Common use of Contrato de relevo Clause in Contracts

Contrato de relevo. Las empresas podrán celebrar contratos de trabajo a tiempo parcial con sus propios trabajadores o trabajadoras que reúnan las condiciones generales exigidas para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, excepto la edad, que habrá de ser como establezca la legislación vigente. El contrato de relevo se formalizará a jornada completa o a tiempo parcial. La continuación de la actividad laboral a tiempo parcial y su retribución serán compatibles con la percepción de la pensión que la Seguridad Social reconozca al trabajador o trabajadora. Para poder celebrar este contrato, la empresa contratará, simultáneamente, mediante el contrato de relevo a otro trabajador o trabajadora en las condiciones que establezca la legislación vigente. Las demás condiciones del contrato de relevo se regirán por la normativa en vigor.

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Contrato de relevo. Las empresas podrán celebrar contratos de trabajo a tiempo parcial con sus propios trabajadores o trabajadoras que reúnan las condiciones generales exigidas para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, excepto la edad, que habrá de ser como establezca la legislación vigente. cve: BOE-A-2013-9028 El contrato de relevo se formalizará a jornada completa o a tiempo parcial. La continuación de la actividad laboral a tiempo parcial y su retribución serán compatibles con la percepción de la pensión que la Seguridad Social reconozca al trabajador o trabajadora. Para poder celebrar este contrato, la empresa contratará, simultáneamente, mediante el contrato de relevo a otro trabajador o trabajadora en las condiciones que establezca la legislación vigente. Las demás condiciones del contrato de relevo se regirán por la normativa en vigor.

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Contrato de relevo. Las empresas podrán celebrar contratos de trabajo a tiempo tiem- po parcial con sus propios trabajadores o trabajadoras que reúnan las condiciones generales exigidas para tener derecho dere- cho a la pensión contributiva de jubilación, excepto la edad, que habrá de ser como establezca la legislación vigente. El contrato de relevo se formalizará a jornada completa o a tiempo parcial. La continuación de la actividad laboral a tiempo tiem- po parcial y su retribución serán compatibles con la percepción percep- ción de la pensión que la Seguridad Social reconozca al trabajador tra- bajador o trabajadora. Para poder celebrar este contrato, la empresa contratará, simultáneamentesi- multáneamente, mediante el contrato de relevo a otro trabajador tra- bajador o trabajadora en las condiciones que establezca la legislación vigente. Las demás condiciones del contrato de relevo se regirán por la normativa en vigor.

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