Common use of DE LOS ESTADOS DE CUENTA Clause in Contracts

DE LOS ESTADOS DE CUENTA. EL EMISOR presentará a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL estados de cuentas expresados en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica y/o en Pesos Dominicanos, de conformidad a LA TARJETA que le haya sido otorgada, contentivos de las sumas correspondientes a los consumos y/o avances de efectivo efectuados con LA TARJETA DE CREDITO y que sean de conocimiento del EL EMISOR al día xxx xxxxx (esta especificación está incluida en el acuse de recibo tarjeta de crédito) , así como cualquier otro cargo, comisión e interés que fuere aplicable en virtud del tarifario de servicio y del presente contrato. Los estados de cuentas serán emitidos mensualmente en la fecha xx xxxxx que libremente determine EL EMISOR. EL EMISOR comunicará los estados de cuenta a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL vía internet banking o correo electrónico. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL, tiene la opción de solicitar sus estados de forma impresa en la oficina principal o cualesquiera de las sucursales de EL EMISOR. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL tendrá un plazo de hasta ciento veinte (120) días, para realizar las reclamaciones relativas a las transacciones y cargos no reconocidos respecto al uso de LA TARJETA DE CREDITO, contados a partir de la fecha del consumo, para lo cual el ELTARJETAHABIENTE PRINCIPAL deberá realizar por escrito cualquier objeción respecto a los datos vertidos en el (los) estado (s) de cuenta de que se trate. Transcurrido este plazo sin que EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL haya objetado alguno de los datos contenidos en lo (s) estado (s) de cuenta, se reputara de pleno derecho que: a) EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL ha conciliado los datos contenidos en el (los) estado (s) cuenta y comparado con sus copias de las facturas (vouchers) de los cargos efectuados y que luego de examinar los mismos, encuentra perfecta correspondencia entre la realidad y las sumas consignadas en el (los) estado (s)de cuenta que ha recibido, aceptando, en consecuencia, ser deudor de dicho importe frente a EL EMISOR y; b) Conforme a lo antes expuesto, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL declara y reconoce que EL EMISOR podrá utilizar a su sola discreción, el (los) estado (s) de cuenta recibidos en la forma descrita previamente, como medio de prueba valido de los valores adeudados, en los casos en que hubiere necesidad de cobrar dichos valores por la vía judicial. Asimismo, respecto a cualquier otra situación, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL contará con el plazo establecido en el Reglamento de Protección al Usuario para realizar las reclamaciones por el uso de LA TARJETA DE CREDITO.

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Samples: Contrato De Tarjeta De Credito

DE LOS ESTADOS DE CUENTA. EL EMISOR presentará El BANCO deberá enviar en forma gratuita y mensualmente al CLIENTE, un estado de cuenta con los elementos a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL que se refieren las Disposiciones de carácter general en materia de transparencia aplicables a las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas, emitidas por la CONDUSEF. Tratándose de tarjetas de crédito de uso nacional e internacional, el BANCO enviará un solo estado de cuenta en el que se distingan los consumos y disposiciones de efectivo realizados dentro del territorio nacional, de aquellos efectuados en el extranjero. El BANCO deberá remitir los citados estados de cuentas expresados en dólares cuenta dentro de los Estados Unidos ocho días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx. El BANCO informará al CLIENTE en la carátula y el estado de Norteamérica y/o en Pesos Dominicanoscuenta la fecha xx xxxxx, misma que no podrá variar sin previo aviso, también por escrito, comunicado con treinta días naturales de conformidad anticipación. El CLIENTE tendrá un plazo de noventa días naturales contados a LA TARJETA que le haya sido otorgada, contentivos de las sumas correspondientes a los consumos y/o avances de efectivo efectuados con LA TARJETA DE CREDITO y que sean de conocimiento del EL EMISOR al día partir xxx xxxxx (esta especificación está incluida de la cuenta, para objetar su estado de cuenta, por lo que, si no lo recibe oportunamente, deberá solicitarlo al BANCO para, en el acuse su caso, poder objetarlo en tiempo. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho objeción a la cuenta, los asientos que figuren en la contabilidad del BANCO harán prueba a favor de recibo tarjeta de crédito) , así como cualquier otro cargo, comisión e interés que fuere aplicable en virtud del tarifario de servicio y del presente contratoéste. Los estados de cuentas serán emitidos mensualmente cuenta a que se refiere la presente cláusula se remitirán al domicilio que señale el CLIENTE de conformidad con lo establecido en la fecha xx xxxxx que libremente determine EL EMISOR. EL EMISOR comunicará los estados cláusula vigésima octava de cuenta este contrato, o bien, a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL vía internet banking o correo electrónico. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPALtravés de medios electrónicos, tiene la opción de solicitar sus estados de forma impresa en la oficina principal o cualesquiera de las sucursales de EL EMISOR. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL tendrá un plazo de hasta ciento veinte (120) días, para realizar las reclamaciones relativas siempre y cuando el CLIENTE así lo autorice a las transacciones y cargos no reconocidos respecto al uso de LA TARJETA DE CREDITO, contados a partir de la fecha del consumo, para lo cual el ELTARJETAHABIENTE PRINCIPAL deberá realizar por escrito cualquier objeción respecto a los datos vertidos en el (los) estado (s) de cuenta de que se trate. Transcurrido este plazo sin que EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL haya objetado alguno través de los datos contenidos en lo (s) estado (s) de cuenta, se reputara de pleno derecho que: a) EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL ha conciliado los datos contenidos en medios que el (los) estado (s) cuenta y comparado con sus copias de las facturas (vouchers) de los cargos efectuados y que luego de examinar los mismos, encuentra perfecta correspondencia entre la realidad y las sumas consignadas en el (los) estado (s)de cuenta que ha recibido, aceptando, en consecuencia, ser deudor de dicho importe frente a EL EMISOR y; b) Conforme a lo antes expuesto, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL declara y reconoce que EL EMISOR podrá utilizar BANCO ponga a su sola discreción, el (los) estado (s) de cuenta recibidos en la forma descrita previamente, como medio de prueba valido de los valores adeudados, en los casos en que hubiere necesidad de cobrar dichos valores por la vía judicial. Asimismo, respecto a cualquier otra situación, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL contará con el plazo establecido en el Reglamento de Protección al Usuario disposición para realizar las reclamaciones por el uso de LA TARJETA DE CREDITOtales efectos.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta

DE LOS ESTADOS DE CUENTA. EL EMISOR presentará El CLIENTE podrá informarse del importe adeudado del Crédito con GAHI nuevo, el monto de la próxima cuota a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL estados de cuentas expresados en dólares pagar u otra información relevante, a través de los Estados Unidos diferentes medios que el BANCO pone a su disposición, como consultas en ventanillas, banca por teléfono, Internet, etc., y en las condiciones que el BANCO determine. La liquidación periódica del Crédito con GAHI nuevo constará en el estado de Norteamérica y/o en Pesos Dominicanos, cuenta que el BANCO emitirá al final de conformidad a LA TARJETA que le haya sido otorgada, contentivos cada período. De haber elegido el CLIENTE la remisión de las sumas correspondientes información relacionada a los consumos y/o avances pagos efectuados y aquellos que se encuentran pendientes conforme al cronograma de efectivo efectuados pagos del Crédito con LA TARJETA DE CREDITO y GAHI nuevo, el BANCO enviará dicha información a través de medios electrónicos, sin costo alguno para el CLIENTE, como por ejemplo a la dirección de correo electrónico que sean de conocimiento del EL EMISOR el CLIENTE haya señalado, salvo que el propio CLIENTE haya requerido al día xxx xxxxx (esta especificación está incluida en el acuse de recibo tarjeta de crédito) , así como cualquier otro cargo, comisión e interés Banco que fuere aplicable en virtud del tarifario de servicio y del presente contrato. Los estados de cuentas serán emitidos mensualmente en la fecha xx xxxxx que libremente determine EL EMISOR. EL EMISOR comunicará los estados de cuenta se lo envíe a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL vía internet banking o correo electrónico. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL, tiene la opción de solicitar sus estados de forma impresa en la oficina principal o cualesquiera de las sucursales de EL EMISOR. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL tendrá un plazo de hasta ciento veinte (120) días, para realizar las reclamaciones relativas a las transacciones y cargos no reconocidos respecto al uso de LA TARJETA DE CREDITO, contados a partir de la fecha del consumosu domicilio, para lo cual el ELTARJETAHABIENTE PRINCIPAL Cliente deberá realizar asumir el costo que se señale en la Hoja Resumen. Asimismo, el CLIENTE declara conocer y aceptar que el BANCO podrá enviar, entregar, poner a disposición del CLIENTE, a través de correo electrónico u otro medio electrónico, el contrato, incluyendo la Hoja Resumen y el cronograma de pagos, así como cualquier otra información que corresponda, para lectura, impresión, conservación y reproducción sin cambios por parte del CLIENTE. La entrega y/o puesta a disposición de la información contractual antes indicada por parte del BANCO a favor del CLIENTE debe ser realizada en un plazo máximo de quince (15) días de celebrado el Contrato. Sin perjuicio a ello, el CLIENTE podrá exigir la entrega inmediata de los documentos antes detallados cuando haya celebrado este contrato por escrito cualquier objeción respecto y en la agencia del BANCO. Si el CLIENTE no recibiera el Estado de Cuenta antes de la fecha límite de pago establecida, deberá solicitarlo por escrito, o a los datos vertidos en el (los) estado (s) de cuenta de que se trate. Transcurrido este plazo sin que EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL haya objetado alguno través de los datos contenidos canales que el BANCO haya habilitado para tal fin, presumiéndose en lo (s) caso contrario su oportuna recepción. Si el CLIENTE decidiera formular observaciones al estado (s) de cuenta, se reputara podrá hacerlo directamente a través de pleno derecho que: a) EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL ha conciliado los datos contenidos en el la Banca por Teléfono (los) estado 0000000), de la página web (s) cuenta y comparado con sus copias de las facturas (vouchers) xxx.xxxxxx.xxx), de los cargos efectuados asesores de ventas y servicios o funcionarios de negocios del BANCO o de cualquier otro medio que luego de examinar los mismos, encuentra perfecta correspondencia entre la realidad y las sumas consignadas en el (los) estado (s)de cuenta que ha recibido, aceptandoBANCO pudiera haber puesto a su disposición. La respuesta del BANCO no limita el derecho del CLIENTE a recurrir, en consecuenciacaso lo considere pertinente, ser deudor de dicho importe frente a EL EMISOR las instancias administrativas, judiciales y; b) Conforme a lo antes expuesto, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL declara y reconoce que EL EMISOR podrá utilizar a su sola discreción, el (los) estado (s) de cuenta recibidos en la forma descrita previamente, como medio de prueba valido de los valores adeudados, en los casos en que hubiere necesidad de cobrar dichos valores por la vía judicial. Asimismo, respecto a cualquier otra situación, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL contará con el plazo establecido en el Reglamento de Protección al Usuario para realizar las reclamaciones por el uso de LA TARJETA DE CREDITO/o arbitrales correspondientes.

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Samples: Contrato De Crédito Efectivo Con Constitución De Garantía Hipotecaria

DE LOS ESTADOS DE CUENTA. EL EMISOR presentará El CLIENTE podrá informarse del importe adeudado del Crédito por Xxxxxxxx, el monto de la próxima cuota a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL estados de cuentas expresados en dólares pagar u otra información relevante, a través de los Estados Unidos diferentes medios que el BANCO pone a su disposición, como consultas en ventanillas, banca por teléfono, banca por Internet, aplicación móvil, etc., y en las condiciones que el BANCO determine. La liquidación periódica del Crédito por Convenio constará en el estado de Norteamérica cuenta que el BANCO emitirá al final de cada período. De haber elegido el CLIENTE la remisión de información relacionada a los pagos efectuados y aquellos que se encuentran pendientes conforme al cronograma de pagos del Crédito por Xxxxxxxx, el BANCO enviará dicha información sin costo a la dirección de correo electrónico que el CLIENTE haya señalado o al domicilio del CLIENTE si así hubiera sido pactado entre las partes. Si el CLIENTE no recibiera el Estado de Cuenta antes de la fecha límite de pago establecida o no pueda descargarlo a través de su Banca por Internet o Banca Móvil, deberá solicitarlo por escrito, o a través de los canales que el BANCO haya habilitado para tal fin, presumiéndose en caso contrario su oportuna recepción. Si el CLIENTE decidiera formular observaciones al estado de cuenta, podrá hacerlo directamente a través de la Banca por Teléfono (000-0000), de la página web (xxx.xxxxxx.xxx), de los asesores de ventas y Servicios o funcionarios de negocios del BANCO o de cualquier otro medio que el BANCO pudiera haber puesto a su disposición. La respuesta del BANCO no limita el derecho del CLIENTE a recurrir, en caso lo considere pertinente, a las instancias administrativas, judiciales y/o en Pesos Dominicanos, de conformidad a LA TARJETA que le haya sido otorgada, contentivos de las sumas correspondientes a los consumos y/o avances de efectivo efectuados con LA TARJETA DE CREDITO y que sean de conocimiento del EL EMISOR al día xxx xxxxx (esta especificación está incluida en el acuse de recibo tarjeta de crédito) , así como cualquier otro cargo, comisión e interés que fuere aplicable en virtud del tarifario de servicio y del presente contrato. Los estados de cuentas serán emitidos mensualmente en la fecha xx xxxxx que libremente determine EL EMISOR. EL EMISOR comunicará los estados de cuenta a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL vía internet banking o correo electrónico. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL, tiene la opción de solicitar sus estados de forma impresa en la oficina principal o cualesquiera de las sucursales de EL EMISOR. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL tendrá un plazo de hasta ciento veinte (120) días, para realizar las reclamaciones relativas a las transacciones y cargos no reconocidos respecto al uso de LA TARJETA DE CREDITO, contados a partir de la fecha del consumo, para lo cual el ELTARJETAHABIENTE PRINCIPAL deberá realizar por escrito cualquier objeción respecto a los datos vertidos en el (los) estado (s) de cuenta de que se trate. Transcurrido este plazo sin que EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL haya objetado alguno de los datos contenidos en lo (s) estado (s) de cuenta, se reputara de pleno derecho que: a) EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL ha conciliado los datos contenidos en el (los) estado (s) cuenta y comparado con sus copias de las facturas (vouchers) de los cargos efectuados y que luego de examinar los mismos, encuentra perfecta correspondencia entre la realidad y las sumas consignadas en el (los) estado (s)de cuenta que ha recibido, aceptando, en consecuencia, ser deudor de dicho importe frente a EL EMISOR y; b) Conforme a lo antes expuesto, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL declara y reconoce que EL EMISOR podrá utilizar a su sola discreción, el (los) estado (s) de cuenta recibidos en la forma descrita previamente, como medio de prueba valido de los valores adeudados, en los casos en que hubiere necesidad de cobrar dichos valores por la vía judicial. Asimismo, respecto a cualquier otra situación, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL contará con el plazo establecido en el Reglamento de Protección al Usuario para realizar las reclamaciones por el uso de LA TARJETA DE CREDITOarbitrales correspondientes.

