DEPÓSITOS A LA CUENTA Cláusulas de Ejemplo

DEPÓSITOS A LA CUENTA. El Cliente o cualquier tercero podrán efectuar Depósitos para ser abonados a la Cuenta, los cuales deberán realizar en Pesos, excepto por lo dispuesto en el Capítulo denominado “Del Depósito en Divisas”. Los citados Depósitos podrán efectuarse en efectivo, con Cheque, mediante transferencia electrónica de dinero o a través de cualquier otro medio que Citibanamex autorice para tales efectos, en el entendido de que Citibanamex en cualquier momento podrá modificar, limitar o restringir la forma en que recibirá los citados Depósitos. Dichos Xxxxxxxxx serán acreditados en la Cuenta de la siguiente forma: a) Tratándose de Depósitos en efectivo, el importe será acreditado en la misma fecha en que se efectúen, siempre y cuando sean recibidos por Citibanamex en Días Hábiles y dentro del Horario Bancario, en caso contrario los Depósitos serán acreditados el Día Hábil siguiente.
DEPÓSITOS A LA CUENTA. El Cliente o cualquier tercero podrán efectuar Depósitos para ser abonados a la Cuenta, los cuales se deberán realizarse en Pesos. Los citados Depósitos podrán efectuarse en efectivo, con Cheque, mediante transferencia electrónica de dinero o a través de cualquier otro medio que el Banco autorice para tales efectos, en el entendido de que el Banco en cualquier momento podrá modificar, limitar o restringir la forma en que recibirá los citados Depósitos. Dichos Xxxxxxxxx serán acreditados en la Cuenta de la siguiente forma: Tratándose de Depósitos en efectivo, el importe será acreditado en la misma fecha en que se efectúen, siempre y cuando sean recibidos por el Banco en Días Hábiles y dentro del horario de servicio de las sucursales del Banco, en caso contrario los Depósitos serán acreditados el Día Hábil siguiente. En caso de Depósitos realizados mediante transferencias electrónicas de dinero, la cantidad respectiva se acreditará en la fecha en que el Banco efectivamente reciba dichos Depósitos. En el supuesto de que los Depósitos se realicen con Xxxxxx, estos será recibidos por el Banco “salvo buen cobro” y, por lo tanto, el importe que amparen los mismo será acreditado una vez que el Cheque sea efectivamente cubierto al Banco. El Cliente reconoce y acepta que el Banco estará facultado para retener cualquier Cheque que, a juicio de este último, no cumpla con los requerimientos mínimos de seguridad que establezcan las disposiciones legales aplicables o sus políticas internas. El Banco tiene la facultad de determinar el monto máximo de los Depósitos a ser recibidos en cada Operación cuando ésta no se ajuste a las sanas prácticas bancarias.

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