DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. En la búsqueda de la terminación definitiva del conflicto armado y la consecución de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC - EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de las drogas ilícitas; y v) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdos. Los principios generales para la implementación del acuerdo establecidos en el punto 6 señalan la necesidad de fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorio, de manera tal que las políticas públicas que se adopten aseguren que la respuesta del Estado sea amplia y eficaz, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de gestión de los departamentos, municipios y demás entidades territoriales, con el fin de que puedan ejercer el liderazgo en la coordinación de planes y programas necesarios en la construcción de la paz. El punto 6.1 del Acuerdo Final establece que el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones xx Xxx, para lo cual se compromete a garantizar su financiación a través de diferentes fuentes. Asimismo, menciona que la implementación y el desarrollo de los acuerdos se realizarán en cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene origen en el compromiso asumido por el Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 23 del Acuerdo Final celebrado con las Fuerza Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), acto mediante el cual se pactó el “Acuerdo de Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP).En cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica mediante el Acto Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, incluyó un título transitorio a la Constitución Política de Colombia creando el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR). Así mismo, el Acto legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, en el Capítulo III, artículo transitorio 5, establece la Justicia Especial para la Paz, como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), será la encargada de administrar justicia de manera transitoria y autónoma y que conocerá de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al diez (10) de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. Para cumplir con estos propósitos, el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA FCP y otros actores gubernamentales han financiado la puesta en funcionamiento, adquisición, adecuación y dotación de las instalaciones e insumos requeridos para el adecuado funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Estableciendo como sede principal el edificio ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx D-C. Donde se desarrollan en su mayoría los procesos misionales y de apoyo que conforman la JEP. La entrada en operación de la Jurisdicción Especial para la Paz se tiene prevista de manera escalonada, para lo cual a través de distintas fuentes se ha venido consolidando la conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios que se encargarán de apoyar a la entidad en el desarrollo de las funciones para las cuales fue creada; en ese sentido para el mes xx xxxxx de 2018 se espera contar con un numero de colaboradores entre contratistas y funcionarios cercano a las 600 personas, sin embargo la entidad actualmente solo cuenta con el servicio de cuatro (4) impresoras multifuncionales blanco/negro y dos (2) impresoras multifuncionales color accesibles a través de la red local de datos; con las que se trata de atender las necesidades que en materia de impresión, copiado y escaneado presentan hoy día las áreas que conforman la SE-JEP, en su sede ubicada en la Xxx. 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Dicho servicio de impresoras ha sido prestado por el PNUD a través del contrato a largo plazo 000000484 de 2016 a la JEP como medio para iniciar operaciones en sus primeros meses. En atención a lo anterior, y teniendo en cuenta que el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA-FCP, apoya la puesta en funcionamiento de la JEP de manera transitoria mientras se crea la estructura jurídica y presupuestal de esa Entidad, surge la necesidad de dotar las mencionadas instalaciones con los equipos de impresión que les permitan a los funcionarios y colaboradores de la Jurisdicción Especial para la Paz adelantar los objetivos misionales que la Entidad debe atender. Es por ello, que se requiere la contratación de un proveedor que suministre en calidad de alquiler hasta catorce (14) impresoras multifuncionales blanco/negro y tres (3) impresoras multifuncionales color, incluyendo los servicios de instalación, configuración, suministro de insumos (papel, tóners), soporte en sitio junto con repuestos e impresoras de reemplazo que garanticen el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos para el presente proceso contractual.
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Samples: Service Agreement
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo rtvc y los Ministerios de Presidencia las Tecnologías de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. En la búsqueda de la terminación definitiva del conflicto armado información y la consecución de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC - EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de las drogas ilícitas; Comunicaciones, Educación y v) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdos. Los principios generales para la implementación del acuerdo establecidos en Cultura trabajan desde el punto 6 señalan la necesidad de fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorio, de manera tal que las políticas públicas que se adopten aseguren que la respuesta del Estado sea amplia y eficaz, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de gestión de los departamentos, municipios y demás entidades territoriales, con el fin de que puedan ejercer el liderazgo año 2003 en la coordinación consolidación de planes y programas necesarios en la construcción señalcolombia, proyecto de la paz. El punto 6.1 del Acuerdo Final establece que el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones xx Xxx, para lo cual se compromete a garantizar su financiación a través de diferentes fuentes. Asimismo, menciona que la implementación y el desarrollo de los acuerdos se realizarán en cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene origen en el compromiso asumido por el Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 23 del Acuerdo Final celebrado con las Fuerza Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), acto mediante el cual se pactó el “Acuerdo de Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP).En cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica mediante el Acto Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, incluyó un título transitorio a la Constitución Política de Colombia creando el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR). Así mismo, el Acto legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, en el Capítulo III, artículo transitorio 5, establece la Justicia Especial para la Paz, como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), será la encargada de administrar justicia de manera transitoria y autónoma y que conocerá de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al diez (10) de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. Para cumplir con estos propósitos, el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA FCP y otros actores gubernamentales han financiado la puesta en funcionamiento, adquisición, adecuación y dotación de las instalaciones e insumos requeridos para el adecuado funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Estableciendo como sede principal el edificio ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx D-C. Donde se desarrollan en su mayoría los procesos misionales y de apoyo que conforman la JEP. La entrada en operación de la Jurisdicción Especial para la Paz se tiene prevista de manera escalonada, para lo cual a través de distintas fuentes se ha venido consolidando la conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios que se encargarán de apoyar a la entidad en el desarrollo de las funciones para las cuales fue creada; en ese sentido para el mes xx xxxxx de 2018 se espera contar con un numero de colaboradores entre contratistas y funcionarios cercano a las 600 personas, sin embargo la entidad actualmente solo cuenta con el servicio de cuatro (4) impresoras multifuncionales blanco/negro y dos (2) impresoras multifuncionales color accesibles identidad nacional a través de la red local televisión como vehículo para la convivencia pacífica. De esta manera el canal entiende la identidad como un ente dinámico, complejo y en permanente elaboración que se puede expresar de datos; manera individual y colectiva que se expresa en el eslogan “todo lo que somos”. Este gran proyecto nacional requiere, para su continuidad y sostenibilidad, del compromiso concertado de rtvc, los Ministerios de de las Tecnologías de la información y de las Comunicaciones, Educación y Cultura, de la CNTV o la entidad que la reemplace y del poder de Invitación de una narrativa televisiva refrescante, persuasiva y transformadora, a cargo de los productores y realizadores de televisión. Se busca el fortalecimiento de un estilo para señalcolombia, que genere identidad con las audiencias y logre resultados de calidad y excelencia, tanto en términos de transparencia en la utilización de los recursos y en la producción, como en la consolidación de un verdadero canal y en el afianzamiento de señalcolombia como una industria cultural viable y competitiva acorde con la misión y visión de rtvc y con las políticas que incorpore y desarrolle las directrices educativas y culturales. La programación con énfasis cultural se trata propone como una fuente de atender intercambios, de innovación y de creatividad. Pretende potenciar la capacidad de percepción, recepción, reflexión, comprensión y disfrute del ciudadano a través de programas que trascienden la divulgación convirtiéndose en verdaderos dispositivos de producción cultural que integran sólidos procesos de investigación sobre temas de interés regional y nacional abordados desde tendencias narrativas y estéticas contemporáneas, compatibles con las necesidades diversas formas de ser ciudadano de este país. Por su parte, la programación con énfasis educativo facilita que el conocimiento llegue a todos los colombianos como complemento a la educación tradicional para garantizar la competitividad del país y asegurar el mejoramiento de la calidad de vida de la población. La sinergia del proyecto educativo en materia televisión consolida el plan global de impresión, copiado y escaneado presentan hoy día las áreas que conforman la SE-JEPcanal, en su sede ubicada propósito de fomentar la identidad como vehículo de convivencia pacífica desde sus bases. Por esta razón se hace necesario promover, en la Xxx. 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Dicho servicio comunidad nacional, la noción de impresoras ha sido prestado por el PNUD a través del contrato a largo plazo 000000484 la televisión como un factor importante en los procesos de 2016 a la JEP como medio para iniciar operaciones en sus primeros mesesformación. En atención a lo anterior, y teniendo en cuenta que el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA-FCP, apoya la puesta en funcionamiento de la JEP de manera transitoria mientras se crea la estructura jurídica y presupuestal de esa Entidad, surge este xxxxx xxxx la necesidad de dotar las mencionadas instalaciones con los equipos abrir una invitación denominada “Convocatoria mediante Administración Delegada”, que tendrá como objeto la Administración de impresión que les permitan a los funcionarios recursos técnicos, logísticos y colaboradores de la Jurisdicción Especial humanos para la Paz adelantar los objetivos misionales que la Entidad debe atender. Es por ello, que se requiere la contratación prestación de un proveedor que suministre en calidad de alquiler hasta catorce (14) impresoras multifuncionales blanco/negro y tres (3) impresoras multifuncionales color, incluyendo los servicios de instalacióndiseño, configuraciónpreproducción, suministro producción, postproducción y emisión de insumos (papelEspeciales culturales, tóners)y de los Programas Desde la cabina, soporte Conversaciones, Micromemoria y año temático y del programa Todo lo que vemos, en sitio junto con repuestos e impresoras de reemplazo que garanticen el cumplimiento de los Acuerdos objetivos y gestión del canal señalcolombia en el periodo 2012 – 2013. La Administración Delegada es una forma de Niveles mandato, en la que el contratista (mandatario o administrador) asume la administración de Servicio establecidos recursos para la realización de los proyectos determinados por el presente proceso contractual.contratante (mandante), en este caso rtvc. En este tipo de contratación, rtvc aporta todos los recursos para la realización de los proyectos, y en virtud de esto, mantendrá el control editorial, narrativo y de producción del proyecto. El proponente aportará su infraestructura y experiencia administrativa, y se creará un proyecto en conjunto con el recurso humano creativo seleccionado por el mandante y contratado por el mandatario para tal fin. Siempre será rtvc quien tendrá la palabra final en los aspectos que tienen que ver con el diseño, la realización y producción de los proyectos, tales como manejos de contenido, diseño audiovisual, diseño de producción y exigencias narrativas, para que se ajuste a las necesidades específicas de la parrilla del canal, además de la compra de derechos de emisión. Esta figura optimiza los recursos y controla la entrega de dineros, ya que al actuar el mandatario (contratista) por su cuenta, es responsable de soportar y justificar cada costo ante el mandante, y es responsable del cumplimiento del fin previsto, atendiendo estrictamente las instrucciones puntuales del mandante rtvc. De igual forma, es importante precisar que de acuerdo con los lineamientos de acción hacia el fortalecimiento de la producción de contenidos y programación de rtvc, el documento CONPES 3518 de 2008 señaló como ejes los siguientes:
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Samples: Estudio De Conveniencia Y Oportunidad Para Contratar Servicios De Diseño Y Producción
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El FONDO TIC, como encargado de formular los proyectos de telecomunicaciones sociales del país para garantizar el acceso y servicio universal de los colombianos (Ley 1341 de 2009), a través del Programa Compartel adelantó la Licitación Pública No. 002 de 2011, con el objeto de seleccionar EL CONTRATISTA que ejecutara el Proyecto Nacional de Fibra Óptica. Como resultado de dicho proceso, se firmó el Contrato de Aporte 437 de 2011 entre el Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia Tecnologías de la RepúblicaInformación y las Comunicaciones y la Unión Temporal Fibra Óptica Colombia, sin estructura administrativa propiacuyo objeto comprende “(…) la prestación a terceros de los Servicios (tal y como están definidos) en al menos setecientos cincuenta y tres (753) municipios y 2000 instituciones públicas Mediante la ejecución del Proyecto Nacional de Fibra Óptica, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. En el Estado busca promover la búsqueda ampliación de la terminación definitiva del conflicto armado infraestructura de fibra óptica existente para así llegar a un mayor número de colombianos que puedan acceder a las tecnologías de la información y la consecución las comunicaciones, con mejores condiciones técnicas, económicas y de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC - EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duraderaservicios. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central Documento CONPES 3457 de la paz impulsar la presencia 2007 establece que el Programa Compartel debe realizar el control y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de las drogas ilícitas; y v) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdos. Los principios generales para la implementación del acuerdo establecidos en el punto 6 señalan la necesidad de fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorio, de manera tal que las políticas públicas que se adopten aseguren que la respuesta del Estado sea amplia y eficaz, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de gestión seguimiento de los departamentos, municipios y demás entidades territorialesproyectos, con el fin de que puedan ejercer asegurar el liderazgo en logro de los objetivos propuestos, como complemento a las funciones de financiamiento de programas del Fondo TIC. Por su parte, la coordinación Ley 1474 de planes 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y programas necesarios en sanción de acto de corrupción y la construcción efectividad del control de la paz. El punto 6.1 del Acuerdo Final establece gestión pública” en su artículo 83 previene que el Gobierno Nacional será el responsable de las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones xx Xxx, para lo cual se compromete a garantizar su financiación ejecución del objeto contratado a través de diferentes fuentesun supervisor o Interventor a fin de proteger la moralidad administrativa, prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y tutelar la transparencia de la actividad contractual. AsimismoPara tales efectos, menciona y adicionalmente, para garantizar la correcta ejecución de un proyecto que contribuye al desarrollo tecnológico y social del país, el FONDO TIC requiere el apoyo, asesoría y colaboración de un tercero que sometido a la implementación y el desarrollo de los acuerdos se realizarán en permanente supervisión del FONDO TIC, ejecute a su vez la supervisión del cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la sostenibilidad las obligaciones a cargo del contratista del Contrato de las finanzas públicasAporte. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene origen en el compromiso asumido por el Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 23 vigilancia, control y seguimiento del Acuerdo Final celebrado con las Fuerza Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), acto mediante el cual CONTRATO DE APORTE se pactó el “Acuerdo de Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP).En cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica mediante el Acto Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, incluyó un título transitorio a la Constitución Política de Colombia creando el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR). Así mismo, el Acto legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, en el Capítulo III, artículo transitorio 5, establece la Justicia Especial para la Paz, como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), será la encargada de administrar justicia de manera transitoria y autónoma y que conocerá de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al diez (10) de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. Para cumplir con estos propósitos, el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA FCP y otros actores gubernamentales han financiado la puesta en funcionamiento, adquisición, adecuación y dotación de las instalaciones e insumos requeridos para el adecuado funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Estableciendo como sede principal el edificio ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx D-C. Donde se desarrollan en su mayoría los procesos misionales y de apoyo que conforman la JEP. La entrada en operación de la Jurisdicción Especial para la Paz se tiene prevista de manera escalonada, para lo cual realizará a través de distintas fuentes se ha venido consolidando la conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios que se encargarán de apoyar una Interventoría integral en los aspectos técnicos, administrativos, financieros, contables, jurídicos, ambientales y sociales, atendiendo a la entidad complejidad del objeto contractual, a la naturaleza jurídica del contrato principal y a las prestaciones a ejecutar durante el plazo de ejecución del Contrato de Interventoría, período que incluye el seguimiento y control de las etapas de Planeación, Instalación y Puesta en Servicio, Estabilización y Operación del Proyecto Nacional de Fibra Óptica durante el Plazo del Contrato de Interventoría. Es esencial que esta clase de proyectos cuenten con mecanismos integrales, sistemáticos y efectivos de control y seguimiento, con el fin de asegurar el logro de los objetivos propuestos, como complemento a las funciones de financiamiento de programas del Fondo TIC, permitiendo la toma de decisiones por parte de la Entidad Contratante, salvaguardado el interés general y los recursos públicos involucrados en el desarrollo Contrato de las funciones para las cuales fue creada; en ese sentido para el mes xx xxxxx Aporte. De tal manera, se hace necesario contratar la firma encargada de 2018 se espera contar con un numero realizar la Interventoría integral al Proyecto Nacional de colaboradores entre contratistas Fibra Óptica que incluye los aspectos técnicos, administrativos, financieros, contables, jurídicos, ambientales y funcionarios cercano a las 600 personas, sin embargo la entidad actualmente solo cuenta con el servicio de cuatro (4) impresoras multifuncionales blanco/negro y dos (2) impresoras multifuncionales color accesibles a través de la red local de datos; con las que se trata de atender las necesidades que en materia de impresión, copiado y escaneado presentan hoy día las áreas que conforman la SE-JEP, en su sede ubicada en la Xxx. 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Dicho servicio de impresoras ha sido prestado por el PNUD a través del contrato a largo plazo 000000484 de 2016 a la JEP como medio para iniciar operaciones en sus primeros meses. En atención a lo anterior, y teniendo en cuenta que el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA-FCP, apoya la puesta en funcionamiento de la JEP de manera transitoria mientras se crea la estructura jurídica y presupuestal de esa Entidad, surge la necesidad de dotar las mencionadas instalaciones con los equipos de impresión que les permitan a los funcionarios y colaboradores de la Jurisdicción Especial para la Paz adelantar los objetivos misionales que la Entidad debe atender. Es por ello, que se requiere la contratación de un proveedor que suministre en calidad de alquiler hasta catorce (14) impresoras multifuncionales blanco/negro y tres (3) impresoras multifuncionales color, incluyendo los servicios de instalación, configuración, suministro de insumos (papel, tóners), soporte en sitio junto con repuestos e impresoras de reemplazo que garanticen el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos para el presente proceso contractualsociales.
