Common use of CUENTAS ASOCIADAS Clause in Contracts

CUENTAS ASOCIADAS. La contratación de la Cuenta Bolsa a Crédito requerirá la apertura, a nombre del CLIENTE, de una cuenta de valores y una Cuenta de Efectivo que tendrán la condición de cuentas asociadas al crédito. En consecuencia, el CLIENTE acepta expresamente las condiciones particulares de la Cuenta Bolsa y de la Cuenta de Efectivo. Los valores anotados en la cuenta de valores asociada al crédito y los valores prestados al CLIENTE se valorarán por su cotización, a los efectos de determinar en todo momento el Límite Operativo de Crédito o el Limite de Disposición de Efectivo así como el Ratio de Cierre de Posiciones y el Ratio de Cobertura. En el caso de valores denominados en divisa distinta del euro, se aplicará el último tipo de cambio difundido en el sitio Web de SELF BANK. El CLIENTE se compromete a mantener los valores y el efectivo anotados en las cuentas asociadas libres de cargas y gravámenes distintos de los derivados de este contrato, así como a notificar a terceros acreedores que los valores y el efectivo anotados en las cuentas asociadas están sujetos a la devolución de las cantidades debidas a SELF BANK. Las disposiciones del crédito para finalidades distintas de la compra y/o venta de valores con la intermediación de SELF BANK se cargarán en la Cuenta de Efectivo y deberán cumplir en todo momento el Límite de Disposición de Efectivo El traspaso de valores desde la cuenta de valores asociada a cualquier otra cuenta del CLIENTE, con SELF BANK o con un tercero, así como la transferencia de efectivo desde la Cuenta de Efectivo asociada, a cualquier otra cuenta del CLIENTE, con SELF BANK o con un tercero, sólo podrá producirse cuando el cociente resultante de dividir la suma de los Activos del CLIENTE entre la suma de sus Pasivos sea igual o superior a 1,30.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

CUENTAS ASOCIADAS. La contratación negociación de la Cuenta Bolsa a Crédito CFDs, Divisas y Futuros con SELF BANK requerirá la apertura, a nombre del CLIENTE, de una cuenta corriente a la vista en euros de valores uso y una Cuenta de Efectivo disponibilidad limitada abierta en SELF BANK que tendrán la condición de cuentas asociadas al crédito. En consecuencia, el CLIENTE acepta expresamente se regirá por las condiciones particulares de la Cuenta Bolsa y Condiciones Particulares de la Cuenta de Efectivo. Los valores anotados en la cuenta de valores asociada al crédito Efectivo y los valores prestados al CLIENTE se valorarán por su cotización, a los efectos de determinar en todo momento el Límite Operativo de Crédito o el Limite de Disposición de Efectivo así como el Ratio de Cierre de Posiciones y el Ratio de Cobertura. En el caso de valores denominados en divisa distinta del euro, se aplicará el último tipo de cambio difundido en el sitio Web las Condiciones Generales de SELF BANK. Esta cuenta corriente vinculada y asociada a la operativa de CFDs, y Divisas y Futuros no admitirá domiciliaciones de recibos, ni disposiciones en efectivo, ni medios de pago asociados tales como tarjetas o talonarios de cheques. En la Cuenta de CFDs, Divisas y Futuros se contabilizarán los pagos e ingresos derivados de la contratación de CFDs, Divisas y Futuros y se cargarán las cantidades que le sean debidas a SELF BANK, por cualquier concepto. SELF BANK guardará un registro de detalle de los CFDs, Divisas y Futuros a nombre del CLIENTE. El CLIENTE se compromete a mantener los valores ingresar en su Cuenta de CFDs, Divisas y Futuros las cantidades necesarias para el efectivo anotados en las cuentas asociadas libres pago de cargas comisiones, primas y gravámenes distintos de los derivados de este contratoliquidaciones, así como a notificar a terceros acreedores que los valores y el efectivo anotados en las cuentas asociadas están sujetos a para la devolución cobertura de las cantidades debidas a SELF BANKgarantías necesarias, incluida la liquidación diaria de pérdidas y ganancias, por transacciones realizadas por su cuenta. Las disposiciones del crédito para finalidades distintas de la compra y/o venta de valores con la intermediación de SELF