Common use of CUENTAS DEL FIDEICOMISO Clause in Contracts

CUENTAS DEL FIDEICOMISO. 7.1. A fin de administrar el Patrimonio Fideicometido, el Fiduciario procederá a solicitar la apertura de las Cuentas del Fideicomiso en la moneda que corresponda en el Banco o conforme a lo establecido en el Contrato. Una vez abiertas las mencionadas cuentas, el Fiduciario comunicará dentro los tres (3) Días Hábiles siguientes los números de las referidas cuentas al Fideicomitente Inicial. El Fiduciario podrá contratar -para el mejor desempeño de sus funciones- los servicios financieros que sean necesarios para la adecuada administración del Patrimonio Fideicometido brindados por el Banco. Las contraprestaciones por los servicios antes referidos serán negociadas directamente por el Fiduciario con el Banco respectivo. El Fiduciario permitirá al Fideicomitente Inicial el acceso en consulta a las Cuentas del Fideicomiso a través del respectivo sistema informático del Banco si este lo solicita por escrito. 7.2. Los portes, tributos o comisiones que se generen por la operación y mantenimiento de las Cuentas del Fideicomiso, así como por las transferencias de fondos que se efectúen hacia y desde las mismas –incluyendo transferencias interbancarias- y los servicios contratados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, serán atendidos con cargo a los fondos depositados en la cuenta respectiva. En el caso de que la respectiva cuenta no tenga recursos suficientes para atender los referidos portes, Tributos o comisiones que se generen por la operación y mantenimiento de alguna de las Cuentas del Fideicomiso, el Fiduciario utilizará -a su sola discreción y sin responsabilidad alguna- los recursos de otras Cuentas del Fideicomiso. Si no hubiera recursos disponibles en la otras Cuentas del Fideicomiso, el Fideicomitente se encontrará obligado a transferir los recursos suficientes dentro de los cinco (05) Días Hábiles siguientes desde que lo solicite el Fiduciario. Las remuneraciones de las Cuentas del Fideicomiso serán negociadas directamente por el Fiduciario con el Banco, no obstante, el Fiduciario no será responsable por los resultados de dichas negociaciones. 7.3. El Fiduciario mantendrá registros contables separados para reflejar los activos y los pasivos relativos al Patrimonio Fideicometido. 7.4. Únicamente para efecto del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) se considerará al Fideicomitente Inicial como titular de las Cuentas del Fideicomiso. 7.5. Las Cuentas del Fideicomiso serán administradas conforme a lo siguiente:

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Samples: Fideicomiso

CUENTAS DEL FIDEICOMISO. 7.1. A fin más tardar el día siguiente a la fecha de administrar el Patrimonio Fideicometidofirma del presente Contrato, sirviendo la presente Cláusula como instrucción para todos los efectos legales a que haya lugar, el Fiduciario procederá a solicitar la apertura de deberá abrir las Cuentas del Fideicomiso en Banco Actinver, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver y deberá mantener dichas Cuentas del Fideicomiso durante la moneda que corresponda en el Banco o conforme a lo establecido en el vigencia del presente Contrato. Una vez abiertas las mencionadas cuentas, el Fiduciario comunicará dentro los tres (3) Días Hábiles siguientes los números de las referidas cuentas al Fideicomitente Inicial. El Fiduciario podrá contratar -para será el mejor desempeño de sus funciones- los servicios financieros que sean necesarios para la adecuada administración del Patrimonio Fideicometido brindados por el Banco. Las contraprestaciones por los servicios antes referidos serán negociadas directamente por el Fiduciario con el Banco respectivo. El Fiduciario permitirá al Fideicomitente Inicial el acceso en consulta a las Cuentas del Fideicomiso a través del respectivo sistema informático del Banco si este lo solicita por escrito. 7.2. Los portes, tributos o comisiones que se generen por la operación beneficiario y mantenimiento titular de las Cuentas del Fideicomiso, y serán administradas, controladas y operadas única y exclusivamente por este, lo cual se realizará de conformidad con las instrucciones que reciba y conforme a lo previsto en el presente Contrato. Considerando que el Fiduciario podrá recibir cantidades en Pesos o Dólares conforme al presente Contrato, para cada Cuenta del Fideicomiso el Fiduciario abrirá y mantendrá una cuenta en Pesos y una cuenta en Dólares, en caso que así se requiera conforme a la experiencia del Administrador. Cualquier transferencia, movimiento o disposición que se realice en las Cuentas del Fideicomiso será llevada a cabo por el Fiduciario conforme a las instrucciones previas y por escrito del Administrador conforme al presente Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, el Administrador podrá instruir al Fiduciario para que abra cuentas adicionales para la administración del Patrimonio del Fideicomiso, determinando al efecto las características de las mismas, así como por las transferencias de fondos el momento y la entidad financiera en la que se efectúen hacia y desde abrirán dichas cuentas adicionales, por lo que las mismas –incluyendo transferencias interbancarias- y los servicios contratados se podrán mantener en Banco Actinver, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, o en cualquier otra institución financiera aprobada e instruida por el Administrador. El Fiduciario deberá administrar las Cuentas del Fideicomiso de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, serán atendidos con cargo a los fondos depositados establecido en la cuenta respectiva. En el caso de que la respectiva cuenta no tenga recursos suficientes para atender los referidos portes, Tributos o comisiones que se generen por la operación y mantenimiento de alguna de las Cuentas del Fideicomiso, el Fiduciario utilizará -a su sola discreción y sin responsabilidad alguna- los recursos de otras Cuentas del Fideicomiso. Si no hubiera recursos disponibles en la otras Cuentas del Fideicomiso, el Fideicomitente se encontrará obligado a transferir los recursos suficientes dentro de los cinco (05) Días Hábiles siguientes desde que lo solicite el Fiduciario. Las remuneraciones de las Cuentas del Fideicomiso serán negociadas directamente por el Fiduciario con el Banco, no obstante, el Fiduciario no será responsable por los resultados de dichas negociacionespresente Cláusula. 7.3. El Fiduciario mantendrá registros contables separados para reflejar los activos y los pasivos relativos al Patrimonio Fideicometido. 7.4. Únicamente para efecto del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) se considerará al Fideicomitente Inicial como titular de las Cuentas del Fideicomiso. 7.5. Las Cuentas del Fideicomiso serán administradas conforme a lo siguiente:

