DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás ordenamientos aplicables, según se establece en los artículos 24 y 25 de la Ley de referencia. I.2 Que la Maestra en Auditoría Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, por el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, mediante acuerdo de fecha ocho xx xxxx de dos mil diecinueve, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el xxxxx xx xxxxx de dos mil diecinueve. I.3 Que en términos del artículo 35 fracción I de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, corresponde a la Secretaria Técnica ejercer la dirección de la Secretaría Ejecutiva, contando entre sus facultades, con las de administrar y representar legalmente a la Secretaría Ejecutiva. I.4 Que de conformidad con el artículo 48, párrafo dos de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México será administrada por la Secretaria Técnica en los términos que establece la propia Ley. I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superior, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicable. I.6 Que para los efectos de “EL CONVENIO”, señala como domicilio fiscal y legal el ubicado Avenida Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx, número 312, Colonia 5 xx xxxx, Toluca xx Xxxxx, Estado de México, Código Postal 50090, con Registro Federal de Contribuyentes SES180112EU5.
Appears in 2 contracts
Samples: Convenio Específico De Colaboración, Convenio Específico De Colaboración
DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás ordenamientos aplicables, según se establece en los artículos 24 y 25 de la Ley de referencia.
I.2 Que la Maestra en Auditoría Auditoría, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, por el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, mediante acuerdo de fecha ocho 08 xx xxxx de dos mil diecinueve2019, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el xxxxx 13 xx xxxxx de dos mil diecinueve2019.
I.3 Que en términos del artículo 35 fracción I de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, corresponde a la Secretaria Técnica ejercer la dirección de la Secretaría Ejecutiva, contando entre sus facultades, con las de administrar y representar legalmente a la Secretaría Ejecutiva.
I.4 Que de conformidad con el artículo los artículos 36, fracción X y 48, párrafo dos segundo de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México será administrada por la Secretaria Técnica en los términos que establece la propia Ley.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superior, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicable.
I.6 Que para los efectos de “EL CONVENIO”, señala como domicilio fiscal y legal el ubicado Avenida en Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx, número 312, Colonia 5 xx xxxx, Toluca xx Xxxxx, Estado de México, Código Postal 50090, con Registro Federal de Contribuyentes SES180112EU5.
Appears in 2 contracts
Samples: Convenio Específico De Colaboración, Convenio Específico De Colaboración
DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado1.1 Es una Dependencia del Poder Ejecutivo, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y en términos de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en los Artículos 78 de La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 3, 19 Fracción XVll y 00 Xxx xx Xxx Xxxxxxxx de la Ley del Sistema Anticorrupción Administración Pública del Estado de México y Municipios y demás ordenamientos aplicablesMéxico; 1.4 del Código Administrativo del Estado de México.
1.2 El Xx. Xxxxxx Xxxxx Contreras Nieto, según se establece en los artículos 24 y 25 Titular de la Ley de referencia.
I.2 Que la Maestra en Auditoría Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México, por está facultado para suscribir el Órgano presente Convenio en términos de Gobierno los dispuesto en los Artículos 78 y 126 de la Secretaría Ejecutiva Constitución Política del Sistema Estatal Anticorrupción Estado Libre y Soberano de México; 1, 3, 15, 19 Fracción XVII y 32 Bis fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.1, 1.5, 1.6 Fracción VI, 2.1, 2.2, Fracción I, 2.3 Fracción VII, 2.6 Fracción II, 2.8 Fracciones XII y XV, 2.144 y 2.149 y 2.184 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, mediante acuerdo 3, 4 Fracciones I y XVII del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de fecha ocho xx xxxx México; 5 y 6 Fracción XV del Reglament o Interior de dos mil diecinueve, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta la Secretaría del Gobierno” el xxxxx xx xxxxx de dos mil diecinueveMedio Ambiente.
