Horarios Cláusulas de Ejemplo

Horarios. 1. Salvo en aquellos supuestos en que las exigencias productivas, técnicas u organizativas impongan necesariamente modificaciones, las empresas mantendrán sin variación alguna los horarios y el régimen de distribución vigente en cada caso. En todo caso, se respetará el cómputo anual de jornada señalado en el artículo 28. 2. Cuando concurran las circunstancias especiales a que se hace referencia en el apartado anterior, las empresas podrán adaptar sus horarios, previo acuerdo con sus trabajadores/as, sus representantes o, en su defecto, previo arbitraje de la Comisión Paritaria del Convenio y con sujeción, en todo caso, a las siguientes limitaciones en conjunto: BOCM-20220813-1 a) Ninguna semana tendrá una jornada superior a 42 horas y media de trabajo efectivo. b) Fuera del período de vacaciones cada persona trabajadora disfrutará de trece semanas, en las que la jornada será de treinta y cinco horas de trabajo efectivo, en régimen de jornada intensiva y de lunes a viernes. c) Al menos cuatro de estas semanas de treinta y cinco horas se disfrutarán seguidas y, precisamente, dentro del período comprendido entre el 1 xx xxxxx y el 30 de septiembre. B.O.C.M. Núm. 192 SÁBADO 13 XX XXXXXX DE 2022 d) No será obligatorio para las empresas conceder estas semanas de treinta y cinco horas simultáneamente a toda la plantilla. e) Durante las semanas de cuarenta y dos horas y media, cada persona trabajadora tendrá derecho a descansar un día laborable cada dos semanas, que preferentemente se hará coincidir con puentes x xxxxxxx. f) En todo caso, la jornada anual no podrá ser superior a la que está vigente con anterioridad al establecimiento de las presentes modificaciones. En cualquier posible incumplimiento de lo previsto en los párrafos anteriores, se faculta a la representación de las personas trabajadoras en el seno de la Comisión Paritaria, para ejercitar las acciones legales que procedan. A los solos efectos de arbitrar en esta materia, la Comisión Paritaria podrá elegir, de común acuerdo, a una o tres personas que, junto a los miembros de la propia Comisión y formando número impar, adopten las decisiones arbitrales que correspondan. 3. De conformidad con lo señalado en el artículo 34.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, por acuerdo entre la empresa y los representantes de las personas trabajadoras, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, sin que rija lo establecido en los puntos anteriores. Dicha distribución deberá...
Horarios. La dirección de la empresa, cuando existan probadas razones técnicas, organizativas y productivas, podrá acordar modificaciones en el horario, que de no ser aceptadas por los representantes legales de los trabajadores habrán de tramitarse a través del procedimiento establecido para las modificaciones sustanciales de las condiciones contractuales.
Horarios. Los días y horas de apertura y cierre xxx xxxxxxx se informarán visiblemente al ingreso del club, y/o dentro de los planes individuales de cada socio, y se ajustará a la época del año y situaciones por las que razonablemente no se justifique el horario implementado, sin perjuicio de lo anterior, el socio tendrá derecho a los horarios indicados en su respectivo plan.
Horarios. En cada Centro de trabajo se indicará, por medio de cartel permanente colocado en sitio visible, el calendario horario de trabajo.
Horarios. Respetando, en todo caso, el total anual de horas de trabajo establecido y salvo modificaciones que puedan pactarse al acordar el calendario anual, se fijan los siguientes horarios: Mañana: de 06h30’ a 14h30’ Tarde: de 14h30’ a 22h30’ Noche: de 22h30’ a 06h30’ Horario Central: de 08:00 a 17:00 Para el Horario Central existe la posibilidad de retrasar la entrada y por tanto la salida del trabajo, hasta en una hora, siendo el horario de entrada entre las 8:00 y las 9:00. Este apartado también será de aplicación para los Técnicos y Empleados, que tengan alguno de los otros horarios asignados. Para este mismo horario, el Central, el horario de entrada y por tanto de salida, también podrá ser adelantado en una hora, siendo el horario de entrada entre las 7:00 y las 8:00, siempre y cuando exista la aceptación explícita y previa del mando. El tiempo comida podrá ser de 30 minutos como mínimo y de una hora como máximo, haciendo uso del sistema de fichaje. El horario de salida dependerá del horario de la entrada, y del tiempo consumido en la comida, realizando 8 horas diarias de jornada de trabajo efectiva. La empresa procurará asignar a las personas a los horarios de trabajo más convenientes de acuerdo con la representación de los trabajadores, sin perjuicio de la facultad organizativa de la empresa, como única responsable de la misma. El personal será adscrito a un horario fijo según un cuadrante horario orientativo, sin perjuicio de los cambios que pudieran ser necesarios llevar a cabo como consecuencia de la fluctuación de las cargas de trabajo y la distribución irregular de la jornada. El cambio en la adscripción a uno u otro horario, deberá ser preavisado al trabajador con 7 días de antelación. En el supuesto que no sea posible conceder el citado preaviso se entenderá que las horas efectivamente realizadas fuera del horario habitual se corresponden con las de bolsa de horas. Siempre que sea posible se dará opción a la elección permanente de turno entre los afectados. Si el principio de voluntariedad fuera insuficiente, se establecerá la rotatividad cada 4 semanas entre los turnos que se establezcan. El calendario laboral vigente para cada año se establecerá entre la Dirección y el Comité de Empresa en la primera quincena del mes de Diciembre del año anterior. Se determina para la colocación de jornadas inhábiles con carácter fijo para cada año, dos puentes a elegir y los días 24 y 31 de Diciembre siempre que no coincidan en sábado x xxxxxxx; y el resto de jor...
Horarios. La empresa adjudicataria podrá establecer el horario diurno que considere más oportuno para la mayor eficacia y rapidez de los servicios. El horario establecido será sancionado por el Ayuntamiento el cual podrá establecer los cambios que considere adecuados, bien antes de su aprobación o bien posteriormente en orden a la eficacia desarrollo de la vida ciudadana. Deberá indicarse el número de días de trabajo a la semana y el horario que se propone. Se considerarán los días festivos oficiales que la Delegación de Trabajo apruebe para la Provincia, además de los domingos. Los cambios o imposiciones que se introduzcan en el horario de trabajo, no tendrán repercusión sobre la cuota mensual fija. Los trabajos de conservación se realizarán de lunes a sábado, de 7 a 18 horas, salvo las inspecciones nocturnas del programa y los tratamientos fitosanitarios. Los trabajos de riego comenzarán a las 6 de la mañana con el objeto de un mayor aprovechamiento de los recursos hídricos. Las 40 horas semanales se ajustarán según las necesidades del servicio y las instrucciones de la Unidad de Parques y Jardines. Con la intención de dejar siempre bien atendidos los aspectos o trabajos más fundamentales, como puedan ser la limpieza y recogida de residuos, así como el riego, los trabajos se organizarán de manera que no pase más de 1 día sin prestar el servicio. La jornada laboral se desarrollará de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente y el calendario anual que se acuerde, siendo responsabilidad de la empresa adjudicataria cualquier cambio o interpretación que no sea establecida por dicha legislación. En cualquier caso, la Unidad de Parques y Jardines podrá modificar y ajustar horario y dedicación anual en atención a una mejora en los resultados de los trabajos y la eficacia del servicio.
Horarios. EL CONCESIONARIO" está obligado a operar el local o espacio concesionado, en los términos del artículo 8 del Reglamento para Concesionarios, en un horario de 11:00 horas a 22:00 horas, de acuerdo a las condiciones, normas y productos que fueron acordadas en 1. Vender productos diferentes a los autorizados. 2. Cambiar los precios acordados, 3. Modificar o ampliar la superficie y espacio contratado. 4. Invadir áreas comunes u otros locales. 5. Arrendar y/o traspasar el local o espacio. 6. Trabajar después de los horarios establecidos. 7. Ingresar al recinto ferial con productos de las marcas competencia de los patrocinadores oficiales de “EL PARONATO” En caso de que por causa de fuerza mayor, existiera la necesidad de realizar alguna de las exclusiones señaladas en el párrafo anterior, se deberán previamente proponer y fundamentar por escrito a "EL PATRONATO", quién una vez analizado esto, podría autorizarlo, siempre y cuando éstas no contravengan al reglamento de concesionarios ni a sus intereses. En caso de no cumplirse con esta consulta previa y se lleve a cabo cualquiera de los hechos descritos en el primer párrafo de ésta cláusula, el contrato será rescindido y se cancelará de inmediato el uso del local o espacio concesionado, sin devolución de pagos efectuados; debiendo "EL CONCESIONARIO" desocupar éste en un plazo no mayor a 24 horas.
