CONTROL FISCAL Cláusulas de Ejemplo

CONTROL FISCAL. Las contralorías municipales y departamentales serán las encargadas de fiscalizar la inversión de los recursos de la presente tasa pro deporte y recreación.
CONTROL FISCAL. La Contraloría Departamental ejercerá, de acuerdo con las reglas generales sobre la materia, el control fiscal sobre la administración de los recursos por parte de EL FIDUCIARIO CLAUSULA QUINCUAGESIMA TERCERA -
CONTROL FISCAL. El control fiscal del presente contrato será ejercido por la Contraloría General de la República de conformidad con lo establecido en él Artículo 65 de la Ley 80/93. CLAUSULA DECIMA OCTAVA:
CONTROL FISCAL. El control fiscal de la contratación se ejercerá por la Contraloría en los términos del artículo 65 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMA.-
CONTROL FISCAL. El control fiscal de las Rentas Municipales será ejercido por la Contraloría General de Cundinamarca, en los términos establecidos por los artículos 267 y 272 de la Constitución Política y la ley sobre control fiscal.
CONTROL FISCAL. El control fiscal de la contratación se efectuará por parte de la Contraloría Departamental del Valle del Cauca.
CONTROL FISCAL. En los términos de los artículos 267 y 268 de la Constitución Política, la Ley 42 de 1993 y aquellas normas que la sustituyan, adicionen o modifiquen, la Contraloría General de la República ejercerá el control fiscal sobre los recursos del Fondo Nacional del Café y sobre los recursos parafiscales que son ejecutados por los Comités Departamentales de Cafeteros.
CONTROL FISCAL. El control fiscal del Contrato se sujetará a lo dispuesto en la Resolución No. 5472 del 18 xx xxxxx de 2003, expedida por la Contraloría General de la República, por medio de la cual se expide el Reglamento General sobre el Sistema Único de Control Fiscal en las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, y demás disposiciones que la complementen, reglamenten o sustituyan.
CONTROL FISCAL. El control fiscal será ejercido por la Contraloría Municipal. CLÀUSULA TRIGÈSIMA PRIMERA:
CONTROL FISCAL. El control fiscal sobre los recaudos provenientes de la Estampilla creados mediante el presente acuerdo municipal, será a cargo de la Contraloría Departamental.