Cuadro de horarios Cláusulas de Ejemplo

Cuadro de horarios. Los cuadros de horarios podrán ser fijos o variables. Cuando la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada diaria estén definidos en una hora cierta para cada día, semana o mes, serán fijos; en caso contrario, serán variables. Con carácter general, los cuadros de horarios serán definidos libremente por la empresa en función de la organización de los servicios, de los turnos, de las bases operativas y de las exigencias marcadas por el cliente a quien se preste el servicio, distinguiendo: a) En la prestación de servicios de transporte sanitario No Urgente, el horario de inicio de la jornada diaria será variable en los diferentes turnos para cada trabajador en función de las distintas horas de inicio de las órdenes de servicio de transporte demandadas por el cliente. La empresa, a tal fin, elaborará una hoja de reparto de servicios de transporte diarios, donde asignará a cada trabajador la hora de inicio de su jornada laboral, que deberá conocer antes de las 20:00 horas del día laborable anterior al de su realización. En todo caso, se respetará el descanso previsto en el presente convenio entre la hora de finalización de la jornada diaria y la hora de inicio de la siguiente, a los efectos de asignación horaria de los servicios de transporte. Al objeto de promover acciones tendentes a la consecución efectiva de la conciliación de la vida familiar y laboral, se respetarán semanalmente, al menos, los turnos de trabajo asignados en esta modalidad de servicio. b) En la prestación de servicios de transporte sanitario Urgente, los cuadros horarios serán fijos,estableciendo la empresa los horarios de inicio y finalización de las guardias en función de la organización de los servicios, de los turnos, de las bases operativas y de las exigencias marcadas por el cliente a quien se preste el servicio.
Cuadro de horarios. Los cuadros de horarios podrán ser fijos o variables. Cuando la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada diaria estén definidos en una hora cierta para cada día, semana o mes, serán fijos; en caso contrario, serán variables. Con carácter general, los cuadros de horarios serán definidos libremente por la empresa en función de la organización de los servicios, de los turnos, de las bases operativas y de las exigencias marcadas por el cliente a quien se preste el servicio, distinguiendo: a) En la prestación de servicios de transporte sanitario No Urgente, el horario de inicio de la jornada diaria será variable en los diferentes turnos para cada trabajador en función de las distintas horas de inicio de las órdenes de servicio de transporte demandadas por el cliente. b) En la prestación de servicios de transporte sanitario Urgente, los cuadros horarios serán fijos, estableciendo la empresa los horarios de inicio y finalización de las guardias en función de la organización de los servicios, de los turnos, de las bases operativas y de las exigencias marcadas por el cliente a quien se preste el servicio.
Cuadro de horarios. Los cuadros de horarios fijos de organización de los servicios se pondrán en conocimiento del personal con cinco días de antelación si fueran mensuales, con tres días los quincenales y con dos días los semanales.

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  • HORARIO DE TRABAJO 1.- Será de aplicación con carácter general el régimen de horario flexible para todo el personal que presta servicios en la Administración Municipal, sin perjuicio de las particularidades correspondientes a determinados colectivos en función de las actividades que desarrollan, de la naturaleza del servicio, del régimen de trabajo o jornadas especiales que tengan asignadas. 2.- Jornada de Mañana: La parte fija del horario, de 5 horas diarias, será de obligada presencia en el puesto de trabajo será entre las 9 y las 14 horas. La parte variable del horario hasta completar la jornada semanal, se realizará en horario flexible entre las 07:30 y las 9:00 horas de lunes a viernes y entre las 14:00 y las 20:00 horas de lunes a viernes. 3.- Los calendarios laborales, podrán establecer otros límites horarios, atendiendo a los horarios de apertura al público de determinadas oficinas y servicios públicos, o las necesidades del servicio que se presta. 4.- Jornada de mañana y tarde para el personal laboral con mayor dedicación: El horario fijo de presencia en el puesto de trabajo será de las 9:00 horas a 14:00 horas, la parte flexible del horario será de 07:30 horas a 09:00 horas y de 14:00 horas a 20:00 horas. El tiempo de trabajo realizado durante la semana en horario de mañana no podrá exceder de 36 horas semanales. El resto de la jornada hasta completar la jornada de 40 horas se realizará en horario de tarde, en módulos mínimos de 90 minutos. Siendo necesario realizar dos tardes a la semana con carácter obligatorio. Entre la jornada de mañana y de tarde debe mediar un descanso mínimo de media hora para poder realizar la comida. Durante el periodo comprendido entre el 1 xx xxxxx y el 30 de septiembre, el personal con mayor dedicación podrá realizar el cumplimiento de su jornada semanal sin la obligación de realizar tardes, en régimen de jornada continuada, de acuerdo con el sistema de horario flexible vigente. 5.- Jornadas especiales: El personal con jornadas especiales con régimen de turnos y descansos, establecerá el número de jornadas anuales a realizar y horas de duración de cada turno, así como el sistema de descanso y compensación horaria en su respectivo calendario laboral. Serán jornadas especiales las siguientes: A) Jornadas de 24 horas y treinta minutos. En el correspondiente calendario laboral se concretaran los sistemas de cumplimiento de las mismas, el número de jornadas anuales a realizar, la programación de turnos y descansos así como el sistema de compensación en su caso. B) Jornadas de 8 horas y 30 minutos. En el correspondiente calendario laboral se concretarán los sistemas de cumplimiento de las mismas, el número de jornadas anuales a realizar, la programación de turnos y descansos así como el sistema de compensación en su caso. 6.- En las Relaciones de Puestos de Trabajo o en el Catálogo de Puestos no Permanentes se detallarán los puestos de trabajo desempeñados a tiempo parcial, expresando su porcentaje de dedicación.