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Samples: Interventoría Integral Al Proyecto Nacional De Fibra Óptica
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. En la búsqueda de la terminación definitiva del conflicto armado y la consecución de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC - EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de las drogas ilícitas; y v) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdos. Los principios generales para la implementación del acuerdo establecidos en el punto 6 señalan la necesidad de fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorio, de manera tal que las políticas públicas que se adopten aseguren que la respuesta del Estado sea amplia y eficaz, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de gestión de los departamentos, municipios y demás entidades territoriales, con el fin de que puedan ejercer el liderazgo en la coordinación de planes y programas necesarios en la construcción de la paz. El punto 6.1 del Acuerdo Final establece que el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones xx Xxx, para lo cual se compromete a garantizar su financiación a través de diferentes fuentes. Asimismo, menciona que la implementación y el desarrollo de los acuerdos se realizarán en cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante denominada JEP) tiene origen en el compromiso asumido por el Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 23 del Acuerdo Final celebrado con las Fuerza Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), acto mediante el cual se pactó el “Acuerdo de Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP).En cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica mediante JEP). Mediante el Acto Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, incluyó un título transitorio a la Constitución Política de Colombia creando el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR). Así mismo, el Acto legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, en el Capítulo III, artículo transitorio 5, establece la Justicia Especial para la Paz, como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), será la encargada de administrar justicia de manera transitoria y autónoma y que conocerá de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al diez (10) de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. Para cumplir con estos propósitos, el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA FCP y otros actores gubernamentales han financiado Decreto 1592 de septiembre 29 de 2017 establece las disposiciones transitorias para la puesta en funcionamiento, adquisición, adecuación y dotación de las instalaciones e insumos requeridos para el adecuado funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Estableciendo como sede principal JEP, y en el edificio ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx D-C. Donde se desarrollan en su mayoría los procesos misionales artículo 3° Bienes y de apoyo que conforman la JEP. La entrada en operación servicios de la Jurisdicción Especial para la Paz enuncia “(…) hasta tanto se tiene prevista de manera escalonadaadopte la ley estatutaria que desarrolle la Jurisdicción Especial para la Paz, para lo cual a través de distintas fuentes se ha venido consolidando la conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios que se encargarán de apoyar a la entidad en el desarrollo de las funciones para las cuales fue creada; en ese sentido para el mes xx xxxxx de 2018 se espera contar con un numero de colaboradores entre contratistas y funcionarios cercano a las 600 personas, sin embargo la entidad actualmente solo cuenta con el servicio de cuatro (4) impresoras multifuncionales blanco/negro y dos (2) impresoras multifuncionales color accesibles a través de la red local de datos; con las que se trata de atender las necesidades que en materia de impresión, copiado y escaneado presentan hoy día las áreas que conforman la SE-JEP, en su sede ubicada en la Xxx. 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Dicho servicio de impresoras ha sido prestado por el PNUD a través cargo al presupuesto del contrato a largo plazo 000000484 de 2016 a la JEP como medio para iniciar operaciones en sus primeros meses. En atención a lo anterior, y teniendo en cuenta que el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA-FCPy atendiendo los recursos que se destinen para el efecto, apoya la se adquirirán los bienes y servicios que se requieran para su puesta en funcionamiento funcionamiento”, en estas condiciones, el PA FCP servirá como instrumento que facilite el arranque y operación de la JEP con el fin de manera transitoria mientras apoyar la organización de la infraestructura, la contratación de personal, el alistamiento logístico, técnico e informático, entre otros. La JEP se crea encargará de administrar justicia por los delitos cometidos por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado; que hayan sido cometidos antes del día 1 de diciembre de 2016, administrará justicia de forma autónoma, independiente y transitoria; promoverá el reconocimiento de responsabilidad mediante incentivos penales; impondrá sanciones con un fuerte componente restaurativo y otras medidas para resolver la estructura situación jurídica de quienes acudan a ella; y presupuestal buscará la mayor satisfacción de esa Entidadlos derechos de las víctimas a la justicia y la verdad en sede judicial. Se espera que la JEP judicialice integrantes de las FARC, surge miembros de la necesidad de dotar las mencionadas instalaciones Fuerza Pública y Civiles, relacionados con los equipos de impresión delitos cometidos en el contexto del conflicto armado; el sometimiento y la actividad judicial que les permitan a los funcionarios y colaboradores se desarrolle en el marco de la Jurisdicción Especial para la Paz adelantar tiene como finalidad principal lograr altos estándares de justicia restaurativa, razón por la cual los objetivos misionales magistrados y el equipo jurídico de la Entidad requerirá acceder, conocer y emplear el mayor material bibliográfico posible para estudiar cada caso e implementar las experiencias internacionales y los desarrollos normativos nacionales que se hayan adelantado en esta materia. Por lo mismo requiere un óptimo manejo de la gestión documental que le permita acceder de manera eficiente a toda la documentación existente en cada uno de los casos a tratar y le garantice la Confidencialidad, Integridad y Disponibilidad de los datos. La Ley 594 de 2000 - Ley general de Archivos, tiene por objeto “establecer las reglas y principios generales que regulan la función archivística del Estado”, en sus artículos 7,8,9,10,11 y 23, indica la obligatoriedad de las entidades que cumplen funciones públicas de conformar los archivos producidos en ejercicio de las funciones asignadas de acuerdo con el ciclo vital de los documentos. Considerando que la Entidad debe atenderLey 594 de 2000, establece que el objetivo esencial de los archivos es el de disponer de la documentación organizada, en tal forma que la información sea recuperable para uso de la administración en su servicio al ciudadano y como fuente de la historia, garantizando la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución y los de facilitar la participación de la comunidad y el control del ciudadano en las decisiones que los afecten, en los términos previstos por la ley. Es por elloDando alcance a la Ley 594 de 2000, en lo referente a la organización documental, el Archivo General de la Nación mediante Acuerdo 005 de 2013, establece los criterios básicos para la clasificación, ordenación y descripción de los archivos en las entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas y en su artículo 3, reafirma su postura frente a la obligatoriedad de las entidades del Estado y las privadas que cumplen funciones de organizar los documentos de archivo, para lo cual deben desarrollar de manera integral los procesos de clasificación, ordenación y descripción. De igual forma deberán implementar procesos de organización para toda la documentación que apoye la gestión administrativa. De la misma forma mediante el Acuerdo 042 de 2002 se requiere establecen los criterios para la contratación organización de un proveedor archivos de gestión en las entidades públicas y las privadas que suministre cumplen funciones públicas, regula el inventario Único Documental y se desarrollan los artículos 21, 22, 23, y 26 de la Ley General de Archivos 594 de 2000. En relación con el Título IV de la misma Ley “Administración de archivos”, en calidad desarrollo de alquiler hasta catorce (los artículos 13° y 14) impresoras multifuncionales blanco/negro ° y tres (sus parágrafos 1° y 3) impresoras multifuncionales color°, incluyendo mediante Acuerdo 008 de 2014 se establecen las especificaciones técnicas y los requisitos para la prestación de los servicios de instalacióndepósito, configuracióncustodia, suministro organización, reprografía y conservación de insumos (papeldocumentos de archivo y demás procesos de la función archivística. Así mismo a través del Decreto 1515 de 2013 en su artículo 14, tóners)Contratación de la custodia de documentos de conservación temporal, soporte se especifica que solo se podrá contratar la custodia de documentos de archivo de conservación temporal, de acuerdo con lo establecido en sitio junto con repuestos e impresoras la tabla de reemplazo retención documental; en este caso, las entidades públicas en los diferentes niveles deberán exigir a los contratistas, y así deberá quedar consignado en los contratos que garanticen se suscriban, el cumplimiento de las normas expedidas por el Archivo General de la Nación, en lo referente a:
a) Características de las edificaciones en las cuales se albergarán los Acuerdos documentos;
b) Idoneidad del personal asignado para la atención de Niveles los servicios contratados;
c) Organización de Servicio establecidos para los documentos por series documentales, siguiendo el presente proceso contractual.principio de procedencia, orden original e integridad de los fondos;
d) Aplicación de la Tabla de Retención Documental;
e) Utilización de sistemas de información archivísticos que cumplan con las normas internacionales de descripción archivística adoptadas por el Consejo Internacional de Archivos (CIA);
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DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo Mediante Escritura Pública No. 3138 del Departamento Administrativo 28 de Presidencia octubre de 2004 de la RepúblicaNotaría 34 de Bogotá D.C., sin estructura administrativa se constituyó la sociedad radio televisión nacional de Colombia -RTVC-, como nuevo gestor del servicio público nacional de televisión y radio. Dicho documento establece:“La Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC- tendrá como objeto la producción y programación de la radio y televisión públicas”. En cumplimiento de su objeto misional, como operador del canal Señal Institucional, RTVC debe producir diversas piezas audiovisuales para la parrilla del mismo, como producción propia, administrado coproducción o producción para terceros (entidades e instituciones públicas que programan en el Canal); entre las cuales se destacan programas, mensajes institucionales, campaña RESO, videos de alta gama, documentales, transmisiones especiales y rendiciones de cuentas. La producción a terceros es la de mayor volumen, bien sean programas o los denominados proyectos especiales, constituidos por una mensajes institucionales, videos de alta gama, campañas RESO y otros; en los últimos, se realiza adicionalmente, el diseño y creatividad de las piezas o varias sociedades fiduciarias públicaslas campañas. En Dado que RTVC cuenta con sólo 7 salas de edición, que son insuficientes para la búsqueda cantidad de turnos que se generan de la terminación definitiva del conflicto armado producción de programas y la consecución proyectos especiales, y que no cuenta con equipos de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió grabación ni con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios personal técnico suficiente para atender en forma oportuna dichas necesidades, se requiere contratar la Prestación de Colombiaservicios de registro audiovisual, Ejército edición y graficación, con iluminación, plantas, sonido y demás accesorios que sean necesarios, incluidos los equipos y el personal técnico para su operación, que permitan atender las necesidades de producción de contenidos audiovisuales del Pueblo (FARC - EP)Canal Señal Institucional de RTVC en forma oportuna y completa, un nuevo Acuerdo Final para de acuerdo con las especificaciones y condiciones descritas en la Terminación del Conflicto y la Construcción ficha técnica de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de las drogas ilícitas; y v) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdoscada servicio. Los principios generales para la implementación del acuerdo establecidos en el punto 6 señalan la necesidad servicios de fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorioregistro audiovisual, edición y graficación, incluidos iluminación, plantas y sonido, de manera tal que las políticas públicas que se adopten aseguren que la respuesta del Estado sea amplia y eficazacuerdo a los requerimientos de cada proyecto, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de gestión de los departamentos, municipios y demás entidades territoriales, con el fin de que puedan ejercer el liderazgo en la coordinación de planes y programas necesarios en la construcción de la paz. El punto 6.1 del Acuerdo Final establece que el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en requeridos por el proceso de conversaciones xx Xxxproducción de contenidos audiovisuales, para lo cual se compromete en virtud de esta Convocatoria deberán cumplir con los lineamientos conceptuales establecidos por RTVC. Lo anterior, de acuerdo con el diseño y formatos aprobados por el canal Señal Institucional. Los equipos de grabación, producción y post producción, incluidos iluminación, plantas y sonido, deberán ajustarse a garantizar su financiación a través los requerimientos de diferentes fuentes. Asimismo, menciona que cada proyecto descritos en la implementación y el desarrollo de los acuerdos se realizarán ficha técnica en cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestallos objetivos y gestión del canal Señal Institucional para lo que resta del 2013 y el primer semestre del 2014, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Jurisdicción Especial así como el personal necesario para la Paz (JEP) tiene origen en el compromiso asumido por el Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 23 del Acuerdo Final celebrado con las Fuerza Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), acto mediante el cual se pactó el “Acuerdo de Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP).En cumplimiento prestación de los compromisos asumidos servicios de registro audiovisual y los servicios de edición y graficación. En el mercado nacional estos servicios son ofrecidos por el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica mediante el Acto Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, incluyó un título transitorio a la Constitución Política de Colombia creando el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR). Así mismo, el Acto legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, personas jurídicas especializadas en el Capítulo III, artículo transitorio 5, establece la Justicia Especial para la Paz, como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), será la encargada de administrar justicia de manera transitoria y autónoma y que conocerá de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al diez (10) de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. Para cumplir con estos propósitos, el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA FCP y otros actores gubernamentales han financiado la puesta en funcionamiento, adquisición, adecuación y dotación de las instalaciones e insumos requeridos para el adecuado funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Estableciendo como sede principal el edificio ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx D-C. Donde se desarrollan en su mayoría los procesos misionales y de apoyo que conforman la JEP. La entrada en operación de la Jurisdicción Especial para la Paz se tiene prevista de manera escalonada, para lo cual a través de distintas fuentes se ha venido consolidando la conformación alquilar este tipo de equipos de trabajo interdisciplinarios que se encargarán de apoyar a la entidad y en el desarrollo de las funciones para las cuales fue creada; en ese sentido para el mes xx xxxxx de 2018 se espera contar con un numero de colaboradores entre contratistas y funcionarios cercano a las 600 personas, sin embargo la entidad actualmente solo cuenta con el servicio de cuatro (4) impresoras multifuncionales blanco/negro y dos (2) impresoras multifuncionales color accesibles a través de la red local de datos; con las que operarlos. Por lo general se trata de atender las necesidades personas de derecho privado que en materia prestan servicios de impresión, copiado televisión x xxxxx productoras y escaneado presentan hoy día las áreas que conforman la SE-JEP, en su sede ubicada en la Xxx. 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Dicho servicio de impresoras ha sido prestado por el PNUD a través del contrato a largo plazo 000000484 de 2016 a la JEP como medio para iniciar operaciones en sus primeros meses. En atención a lo anteriorprogramadoras y canales públicos, y teniendo en cuenta que privados, entre otros, y también se encuentran personas jurídicas de derecho público cuyo objeto e infraestructura les permite prestar el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA-FCP, apoya la puesta en funcionamiento de la JEP de manera transitoria mientras se crea la estructura jurídica y presupuestal de esa Entidad, surge la necesidad de dotar las mencionadas instalaciones con los equipos de impresión que les permitan a los funcionarios y colaboradores de la Jurisdicción Especial para la Paz adelantar los objetivos misionales que la Entidad debe atender. Es por ello, que se requiere la contratación de un proveedor que suministre en calidad de alquiler hasta catorce (14) impresoras multifuncionales blanco/negro y tres (3) impresoras multifuncionales color, incluyendo los servicios de instalación, configuración, suministro de insumos (papel, tóners), soporte en sitio junto con repuestos e impresoras de reemplazo que garanticen el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos para el presente proceso contractualservicio descrito.
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Samples: Service Agreement
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. En la búsqueda de la terminación definitiva del conflicto armado y la yla consecución de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC - EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del eficazdel Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por hoypor el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y eficazy por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de problemade las drogas ilícitas; y vyv) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdos. Los principios generales para la implementación del acuerdo establecidos en el punto 6 señalan la necesidad de fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorio, de manera tal que las políticas públicas que se adopten aseguren que la respuesta del Estado sea amplia y eficaz, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de gestión de los departamentos, municipios y demás entidades territoriales, con el fin de que puedan ejercer el liderazgo en la coordinación de planes y programas necesarios en la construcción de la paz. El punto 6.1 del Acuerdo Final establece que el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones xx Xxx, para lo cual se compromete a garantizar su financiación a través de diferentes fuentes. Asimismo, menciona que la implementación y el desarrollo de los acuerdos se realizarán en cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene origen en el compromiso asumido por asumidopor el Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 23 del Acuerdo Final celebrado con las Fuerza Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), acto mediante el cual se pactó el “Acuerdo de Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP).En cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica mediante JEP). Mediante el Acto Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, se incluyó un título transitorio a la Constitución Política de Colombia creando el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no yno Repetición (SIVJRNR). Así mismo, el Acto legislativo Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, en el Capítulo III, artículo transitorio 5, establece la Justicia Especial para la Paz, como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no yno Repetición (SIVJRNR), que será la encargada de administrar justicia de manera transitoria y autónoma y que conocerá de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al diez (10) de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. Para cumplir con estos propósitos, el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA FCP y otros actores gubernamentales han financiado Decreto 1592 de septiembre 29 de 2017 establece las disposiciones transitorias para la puesta en funcionamiento, adquisición, adecuación y dotación de las instalaciones e insumos requeridos para el adecuado funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Estableciendo como sede principal Paz (JEP), y en el edificio ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx D-C. Donde se desarrollan en su mayoría los procesos misionales artículo 3° Bienes y de apoyo que conforman la JEP. La entrada en operación servicios de la Jurisdicción Especial para la Paz enuncia “(…) hasta tanto se tiene prevista de manera escalonada, para lo cual a través de distintas fuentes se ha venido consolidando adopte la conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios ley estatutaria que se encargarán de apoyar a la entidad en el desarrollo de las funciones para las cuales fue creada; en ese sentido para el mes xx xxxxx de 2018 se espera contar con un numero de colaboradores entre contratistas y funcionarios cercano a las 600 personas, sin embargo la entidad actualmente solo cuenta con el servicio de cuatro (4) impresoras multifuncionales blanco/negro y dos (2) impresoras multifuncionales color accesibles a través de la red local de datos; con las que se trata de atender las necesidades que en materia de impresión, copiado y escaneado presentan hoy día las áreas que conforman la SE-JEP, en su sede ubicada en la Xxx. 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Dicho servicio de impresoras ha sido prestado por el PNUD a través del contrato a largo plazo 000000484 de 2016 a la JEP como medio para iniciar operaciones en sus primeros meses. En atención a lo anterior, y teniendo en cuenta que el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA-FCP, apoya la puesta en funcionamiento de la JEP de manera transitoria mientras se crea la estructura jurídica y presupuestal de esa Entidad, surge la necesidad de dotar las mencionadas instalaciones con los equipos de impresión que les permitan a los funcionarios y colaboradores de desarrolle la Jurisdicción Especial para la Paz, con cargo al presupuesto del Fondo Colombia en Paz adelantar y atendiendo los objetivos recursos que se destinen para el efecto, se adquirirán los bienes y servicios que se requieran para su puesta en funcionamiento”, en estas condiciones, el PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ – PA-FCP (PA FCP) servirá como instrumento que facilite el arranque y operación de la JEP con el fin de apoyar la organización de la infraestructura, la contratación de personal, el alistamiento logístico, técnico e informático, entre otros. La JEP se encargará de administrar justicia por los delitos cometidos por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado; que hayan sido cometidos antes del día 1 de diciembre de 2016, administrará justicia de forma autónoma, independiente y transitoria; promoverá el reconocimiento de responsabilidad mediante incentivos penales; impondrá sanciones con un fuerte componente restaurativo y otras medidas para resolver la situación jurídica de quienes acudan a ella; y buscará la mayor satisfacciónde los derechos de las víctimas a la justicia y la verdad en sede judicial. La creación de una jurisdicción transicional como la JEP, conlleva una serie de procesos que requieren un soporte tecnológico. Igualmente, la JEP tiene como objetivo destacarse en los próximos años por su gestión de la informaciónymecanismos de información yparticipaciónque dará a conocer a los ciudadanos e interesados. Con el propósito de atender esa necesidad, se requiere contar con un Sistema de Gestión Judicial que apoye los procesos misionales de la JEP: Categorización yDireccionamiento; Investigación, Juzgamiento yDecisión; Seguimiento al cumplimiento de sentencias y resoluciones; y Soporte Judicial, de manera que se pueda llevar la trazabilidad de todas las acciones asociadas con la investigación, esclarecimiento, juicioysanción de graves violaciones a los derechos humanos ylas graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario que tuvieron lugar en el contexto y en razón al conflicto armado. Se espera que la Entidad debe atender. Es por elloJEP judicialice cerca de 10.000 integrantes de las FARC y 7000 miembros de la Fuerza Pública, relacionados con delitos cometidos en el contexto del conflicto armado; el sometimiento y la actividad judicial que se requiere desarrolle en el marco de la Jurisdicción Especialpara la Paztiene como finalidadprincipal lograr altos estándares de justicia restaurativa. El sistema de gestión judicial se consideró como un elemento central, haciendo parte del plan operativo de la entidad, específicamente en la actividad que establece: “Implementar Sistema de Información de Gestión Judicial evolutivo”. Dado lo anterior, es importante que desde el inicio se tenga un sistema tecnológico que facilite y simplifique la actividad de la gestión de los procesos judiciales, en ese sentido se hace necesario contratar una herramienta sobre la cual se implemente la gestión de los procesos judiciales de la Jurisdicción Especialpara la PAZ – JEP1. De acuerdo con lo anterior se hace necesaria la contratación de un proveedor OFERENTE especializado, mediante Convocatoria Pública, que suministre diseñe, implemente y preste soporte técnico, de una herramienta de Sistema de Gestión Judicial en calidad la JEP de alquiler hasta catorce (14) impresoras multifuncionales blanco/negro y tres (3) impresoras multifuncionales color, incluyendo los servicios acuerdo con las necesidades propias de instalación, configuración, suministro la entidad.
1 Capacidades de insumos (papel, tóners), soporte la herramienta ofrecida en sitio junto con repuestos e impresoras de reemplazo que garanticen el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos para el presente proceso contractualla oferta.