BANK se cargarán compromete al pago al CLIENTE de las primas y liquidaciones derivadas de las transacciones realizadas por cuenta del CLIENTE. Desde la Cuenta de Efectivo el CLIENTE podrá realizar transferencias bancarias, traspasos u otras disposiciones de fondos habilitadas por SELF BANK a la Cuenta de CFDs, y Divisas y Futuros. El CLIENTE autoriza expresamente a SELF BANK a determinar libremente el orden de pago al que aplicará las cantidades que reciba o que queden disponibles por cualquier concept o a favor del CLIENTE. No obstante, si el saldo fuera deudor, es decir, a favor de SELF BANK, las cantidades entregadas por el CLIENTE o abonadas en la cuenta se aplicarán en primer lugar a su reintegro. SELF BANK informará, en tiempo real a través de la Plataforma de CFDs, Divisas y Futuros de su sitio Web (siempre y cuando las circunstancias de los sistemas electrónicos involucrados lo permitan) o diariamente (en otros casos) al CLIENTE sobre el saldo de la Cuenta de CFDs, Divisas y Futuros. Todos los saldos que resulten de las operaciones objeto de este contrato se convertirán a su equivalente en euros, corriendo de parte del CLIENTE los gastos de dichas operaciones. El CLIENTE asumirá el riesgo de tipo de cambio de las divisas. SELF BANK publicará diariamente en la Plataforma de CFDs, Divisas y Futuros de su sitio Web los tipos de cambio aplicables a las operaciones que realicen sus CLIENTES. El CLIENTE acepta que su derecho de crédito a la restitución del saldo acreedor a favor del CLIENTE en la Cuenta de Efectivo CFDs, Divisas y deberán cumplir Futuros quede pignorado a favor de SELF BANK, que acepta, en todo garantía del reembolso a SELF BANK del Margen Financiero, comisiones y cualesquiera otros derechos económicos devengados e impagados que sean adeudados en cada momento a SELF BANK, constituyendo el Límite presente con trato, por tanto, un acuerdo de Disposición garantía financiera pignoraticia de Efectivo El traspaso los previstos en el Artículo Sexto del Real Decreto Ley 5/2005 de valores desde reformas urgentes para el impulso a la cuenta productividad y para la mejora de valores asociada a cualquier otra cuenta la contratación pública, que el CLIENTE y SELF BANK declaran ejecutable en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por parte del CLIENTE, permitiendo a SELF BANK, de conformidad con SELF BANK o con un tercero, así como la transferencia el Artículo Undécimo del citado Real Decreto Ley 5/2005 compensar las cantidades adeudadas contra el saldo acreedor de efectivo desde la Cuenta de Efectivo asociadaCFDs, Divisas y Futuros. El CLIENTE se da por notificado a cualquier otra cuenta del CLIENTE, con tales efectos y reconoce frente a SELF BANK o con un terceroel carácter de acuerdo de garantía financiera pignoraticia de la presente prenda del saldo acreedor de la Cuenta de CFDs, sólo podrá producirse cuando el cociente resultante de dividir la suma de los Activos del CLIENTE entre la suma de sus Pasivos sea igual o superior a 1,30Divisas y Futuros.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

CUENTAS ASOCIADAS. La contratación negociación de la Cuenta Bolsa a Crédito CFDs, Divisas y Futuros con SELF BANK requerirá la apertura, a nombre del CLIENTE, de una cuenta corriente a la vista en euros de valores uso y una Cuenta de Efectivo disponibilidad limitada abierta en SELF BANK que tendrán la condición de cuentas asociadas al crédito. En consecuencia, el CLIENTE acepta expresamente se regirá por las condiciones particulares Condiciones Particulares de la Cuenta Bolsa Operativa y por las Condiciones Generales de SELF BANK. Esta cuenta corriente vinculada y asociada a la operativa de CFDs, y Divisas y Futuros no admitirá domiciliaciones de recibos, ni disposiciones en efectivo, ni medios de pago asociados tales como tarjetas o talonarios de cheques. En la Cuenta de Efectivo. Los valores anotados en CFDs, Divisas y Futuros se contabilizarán los pagos e ingresos derivados de la cuenta contratación de valores asociada al crédito CFDs, Divisas y los valores prestados al CLIENTE Futuros y se valorarán por su cotización, cargarán las cantidades que le sean debidas a los efectos