Contrato eventual. El contrato de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, regulado en el n.º 1 apartado b) del Art. 15 del Estatuto de los Trabajadores, podrá tener una duración máxima de doce meses dentro de un período de 18 meses contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Las empresas del sector con Convenio propio, que deseen acogerse a lo establecido en este apartado, deberán hacer una remisión expresa al mismo, dentro de su Convenio, o a través de su Comisión Paritaria. Cuando se extinga el contrato de trabajo en los términos establecidos en el art. 49.1 c) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores tendrá derecho a percibir la indemnización establecida por la legislación vigente en cada momento.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Contrato eventual. El contrato de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso excesos de pedidos, regulado en el n.º 1 nº 1, apartado b) del Art. artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, podrá tener una duración máxima de doce meses 12 meses, dentro de un período de 18 meses contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas, y siempre que se reúnan los requisitos exigidos legalmente. Las empresas del sector metalúrgicas con Convenio convenio propio, que deseen acogerse a lo establecido en este apartado, deberán hacer una remisión expresa al mismo, dentro de su Convenioconvenio, o a través de su Comisión Paritaria. Cuando se extinga el contrato de trabajo en los términos establecidos en el art. 49.1 c) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores tendrá derecho a percibir la indemnización establecida por la legislación vigente en cada momento.49.1
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Contrato eventual. El contrato de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, regulado en el n.º 1 apartado b) del Art. 15 del Estatuto de los Trabajadores, podrá tener una duración máxima de doce meses dentro de un período de 18 meses contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Las empresas del sector con Convenio propio, que deseen acogerse a lo establecido en este apartado, deberán hacer una remisión expresa al mismo, dentro de su Convenio, o a través de su Comisión Paritaria. Cuando se extinga el contrato de trabajo en los términos establecidos en el art. 49.1 c) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores tendrá derecho a percibir la indemnización establecida por la legislación vigente en cada momento.
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Samples: Convenio Colectivo
Contrato eventual. xxxxx://xxx.xxxx.xxx El contrato de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, regulado en el n.º núm. 1 apartado b) del Art. artículo 15 del Estatuto de los Trabajadorestrabajadores, podrá tener una duración máxima de doce 12 meses dentro de un período de 18 meses contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Las empresas del sector con Convenio propio, que deseen acogerse a lo establecido en este apartado, deberán hacer una remisión expresa al mismo, dentro de su Convenio, o a través de su Comisión Paritaria. Cuando se extinga el contrato de trabajo en los términos establecidos en el art. artículo 49.1 c) del Texto Refundido refundido del Estatuto de los Trabajadores trabajadores tendrá derecho a percibir la indemnización establecida por la legislación vigente en cada momento.. Pàg. 36-63
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Contrato eventual. El contrato de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, regulado prevista en el n.º 1 apartado b1.b) del Art. artículo 15 del Estatuto de los TrabajadoresTrabajadores podrá concertarse para cubrir puestos en centros de trabajo que no tengan la consideración de obra. En ese supuesto, podrá tener una la duración máxima del contrato podrá ser de doce 12 meses dentro de un período de 18 meses contados a partir del momento en meses, computándose dicha duración desde que se produzcan dichas causasproduzca la causa que justifica su celebración. Las empresas En tales supuestos, se considera que se produce la causa que justifica la celebración del sector con Convenio propiocitado contrato, que deseen acogerse a lo establecido en este apartado, deberán hacer una remisión expresa al mismo, dentro de su Convenio, o a través de su Comisión Paritaria. Cuando se extinga el contrato de trabajo en los términos establecidos casos previstos en el art. 49.1 c) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores tendrá derecho Trabajadores, cuando se incremente el volumen de trabajo, o se considere necesario aumentar el número de personas que realizan un determinado trabajo o presten un servicio. En el caso de que se concierten por un período inferior a percibir 12 meses, podrán ser prorrogados mediante acuerdo de las partes por una sola vez, sin que la indemnización establecida por duración del contrato pueda exceder de dicho límite máximo. El período de 18 meses se computará a partir de la legislación vigente en cada momentofecha de la causa o circunstancia que justifique su utilización.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo