DEL AÑO SABÁTICO Cláusulas de Ejemplo

DEL AÑO SABÁTICO. La/el trabajador(a) académico(a) de tiempo completo y medio tiempo, además de los derechos que le confieren las cláusulas del presente contrato, tiene derecho a gozar del año sabático. Éste consiste en separarse totalmente de las actividades docentes y/o de investigación que realice en la Universidad por un año completo, con goce xx xxxxxxx íntegro, después de cada 5 (cinco) años cumplidos e ininterrumpidamente de labores al servicio de la institución sin pérdida de su antigüedad, sujetándose a las siguientes reglas: 33.1 Podrá diferirse el disfrute del año sabático a petición de la/el interesado(a). El lapso que hubiese trabajado, después de adquirido este derecho, se tomará en cuenta para el subsecuente. 33.2 Durante el disfrute del año sabático, la/el trabajador(a) académico(a) recibirá la totalidad de los salarios correspondientes a la docencia y/o investigación que normalmente desempeñe en la Universidad sin menoscabo de su antigüedad. 33.3 Al solicitar el año sabático, la/el interesado(a) presentará a la Universidad un plan de actividades para desarrollar durante ese intervalo. Dicha solicitud se enviará a la dependencia de adscripción, en donde el Consejo Académico y la Dirección de la misma determinarán si dicho plan es de especial interés para la Universidad, y de serlo, quedará aprobado el goce de este derecho. La UAQ, hará lo conducente para que la/el interesado(a) reciba ayuda o estímulo para su proyecto. Al reintegrarse a la Universidad la/el interesado(a) entregará un informe de sus actividades adecuadas al proyecto presentado. 33.4 Para ejercer este derecho se observarán las siguientes normas: 1.- Lo disfrutarán 20 (veinte) maestros(as) por año lectivo y a solicitud del SUPAUAQ, que hayan cumplido los 5 (cinco) años de trabajo establecido como requisito. 2.- En el supuesto de que la/el trabajador(a) académico(a) sindicalizado(a) fuera designado(a) como tal y en consecuencia no pudiera disfrutar de su año sabático,
DEL AÑO SABÁTICO. CLÁUSULA DESCRIPCIÓN
DEL AÑO SABÁTICO. El año sabático es un derecho de todo trabajador académico que integre la planta del Personal Académico al servicio de la UAZ, y consiste en la separación total o parcial del personal de base de sus actividades académicas, de investigación y de extensión después de cada seis años de labores dentro de la categoría de tiempo completo o su equivalente, con goce xx xxxxxxx integro. Para garantizar su ejercicio, los Consejos de Unidad Académica o su equivalente, en su programación anual, deberán considerar las solicitudes procedentes para cubrir las horas frente a grupo u otras actividades que consideren imprescindibles, mediante la distribución del tiempo contratado disponible; en los casos en que esto no sea posible se requerirá contar con la cobertura financiera para la plaza del suplente requerido.
DEL AÑO SABÁTICO. El personal académico que tenga asignado tiempo completo, tendrá derecho a gozar del año sabático siempre y cuando se halla gestionado por la Dirección General del Instituto y recibido el recurso para tal fin por parte de la Dirección General de Planeación y Programación de la Secretaría de Educación Pública. Este consiste en separarse totalmente de las actividades docentes y/o de investigación que realice en el Instituto por un año completo, después de cada seis años cumplidos de labores docentes al servicio del Instituto con la asignación horaria mencionada; lo anterior sin perjuicio ni pérdida de su antigüedad. Solamente se podrá autorizar un docente por año para el goce de este derecho. El Instituto se compromete a gestionar para el año inmediato posterior a la firma del presente contrato la autorización para el otorgamiento de esta prestación.
DEL AÑO SABÁTICO. LA UNIVERSIDAD y EL SINDICATO reconocen la existencia del derecho al año sabático para los trabajadores académicos, mismo que está regulado por las disposiciones del Reglamento para el Personal Académico.
DEL AÑO SABÁTICO. La/el trabajador(a) académico(a) de tiempo completo y medio tiempo, además de los derechos que le confieren las cláusulas del presente contrato, tiene derecho a gozar del año sabático. Éste consiste en separarse totalmente de las actividades docentes y/o de investigación que realice en la Universidad por un año completo, con goce xx xxxxxxx íntegro, después de cada 5 (cinco) años cumplidos e ininterrumpidamente de labores al servicio de la institución sin pérdida de su antigüedad, sujetándose a las siguientes reglas:
DEL AÑO SABÁTICO. CLÁUSULA 34 34 DERECHOS IGUALES PARA EL PERSONAL ACADÉMICO JUBILADO

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