Common use of CRITERIOS DE SOLVENCIA Clause in Contracts

CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos serán los que a continuación se indican. Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, y según lo estipulado en el articulo 75 LCSP. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará a Limusa que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso al que se refiere el artículo 75.2 (solvencia con medios externos) y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP, previo requerimiento cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del articulo 140. Para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación, además de los documentos que se indican, podrá admitir de forma justificada otros medios de prueba de la solvencia distintos. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el Órgano de Contratación, se le podrá autorizar para que acredite su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que Xxxxxx considere apropiado, en su caso. Los licitadores que concurran al presente contrato deberán acreditar la Solvencia por los siguientes medios y como se indica a continuación: 1.- Volumen anual de negocios. Se acreditará mediante una declaración responsable del licitador en la que se detalle el volumen de negocios solicitado en los tres ejercicios anteriores. Se considerará que el licitador cumple con la solvencia económica si el volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos es igual o superior al valor estimado anual del contrato (165.750,00 €). Se deberá acreditar adicionalmente, si así lo solicita Limusa, mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil u Oficial y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encuentra pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o en su defecto y excepcionalmente mediante declaración responsable. 1.- Relación de los principales servicios o trabajos efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, en la que se indique claramente el objeto de contrato, importe, fecha y destinatario, público o privado, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50 por ciento del valor estimado anual del contrato (82.875,00 €). Se entenderá por trabajo o servicio de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato los trabajos o servicios realizados de maquinaria específica con conductor para labores de compactación de tierras y/o residuos, en los últimos tres años además del ejercicio corriente (2024, 2023, 2022, 2021). Cuando le sea requerido por Limusa, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, deberá acreditarlos mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados podrán ser comunicados directamente a Limusa por la autoridad competente. 2.- Declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes de Limusa. Los licitadores podrán acreditar la solvencia técnica mediante los dos requisitos detallados anteriormente o aportando uno de ellos solamente.

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Samples: Service Agreement

CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los requisitos mínimos El licitador del contrato deberá acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica (Art. 65 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público). El licitador deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. La acreditación de que deba reunir el controlador de primer nivel ha realizado en los últimos tres años, al menos, tres controles a proyectos de administraciones públicas cofinanciados con la Unión Europea. Se acreditará mediante la presentación de contratos y/o certificados expedidos por los responsables administrativos correspondientes. 2. La empresa deberá estar inscrita en el Registro oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), debiendo acreditarlo documentalmente. 3. Acreditación de que el responsable de este trabajo que se desplazará para realizar las tareas de verificación es auditor inscrito en el ROAC con los requisitos establecidos en el apartado 1º y que tiene conocimiento acreditado de los idiomas oficiales del proyecto suficiente para realizar su labor, y que ha estado vinculado a los controles señalados en el punto primero. 4. El personal asignado a los trabajos deberá contar con una experiencia de tres años en auditoría, acreditando el controlador de primer nivel además de la experiencia anterior, una experiencia de al menos tres años en auditorías de cuentas del sector público. Esta experiencia se acreditará mediante curriculum vitae del personal asignado a los trabajos certificado por el socio director de la empresa. Cuando se trate de empresas de nueva creación, deberá demostrarse: 1.- Indicarse el personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. 2.- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y la documentación requerida para acreditar de los mismos serán los que a continuación se indican. Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente estudio e investigación de la naturaleza jurídica empresa. 3.- Títulos académicos y profesionales del empresario y de los vínculos que tenga con ellasdirectivos de la empresa y, siempre que demuestre que durante toda la duración en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medioscontrato, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, y según lo estipulado en el articulo 75 LCSP. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará a Limusa que va a disponer así como de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso al que se refiere el artículo 75.2 (solvencia con medios externos) y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 técnicos encargados directamente de la LCSP, previo requerimiento cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del articulo 140misma. Para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación, además de los documentos que se indican, podrá admitir de forma justificada otros medios de prueba de la solvencia distintos. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el Órgano de Contratación, se le podrá autorizar para que acredite su La solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que Xxxxxx considere apropiado, en su caso. Los licitadores que concurran al presente contrato deberán acreditar la Solvencia por los siguientes medios y como se indica a continuación: 1.- Volumen anual de negocios. Se acreditará mediante una declaración responsable del licitador en la que se detalle el volumen presentación de negocios solicitado en los tres ejercicios anteriores. Se considerará que el licitador cumple con la solvencia económica si el volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos es igual o superior al valor estimado anual del contrato (165.750,00 €). Se deberá acreditar adicionalmente, si así lo solicita Limusa, mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil u Oficial y que contenga las cuentas anuales, siempre anuales que esté vencido el plazo de presentación deban haber sido redactadas y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encuentra pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas depositadas al tiempo de la certificación presentación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos la oferta, en el Registro Mercantil acreditarán su correspondiente, o de no existir esta obligación mediante declaraciones y resumen de IVA, que evidencien un volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o en su defecto y excepcionalmente mediante declaración responsablexxx xxxxx del presupuesto máximo del contrato. 1.- Relación de los principales servicios o trabajos efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, en la que se indique claramente el objeto de contrato, importe, fecha y destinatario, público o privado, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50 por ciento del valor estimado anual del contrato (82.875,00 €). Se entenderá por trabajo o servicio de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato los trabajos o servicios realizados de maquinaria específica con conductor para labores de compactación de tierras y/o residuos, en los últimos tres años además del ejercicio corriente (2024, 2023, 2022, 2021). Cuando le sea requerido por Limusa, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, deberá acreditarlos mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados podrán ser comunicados directamente a Limusa por la autoridad competente. 2.- Declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes de Limusa. Los licitadores podrán acreditar la solvencia técnica mediante los dos requisitos detallados anteriormente o aportando uno de ellos solamente.