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Samples: Contrato De Crédito Por Convenio SBS

DE LOS ESTADOS DE CUENTA. EL EMISOR presentará El BANCO deberá enviar en forma gratuita y mensualmente al CLIENTE, un estado de cuenta con los elementos a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL que se refieren las Disposiciones de carácter general en materia de transparencia aplicables a las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas, emitidas por la CONDUSEF. Tratándose de tarjetas de crédito de uso nacional e internacional, el BANCO enviará un solo estado de cuenta en el que se distingan los consumos y disposiciones de efectivo realizados dentro del territorio nacional, de aquellos efectuados en el extranjero. El BANCO deberá remitir los citados estados de cuentas expresados en dólares cuenta dentro de los Estados Unidos ocho días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx. El BANCO informará al CLIENTE en la carátula y el estado de Norteamérica y/o en Pesos Dominicanoscuenta la fecha xx xxxxx, misma que no podrá variar sin previo aviso, también por escrito, comunicado con treinta días naturales de conformidad anticipación. El CLIENTE tendrá un plazo de noventa días naturales contados a LA TARJETA que le haya sido otorgada, contentivos de las sumas correspondientes a los consumos y/o avances de efectivo efectuados con LA TARJETA DE CREDITO y que sean de conocimiento del EL EMISOR al día partir xxx xxxxx (esta especificación está incluida de la cuenta, para objetar su estado de cuenta, por lo que, si no lo recibe oportunamente, deberá solicitarlo al BANCO para, en el acuse su caso, poder objetarlo en tiempo. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho objeción a la cuenta, los asientos que figuren en la contabilidad del BANCO harán prueba a favor de recibo tarjeta de crédito) , así como cualquier otro cargo, comisión e interés que fuere aplicable en virtud del tarifario de servicio y del presente contratoéste. Los estados de cuentas serán emitidos mensualmente cuenta a que se refiere la presente cláusula se remitirán al domicilio que señale el CLIENTE de conformidad con lo establecido en la fecha xx xxxxx que libremente determine EL EMISOR. EL EMISOR comunicará los estados cláusula vigésima séptima de cuenta este contrato, o bien, a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL vía internet banking o correo electrónico. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPALtravés de medios electrónicos, tiene la opción de solicitar sus estados de forma impresa en la oficina principal o cualesquiera de las sucursales de EL EMISOR. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL tendrá un plazo de hasta ciento veinte (120) días, para realizar las reclamaciones relativas siempre y cuando el CLIENTE así lo autorice a las transacciones y cargos no reconocidos respecto al uso de LA TARJETA DE CREDITO, contados a partir de la fecha del consumo, para lo cual el ELTARJETAHABIENTE PRINCIPAL deberá realizar por escrito cualquier objeción respecto a los datos vertidos en el (los) estado (s) de cuenta de que se trate. Transcurrido este plazo sin que EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL haya objetado alguno través de los datos contenidos en lo (s) estado (s) de cuenta, se reputara de pleno derecho que: a) EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL ha conciliado los datos contenidos en medios que el (los) estado (s) cuenta y comparado con sus copias de las facturas (vouchers) de los cargos efectuados y que luego de examinar los mismos, encuentra perfecta correspondencia entre la realidad y las sumas consignadas en el (los) estado (s)de cuenta que ha recibido, aceptando, en consecuencia, ser deudor de dicho importe frente a EL EMISOR y; b) Conforme a lo antes expuesto, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL declara y reconoce que EL EMISOR podrá utilizar BANCO ponga a su sola discreción, el (los) estado (s) de cuenta recibidos en la forma descrita previamente, como medio de prueba valido de los valores adeudados, en los casos en que hubiere necesidad de cobrar dichos valores por la vía judicial. Asimismo, respecto a cualquier otra situación, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL contará con el plazo establecido en el Reglamento de Protección al Usuario disposición para realizar las reclamaciones por el uso de LA TARJETA DE CREDITOtales efectos.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta

DE LOS ESTADOS DE CUENTA. EL EMISOR LA EMISORA presentará a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL estados de cuentas expresados en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica y/o en Pesos Dominicanos, de conformidad a LA TARJETA pesos dominicanos según la tarjeta que le haya sido otorgadaelegido, contentivos de las sumas correspondientes a los consumos y/o avances cargos efectuados de efectivo efectuados con LA TARJETA DE CREDITO y que sean de conocimiento del EL EMISOR conocimientos de LA EMISORA al día xxx xxxxx (esta especificación está incluida en el acuse de recibo tarjeta de crédito) , así como su corte y cualquier otro cargo, comisión e interés cargo que fuere aplicable en virtud del tarifario de servicio y del presente contrato. Los estados de cuentas cuenta serán emitidos mensualmente en la fecha xx xxxxx que libremente determine EL EMISORLA EMISORA. EL EMISOR comunicará La fecha xx xxxxx de LA TARJETA DE CREDITO será informada al TARJETAHABIENTE PRINCIPAL mediante la documentación adjunta a la entrega de la TARJETA DE CRÉDITO, y la misma podrá ser variada por LA EMISORA libre y unilateralmente, previamente notificando por escrito con treinta (30) días de anticipación al TARJETAHABIENTE PRINCIPAL a través del estado de cuenta o por cualquier medio fehaciente. Constituye una obligación de LA EMISORA entregar los estados de cuenta a al EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL vía internet banking o correo electrónico. a través de los canales disponibles, y previamente seleccionados por EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL, tiene la opción los cuales consisten en entrega física en el domicilio indicado en el presente contrato, correos electrónicos o solicitados en las oficinas de solicitar sus estados de forma impresa en la oficina principal o cualesquiera de las sucursales de EL EMISOR. EL LA EMISORA.12) RECLAMACIONES POR CARGOS O CONSUMOS NO RECONOCIDOS .El TARJETAHABIENTE PRINCIPAL tendrá un plazo si considera que se han realizado incorrectamente cargos internos o consumos, podrá efectuar una reclamación por escrito, dentro de hasta ciento veinte (120) días, para realizar las reclamaciones relativas a las transacciones y cargos no reconocidos respecto al uso de LA TARJETA DE CREDITO, contados los 120 días a partir de la fecha del consumoxx xxxxx, para lo cual el ELTARJETAHABIENTE PRINCIPAL deberá realizar por escrito cualquier objeción respecto a los datos vertidos según está establecido en el reglamento de Tarjetas de Crédito, la cual depositará en cualquier oficina o sucursal de LA EMISORA anexando los documentos, si los hubiere, que sustenten su reclamación. LA EMISORA procederá analizando el caso y emitirá su respuesta en el plazo establecido para los fines, el cual podrá oscilar entre treinta (los30) estado y ciento ochenta (s180) días cuando en el reclamo tengan que intervenir las marcas internacionales, a partir de la fecha de la reclamación según la naturaleza y alcance de la solicitud, es decir, que dicho plazo pudiera variar tomando en cuenta de que se tratelo indicado anteriormente. Transcurrido este plazo sin que EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL haya objetado alguno de los datos contenidos en lo el (slos) estado (s) de cuenta, se reputara reputará de pleno derecho que: a) EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL ha conciliado los datos contenidos en el (los) estado (s) de cuenta y comparado con sus copias de las facturas (vouchers) de los cargos efectuados y que luego de examinar los mismos, encuentra perfecta correspondencia entre la realidad y las sumas consignadas en el (los) estado (s)de s) de cuenta que ha recibido, aceptando, en consecuencia, ser deudor de dicho importe frente a EL EMISOR yLA EMISORA; Y b) Conforme a lo antes expuesto, EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL declara y reconoce que EL EMISOR LA EMISORA podrá utilizar a su sola discreción, el (los) estado (s) de cuenta recibidos en la forma descrita previamente, como medio de prueba valido válido de los valores adeudados, en los casos en que hubiere necesidad de cobrar dichos valores por la vía judicialjudicial.13) OTROS TIPOS DE RECLAMACIONES. Asimismo, respecto a cualquier otra situación, Para los demás casos en que EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL contará con considere que se han violado en su perjuicio los términos de este contrato o que han sido vulnerados sus derechos, tendrá un plazo de cuatro (4) años para realizar por escrito cualquier reclamación. LA EMISORA procederá analizando el caso y emitirá su respuesta en el plazo establecido para los fines, el cual podrá oscilar entre treinta (30) y cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha de la reclamación según la naturaleza y alcance de la solicitud, es decir, que dicho plazo pudiera variar tomando en cuenta lo indicado anteriormente.14). PAGOS. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL se compromete a pagar la totalidad de las sumas reflejadas en el Reglamento Estado de Protección Cuenta a que se refiere el artículo precedente, con anterioridad a la fecha de vencimiento establecida en dicho Estado. LA EMISORA establecerá en el Estado de Cuenta el monto mínimo mensual que deberá pagar EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL antes de la fecha de vencimiento para mantener su TARJETA DE CRÉDITO al Usuario día y no generar cargos por atrasos. Este valor debe contener la totalidad de los intereses, comisiones y cargos, mas una proporción del capital vigente, mas el capital vencido del (los) pago (s) mínimo (s) del (los) mes (es) anterior (es). La parte de capital vigente a considerar debe ser mayor o igual a una trigésima sexta (1/36) parte del capital vigente. El interés por financiamiento deberá calcularse sobre el saldo insoluto promedio diario de capital, excluyendo para realizar las reclamaciones dicho cálculo, los intereses, comisiones y otros cargos, utilizando la fórmula siguiente: , donde i = tasa de interés anual, se refiere a la tasa de interés a ser aplicada sobre el saldo insoluto promedio diario de capital, para fines del cálculo de los intereses, será la resultante de sumar la tasa de interés de referencia, más el margen, según la metodología establecida por el uso Banco Central para estos fines. SPDK = Saldo insoluto promedio diario de Capital, corresponde a la sumatoria de los balances diarios de capital entre los días transcurridos desde la fecha xx xxxxx anterior hasta la fecha xx xxxxx actual. El balance diario de capital es el neto de todos los consumos y débitos que afectan el capital, menos la porción de los pagos y créditos aplicados al capital. Para el cálculo de los intereses correspondientes a los consumos del mes que se factura, el SPDK será la sumatoria de los balances diarios de capital generados por los consumos del mes, entre los días transcurridos desde la fecha xx xxxxx anterior hasta la fecha xx xxxxx actual. Para el cálculo de los intereses del balance de capital pendiente del mes anterior el SPDK será la sumatoria de los balances diarios de capital pendientes del mes anterior, entre los días transcurridos desde la fecha xx xxxxx anterior hasta la fecha xx xxxxx actual. Los intereses por financiamiento calculados sobre el saldo promedio diario del balance de capital pendiente del mes anterior, se cargarán al balance del tarjetahabiente en la fecha xx xxxxx. Se aplicarán los cargos por xxxx a falta de pago a vencimiento del monto mínimo establecido, calculados sobre la porción de capital contenida en el pago mínimo requerido y no efectuado, todo lo cual aparecerá reflejado en el Estado de Cuenta y en el tarifario anexo en la documentación de entrega de la tarjeta. EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL autoriza a LA TARJETA EMISORA a debitar los montos adeudados y que sean exigibles, de cualesquiera de los fondos que mantenga depositados en cuentas corrientes, cuentas de ahorros y certificados financieros con la ASOCIACION XXXXXX DE CREDITOAHORROS Y PRESTAMOS, incluyendo intereses y cargos por xxxx. LA EMISORA informará por escrito a EL TARJETAHABIENTE PRINCIPAL dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles siguientes por cualquier medio o canal directo el débito realizado con indicación de cómo fue aplicado el pago. Si EL (LOS) TARJETAHABIENTE (S) presentan un atraso de más de noventa (90) días en el pago de su balance en dólares, la ASOCIACION XXXXXX DE AHORROS Y PRESTAMOS se reserva el derecho de convertir dicha deuda a pesos dominicanos a la tasa de cambio vigente xxx xxxxxxx de acuerdo a las condiciones de conversión establecidas precedentemente en el presente contrato. 15).

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Samples: Contrato De Tarjeta De Credito