CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente:
CRONOGRAMA El desarrollo de presente convocatoria se efectuará conforme al siguiente cronograma: Presentación de la solicitud de apoyo financiero, cierre número 1 Desde 26 / abril / 2017 Hasta 18 / Mayo / 2017 PROVINCIAS1 Y en la SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO A las 11:00 a.m. Ubicada en la sede administrativa. Calle 26 Desde SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y Verificación de requisitos habilitantes 19 / Mayo / 2017 Hasta 26 / Mayo / 2017 DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Calle 26 51-53. Torre salud piso 3. Publicación del informe de verificación de requisitos habilitantes. 30 / Mayo / 2017 Página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Plazo para subsanar // entrega de documentos requeridos por el Comité técnico de verificación primer cierre Desde 1 / junio / 2017 Hasta 9 / Junio / 2017 A las 5:00 p.m. SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Calle 26 51-53. Torre salud piso 3. Virtualmente al correo xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx Publicación del listado de habilitados primer cierre 13 / Junio / 2017 Página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Verificación de requisitos habilitantes segunda entrega Desde el 31 xx xxxx hasta el 12 xx Xxxxx del 2017 SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Calle 26 Publicación del informe de verificación de requisitos habilitantes 12 xx Xxxxx 2017 Página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Plazo para subsanar // entrega de documentos requeridos por el comité técnico de verificación segundo cierre Desde el 13 xx Xxxxx hasta el 22 xx Xxxxx del 2017 a las 5:00 pm SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Calle 26 51-53. Torre salud piso 3. Publicación del listado de habilitados segundo cierre 27 xx Xxxxx 2017 Página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Visitas a empresas habilitadas primero y segundo cierre Desde 13 / junio / 2017 Hasta 17 / Julio / 2017 Vistas a las instalaciones de las empresas habilitadas Evaluación de las solicitudes habilitadas primer y segundo cierre Desde 22 / Junio / 2017 Hasta 26 / Julio / 2017 SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Calle 26 51-53. Torre salud piso 3. Publicación del informe evaluación primer y segundo cierre 27 / Julio / 2017 Página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Plazo para presentar observaciones informe de evaluación (estas se deben presentar de forma escrita). Desde 28/ Julio / 2017 Hasta 31 / Julio / 2017 Hasta las 5:00 pm SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Calle 26 51-53. Torre salud piso 3.o al correo xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx. Respuesta a las observaciones 2 / Agosto / 2017 Página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Presentación solicitudes habilitadas y evaluadas como técnicamente viables al Comité de Dirección y Supervisión y sustentación por parte de los solicitantes. 3, 4 y 8 / Agosto / 2017 A partir de 8:00 A.M. Ubicada en la sede administrativa de la Gobernación de Cundinamarca. Xxxxx 00 00-00 Xxxxxx X.X. o en el lugar se indique para tal efecto Publicación de resultados definitivos 9 agosto/Agosto / 2017 Página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Firma y legalización de acta de compromiso y pagare. Desde 9 agosto/Agosto / 2017 hasta el SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Xxxxx 00 00-00. Xxxxx xxxxx xxxx 0. Acto de Reconocimiento de las de los ganadores por el cumplimiento de requisitos. 16 xx xxxxxx de 2017 SECRETARIA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO Ubicada en la sede administrativa. Xxxxx 00 00-00. Xxxxx xxxxx xxxx 0. Primer desembolso e inicio de proceso de compra de maquinaria. A partir del 25/ Agosto/ 2017 Acompañamiento y Asesoría técnica. A partir del 25 / Agosto/ 2017 Inversión e implementación de la aprobado. A partir del 25 / Agosto/ 2017 Segundo desembolso Se determinan conforme al desarrollo de la ejecución del plan de negocios. Firma de acta de cierre del proceso. Se determinan conforme al desarrollo de la ejecución del plan de negocios.
Ofertas con valores anormales o desproporcionados Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o la posible obtención de alguna ayuda de Estado. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las proposiciones presentadas. Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma, presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.
ASEGURADO De la misma forma, el asegurado podrá poner término anticipado al contrato, salvo las excepciones legales, comunicándolo al asegurador en la forma establecida en el artículo 23. En caso de quiebra del asegurador, el asegurado podrá exigir alternativamente la devolución de la prima o que el concurso le afiance el cumplimiento de las obligaciones del fallido. Por último, en caso de término, la prima se reducirá en forma proporcional al plazo corrido.
FRANQUICIAS Se acordarán franquicias con goce de haberes en el cumplimiento de la jornada de labor, en los casos y condiciones que seguidamente se establecen: a) Reducción horaria para madres de lactantes: Las docentes madres de lactantes tendrán derecho a una reducción de una (1) hora por cada cinco (5) horas de jornada laboral para atención de su hijo, pudiendo tomarlas de manera integral o fraccionada. Esta franquicia se otorgará por espacio de doscientos cuarenta (240) días corridos, contados a partir de la fecha de nacimiento del niño. Dicho plazo podrá ampliarse en casos especiales y previo examen médico del niño que justifique la extensión, hasta trescientos sesenta y cinco (365) días corridos contados desde idéntica fecha. En caso de tenencia con fines de adopción, se concederá la misma y cesará el derecho al cumplir el niño ocho (8) meses de vida. Previo examen médico, se podrá prorrogar hasta cumplir el año en casos especiales. b) Actividades gremiales: Todo docente que ejerza cargos en el ámbito de las entidades sindicales firmantes del presente y/o en el de sus Asociaciones de Base tendrá derecho, mientras dure su mandato, a una franquicia de hasta el veinte por ciento (20%) de su dedicación horaria. c) Participación en Consejos Directivos y/o Consejo Superior: Todo docente que resulte electo y participe en las Comisiones y/o Sesiones de los Consejos Directivos y/o Consejo Superior, tendrá derecho, mientras dure su mandato, a una franquicia en su dedicación horaria conforme la reglamentación que al respecto establezcan las Instituciones Universitarias Nacionales.
Franquicia En el caso de daños directos (excepto automóviles y viviendas y sus comunidades), la franquicia a cargo del asegurado será de un 7 por ciento de la cuantía de los daños indemnizables producidos por el siniestro. En el caso de la cobertura de pérdida de beneficios, la franquicia a cargo del asegurado será la prevista en la póliza para pérdida de beneficios en siniestros ordinarios.
RIESGOS CUBIERTOS ESTE SEGURO CUBRE TODO RIESGO O CUALQUIER PERDIDA O DAÑO MATERIAL, CAUSADO EN FORMA ACCIDENTAL, SÚBITA Y/O IMPREVISTA, QUE NO SEA ESPECÍFICAMENTE EXCLUIDA POR ESTAS CONDICIONES ESPECIALES, POR LO QUE SE PROCEDE A NOMBRAR DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA LOS RIESGOS QUE ESTÁN INCLUIDOS EN LA COBERTURA CITADA: A TODA PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y DE TERCEROS, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA SE SEÑALAN LOS SIGUIENTES; LOS QUE ESTÉN BAJO CUIDADO, CUSTODIA O CONTROL DEL ASEGURADO. RESPONSABILIDAD CIVIL DE ACTIVIDADES E INMUEBLES, RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL EN QUE INCURRIERA EL ASEGURADO POR DAÑOS A TERCEROS A SUS BIENES Y PERSONAS, RESPONSABILIDAD CIVIL DE ARRENDATARIO, RESPONSABILIDAD CIVIL DE ESTACIONAMIENTOS, RESPONSABILIDAD CIVIL ASUMIDA, RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA, RESPONSABILIDAD POR CONTAMINACIÓN SÚBITA, ACCIDENTAL Y/O IMPREVISTA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE LA OPERACIÓN DE CUALQUIER TIPO DE EQUIPO, SEA FIJO O MÓVIL, CON PLACAS O SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EXCESO DE LA CONTRATADA EN LAS PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES.
Cobertura Esta sección cubre la pérdida real resultante de la interrupción obligada de las operaciones del negocio, a consecuencia de la falta de entrega de materiales al Asegurado por parte de sus proveedores, debido a la realización de cualquiera de los riesgos cubiertos en la sección de daños materiales, a excepción de terremoto, erupción volcánica así como robo, y que dañen a las “Negociaciones suministradoras”, que no son operadas ni controladas por el Asegurado, hasta el límite señalado en la cédula de la póliza. La indemnización no excederá de la reducción en sus ganancias brutas, menos gastos y cargos que no necesariamente continúen durante la paralización del negocio. Quedan también cubiertos los gastos en que sea necesario incurrir, con el objeto de reducir la pérdida, pero sin exceder de la cantidad que efectivamente se haya reducido. Para la determinación de la indemnización se considerará la experiencia anterior a la fecha del siniestro y la probable que se hubiere obtenido de no acontecer la pérdida; con este fin el Asegurado otorga a GMX Seguros autorización para revisar sus libros de contabilidad, cuando así lo requiera. GMX Seguros será responsable por la pérdida sufrida por el Asegurado resultante directamente de la interrupción de sus operaciones, sin exceder de la reducción real de las ganancias brutas, menos cargos y gastos que no necesariamente continúen durante la interrupción, y únicamente dentro del tiempo necesario, para que, con la debida diligencia y prontitud se lleven a cabo las reparaciones o reemplazo de los bienes de las negociaciones suministradoras, que hubieren sido dañados por la realización de alguno de los riesgos cubiertos en la sección de daños materiales, con excepción de terremoto, erupción volcánica, huracán y robo. El período de indemnización se inicia en la fecha de interrupción de las operaciones del Asegurado, no quedará limitado por el vencimiento de la póliza. Se tomará en consideración la continuación de gastos incluyendo sueldos y salarios, al grado necesario para poder reanudar operaciones, en la misma forma que existía antes de ocurrir el siniestro.
Riesgo Cubierto El asegurador se obliga a asumir la defensa jurídica del asegurado, su cónyuge, de hecho o de derecho, y sus ascendientes o descendientes en primer grado, que con él convivan en la vivienda asegurada, exclusivamente por los conflictos que se relacionan en los apartados 2, 3 y 4, originados en el ámbito de la vida privada. La cobertura surtirá el mismo efecto en el supuesto de vivir los asegurados temporalmente fuera del domicilio designado en póliza por razones de salud o estudios.
PERIODO DE COBERTURA El seguro cubrirá únicamente reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la póliza, aun si el reclamo se presenta después de vencida esta vigencia y de conformidad con lo convenido por las partes. Lo anterior sin perjuicio de los términos de prescripción previsto en la presente póliza.