Horarios. El horario de trabajo, dadas las especiales características de las empresas sujetas a este convenio, será establecido a tenor de las necesidades del servicio, por la Dirección de la Empresa tras escuchar la opinión de los representantes del personal. El Calendario Laboral, así como el cuadro horario establecido, deberá estar fijado, antes del 31 de Enero de cada año, y expuesto en el tablón de anuncios de la empresa. Todos los trabajadores afectados por este convenio, sea cual sea el régimen de jornada que realice, tendrán derecho al disfrute del preceptivo descanso semanal de día y medio ininterrumpido, que comprenderá mínimo un fin de semana libre al mes. No obstante, los trabajadores cuya jornada de trabajo se realice en régimen de turnos, tendrán garantizados tres días naturales de descanso, cada periodo de catorce días naturales, de los que al menos dos días deberán ser consecutivos. Si alguno de estos días coincidiese con alguno de los festivos oficiales, los trabajadores tendrán derecho a disfrutar un día más de descanso, para compensar dicho festivo o cobrarlo.
Horarios a.- Los horarios y días de servicio para el uso de instalaciones de los gimnasios o clubes afiliados a la Red de Total Pass, podrán variar dependiendo del club o gimnasio y esto podrá ser consultado en la página web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, dichos horarios podrán ser modificados sin previo aviso. b.- Las políticas y horarios de estacionamiento, podrán variar dependiendo de los clubes o gimnasios afiliados a la RED de Total Pass, dichos horarios y reglamentos estarán sujetos al prestador de dicho servicio. c.- Los días 1 de enero y 25 de diciembre, no se prestará servicio en gimnasio o club alguno, permaneciendo sus instalaciones cerradas. Los días 24 y 31 de diciembre, se prestará servicio en un horario reducido. Conforme a los horarios de operación establecidos, ningún usuario podrá ingresar a las instalaciones antes de la hora de apertura; ni podrá permanecer, ni solicitar servicio después del cierre de los clubes o gimnasios afiliados a la Red de TOTAL PASS. d.- Los servicios de vestidores, regaderas, vapor, sauna y todas las áreas deportivas, terminan su operación 15 minutos antes de la hora del cierre de los clubes o gimnasios afiliados a la Red de TOTAL PASS. e.- TOTAL PASS no se hace responsable ni harán reintegro alguno a los usuarios en general, cuando los gimnasios o clubes afiliados a la Red de TOTAL PASS tengan que suspender sus servicios por caso fortuito, por ejemplo: huracanes, inundaciones y terremotos; asimismo en los casos de fuerza mayor que afecten la prestación y calidad de los servicios, por ejemplo: huelgas, hechos ilícitos de los usuarios, inasistencia de instructores, falla de servicios públicos como energía eléctrica, agua, gas o por orden de instituciones de salud pública. f.- Los horarios de las clases grupales y personalizadas deberán de ser consultadas en cada club o gimnasio ya que estas pueden cambiar de acuerdo a cada club o gimnasio afiliado a la Red de TOTAL PASS y estas estarán sujetas a disponibilidad y cupo. g.- TOTAL PASS y los gimnasios o clubes afiliados a la Red de TOTAL PASS establecerán y podrán modificar los horarios de apertura y cierre de las instalaciones; así como de señalar los días en los que por motivos de competencias, eventos especiales, mantenimiento preventivo o correctivo, remodelación y aquellos señalados por la Ley Federal del Trabajo, permanezcan cerrados. h.- El usuario reconoce que los clubes o gimnasios afiliados a la Red de TOTAL PASS podrán reprogramar, modificar y/o suspender una o varias de la...
Horarios. El horario para el arrendamiento de bicicletas será durante las 24 (veinticuatro) horas del día. El ARRENDATARIO podrá comunicarse a los teléfonos de VBIKE, mediante correo electrónico al Sitito Web o a través de la aplicación móvil, en los días y horas de atención al público, señalados en la carátula. En caso de siniestro fuera del horario de atención deberá comunicarse al número del Centro de Atención Telefónica que aparece en la carátula.