  • Horarios (VÁLIDO PARA EMISORAS DE BAJA POTENCIA): El turno asignado al Locutor se cumplirá todos los días en un mismo horario que será fijo e inamovible, es decir, que la jornada de labor no será rotatoria. El régimen de horarios podrá ser: a) DE TURNO COMPLETO CORRIDO: Será de seis (6) horas diarias corridas. Después de las dos (2) primeras horas de iniciada su jornada de labor, y antes de que se cumpla la tercera, el Locutor tomará treinta (30) minutos corridos de descanso que serán considerados como parte del turno y de los que podrá disponer a su arbitrio. Si durante el período en que le correspondiere dicho descanso, el Locutor hubiera dispuesto de no menos de treinta minutos corridos en los que no estuvo afectado a la transmisión o grabaciones (las que deben estar previamente autorizadas por la S.A.L.) ese lapso será considerado como el descanso. Los Locutores que cumplan este horario gozarán de dos (2) francos semanales, es decir sesenta y seis (66) horas corridas, contadas a partir de la finalización del último turno previo al descanso.------------------------------------------- b) DE TURNO COMPLETO PARTIDO: Será de seis (6) horas diarias, que se cumplirán en dos (2) medios turnos de tres (3) horas como máximo cada uno; entre ambos mediará, como mínimo, un período de tres (3) horas y será de doce (12) horas el espacio comprendido entre una jornada y otra de labor. Durante la segunda hora de cada uno de esos medios turnos, el Locutor tomará quince (15) minutos corridos de descanso, que serán considerados como parte del turno y de los que podrá disponer a su arbitrio. Si durante esa segunda hora hubiera dejado de estar afectado a la transmisión o grabaciones (las que deberán ser previamente autorizadas por la S.A.L.) por un período continuado de quince minutos, ese lapso será considerado su descanso. Los Locutores que cumplan este horario gozarán de dos (2) francos semanales, es decir, de un mínimo de sesenta (60) horas a un máximo de sesenta y tres (63) horas corridas, contadas a partir de la finalización del último turno previo al descanso.---------------------------------------------------------

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El Cliente podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: Servicio de Atención al Cliente del Grupo Ibercaja Xxx. xx Xxxxxxx Xxxxxxx, nº 2 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx 2. El Cliente, si así lo desea, podrá imprimir el formulario para efectuar su queja o reclamación desde la página Web corporativa de la ENTIDAD (xxx.xxxxxxxx.xx) y enviarlo por correo ordinario o entregarlo en cualquiera de las Oficinas de IBERCAJA. 3. Tanto el Servicio de Atención del Cliente como el Defensor del Cliente dispondrán de un plazo máximo de dos meses para resolver las quejas y reclamaciones recibidas. Transcurrido este plazo sin recibir una resolución, o si existiese disconformidad con la misma, el Cliente podrá recurrir ante los siguientes Organismos: Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios X/Xxxxxx, 48 28014 Madrid Teléfono: 00 000 00 00 Dirección de correo electrónico: xxxxxx@xxx.xx Comisionado para la Defensa del Inversor Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Teléfono: 00 000 00 00 4. El Cliente podrá acceder al contenido del Reglamento para la Defensa del Cliente del Grupo Ibercaja a través de la página Web de la ENTIDAD (xxx.xxxxxxxx.xx).

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • Contrato de Seguro Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro. Este Contrato de Seguro está constituido por: a) Las declaraciones del Solicitante Titular proporcionadas por escrito en la solicitud del seguro. b) La Póliza. c) Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los alcances del contrato. d) Las Condiciones Generales. e) Cualquier otro documento que hubiera sido materia para la celebración del mismo.

  • Horario El USUARIO podrá utilizar los servicios de LEGÁLITAS de 09:00 a 20:00 horas en horario peninsular de lunes a viernes, excepto festivos nacionales. Las consultas o documentación que lleguen fuera de ese horario se entenderán recibidas el siguiente día hábil a las 9:00 de la mañana, de acuerdo con los criterios expresados. El horario de atención de consultas será de 24 horas al día todos los días del año para cuestiones de urgencia. Se entenderá por situaciones de urgencia aquellas cuyas consecuencias jurídicas más favorables o menos desfavorables para el USUARIO dependan de un consejo legal especializado inmediato.

  • PLAZO DE VIGENCIA El presente

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.