorianos. b) Aprobar los exámenes 42.2.- La Concesionaria asume frente a la Concedente, la calidad de empleador respecto de todo el personal y funcionarios que operen y/o evaluaciones establecidas para cada clase presten sus servicios de puesto, cualquier naturaleza en el manual de reclutamiento y selección correspondientelas Terminales Concesionadas. c) Poseer un buen estado 42.3.- La Concesionaria no tendrá obligación de salud físico y mental para el desempeño contratar a los trabajadores actuales, contratistas o empresas prestadoras de servicios en las actividades del puestoTerminales Concesionadas, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado que hayan sido contratadas por médicos APM, ni pagar a éstos indemnización relativa a la terminación de la Empresa y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisión. El candidato deberá acreditar ante el médico, examen de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través de la dependencia respectiva, establecerá registros de candidatos elegibles para ocupar los puestos vacantes, basándose en los resultados arrojados por los concursos que al efecto se efectúen. Para llevar a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros sus contratos de trabajo, acaecida en forma anterior, simultánea o posterior a la Fecha de Inicio de la Concesión. Se exceptúa de esta disposición la contratación de operadores debidamente habilitados por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial y con permiso de operación para la prestación de servicios portuarios, durante la Fase I de operación de las convocatorias terminales. 42.4.- En el caso que la Concesionaria seleccione empleados que pertenezcan o se encuentren en la nómina de la APM, dicho personal deberá haber finiquitado previamente su relación laboral para celebrar voluntariamente un nuevo contrato de trabajo con la Concesionaria, no existiendo continuidad de ninguna especie, y a concurso las cuales incluirán ningún efecto, entre otrasambas, relaciones jurídicas laborales. En consecuencia, la siguiente información: nombre del puestoConcesionaria no responderá por pago alguno relacionado con las liquidaciones e indemnizaciones que reciban o deban recibir los trabajadores que han terminado en forma anterior, requisitos mínimos exigiblessimultánea o posterior, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar y a la fecha de inscripción. Los concursos mencionados en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos transferencia, su relación laboral o contractual de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, cualquier tipo con la debida anticipaciónConcedente. 42.5.- En las relaciones con su personal, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientesla Concesionaria deberá cumplir con la Legislación Vigente y todas las Normas emanadas del órgano rector en materia laboral, verificando además particularmente a las normas 42.6.- La Concesionaria asumirá también las obligaciones de carácter social previstas en la legislación nacional. 42.7.- El Estado Ecuatoriano, ninguna de sus instituciones o dependencias, ni APM, serán responsables de las obligaciones patronales, laborales, ni de ninguna especie, adquiridas por la Concesionaria con el personal del cual sea responsable en el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o Concesión, ni siquiera al personal foráneo a la Empresa; en consecuencia, deberán existir registros de elegibles específicos para ambos tipos de candidatos. Las dependencias especializadas momento de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad terminación de la Dirección misma por cualquier causa, siendo dichas obligaciones de Recursos Humanos, de conformidad a lo establecido en los instrumentos. SITRATELH, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo a la selección del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase de puesto tendrá asignado un sistema de selección, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimiento, test sicométricos, evaluación de curriculum, etc., según se consigne en el manual de reclutamiento exclusiva responsabilidad y selección; en consecuencia, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y no se disponga de candidatos elegibles en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después cargo de la firma del presente Contrato ColectivoConcesionaria.