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Samples: Fideicomiso Irrevocable De Emisión De Certificados Bursátiles Fiduciarios

CUENTAS DEL FIDEICOMISO. 7.1. A fin Para el cumplimiento de administrar el Patrimonio Fideicometidolos fines del presente Fideicomiso, el Fiduciario procederá a solicitar deberá establecer y mantener durante la apertura vigencia del presente Fideicomiso, al menos, cada una de las Cuentas del Fideicomiso cuentas y fondos mencionados a continuación, las cuales serán aperturas en la moneda institución bancaria que corresponda en determine el Banco o conforme a lo establecido en el Contrato. Una vez abiertas las mencionadas cuentas, el Fiduciario comunicará dentro los tres (3) Días Hábiles siguientes los números de las referidas cuentas al Fideicomitente InicialFideicomitente: Cuenta Concentradora. El Fiduciario podrá contratar -para deberá abrir y mantener una cuenta bancaria cuyo beneficiario sea el mejor desempeño Fiduciario, en la cual deberá depositar la totalidad de sus funciones- los servicios financieros que sean necesarios para Recursos Derivados de la adecuada administración del Patrimonio Fideicometido brindados por el BancoEmisión de los CBFIs. Las contraprestaciones por los servicios antes referidos serán negociadas directamente por el Fiduciario con el Banco respectivoFondo de Gastos de Emisión. El Fiduciario permitirá deberá abrir y mantener esta subcuenta de la Cuenta Concentradora, en la cual registrará los recursos necesarios para efectuar el pago de los Gastos de Emisión que le sean notificados por el Administrador conforme al Fideicomitente Inicial formato que se adjunta al presente Fideicomiso como Anexo “L”. Fondo de Impuestos por Inversión. El Fiduciario deberá abrir y mantener esta subcuenta de la Cuenta Concentradora, en la cual registrará los recursos necesarios para efectuar el acceso en consulta a las Cuentas del Fideicomiso a través del respectivo sistema informático del Banco si este lo solicita por escrito. 7.2. Los portespago de contribuciones, tributos o comisiones impuestos, derechos y otros de naturaleza fiscal, que se generen por la operación aportación de los Bienes Inmuebles Aportados, los Bienes Inmuebles Aportados Adicionales, la adquisición y/o enajenación de Bienes Inmuebles, Derechos de Arrendamiento y mantenimiento Derechos de las Cuentas del FideicomisoOperación, así como mismos que le serán notificados por las transferencias de fondos que se efectúen hacia y desde las mismas –incluyendo transferencias interbancarias- y los servicios contratados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anteriorAdministrador, serán atendidos con cargo a los fondos depositados en la cuenta respectiva. En el caso de que la respectiva cuenta no tenga recursos suficientes para atender los referidos portes, Tributos o comisiones que se generen por la operación y mantenimiento de alguna de las Cuentas del Fideicomiso, el Fiduciario utilizará -a su sola discreción y sin responsabilidad alguna- los recursos de otras Cuentas del Fideicomiso. Si no hubiera recursos disponibles en la otras Cuentas del Fideicomiso, el Fideicomitente se encontrará obligado a transferir los recursos suficientes más tardar dentro de los cinco (05) Días Hábiles tres días siguientes desde que lo solicite el Fiduciarioa la Fecha de Emisión. Las remuneraciones Fondo de las Cuentas del Fideicomiso serán negociadas directamente por el Fiduciario con el Banco, no obstante, el Fiduciario no será responsable por los resultados de dichas negociaciones. 7.3Inversión en Bienes Inmuebles. El Fiduciario mantendrá registros contables separados deberá abrir y mantener esta subcuenta de la Cuenta Concentradora, en la cual registrará, una vez que se hayan registrado los recursos correspondientes del Fondo de Gastos de Emisión y del Fondo de Impuestos por Inversión conforme las secciones 12.2 y 12.3 anteriores, los recursos que el Comité Técnico determine mediante una instrucción por escrito, para reflejar llevar a cabo la adquisición de los activos y los pasivos relativos al Patrimonio FideicometidoBienes Inmuebles Adquiridos. 7.4. Únicamente para efecto del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) se considerará al Fideicomitente Inicial como titular de las Cuentas del Fideicomiso. 7.5. Las Cuentas del Fideicomiso serán administradas conforme a lo siguiente:

