Common use of DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA Clause in Contracts

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos los derechos que a favor de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes. 2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro del servicio. 3. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público de aseo o de los aforos solicitados por el suscriptor, conforme a la normatividad vigente. 4. Verificar que los suscriptores y/o usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas, ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público de aseo. 5. Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer el cobro coactivo si está facultado legalmente para ello.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes, Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público De Aseo

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos condiciones uniformes para la prestación de la actividad de aprovechamiento los derechos que a favor de las personas prestadoras del servicio público de los servicios públicos domiciliarios aseo consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes. 2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro del servicio. 3. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público de aseo o la actividad de aprovechamiento de los aforos solicitados por el suscriptorsuscriptor y/o usuario, conforme a la normatividad vigente. 4. Verificar que los suscriptores y/o usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas, ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público de aseo. 5. Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer el cobro coactivo si está facultado legalmente para ello.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación De Servicios Públicos

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos condiciones uniformes para la prestación de la actividad de aprovechamiento los derechos que a favor de las personas prestadoras del servicio público de los servicios públicos domiciliarios aseo consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes. 2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro del servicio. 3. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público de aseo o la actividad de aprovechamiento de los aforos solicitados por el suscriptorsuscriptor y/o usuario, conforme a la normatividad vigente. 4. Verificar que los suscriptores y/s u s c r i p t o usuarios del servicio r e s y /o u s u a r i o s d e l s e r v i c i o no depositen sustancias líquidas, excretas, ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público de aseo. 5. Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer el cobro coactivo si está facultado legalmente para ello.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación De La Actividad De Aprovechamiento Del Servicio Público De Aseo

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en el contrato CCU para la prestación de servicios públicos la actividad de aprovechamiento los derechos que a favor de las personas prestadoras del servicio público de los servicios públicos domiciliarios aseo consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: : 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes. 2. Solicitar 2.Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro del servicio. 3. Incluir 3.Incluir dentro de la facturación cualquier obligación a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público de aseo o la actividad de aprovechamiento de los aforos solicitados por el suscriptorsuscriptor y/o usuario, conforme a la normatividad vigente. 4. Verificar 4.Verificar que los suscriptores y/o usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas, ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público de aseo. 5. Cobrar 5.Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer el cobro coactivo si está facultado legalmente para ello.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en el contrato Constituyen derechos de servicios públicos los derechos que a favor la persona prestadora: 1. Cobrar, de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios consagre conformidad con la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación normatividad vigente, así como los siguientes: 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes. prestados. 2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro la prestación del servicio. , en los términos dispuestos en la Ley 142 de 1994. 3. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación obligación, a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público domiciliario de aseo o de los aforos solicitados por el suscriptorsuscriptor y/o usuario, conforme a la normatividad vigente. 4. 4Ser el prestador exclusivo en un área respecto de la cual la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico haya verificado motivos para el establecimiento de un área de servicio exclusivo (este numeral sólo se incluirá en los CSP cuyo objeto sea la prestación de un servicio respecto al cual la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico haya verificado motivos y autorizado el establecimiento de un área de servicio exclusivo. (Este numeral sólo se incluirá en los CSP cuyo objeto sea la prestación de un servicio que haya sido adjudicado mediante un contrato que incluya cláusulas que establezca un área de servicio exclusivo, previa verificación de motivos por parte de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento). 5. Verificar que los suscriptores y/o usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas, excretas ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público domiciliario de aseo. 5. Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer el cobro coactivo si está facultado legalmente para ello.

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Samples: Contract for Public Service Provision

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos los derechos que a favor de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: : 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes. . 2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro del servicio. . 3. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público de aseo o de los aforos solicitados por el suscriptor, conforme a la normatividad vigente. . 4. Verificar que los suscriptores y/o usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas, ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público de aseo. . 5. Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer público. 6. La persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el cobro coactivo si está facultado legalmente para ello.Código Civil. Para el caso de inmuebles no residenciales la

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Samples: Public Services Contract

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en Constituyen derechos de la persona prestadora: 1. Cobrar, de conformidad con la normatividad vigente, el contrato de servicios públicos los derechos que a favor de las personas prestadoras valor de los servicios públicos domiciliarios consagre prestados. 2. Suspender y/o cortar los servicios, de conformidad con la Constitución Políticalegislación y regulación vigentes y las previsiones del presente contrato. 3. Verificar el estado de los instrumentos de medición, incluyendo su retiro temporal para la verificación. En caso de retiro del medidor la persona prestadora instalará un dispositivo de medición equivalente, con carácter provisional, mientras se efectúa la revisión o reparación. En caso de no instalarse un medidor provisional el consumo se determinará de acuerdo con los procedimientos previstos en el artículo 146 de la Ley 142 de 1994. 4. Imponer medidas de suspensión, corte e intereses moratorios en los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación términos de la metodología tarifaria vigente o cláusula 27 del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformespresente contrato. 2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro del servicio. 35. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la conexión o prestación del servicio público de aseo o de los aforos solicitados por el suscriptorservicios de acueducto y alcantarillado, conforme a la normatividad vigente. 46. Verificar que los suscriptores y/o usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas, ni residuos sistema de los contemplados para el servicio especial, alcantarillado cumplan con la normatividad vigente en recipientes destinados para materia de vertimientos definidos por la recolección en el servicio público de aseo. 5. Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer el cobro coactivo si está facultado legalmente para elloautoridad competente.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes De Acueducto Y Alcantarillado

DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA. Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos los derechos que a favor de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: entienden 1. Cobrar el valor de los servicios prestados de acuerdo con la tarifa resultante de aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes. . 2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para el suministro del servicio. . 3. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público de aseo o la actividad de aprovechamiento de los aforos solicitados por el suscriptorsuscriptor y/o usuario, conforme a la normatividad vigente. . 4. Verificar que los suscriptores y/o usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas, ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público de aseo. . 5. Cobrar ejecutivamente el valor del servicio público prestado o ejercer el cobro coactivo si está facultado legalmente para ello.

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Samples: Contrato De Servicios Públicos