I.3 Que en términos del artículo 35 fracción I 1.3 La Dirección General de Prevención y Control de la Ley Contaminación Atmosférica es una Unidad Administrativa de la Secretaria del Sistema Anticorrupción Medio Ambiente y su Titular cuenta con facultades legales parara signar el presente instrumento, conforme a los dispuesto en los Artículos 3 Fracción L, 6 Bis Fracción 1, 7, 8 Fracción lll, y 9 del Reglamento interior de la Secretaría del Medio Ambiente.
1.4 Entre otras facultades que le confiere el Código para la Biodiversidad del Estado de México se encuentra la de prevenir y Municipios, corresponde controlar la contaminación a la Secretaria Técnica ejercer atmósfera en todo el territorio del Estado, generando por fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, comerciales y de servicio.
1.5 Tiene interés en coordinar acciones con el Municipio, confiriéndole funciones a su favor que por su propia importancia y problemática en materia ambiental, lo sitúe en la dirección posibilidad de dar respuesta a reclamos de la Secretaría Ejecutivaciudadanía en su territorio, contando entre sus facultadesestableciendo medidas inmediatas de preservación y control de la contaminación atmosférica y del suelo, con las generadas por fuentes fijas, sin que esta pierda posibilidad del ejercicio directo de administrar y representar legalmente a la Secretaría Ejecutivaestas funciones.
I.4 Que 1.6 Señala como domicilio para efectos del cumplimiento de conformidad con este convenio, el artículo 48ubicado en Ex Rancho San Xxxxxxx, párrafo dos de la Ley del Sistema Anticorrupción del S/N Edificio Central Conjunto SEDAGRO, San Xxxxxxx Coacalco, Metepec, Estado de México y Municipios, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México será administrada por la Secretaria Técnica en los términos que establece la propia Ley.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superiorXxxxxx, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicableX.X. 00000.
I.6 Que para los efectos de “EL CONVENIO”, señala como domicilio fiscal y legal el ubicado Avenida Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx, número 312, Colonia 5 xx xxxx, Toluca xx Xxxxx, Estado de México, Código Postal 50090, con Registro Federal de Contribuyentes SES180112EU5.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio De Coordinación
DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado1.1 Es una Dependencia del Poder Ejecutivo, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y en términos de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en los Artículos 78 de la Ley Constitución Política del Sistema Anticorrupción Estado Libre y Soberano de México; 1, 3, 19 Fracción XVII y 00 Xxx xx xx Xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxx; 1.4 del Código Administrativo del Estado de México México; 1.5 del Código para la Biodiversidad del Estado de México; 3, 4 fracción I del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México; y Municipios 5 y demás ordenamientos aplicables, según se establece en los artículos 24 y 25 de la Ley de referencia.
I.2 Que la Maestra en Auditoría Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica 6 del Reglamento Interior de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción Medio Ambiente.
1.2 El Xx. Xxxxxx Xxxxx Contreras Nieto, Titular de la Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México, por está facultado para suscribir el Órgano presente Convenio en términos de Gobierno los dispuesto en los Artículos 1, 3, 15, 19 Fracción XVII y 00 Xxx xx xx Xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxx; 1.1, 1.5, 1.6 fracción
1.3 La Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica es una Unidad Administrativa de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción Medio Ambiente y su titular cuenta con facultades legales para signar el presente instrumento, conforme a los dispuesto en los Artículos 3 fracción I, 6 Bis fracción I, 7, 8 fracción III, y 9 del Estado Reglamento Interior de México, mediante acuerdo de fecha ocho xx xxxx de dos mil diecinueve, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta la Secretaría del Gobierno” el xxxxx xx xxxxx de dos mil diecinueveMedio Ambiente.
I.3 Que en términos del artículo 35 fracción I de 1.4 Entre otras facultades que le confiere el Código para la Ley del Sistema Anticorrupción Biodiversidad del Estado de México se encuentra la de prevenir y Municipios, corresponde controlar la contaminación a la Secretaria Técnica ejercer atmósfera en todo el territorio del Estado, generado por fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, comerciales y de servicio.