de determinar en todo momento el Límite Operativo de Crédito o el Limite de Disposición de Efectivo así como el Ratio de Cierre de Posiciones y el Ratio de Cobertura. En el caso de valores denominados en divisa distinta del euro, se aplicará el último tipo de cambio difundido en el sitio Web de SELF BANK, por cualquier concepto. SELF BANK guardará un registro de detalle de los CFDs, Divisas y Futuros a nombre del CLIENTE. El CLIENTE se compromete a mantener los valores ingresar en su Cuenta de CFDs, Divisas y Futuros las cantidades necesarias para el efectivo anotados en las cuentas asociadas libres pago de cargas comisiones, primas y gravámenes distintos de los derivados de este contratoliquidaciones, así como a notificar a terceros acreedores que los valores y el efectivo anotados en las cuentas asociadas están sujetos a para la devolución cobertura de las cantidades debidas a SELF BANKgarantías necesarias, incluida la liquidación diaria de pérdidas y ganancias, por transacciones real izadas por su cuenta. Las disposiciones del crédito para finalidades distintas de la compra y/o venta de valores con la intermediación de SELF BANK se cargarán compromete al pago al CLIENTE de las primas y liquidaciones derivadas de las transacciones realizadas por cuenta del CLIENTE. Desde la Cuenta Operativa el CLIENTE podrá realizar transferencias bancarias, traspasos u otras disposiciones de fondos habilitadas por SELF BANK a la Cuenta de de CFDs, y Divisas y Futuros. El CLIENTE autoriza expresamente a SELF BANK a determinar libremente el orden de pago al que aplicará las cantidades que reciba o que queden disponibles por cualquier concept o a favor del CLIENTE. No obstante si el saldo fuera deudor, es decir, a favor de SELF BANK, las cantidades entregadas por el CLIENTE o abonadas en la cuenta se aplicarán en primer lugar a su reintegro. SELF BANK informará, en tiempo real a través de la P lataforma de CFDs, Divisas y Futuros de su sitio Web (siempre y cuando las circunstancias de los sistemas electrónicos involucrados lo permitan) o diariamente (en otros casos) al CLIENTE sobre el saldo de la Cuenta de CFDs, Divisas y Futuros. Todos los saldos que resulten de las operaciones objeto de este contrato se convertirán a su equivalente en euros, corriendo de parte del CLIENTE los gastos de dichas operaciones. El CLIENTE asumirá el riesgo de tipo de cambio de las divisas. SELF BANK publicará diariamente en la Plataforma de CFDs, Divisas y Futuros de su sitio Web los tipos de cambio aplicables a las operaciones que realicen sus CLIENTES. El CLIENTE acepta que su derecho de crédito a la restitución del saldo acreedor a favor del CLIENTE en la Cuenta de Efectivo CFDs, Divisas y deberán cumplir Futuros quede p ignorado a favor de SELF BANK, que acepta, en todo garantía del reembolso a SELF BANK del Margen Financiero, comisiones y cualesquiera otros derechos económicos devengados e impagados que sean adeudados en cada momento a SELF BANK, constituyendo el Límite presente con trato, por tanto, un acuerdo de Disposición garantía financiera pignoraticia de Efectivo El traspaso los previstos en el Artículo Sexto del Real Decreto Ley 5/2005 de valores desde reformas urgentes para el impulso a la cuenta productividad y para la mejora de valores asociada a cualquier otra cuenta la contratación pública, que el CLIENTE y SELF BANK declaran ejecutable en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por parte del CLIENTE, permitiendo a SELF BANK, de conformidad con SELF BANK o con un tercero, así como la transferencia el Artículo Undécimo del citado Real Decreto Ley 5/2005 compensar las cantidades adeudadas contra el saldo acreedor de efectivo desde la Cuenta de Efectivo asociadaCFDs, Divisas y Futuros. El CLIENTE se da por notificado a cualquier otra cuenta del CLIENTE, con tales efectos y reconoce frente a SELF BANK o con un terceroel carácter de acuerdo de garantía financiera pignoraticia de la presente prenda del saldo acreedor de la Cuenta de CFDs, sólo podrá producirse cuando el cociente resultante de dividir la suma de los Activos del CLIENTE entre la suma de sus Pasivos sea igual o superior a 1,30Divisas y Futuros.