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Samples: Contrato De Servicios

CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los requisitos mínimos 1) Solvencia económica y financiera: • Volumen anual de solvencia que deba reunir negocios; el empresario y criterio para la documentación requerida para acreditar los mismos serán los que a continuación se indican. Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente acreditación de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, y según lo estipulado en el articulo 75 LCSP. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará a Limusa que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso al que se refiere el artículo 75.2 (solvencia con medios externos) y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP, previo requerimiento cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del articulo 140. Para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación, además de los documentos que se indican, podrá admitir de forma justificada otros medios de prueba de la solvencia distintos. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el Órgano de Contratación, se le podrá autorizar para que acredite su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que Xxxxxx considere apropiado, en su caso. Los licitadores que concurran al presente contrato deberán acreditar la Solvencia por los siguientes medios y como se indica a continuación: 1.- Volumen anual de negocios. Se acreditará mediante una declaración responsable del licitador en la que se detalle el volumen de negocios solicitado en los tres ejercicios anteriores. Se considerará que el licitador cumple con la solvencia económica si será el volumen anual de negociosnegocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos es igual o superior deberá ser al menos una vez y media el valor estimado anual del contrato (165.750,00 €)cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. Se deberá acreditar adicionalmenteEl volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si así lo solicita Limusael empresario estuviera inscrito en dicho registro, mediante certificación, nota simple o información análoga expedida y en caso contrario por el Registro Mercantil u Oficial y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encuentra pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación depositadas en el Registroregistro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.  Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato, así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en su defecto caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 151 del TRLCSP. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y excepcionalmente riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante declaración responsableel documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. 1.- 2) Solvencia técnica o profesional: • Relación de los principales un mínimo de 10 servicios del mismo tipo o trabajos efectuados naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, y realizados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, en la que se indique claramente el objeto de contrato, importe, fecha y destinatario, público o privado, 5 años cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50 por ciento 70% del valor estimado anual del contrato (82.875,00 €). Se entenderá por trabajo contrato, o servicio de igual o similar naturaleza su anualidad media si esta es inferior al que constituye el objeto valor estimado del contrato los trabajos o servicios realizados de maquinaria específica con conductor para labores de compactación de tierras y/o residuos, en los últimos tres años además del ejercicio corriente (2024, 2023, 2022, 2021). Cuando le sea requerido por Limusa, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, deberá acreditarlos mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados podrán ser comunicados directamente a Limusa por la autoridad competentecontrato. 2.- Declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes de Limusa. Los licitadores podrán acreditar la solvencia técnica mediante los dos requisitos detallados anteriormente o aportando uno de ellos solamente.

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Samples: Consulting Services Agreement

CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos serán será los que a continuación se indican. Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, y según lo estipulado en el articulo artículo 75 LCSP. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de en entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará a Limusa que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso al que se refiere el artículo 75.2 (solvencia con medios externos) y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP, previo requerimiento cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del articulo 140. Para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación, además de los documentos que se indican, podrá admitir de forma justificada otros medios de prueba de la solvencia distintos. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el Órgano órgano de Contratacióncontratación, se le podrá autorizar para que acredite a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que Xxxxxx considere apropiado, en su caso. Los licitadores que concurran al presente contrato deberán acreditar la Solvencia por los siguientes medios y como se indica a continuación: 1.- : - Volumen anual de negocios. Se acreditará mediante una declaración responsable del licitador en la que se detalle el volumen de negocios solicitado en los tres ejercicios anteriores. Se considerará que el licitador cumple con la solvencia económica si el volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos es igual o superior al a 1,5 veces el valor estimado anual del contrato (165.750,00 52.500,00 €). Se deberá acreditar adicionalmente, si así lo solicita Limusa, mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil u Oficial y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encuentra pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o en su defecto y excepcionalmente mediante declaración responsable. 1.- Relación de los principales servicios o trabajos efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, en la que se indique claramente el objeto de contrato, importe, fecha y destinatario, público o privado, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50 por ciento del valor estimado anual del contrato (82.875,00 €). Se entenderá por trabajo o servicio de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato los trabajos o servicios realizados de maquinaria específica con conductor para labores de compactación de tierras y/o residuos, en los últimos tres años además del ejercicio corriente (2024, 2023, 2022, 2021). Cuando le sea requerido por Limusa, los servicios suministros o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, deberá acreditarlos mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados podrán ser comunicados directamente a Limusa por la autoridad competente. 2.- Declaración . La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. La inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx acreditará idénticas circunstancias a efectos de la contratación con la misma, con las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, y con los restantes entes, organismos o entidades del sector público dependientes de una y otras. La prueba del contenido de los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se efectuará mediante certificación del órgano encargado del mismo, que podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (art. 96 LCSP). Los certificados deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como, en su caso, la clasificación obtenida. Si dicho certificado no especificase fecha de caducidad, éste se acompañará de una declaración responsable indicando del licitador en la maquinariaque manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación alguna. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, material y equipo técnico del que se dispondrá deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la ejecución subsanación de los trabajos o prestaciones, a defectos u omisiones en la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes de Limusa. Los licitadores podrán acreditar la solvencia técnica mediante los dos requisitos detallados anteriormente o aportando uno de ellos solamentedocumentación.

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Samples: Suministro De Material De Limpieza