1.5 Tiene interés en coordinar acciones con el Municipio, confiriéndole funciones a su favor que por su propia importancia y problemática en Materia Ambiental, lo situé en la dirección posibilidad de dar respuesta a reclamos de la Secretaría Ejecutivaciudadanía en su Territorio, contando entre sus facultadesestableciendo medidas inmediatas de preservación y control de la contaminación atmosférica y del suelo, con las generadas por fuentes fijas, sin que esta pierda la posibilidad del ejercicio directo de administrar y representar legalmente a la Secretaría Ejecutivaestas funciones.
I.4 Que de conformidad con el artículo 48, párrafo dos de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México será administrada por la Secretaria Técnica en los términos que establece la propia Ley.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superior, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicable.
I.6 Que para los efectos de “EL CONVENIO”, señala 1.6 Señala como domicilio fiscal y legal para efectos del cumplimiento de este convenio, el ubicado Avenida Xxxx Xxxxx en Ex Rancho San Xxxxxxx, S/N Edificio Central Conjunto SEDAGRO, Xxx Xxxxxxx y XxxxxXxxxxxxx, número 312, Colonia 5 xx xxxx, Toluca xx XxxxxMetepec, Estado de México, Código Postal 50090, con Registro Federal de Contribuyentes SES180112EU5C.P. 52140.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio De Coordinación
DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás ordenamientos aplicables, según se establece en los artículos 24 y 25 de la Ley de referencia.
I.2 Que la Maestra en Auditoría Auditoría, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, por el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, mediante acuerdo de fecha ocho 08 xx xxxx de dos mil diecinueve2019, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el xxxxx 13 xx xxxxx de dos mil diecinueve2019.
I.3 Que en términos del artículo 35 fracción I de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, corresponde a la Secretaria Técnica ejercer la dirección de la Secretaría Ejecutiva, contando entre sus facultades, con las de administrar y representar legalmente a la Secretaría Ejecutiva.
I.4 Que de conformidad con el artículo los artículos 36, fracción X y 48, párrafo dos segundo de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México será administrada por la Secretaria Técnica en los términos que establece la propia Ley.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superior, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicable.
I.6 Que para los efectos de “EL CONVENIO”, señala como domicilio fiscal y legal el ubicado en Avenida Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx, número 312, Colonia 5 xx xxxx, Toluca xx Xxxxx, Estado de México, Código Postal 50090, con Registro Federal de Contribuyentes SES180112EU5.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Específico De Colaboración
DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico una Dependencia del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Ley Poder Ejecutivo del Sistema Anticorrupción Gobierno del Estado de México Puebla, que forma parte de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo que establecen los artículos 82 y Municipios 83 de la Constitución Política del Estado Libre y demás ordenamientos aplicablesSoberano de Puebla; 1, según 14, 17 fracción VIII, 27 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, y que es de su competencia el realizar la ejecución de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, que se establece requieran para el desarrollo del Estado de Puebla. Que el Gobernador Constitucional del Estado, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 79 fracciones II y XXI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 y 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, designó a Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, como Secretario de Infraestructura y Transportes del Gobierno del Estado de Puebla, mediante nombramiento de fecha 28 de Septiembre de 2015, tomando la protesta respectiva del cargo en la misma fecha; quien como Titular de dicha Dependencia se encuentra facultado para celebrar el presente Contrato, en términos de lo dispuesto por los artículos 41 fracciones I, VIII, IX, XXV y XLIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; y 16 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura. Que el Secretario de Infraestructura y Transportes del Gobierno del Estado de Puebla, en ejercicio de sus facultades, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 14, 17 fracción VIII, 27 y 41 fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; emitió un Acuerdo de fecha 26 xx xxxxx de 2015, mediante el cual delega en la Subsecretaría de Obra Pública y Comunicaciones; y la Subsecretaria de Administración de Obra e Inversiones, ambas de esta Dependencia, a través de sus Titulares, Encargados del despacho o Responsables respectivos, pudiendo estar asistidos por los Directores Generales y Directores de Área, para que ejerzan en el ámbito de su competencia, las facultades establecidas en los artículos 24 y 25 41 fracción XXV de la Ley Orgánica de referencia.