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Samples: Concession Agreement

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantesEl adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, por nueva creación o promociones debiendo realizar los seguros de responsabilidad civil que cubra posibles daños a un puesto de grado o categoría mayor, deberá darse preferencia al personal permanente de conformidad con la ley y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTEL, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento terceros en la mismaprestación de los trabajos contemplados, siempre y cuando no hayan sido separados del puesto por causa justa. Los candidatos así como los que provoquen los elementos confiados a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) Cumplir con los requisitos mínimos de preparación y experiencia exigidos para el puesto. b) Aprobar los exámenes y/o evaluaciones establecidas para cada clase de puesto, en el manual de reclutamiento y selección correspondiente. c) Poseer un buen estado de salud físico y mental para el desempeño de las actividades del puesto, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos de la Empresa y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisiónsu conservación. El candidato deberá acreditar ante el médicoAyuntamiento, examen de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través de la dependencia respectiva, establecerá registros Oficina de candidatos elegibles Paisaje Urbano o la Unidad de Parques y Jardines podrá solicitar del contratista que pare el servicio o que imponga la sanción oportuna cuando el personal diese motivos para ocupar ello. Todos los puestos vacantes, basándose en los resultados arrojados por los concursos que al efecto operarios irán provistos de una tarjeta de identidad. La empresa adjudicataria se efectúen. Para llevar compromete a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros tener debidamente dado de aviso en los diferentes centros de trabajo, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otras, la siguiente información: nombre del puesto, requisitos mínimos exigibles, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar y fecha de inscripción. Los concursos mencionados en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o alta al personal foráneo a en la Empresa; en consecuenciaSeguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, deberán existir registros debiendo acreditarse el pago de elegibles específicos para ambos tipos las cotizaciones sociales ante la Oficina de candidatos. Las dependencias especializadas Paisaje Urbano o la Unidad de Parques y Jardines, siendo causa de resolución del contrato de la Dirección conservación el estar al descubierto de Recursos Humanos establecerán la cuotas de la Seguridad Social. En cualquier momento se podrá solicitar los perfiles TC1 y TC2, correspondientes a los trabajadores que hubieran intervenido en la prestación de los puestos que se someterán a concursoservicios objeto de este contrato, basándose en el análisis de funciones, respectivorelativos al mes. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad El personal de la Dirección de Recursos Humanosempresa adjudicataria, de conformidad a con lo establecido en el articulo 277.4 de la Ley de Contratos del Sector Publico, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, estatutaria o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Vitoria -Gasteiz, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo, haciendo constar en los instrumentos. SITRATELHcontratos de personal que realice, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo con posterioridad a la selección adjudicación, expresamente esta circunstancia. A la extinción del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase de puesto tendrá asignado un sistema de selección, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimiento, test sicométricos, evaluación de curriculum, etc., según se consigne en el manual de reclutamiento y selección; en consecuencia, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y contrato no se disponga producirá, en ningún caso, la consolidación de candidatos elegibles las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz deberá ser consultado en los registros correspondientesla renovación del personal, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante pero en ningún caso queda obligada a absorber o traspasar el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después de la firma del presente Contrato Colectivoempresa adjudicataria en caso de que el Ayuntamiento decida prestar directamente el servicio.

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Samples: Conservación De Zonas Verdes

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantes, por nueva creación o promociones a un puesto de grado o categoría mayor, deberá darse preferencia 1. La Empresa contratará al personal permanente bajo la mo- dalidad contractual que corresponda, en función de conformidad con sus objetivos y presupuestos, y de los planes y programas públicos y/o de los encargos, proyectos o asistencias téc- nicas que le sean encomendados por la ley y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTEL, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en Administración de la misma, siempre y cuando no hayan sido separados del puesto por causa justaque es medio instrumental. 2. Los candidatos seleccionados, conforme a ocupar los puestos vacantes deberán cumplir con pro- cedimientos previstos en el artículo anterior, suscribirán sus contratos al amparo de la legislación aplicable y bajo la modalidad que resulte más adecuada. Estos contratos se formalizarán por escrito en los modelos oficiales, y en ellos se hará constar el período de prueba mínimo pre- visto en el Estatuto de los Trabajadores. Los contratos temporales se extinguirán necesariamente al término de la duración expresada en los mismos, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 de este mismo artículo. 3. La Empresa concertará los contratos de trabajo, conforme a la legislación vigente, bajo una de las siguientes condicionessiguien- tes modalidades: a) Cumplir con Contrato de duración indefinida: Las necesida- des permanentes de la Empresa de carácter estructural y horizontal, esto es, no vinculadas a una consignación presupuestaria específica correspondiente a los requisitos mínimos de preparación proyec- tos a ejecutar y experiencia exigidos para el puestoque soporten la actividad general, serán atendidas mediante trabajadores contratados por tiempo indefinido. b) Aprobar los exámenes y/Contrato de duración determinada por obra o evaluaciones establecidas servicio: Se concertará bajo esta modalidad cuando se contrate al trabajador para cada clase la realización de puestouna obra o servicio determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la Empresa y cuya eje- cución, aunque limitada en el manual tiempo, sea en principio de reclutamiento duración incierta, y selección correspondientesiempre que la prestación de servicios del trabajador sea originada por alguna de las siguientes actividades: - Inicio y desarrollo de actividades que no perduren en el tiempo, con independencia de que las mismas se realicen en instalaciones propias o ajenas, que sean con- secuencia de la ejecución de encargos o encomiendas atribuidas por la Administración de la que depende la Empresa. - Inicio y desarrollo de actividades nuevas o distintas de las que habitualmente viniera realizando la Empresa. Los trabajadores contratados por obra o servicio de- terminado podrán pactar, al tiempo de la firma del con- trato, la realización de otras unidades de obra o servicio distintas de la principal a la que estén vinculados, siem- pre que en la ejecución de las mismas se den similares circunstancias de autonomía, sustantividad e incierta duración. Si el contrato de trabajo es superior a un año, la par- te del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una ante- lación mínima de quince días. A la finalización del contrato, el trabajador tendrá de- recho a recibir una indemnización económica equivalen- te a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio. c) Poseer Contrato a tiempo parcial: Se concertará o se en- tenderá celebrado a tiempo parcial el contrato, cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un buen estado número de salud físico horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo. El contrato a tiempo parcial podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada, en los supuestos permitidos legalmente. No obstante, se en- tenderá celebrado por tiempo indefinido cuando se con- cierte para realizar trabajos fijos y mental para periódicos dentro del volumen normal de la actividad de la Empresa. El contrato deberá formalizarse necesariamente por escrito en el desempeño modelo reglamentariamente establecido, debiendo figurar en el mismo el número de las actividades del puestohoras ordi- narias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución. De no observarse dichas exigencias, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el ca- rácter parcial de los servicios. Sólo se podrá formalizar pacto de horas complemen- tarias en los contratos a tiempo parcial de duración inde- finida, con estricta sujeción a lo legalmente establecido. d) Contrato de interinidad: Se concertará cuando su objeto sea sustituir a un trabajador de la Empresa con derecho a reserva del puesto de trabajo en virtud de norma o disposición legal, del presente Convenio Colec- tivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. En el contrato deberá identificarse el trabajador sus- tituido y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisión. El candidato deberá acreditar ante el médico, examen de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través la causa de la dependencia respectivasustitución, establecerá registros indicando si el puesto de candidatos elegibles para ocupar los puestos vacantestrabajo a desempeñar será el del trabajador sustitui- do o el de otro trabajador de la Empresa que pase a desempeñar el puesto de aquél. Igualmente deberá iden- tificarse, basándose en los resultados arrojados por los concursos que al efecto su caso, el puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se efectúenproducirá mediante el correspondiente pro- ceso de selección. Para llevar Su duración será la del tiempo durante el cual sub- sista el derecho del trabajador sustituido a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros reserva del puesto de trabajo, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otraso la del tiempo que dure el proceso de selección; sin que, en este último supuesto, la siguiente informaciónduración pueda ser superior a tres meses. El contrato se extinguirá por las siguientes causas: nombre por la reincorporación del puestotrabajador sustituido; por el vencimiento del plazo legal o convencionalmente esta- blecido para la reincorporación; por la extinción de la causa que dio lugar a la reserva de puesto de trabajo; y, requisitos mínimos exigiblesen los procesos de selección para la provisión definitiva de puestos de trabajo, sueldo basepor su cobertura definitiva o el transcurso del indicado plazo de tres meses. e) Contrato eventual de duración determinada: Se concertará este tipo de contratos cuando las circunstan- xxxx xxx xxxxxxx, condiciones especiales acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. En el contrato deberá consignarse con precisión y claridad la causa o circunstancia que lo justifique; y podrá tener una duración máxima de seis meses, den- tro de un período de doce meses, contados a partir del puestomomento en que se produzcan dichas causas. En caso de que se concierte por un plazo inferior a seis meses podrá prorrogarse por una única vez, lugar y fecha mediante acuerdo de inscripciónlas partes, sin que su duración total pueda exceder de dicho límite máximo. Los concursos mencionados A la finalización del contrato, el trabajador tendrá de- recho a recibir una indemnización económica equivalen- te a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio. f) Contrato de trabajo en prácticas: Se podrá concer- tar este tipo de contrato con quienes estuvieren en pose- sión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, que habiliten par el párrafo anterior serán ejercicio profe- sional, dentro de los mecanismos normales para obtener cuatro años, o de seis años cuando el contrato se concierte con un trabajador minusválido, siguientes a la terminación de los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantescorrespondientes es- tudios. Para efectos de En todo lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con concerniente a la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento regulación de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o al personal foráneo a la Empresa; en consecuenciamodalidad contractual, deberán existir registros de elegibles específicos para ambos tipos de candidatos. Las dependencias especializadas de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad estará a lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto de los instrumentos. SITRATELHTrabajadores, y demás disposiciones complementarias. g) Contrato para la formación: Conforme a través de su representante, podrá participar como observador lo esta- blecido en el proceso artículo 11.2 del Estatuto de los Trabaja- dores, el contrato para la formación tendrá por objeto la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un pues- to de trabajo que requiera un determinado nivel de cuali- ficación. El contrato se podrá concertar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiuno que carezcan de la titulación requerida para realizar un con- trato en prácticas. El límite de edad no será de aplicación de pruebascuando se concierte con personas con discapacidad. En todo lo demás, además previo relativo a la selección regulación de esta modalidad contractual, se estará a lo establecido en el artículo 11.2 del candidato respectivoEstatuto de los Trabajadores, tendrá acceso y disposi- ciones complementarias. h) Contrato de relevo: Es el que se concierta con un trabajador en situación de desempleo o que tuviera concertado con la empresa un contrato de duración de- terminada, para sustituir parcialmente a un trabajador de la empresa que accede a la pensión de jubilación de forma parcial, pues la percibe simultáneamente con la realización de un trabajo a tiempo parcial en la misma empresa. La duración del contrato de relevo será indefinida o igual a la del tiempo que falta al Registro trabajador sustituido para alcanzar la edad de Elegibles correspondientejubilación. Si, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán de conformidad con las normas establecidas. Es entendido que cada clase de puesto tendrá asignado un sistema de selecciónal cumplir dicha edad, el cuál trabajador jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera cele- brado por duración determinada podrá estar constituido prorrogarse me- diante acuerdo de las partes por pruebas de conocimientoperíodos anuales, test sicométricos, evaluación de curriculum, etc., según se consigne extin- guiéndose en todo caso al finalizar el período correspon- diente al año en el manual que se produzca la jubilación total del trabajador relevado. En el caso del trabajador jubilado parcialmente des- pués de reclutamiento y selección; haber alcanzado la edad de jubilación, la dura- ción del contrato de relevo que podrá celebrar la empre- sa para sustituir la parte de jornada dejada vacante por el mismo podrá ser indefinida o anual. En este segundo caso, el contrato se prorrogará automáticamente por períodos anuales, extinguiéndose en consecuenciala forma señalada anteriormente. Este tipo de contrato podrá celebrarse a jornada completa o a tiempo parcial. En todo caso, todas las clases de puestos estarán sujetas a concurso. Cuando ocurra una vacante y no se disponga de candidatos elegibles en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades del caso. Dichos movimientos tendrán una la duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después de la firma del presente Contrato Colectivo.jornada deberá ser, como mínimo, igual a la reduc- ción de la jornada acordada por el trabajador sustituido, que deberá estar comprendida entre un 25 y un 85 por

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Samples: Convenio Colectivo