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DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El Fondo Colombia en Paz fue creado como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo Que conforme lo establece el Artículo 2 de Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. En la búsqueda de la terminación definitiva del conflicto armado y la consecución de una paz estable, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC - EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo del Acuerdo Final señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El Acuerdo Final desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política; iii) fin del conflicto; iv) solución integral al problema de las drogas ilícitas; y v) acuerdo sobre las víctimas del conflicto. Asimismo, incorpora un sexto punto atinente a la implementación, verificación y refrendación de dichos acuerdos. Los principios generales para la implementación del acuerdo establecidos en el punto 6 señalan la necesidad de fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorio, de manera tal que las políticas públicas que se adopten aseguren que la respuesta del Estado sea amplia y eficaz, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de gestión de los departamentos, municipios y demás entidades territoriales, con el fin de que puedan ejercer el liderazgo en la coordinación de planes y programas necesarios en la construcción de la paz. El punto 6.1 del Acuerdo Final establece que el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones xx Xxx, para lo cual se compromete a garantizar su financiación a través de diferentes fuentes. Asimismo, menciona que la implementación y el desarrollo de los acuerdos se realizarán en cumplimiento de la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene origen en el compromiso asumido por el Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 23 del Acuerdo Final celebrado con las Fuerza Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), acto mediante el cual se pactó el “Acuerdo de Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP).En cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica mediante el Acto Legislativo 01 del 04 xx xxxxx de 2017, incluyó un título transitorio a la Constitución Política de Colombia creando el Sistema Integral Colombia, son fines esenciales del Estado servir a la comunidad promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de Verdad, Justicia, Reparación los principios derechos y no Repetición (SIVJRNR). Así mismo, el Acto legislativo 01 del 04 xx xxxxx deberes de 2017, consagrados en el Capítulo III, artículo transitorio 5, establece la Justicia Especial Constitución…Las autoridades de la República están para la Paz, como parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), será la encargada de administrar justicia de manera transitoria y autónoma y que conocerá de manera preferente sobre proteger a todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al diez (10) de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o personas residentes en relación directa o indirecta con Colombia. Que consagra el conflicto armado. Para cumplir con estos propósitos, el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA FCP y otros actores gubernamentales han financiado la puesta en funcionamiento, adquisición, adecuación y dotación de las instalaciones e insumos requeridos para el adecuado funcionamiento Artículo 315 de la Jurisdicción Especial para constitución Política de Colombia que al señor alcalde le corresponde dirigir la Paz. Estableciendo como sede principal acción administrativa del municipio, asegurar el edificio ubicado en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx D-C. Donde se desarrollan en su mayoría los procesos misionales y de apoyo que conforman la JEP. La entrada en operación de la Jurisdicción Especial para la Paz se tiene prevista de manera escalonada, para lo cual a través de distintas fuentes se ha venido consolidando la conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios que se encargarán de apoyar a la entidad en el desarrollo cumplimiento de las funciones para y la prestación de los servicios a su cargo. Que el Artículo 91 de la Ley 136 de 1994 establece que son atribuciones del Acalde, en relación con la Administración Municipal: Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las cuales fue creada; funciones y de la prestación de los servicios a su cargo. Que el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación de Regalías - SMSCE, es el conjunto de actores, normas, procedimientos y actividades que tienen como finalidad velar por el uso eficiente y eficaz de los recursos del Sistema General de Regalías. Se desarrollará de manera selectiva, con énfasis en ese sentido para el mes xx xxxxx acciones preventivas, sin perjuicio de 2018 se espera contar con un numero de colaboradores entre contratistas y funcionarios cercano las funciones que correspondan a las 600 personas, sin embargo la entidad actualmente solo cuenta con el servicio de cuatro (4) impresoras multifuncionales blanco/negro y dos (2) impresoras multifuncionales color accesibles a través de la red local de datos; con las que se trata de atender las necesidades que autoridades competentes en materia de impresióninspección, copiado vigilancia y escaneado presentan hoy día control fiscal o disciplinario; y de investigación, acusación y juzgamiento de carácter penal. Los principios de buen gobierno, gestión pública orientada a resultados, oportunidad, transparencia, participación y servicio al ciudadano, y lucha contra la corrupción, determinarán el ejercicio de las áreas funciones asignadas a este Sistema. Que los servicios a contratar únicamente constituyen la prestación de servicios profesionales de un experto del cumplimiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación de Regalías - SMSCE. Que para el cumplimiento de la misión de la secretaria de planeación y Obras se hace necesario contratar a un profesional con experiencia y conocimiento en el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación de Regalías - SMSCE". Que actualmente no se cuenta con personal de planta suficiente que conforman garantice la SE-JEP, formación específica en su sede ubicada esta área del conocimiento. Que para el municipio es importante contar con una persona con experiencia que nos garantice un reporte oportuno del sistema de general de regalías. Que existe certificación expedida por el jefe de personal de Boyacá en la Xxx. 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Dicho servicio que se hace constar que el ente territorial no cuenta dentro de impresoras ha sido prestado por su planta de personal con una persona natural con la idoneidad y experiencia relacionada con el PNUD a través objeto del contrato a largo plazo 000000484 de 2016 a la JEP como medio para iniciar operaciones en sus primeros meses. En atención a lo anterior, y teniendo en cuenta que el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - PA-FCP, apoya la puesta en funcionamiento de la JEP de manera transitoria mientras se crea la estructura jurídica y presupuestal de esa Entidad, surge pueda satisfacer la necesidad de dotar las mencionadas instalaciones con los equipos de impresión que les permitan a los funcionarios y colaboradores de la Jurisdicción Especial para la Paz adelantar los objetivos misionales que la Entidad debe atenderplanteada. Es por ellotodo lo anterior que el Municipio de Boyacá con base en el Artículo 24 de la ley 80 de 1993, Articulo 32 numeral 3º de la ley 80 de 1993, Artículo 2 Numeral 4º literal h) de la ley 1150 de 2007 y Articulo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 requiere de celebrar directamente un contrato de prestación de Servicios profesionales con personas naturales o jurídicas con idoneidad ó experiencia en el sector público que se satisfagan la necesidad planteada Es por todo lo anterior que el Municipio de Boyacá con base en el Artículo 24 de la ley 80 de 1993, Articulo 32 numeral 3º de la ley 80 de 1993, Artículo 2 Numeral 4º de la ley 1150 de 2007 y Articulo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 requiere de celebrar directamente un contrato de prestación de Servicios de Apoyo a la contratación Gestión con personas naturales o jurídicas con idoneidad o experiencia en el sector público que satisfagan la necesidad planteada, cuyo objeto sea: “PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL FORTALECIMIENTO Y APOYO EN LA EFECTIVIDAD EN EL REPORTE DE LA INFORMACION REQUERIDA POR EL SISTEMA DE MONITOREO, SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACION DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. La administración requiere articular le ejecución de un proveedor que suministre en calidad de alquiler hasta catorce (14) impresoras multifuncionales blanco/negro y tres (3) impresoras multifuncionales coloractividades relacionadas directamente con la PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL FORTALECIMIENTO Y APOYO EN LA EFECTIVIDAD EN EL REPORTE DE LA INFORMACION REQUERIDA POR EL SISTEMA DE MONITOREO, incluyendo los servicios de instalaciónSEGUIMIENTO, configuración, suministro de insumos (papel, tóners), soporte en sitio junto con repuestos e impresoras de reemplazo que garanticen el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos para el presente proceso contractualCONTROL Y EVALUACION DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
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Samples: Contratación Directa De Servicios De Apoyo a La Gestión