I.2 la Administración Pública del Estado de Puebla; y 16 fracción XIII del Reglamento Interior de la citada Dependencia; inherentes a “…la celebración de todo tipo de contratos, convenios y toda aquella documentación relativa a los mismos, que traigan como consecuencia su adecuada ejecución, emitiendo por ende, las opiniones que procedan con relación a los actos en los que intervengan los prestadores de servicios de comunicaciones; formalizando de igual manera, los contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios profesionales, de obra pública y servicios relacionados con la misma, además de los que se realicen bajo la figura legal de Proyectos para Prestación de Servicios y los inherentes a la planeación hidráulica e hídrica, que estén propiamente relacionados con las funciones asignadas a esta Secretaría, que se deriven de los procedimientos de adjudicación respectivos, con la documentación concerniente para tal efecto, en apego a sus atribuciones y en todos aquellos casos que procedan legalmente…”. Que ________________________, en su carácter de _________________________, interviene en la Maestra celebración del presente Contrato, en Auditoría Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica el ejercicio de las facultades que le otorgan los artículos ______________ del Reglamento Interior de la Secretaría Ejecutiva de Infraestructura del Sistema Estatal Anticorrupción Gobierno del Estado de México, Puebla; el Acuerdo aludido en el numeral que antecede; así como al TRANSITORIO NOVENO del Decreto del Honorable Congreso del Estado por el Órgano de Gobierno que se reforman diversas disposiciones de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, mediante acuerdo de fecha ocho xx xxxx de dos mil diecinueve, Puebla publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” Estado el xxxxx día 06 xx xxxxx de dos mil diecinueve.
I.3 Que 2015; encontrándose asistido de los servidores públicos ____________________, _______________________________ y por el ___________________________, ____________________________, en términos de los artículos ________________________ del artículo 35 fracción I Reglamento Interior en mención. Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente Contrato, la Secretaría de la Ley Finanzas y Administración del Sistema Anticorrupción Gobierno del Estado de México y MunicipiosPuebla, corresponde autorizó la inversión correspondiente a la Secretaria Técnica ejercer obra objeto de este Instrumento, mediante el OFICIO DE AUTORIZACIÓN DE RECURSOS citado en la dirección CARÁTULA del presente Instrumento (anexo 4). Que de conformidad al procedimiento señalado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de las propuestas presentadas y establecidas en la FORMA DE ADJUDICACIÓN, ambos mencionados en la CARÁTULA del presente Instrumento, realizada por la Dirección de Adjudicaciones de Obra Pública de la Secretaría Ejecutiva, contando entre sus facultades, con las de administrar Finanzas y representar legalmente a la Secretaría Ejecutiva.
I.4 Que de conformidad con el artículo 48, párrafo dos de la Ley Administración del Sistema Anticorrupción Gobierno del Estado de México y MunicipiosPuebla, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado se dictó el fallo de México será administrada por la Secretaria Técnica adjudicación respectivo en los términos que establece la propia Ley.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superior, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicable.
I.6 Que para los efectos favor de “EL CONVENIO”, señala como CONTRATISTA” (anexo 5). Que tiene establecido su domicilio fiscal y legal el ubicado Avenida Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx, en Boulevard Atlixcáyotl número 3121101 Reserva Territorial Atlixcáyotl, Colonia 5 xx xxxxConcepción Las Lajas, Toluca xx XxxxxPuebla, Estado Pue., C.P. 72190, Centro Integral de MéxicoServicios (CIS) Edificio Sur, Código Postal 50090Tercer Piso, con Registro Federal mismo que señala para los fines y efectos legales de Contribuyentes SES180112EU5este Contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Public Works Contract
DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás ordenamientos aplicables, según se establece en los artículos 24 y 25 de la Ley de referencia.
I.2 Que la Maestra en Auditoría Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, por el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, mediante acuerdo de fecha ocho xx xxxx de dos mil diecinueve, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el xxxxx xx xxxxx de dos mil diecinueve.