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Samples: Tercer Convenio Modificatorio

CUENTAS DEL FIDEICOMISO. 7.1(a) Apertura de las Cuentas. A fin En la fecha de administrar el Patrimonio Fideicometidocelebración del presente Contrato de Fideicomiso, el Fiduciario procederá a solicitar la apertura de deberá abrir las Cuentas del Fideicomiso en y deberá mantenerlas abiertas y a su nombre durante la moneda que corresponda vigencia del presente Contrato de Fideicomiso, en el Banco o conforme a lo establecido en el Contrato. Una entendido, que una vez abiertas las mencionadas cuentas, el Fiduciario comunicará dentro los tres (3) Días Hábiles siguientes los números de las referidas cuentas al Fideicomitente Inicial. El Fiduciario podrá contratar -para el mejor desempeño de sus funciones- los servicios financieros que sean necesarios para realizada la adecuada administración del Patrimonio Fideicometido brindados por el Banco. Las contraprestaciones por los servicios antes referidos serán negociadas directamente por el Fiduciario con el Banco respectivo. El Fiduciario permitirá al Fideicomitente Inicial el acceso en consulta a las Cuentas del Fideicomiso a través del respectivo sistema informático del Banco si este lo solicita por escrito. 7.2. Los portes, tributos o comisiones que se generen por la operación y mantenimiento de las Cuentas del Fideicomiso, así como por las transferencias de fondos que se efectúen hacia y desde las mismas –incluyendo transferencias interbancarias- y los servicios contratados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, serán atendidos con cargo a los fondos depositados en la cuenta respectiva. En el caso de que la respectiva cuenta no tenga recursos suficientes para atender los referidos portes, Tributos o comisiones que se generen por la operación y mantenimiento de alguna apertura de las Cuentas del Fideicomiso, el Fiduciario utilizará -a su sola notificará la información de las mismas al Administrador y al Representante Común al Día Hábil inmediato siguiente, y además, en el entendido, que el Fiduciario deberá utilizar los montos depositados en las mismas de tal forma que se mantenga el saldo mínimo requerido por la institución bancaria ante la que hayan sido abiertas, con la finalidad de mantener dichas cuentas bancarias y evitar la cancelación o bloqueo de las mismas por falta de saldo. Cada Cuenta del Fideicomiso podrá ser abierta y mantenida en Pesos y/o Dólares a discreción del Administrador. Cualquier transferencia de efectivo entre las diferentes cuentas contempladas en la presente Sección 8.1 del presente Contrato de Fideicomiso será llevada a cabo por el Fiduciario conforme a las instrucciones previas y sin responsabilidad alguna- los recursos por escrito del Administrador conforme al presente Contrato de otras Cuentas del Fideicomiso. Si no hubiera recursos disponibles Sujeto a lo establecido en la otras Cuentas Sección 8.2 del presente Contrato de Fideicomiso, el Fideicomitente se encontrará obligado a transferir los recursos suficientes dentro de los cinco (05) Días Hábiles siguientes desde que lo solicite el Fiduciario. Las remuneraciones de Fiduciario podrá mantener las Cuentas del Fideicomiso serán negociadas directamente en cualquier institución financiera aprobada por el Fiduciario con el Banco, no obstante, el Fiduciario no será responsable por los resultados de dichas negociaciones. 7.3Administrador. El Fiduciario mantendrá registros contables separados para reflejar los activos y los pasivos relativos al Patrimonio Fideicometido. 7.4. Únicamente para efecto del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) se considerará al Fideicomitente Inicial como titular de deberá administrar las Cuentas del Fideicomiso. 7.5. Las Cuentas del Fideicomiso serán administradas conforme a de conformidad con lo siguiente:

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Samples: Fideicomiso Irrevocable