ACTIVIDADES A EJECUTAR Cláusulas de Ejemplo

ACTIVIDADES A EJECUTAR. Para el desarrollo de esta fase y de los componentes 1 y 2 el contratista deberá ejecutar como mínimo lo siguiente:  PROGRAMA DE NECESIDADES: • Será suministrado por el FFIE de acuerdo con la ficha de postulación presentada por la ETC y la viabilidad jurídica y técnica elaboradas por los profesionales responsables de la misma y es el documento que contiene las necesidades a satisfacer, espacios detallados, áreas, población a ser atendida; exigencias de uso y requisitos de operación y funcionamiento; características constructivas especiales si las hay; condiciones básicas presupuestales o cualquier otra demanda en particular, por lo tanto es la base para establecer el programa técnico, arquitectónico o de ingeniería con el cual se elaborara los estudios y diseños del proyecto de ejecución. (Deberá ser aprobado por la interventoría y/o el supervisor del FFIE mediante acta de seguimiento) • En caso que no se cuente con un programa definido y sea necesario que el contratista elabore el programa de diseño del proyecto, la interventoría lo solicitará como primer insumo de la ejecución de la Fase 1 y será aprobado por la interventoría con visto bueno del supervisor del FFIE mediante acta de seguimiento. • ANALISIS DEL LUGAR: El Contratista y la interventoría a través de uno o varios profesionales (Arquitectos, Ingeniero Civil) según se requiera, realizará una visita al lugar indicado por el FFIE para el desarrollo del proyecto, en esa visita analizará, verificará y tramitará como mínimo lo siguiente: • Verificación del predio: El contratista verificara que el predio a intervenir es el mismo al cual el MEN y el FFIE dieron viabilidad jurídica y técnica, así mismo verificara la dirección y/o la localización mediante coordenadas geográficas. • Uso del suelo o Demarcación urbana: Contiene las normas urbanísticas, uso del suelo, afectaciones viales, ambientales o de uso que afecten el lote en el cual se desarrollará el proyecto, verificar que de acuerdo con la certificación expedida por el ET o la ETC el predio no se encuentra en zona de riesgo de acuerdo con el EOT o el POT según aplique.
ACTIVIDADES A EJECUTAR. Las actividades para ejecutar por EL TERCERO, para su cumplimiento y logro del objetivo descrito del servicio, serán realizadas después de remitido el orden de trabajo por XXXX; dichas órdenes de trabajo serán emitidas como máximo cuatro (04) veces en un mes. Estas actividades comprenden las siguientes áreas de acción:  PROCESO 1: Elaboración de materiales a utilizar conforme al orden de trabajo remitido.  PROCESO 2: Supervisión en campo de las verificaciones remitidas en la orden de trabajo.  PROCESO 3: Reporte de la supervisión realizada en el proceso 2.  PROCESO 4: Descripción de resultados y Reporte consolidado mensual del proceso 3, para la conformidad del servicio. Los procesos son descritos en el anexo 03.
ACTIVIDADES A EJECUTAR. Estos Términos de Referencia presentan en forma general los alcances mínimos de diseño e intervención de infraestructura que deben ser considerados y desarrollados por el contratista, en sus respectivas propuestas. Las actividades que incluirá, pero no se limitará, a lo siguiente: Generalidades del Proyecto: Corroborar y/o recolectar la información preliminar del proyecto como nombre de la DDE, ubicación física, ubicación geográfica, zona rural o urbana, coordenadas geográficas de al menos cuatro puntos, nombre del director departamental de educación, contactos: teléfono, correo electrónico, Cantidad de personal administrativo presencial, no presencial, personas con discapacidad, cantidad de usuarios (incluir estudiantes, docentes, padres de familia y personas particulares, usuarios en general que requieren de los servicios administrativos), listado de Mobiliario y equipo, como se encuentra (bueno, regular o malo), áreas disponibles para ampliación Recopilación de la infraestructura existente. Descripción del estado actual de las instalaciones (espacios educativos, espacios administrativos, espacios complementarios, obras de accesibilidad, obras exteriores y/o de protección, servicios sanitarios, servicios básicos, mobiliario y equipo). Levantamiento arquitectónico que incluya: Planta arquitectónica indicando los nombres de cada uno de los espacios. Nivel de piso terminado, Área en metros cuadrados.
ACTIVIDADES A EJECUTAR. La empresa debe garantizar que se realicen las siguientes actividades
ACTIVIDADES A EJECUTAR. Los documentos: Anexo No. 1 Cuadro ítems proyectados para ejecución de las obras y Anexo No. 3 Especificaciones Técnicas de Obra Civil, incluyen todas las actividades a desarrollar, las cuales deberán cumplir con la normatividad técnica expuesta en el numeral 5 Normatividad Aplicable.
ACTIVIDADES A EJECUTAR. Para alcanzar el objetivo de la contratación se deben ejecutar entre otras las siguientes obligaciones:

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.