I.3 Que en términos del artículo 35 fracción I de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, corresponde a la Secretaria Técnica ejercer la dirección de la Secretaría Ejecutiva, contando entre sus facultades, con las de administrar y representar legalmente a la Secretaría Ejecutiva.
I.4 Que de conformidad con el artículo 48, párrafo dos de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México será administrada por la Secretaria Técnica en los términos que establece la propia Ley.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superior, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas s istemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicable.
I.6 Que para los efectos de “EL CONVENIO”, señala como domicilio fiscal y legal el ubicado Avenida Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx, número 312, Colonia 5 xx xxxx, Toluca xx Xxxxx, Estado de México, Código Postal 50090, con Registro Federal de Contribuyentes SES180112EU5.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Específico De Colaboración
DE “LA SECRETARÍA”. I.1 Que es un organismo descentralizado3.1. El cinco de noviembre de dos mil dieciocho, no sectorizadose declaró instalada la LXV Legislatura, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y en término de gestión, que tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás ordenamientos aplicables, según se establece en los artículos 24 21 de la Constitución Política y 25 12 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ordenamientos ambos para el Estado de referenciaVeracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
I.2 Que la Maestra en Auditoría Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 3.2. El cuatro de octubre dos mil diecinueve, el Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, fue nombrada Secretaria Técnica recibió nombramiento como Secretario de Fiscalización de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado LXV Legislatura.
3.3. El treinta y uno de México, por el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México, mediante acuerdo de fecha ocho xx xxxx enero de dos mil diecinueve, publicado el Presidente de la Mesa Directiva, en uso de las atribuciones establecidas en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el xxxxx xx xxxxx de dos mil diecinueve.
I.3 Que en términos del artículo 35 24 fracción I de la Ley Orgánica del Sistema Anticorrupción Poder Legislativo del Estado de México y MunicipiosVeracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, corresponde a la Secretaria Técnica ejercer la dirección concedió al titular de la Secretaría Ejecutivade Fiscalización, contando entre sus facultadesAcuerdo Delegatorio específico para representar al Congreso en la suscripción de convenios de coordinación y/o colaboración con entes públicos y/o privados, en relación con las facultades de administrar revisión, análisis, evaluación, auditoría e intervención que para tal efecto le conceden los artículos 61 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave y representar legalmente 52 del Reglamento de los Servicios Administrativos del Congreso del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
3.4. Señala como domicilio el ubicado en Avenida Encanto sin número, esquina xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, colonia El Mirador, C.P. 91170, Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz.
3.5. A efecto de colmar los requisitos de formalidad inherentes a la Secretaría Ejecutiva.
I.4 Que celebración de este tipo de actos, el Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Secretario de Fiscalización de la LXV Legislatura, designa como testigo al C. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, quien desempeña el cargo de Jefe del Departamento de Capacitación, Asesoría, Revisión y Supervisión a Municipios, de conformidad con el artículo 48, párrafo dos 55 del Reglamento de la Ley los Servicios Administrativos del Sistema Anticorrupción Congreso del Estado de México y Municipios, la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México será administrada por la Secretaria Técnica en los términos que establece la propia Ley.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital la cual tiene, entre otras, las facultades de, previo acuerdo superior, diseñar, establecer e implementar mecanismos de interoperabilidad e interconexión entre la Plataforma Digital Estatal, la Plataforma Digital Nacional y demás plataformas digitales, sistemas y aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; brindar la asesoría y el apoyo técnico que requieran las instancias con motivo Veracruz xx Xxxxxxx de la operación de la Plataforma Digital Estatal y fungir como enlace ante unidades de tecnologías de la información y comunicación o equivalentes de las instancias que participan en la integración y operación de la Plataforma Digital Estatal y su conexión con otras plataformas, conforme a la normatividad aplicableLlave.
I.6 Que para los efectos de “EL CONVENIO”, señala como domicilio fiscal y legal el ubicado Avenida Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx, número 312, Colonia 5 xx xxxx, Toluca xx Xxxxx, Estado de México, Código Postal 50090, con Registro Federal de Contribuyentes SES180112EU5.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio De Coordinación