Contratación de personal. Para cubrir puestos vacantes, por nueva creación o promociones a un puesto de grado o categoría mayor26.1. El personal que el Expositor designe para su stand, deberá darse preferencia al personal permanente de conformidad con la ley y en su defecto a quienes hubieren trabajado en forma satisfactoria para HONDUTELser contratado por el propio Expositor, ya sea por un período breve o realizando prácticas o entrenamiento en la misma, siempre y cuando no hayan sido separados del puesto por causa justa. Los candidatos a ocupar los puestos vacantes deberán debiendo el Expositor cumplir con las siguientes condiciones: a) Cumplir normas laborales, previsionales y demás leyes vigentes respecto al personal por el contrata- do a tal efecto. Dicho personal contratado por el Expositor prestará tareas exclusivamente al Expositor en su stand, no teniendo vinculación jurídica y fáctica ni de ninguna natura- xxxx con los requisitos mínimos de preparación y experiencia exigidos para el puestoOrganizador. b) Aprobar los exámenes 26.2. El Expositor será el encargado de contratar por sí y/o evaluaciones establecidas para cada clase de puesto, en el manual de reclutamiento y selección correspondiente. c) Poseer un buen estado de salud físico y mental para el desempeño de las actividades del puesto, el cuál será determinado mediante reconocimiento físico efectuado por médicos de la Empresa y por las evaluaciones psicológicas que efectuará el Departamento de Provisión. El candidato deberá acreditar ante el médico, examen de pulmones, V.D.R.L., y cualquier otro que se estime conveniente. La Dirección de Recursos Humanos a través de la dependencia respectivaagencias de promociones, establecerá registros de candidatos elegibles la/s promotora/s o per- sonal que ellos consideren corresponder para ocupar los puestos vacantes, basándose en los resultados arrojados por los concursos que al efecto se efectúen. Para llevar a cabo lo anterior, se publicará mediante tableros de aviso en los diferentes centros de trabajo, las convocatorias a concurso las cuales incluirán entre otras, la siguiente información: nombre del puesto, requisitos mínimos exigibles, sueldo base, condiciones especiales del puesto, lugar y fecha de inscripción. Los concursos mencionados en el párrafo anterior serán los mecanismos normales para obtener los candidatos idóneos para ocupar los puestos vacantes. Para efectos de lo anterior, HONDUTEL hará las comunicaciones respectivas al SITRATELH, con la debida anticipación, para que éste pueda presentar los candidatos que considere convenientes, verificando además el cumplimiento de esta disposición. Dichos concursos podrán ser internos o externos dependiendo si éstos van dirigidos a personal permanente de acuerdo a la ley o al personal foráneo a la Empresa; en consecuencia, deberán existir registros de elegibles específicos para ambos tipos de candidatos. Las dependencias especializadas de la Dirección de Recursos Humanos establecerán los perfiles de los puestos que se someterán a concurso, basándose en el análisis de funciones, respectivo. Lo anterior facultará a los técnicos en reclutamiento y selección para escoger el sistema de selección aplicable y en consecuencia preparar los instrumentos y la calificación que correspondan. La aplicación de dichos instrumentos y la calificación de los resultados será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad a lo establecido en los instrumentos. SITRATELH, a través de su representante, podrá participar como observador en el proceso de aplicación de pruebas, además previo a la selección del candidato respectivo, tendrá acceso al Registro de Elegibles correspondiente, con el propósito en ambos casos, de verificar que dichos procesos se efectuarán stand de conformidad con las normas establecidasleyes laborales y previsionales vigentes. 26.3. Es entendido Solamente se otorgarán credenciales de acreditación para el personal, una vez presentada constancia de alta tem- prana del trabajador emanada de la AFIP, y/o acreditada la relación de dependencia con el expositor y/o documenta- ción o factura debidamente conformada que cada clase avale la contra- tación referida para el caso que los trabajadores sean contra- tados a través de puesto tendrá asignado un sistema una agencia de selecciónpromociones. Sin perjuicio que dicho personal tenga o no credenciales de acreditación, el cuál podrá estar constituido por pruebas de conocimientoExpositor será responsable en forma ex- clusiva del personal que se encuentre dentro del stand, test sicométricos, evaluación de curriculum, etc., según se consigne en de- biendo el manual de reclutamiento y selección; en consecuencia, Expositor cumplir todas las clases obligaciones laborales, previsionales y/o de puestos estarán sujetas cualquier otra índole respecto a concursodicho personal. 26.4. Cuando ocurra El personal que realice tareas de cualquier índole a car- go del Expositor deberá encontrarse cubierto por una vacante póliza de seguro por los riesgos mencionados en la ley 24.557 de accidentes de trabajo y no se disponga de candidatos elegibles sus modificaciones; el que en los registros correspondientes, HONDUTEL podrá efectuar los movimientos temporales de emergencia, sin llenar las formalidades su caso deberá ser puesto a disposición del caso. Dichos movimientos tendrán una duración máxima de sesenta (60) días, tiempo durante el cual la Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el o los concursos que correspondan. Todos los procedimientos, normas y demás aspectos relacionados con el reclutamiento y la selección de personal deberán estar contenidos en los instrumentos que al efecto elaboren HONDUTEL y SITRATELH. La Dirección de Recursos Humanos se compromete a poner en vigencia los instrumentos de reclutamiento y selección a más tardar sesenta (60) días después Organizador antes del comienzo de la firma Exposición. 26.5. El Expositor libera de toda responsabilidad, debiendo mantener indemne económica y jurídicamente, al Organiza- dor de cualquier reclamo que se recibiera por parte del presente Contrato ColectivoMi- nisterio de Trabajo y/o la AFIP y/o el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o cualquier otro organismo de control, por cualquier causa de cualquier naturaleza que se trate.

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Samples: Oferta De Participación