DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO. a) Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas y el proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director facultativo de las obras, y en su caso, el responsable del contrato, que serán de obligado cumplimiento para aquel, siempre que lo sean por escrito. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse. (art. 230 del TRLCSP) b) Una vez iniciados los trabajos, cuantas incidencias puedan surgir entre el Ayuntamiento y el contratista, serán tramitadas y resueltas por aquel con la mayor brevedad, adoptando las medidas convenientes para no alterar el ritmo de las obras. c) La ejecución del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras, sino en los casos de fuerza mayor. (art. 215 y art. 231 del TRLCSP) d) Serán de cuenta del contratista indemnizar por todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato (art. 214 del TRLCSP). e) El contratista estará obligado a cumplir los plazos fijados para la ejecución de las obras, y en caso de incumplimiento se estará a lo dispuesto en el art. 212 del TRLCSP, en lo relativo a la resolución del contrato, a las penalidades y demás consecuencias del incumplimiento.
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Samples: Contract for Works Execution, Contract for Works Execution, Contract for Works Execution
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO. a) Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas Es obligación del contratista arrendador, una vez formalizado el contrato, dar al Ayuntamiento xx Xxx la posesión del local objeto del contrato desde la fecha que disponga el Ayuntamiento, una vez adjudicado el contrato y prestada la garantía definitiva, y mantenerlo en el pliego de cláusulas administrativas y el proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director facultativo de las obras, uso y en su caso, el responsable las condiciones fijadas en este pliego durante la duración del contrato, que serán de obligado cumplimiento para aquel, siempre que lo sean por escrito. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse. (art. 230 del TRLCSP).
b) Una vez iniciados los trabajos, cuantas incidencias puedan surgir entre el Ayuntamiento y el contratista, serán tramitadas y resueltas por aquel con la mayor brevedad, adoptando las medidas convenientes para no alterar el ritmo de las obrasEl contratista arrendador está obligado al cumplimiento del plazo señalado en este pliego.
c) La ejecución El contratista arrendador tendrá derecho al abono del precio del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa en la forma establecida en el presente pliego de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras, sino en los casos de fuerza mayor. (art. 215 y art. 231 del TRLCSP)cláusulas.
d) Serán El arrendatario será responsable de cuenta del contratista indemnizar por todos los daños la obtención de las licencias y perjuicios autorizaciones que sean necesarias para su establecimiento y el ejercicio de su actividad en el elemento arrendado, así como el abono de todas las cantidades que se causen a terceros como consecuencia devenguen por este concepto. La denegación de las operaciones que requiera la ejecución del contrato (art. 214 del TRLCSP)aquellas no facultará al arrendador para resolver el arrendamiento, ni le dará derecho para percibir indemnización o compensación alguna.
e) El contratista estará obligado arrendatario se compromete a cumplir los plazos fijados para la ejecución de las obras, retirar todo el mobiliario y en caso de incumplimiento demás enseres que se estará a lo dispuesto introduzcan en el art. 212 del TRLCSP, en lo relativo local a la resolución finalización del contrato, contrato o de sus prórrogas. El incumplimiento de esta obligación dará derecho al arrendador a las penalidades retirar el mobiliario y demás consecuencias enseres, depositándolos en establecimiento destinado al efecto, x xxxxx del incumplimientoarrendatario.
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Samples: Arrendamiento Con Opción De Compra, Arrendamiento Con Opción De Compra
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO. a) Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas Es obligación del contratista arrendador, una vez formalizado el contrato, dar al Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real la posesión del local objeto del contrato desde la fecha que disponga el Ayuntamiento, una vez adjudicado el contrato y prestada la garantía definitiva, y mantenerlo en el pliego de cláusulas administrativas y el proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director facultativo de las obras, uso y en su caso, el responsable las condiciones fijadas en este pliego durante la duración del contrato, que serán de obligado cumplimiento para aquel, siempre que lo sean por escrito. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse. (art. 230 del TRLCSP).
b) Una vez iniciados los trabajos, cuantas incidencias puedan surgir entre el Ayuntamiento y el contratista, serán tramitadas y resueltas por aquel con la mayor brevedad, adoptando las medidas convenientes para no alterar el ritmo de las obrasEl contratista arrendador está obligado al cumplimiento del plazo señalado en este pliego.
c) La ejecución El contratista arrendador tendrá derecho al abono del precio del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa en la forma establecida en el presente pliego de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras, sino en los casos de fuerza mayor. (art. 215 y art. 231 del TRLCSP)cláusulas.
d) Serán El arrendatario será responsable de cuenta del contratista indemnizar por todos los daños la obtención de las licencias y perjuicios autorizaciones que sean necesarias para su establecimiento y el ejercicio de su actividad en el elemento arrendado, así como el abono de todas las cantidades que se causen a terceros como consecuencia devenguen por este concepto. La denegación de las operaciones que requiera la ejecución del contrato (art. 214 del TRLCSP)aquellas no facultará al arrendador para resolver el arrendamiento, ni le dará derecho para percibir indemnización o compensación alguna.
e) El contratista estará obligado arrendatario se compromete a cumplir los plazos fijados para la ejecución de las obras, retirar todo el mobiliario y en caso de incumplimiento demás enseres que se estará a lo dispuesto introduzcan en el art. 212 del TRLCSP, en lo relativo local a la resolución finalización del contrato, contrato o de sus prórrogas. El incumplimiento de esta obligación dará derecho al arrendador a las penalidades retirar el mobiliario y demás consecuencias enseres, depositándolos en establecimiento destinado al efecto, x xxxxx del incumplimientoarrendatario.
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Samples: Arrendamiento
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO. a) Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas y el proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director facultativo de las obras, y en su caso, el responsable del contrato, que serán de obligado cumplimiento para aquel, siempre que lo sean por escrito. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse. (art. 230 del TRLCSP213 LCSP).
b) Una vez iniciados los trabajos, cuantas incidencias puedan surgir entre el Ayuntamiento y el contratista, serán tramitadas y resueltas por aquel con la mayor brevedad, adoptando las medidas convenientes para no alterar el ritmo de las obras.
c) La ejecución del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras, sino en los casos de fuerza mayor. (art. 215 199 y art. 231 del TRLCSP214 LCSP).
d) Serán de cuenta del contratista indemnizar por todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato (art. 214 del TRLCSP198 LCSP).
e) El contratista estará obligado a cumplir los plazos fijados para la ejecución de las obras, y en caso de incumplimiento se estará a lo dispuesto en el art. 212 del TRLCSP196 LCSP, en lo relativo a la resolución del contrato, a las penalidades y demás consecuencias del incumplimiento.
f) El contratista estará obligado al cumplimiento de todas las Disposiciones Legales y reglamentarias relativas a la ordenación y defensa de la industria nacional, así como toda la normativa sobre obligaciones sociales, laborales, fiscales, seguridad y salud.
g) El contratista estará obligado a guardar confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. ( art. 124.2 de la LCSP).
h) Protección de datos de carácter personal. El contratista estará obligado a dar cumplimiento a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo, así como a lo previsto en la Disposición Adicional trigésimo primera de la LCSP.
i) Instalación del cartel anunciador conforme a lo detallado en la cláusula 14 del presente pliego de cláusulas.
j) A la finalización de la obra con el acta de recepción y certificación final, el contratista deberá aportar documento justificativo que contemple los puestos de trabajo creados para la ejecución de la obra, con identificación del nombre, apellidos y número de documento nacional de identidad o número de identificación de extranjero de los nuevos trabajadores contratados, así como la modalidad y el período de vigencia de sus contratos. Asimismo aportará fotografías que pruebe el cumplimiento de las obligaciones sobre publicidad de las obras financiadas con cargo al FEESL, a tenor de lo dispuesto en el presente pliego de cláusulas.
k) El adjudicatario deberá estar al corriente en el pago de los subcontratista que para ejecución de la obra, le resulte necesario contratar a su xxxxx. Los subcontratistas podrán en su caso, ejercitar la acción a que se refiere el Art. 1.597 del Código Civil, lo que conllevará la retención por la Administración del pago de las certificaciones de obra pendientes hasta el límite de la cuantía adeudadas y justificadas en las notificaciones fehacientes y todo ello, al amparo del citado precepto legal.
l) De conformidad con lo establecido en el apartado MANTENIMIENTO de la memoria del proyecto que sale a licitación, así como en el pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto, el contratista está obligado a realizar el mantenimiento y formación del personal durante el período previsto en dichos apartados (2 años en el caso de mantenimiento).
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Samples: Contract for Public Works
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO. a) Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas Es obligación del contratista arrendador, una vez formalizado el contrato, dar al Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real la posesión del local objeto del contrato desde la fecha que disponga el Ayuntamiento, una vez adjudicado el contrato y prestada la garantía definitiva, y mantenerlo en el pliego de cláusulas administrativas y el proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director facultativo de las obras, uso y en su caso, el responsable las condiciones fijadas en este pliego durante la duración del contrato, que serán de obligado cumplimiento para aquel, siempre que lo sean por escrito. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse. (art. 230 del TRLCSP).
b) Una vez iniciados los trabajos, cuantas incidencias puedan surgir entre el Ayuntamiento y el contratista, serán tramitadas y resueltas por aquel con El contratista arrendador está obligado al cumplimiento del plazo señalado en la mayor brevedad, adoptando las medidas convenientes para no alterar el ritmo condición número cuarta de las obraseste pliego.
c) La ejecución El contratista arrendador tendrá derecho al abono del precio del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras, sino la forma establecida en los casos de fuerza mayor. (art. 215 y art. 231 del TRLCSP)la cláusula segunda.
d) Serán El arrendatario será responsable de cuenta del contratista indemnizar por todos los daños la obtención de las licencias y perjuicios autorizaciones que sean necesarias para su establecimiento y el ejercicio de su actividad en el elemento arrendado, así como el abono de todas las cantidades que se causen a terceros como consecuencia devenguen por este concepto. La denegación de las operaciones que requiera la ejecución del contrato (art. 214 del TRLCSP)aquellas no facultará al arrendador para resolver el arrendamiento, ni le dará derecho para percibir indemnización o compensación alguna.
e) El contratista estará obligado arrendatario se compromete a cumplir los plazos fijados para la ejecución de las obras, retirar todo el mobiliario y en caso de incumplimiento demás enseres que se estará a lo dispuesto introduzcan en el art. 212 del TRLCSP, en lo relativo local a la resolución finalización del contrato, contrato o de sus prórrogas. El incumplimiento de esta obligación dará derecho al arrendador a las penalidades retirar el mobiliario y demás consecuencias enseres, depositándolos en establecimiento destinado al efecto, x xxxxx del incumplimientoarrendatario.
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Samples: Arrendamiento