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Samples: Contrato Marco De Servicios De Pago

CUENTAS ASOCIADAS. La contratación de la Cuenta Bolsa a Crédito requerirá la apertura, a nombre del CLIENTE, de una cuenta Cuenta de valores Valores y una Cuenta de Efectivo Asociada que tendrán la condición de cuentas asociadas al crédito. En consecuencia, el CLIENTE acepta expresamente las condiciones particulares de la Cuenta Bolsa de Valores y de la Cuenta de EfectivoEfectivo Asociada. Los valores anotados en la cuenta Cuenta de valores Valores asociada al crédito y los valores prestados al CLIENTE se valorarán por su cotización, a los efectos de determinar en todo momento el Límite Operativo de Crédito o el Limite de Disposición de Efectivo Efectivo, así como el Ratio de Cierre de Posiciones y el Ratio de Cobertura. En el caso de valores denominados en divisa distinta del euro, se aplicará el último tipo de cambio difundido en el sitio Web web de SELF BANKla ENTIDAD. El CLIENTE se compromete a mantener los valores y el efectivo anotados en las cuentas asociadas libres de cargas y gravámenes distintos de los derivados de este contrato, así como a notificar a terceros acreedores que los valores y el efectivo anotados en las cuentas asociadas están sujetos a la devolución de las cantidades debidas a SELF BANKla ENTIDAD. Las disposiciones del crédito para finalidades distintas de la compra y/o venta de valores con la intermediación intermedia- ción de SELF BANK la ENTIDAD se cargarán en la Cuenta de Efectivo Asociada y deberán cumplir en todo momento el Límite de Disposición de Efectivo Efectivo. El traspaso de valores desde la cuenta Cuenta de valores Valores asociada a cualquier otra cuenta del CLIENTE, con SELF BANK la ENTIDAD o con un tercero, así como la transferencia de efectivo desde la Cuenta de Efectivo asociadaAsociada, a cualquier otra cuenta del CLIENTE, con SELF BANK la ENTIDAD o con un tercero, sólo podrá producirse cuando el cociente resultante de dividir la suma de los Activos del CLIENTE entre la suma de sus Pasivos sea igual o superior a 1,30. Las órdenes de compra de valores se cargarán en la Cuenta de Efectivo Asociada al Crédito. Las disposi- ciones del Crédito por este concepto deberán cumplir en todo momento los límites previstos en el Libro de Tarifas y Condiciones Económicas. Las disposiciones del Crédito para la compra de valores tendrán a todos los efectos la consideración de an- ticipo de fondos realizado por la ENTIDAD en su condición de acreditante comisionista, según lo dispuesto por el artículo 276 del Código de Comercio. Conforme a este mismo artículo la ENTIDAD gozará de un derecho de retención sobre los valores del CLIENTE cuya administración y depósito lleva la ENTIDAD o cualquier otra entidad por cuenta de esta.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios