Common use of Dirección facultativa y Responsable del contrato Clause in Contracts

Dirección facultativa y Responsable del contrato. El órgano de contratación comunicará al contratista las personas que asumirán la dirección facultativa de las obras, detallando quiénes ejercerán la dirección de la obra, la dirección de la ejecución de la obra, en su caso, y la coordinación en materia de seguridad y salud en su ejecución. La dirección facultativa será responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización de la obra objeto del contrato. El órgano de contratación podrá designar aun responsable o responsables del contrato, encargado de la supervisión y control de la ejecución de la obra y de la dirección facultativa de la misma, que podrá adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación. Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este pliego, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales y conforme al proyecto aprobado por el órgano de contratación y las instrucciones que, en interpretación técnica de éste, diera al contratista el director de la obra o el responsable del contrato. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes entre las partes, debiendo quedar reflejadas en el libro de órdenes. El contratista está obligado a llevar y conservar en la obra el “Libro de Ordenes” y el “Libro de incidencias”, previamente diligenciados, de conformidad con las disposiciones contenidas en las cláusulas 8 y 9 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado y el artículo 13 del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Dichos libros estarán en todo momento a disposición de la Dirección facultativa y del responsable del contrato, que deberán consignar en ellos las visitas, incidencias y órdenes que se produzcan durante el desarrollo de la obra. El contratista estará obligado por sí o por medio de su delegado a firmar el oportuno acuse de recibo de tales instrucciones. El Responsable del contrato podrá acceder en todo momento a los indicados libros y consignar en ellos las órdenes y observaciones que estime convenientes. En el acto de recepción se exigirá la presentación del “Libro de Ordenes” debidamente cumplimentado, el cual pasará a poder de la Administración una vez efectuada la recepción. La Dirección facultativa y el Responsable del contrato podrán inspeccionar las obras cuantas veces consideren necesario y solicitar la información que estimen oportuna para el correcto control de las mismas. El contratista guardará y hará guardar las consideraciones debidas al personal de la Dirección facultativa y al Responsable del contrato, que tendrán libre acceso a todos los puntos de trabajo y almacenes de materiales destinados a las obras para su previo reconocimiento.

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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Dirección facultativa y Responsable del contrato. El órgano de contratación comunicará al contratista las personas que asumirán la dirección facultativa de las obras, detallando quiénes ejercerán la dirección de la obra, la dirección de la ejecución de la obra, en su caso, y la coordinación en materia de seguridad y salud en su ejecución. La dirección facultativa será responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización de la obra objeto del contrato. El órgano de contratación podrá designar aun a un responsable o responsables del contrato, encargado de la supervisión y control de la ejecución de la obra y de la dirección facultativa de la mismaobra, que podrá adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación. Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este pliego, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales y conforme al proyecto aprobado por el órgano de contratación y las instrucciones que, en interpretación técnica de éste, diera al contratista el director de la obra o el responsable del contrato. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes entre las partes, debiendo quedar reflejadas en el libro de órdenes. El contratista está obligado a llevar y conservar en la obra el “Libro de Ordenes” y el “Libro de incidencias”, previamente diligenciados, de conformidad con las disposiciones contenidas en las cláusulas 8 y 9 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado y el artículo 13 del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Dichos libros estarán en todo momento a disposición de la Dirección facultativa y del responsable del contrato, que deberán consignar en ellos las visitas, incidencias y órdenes que se produzcan durante el desarrollo de la obra. El contratista estará obligado por sí o por medio de su delegado a firmar el oportuno acuse de recibo de tales instrucciones. El Responsable del contrato podrá acceder en todo momento a los indicados libros y consignar en ellos las órdenes y observaciones que estime convenientes. En el acto de recepción se exigirá la presentación del “Libro de Ordenes” debidamente cumplimentado, el cual pasará a poder de la Administración una vez efectuada la recepción. La Dirección facultativa y el Responsable del contrato podrán inspeccionar las obras cuantas veces consideren necesario y solicitar la información que estimen oportuna para el correcto control de las mismas. El contratista guardará y hará guardar las consideraciones debidas al personal de la Dirección facultativa y al Responsable del contrato, que tendrán libre acceso a todos los puntos de trabajo y almacenes de materiales destinados a las obras para su previo reconocimiento.

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Samples: Contract for the Execution of Restoration Works

Dirección facultativa y Responsable del contrato. El órgano de contratación comunicará al contratista las personas que asumirán la dirección facultativa Como director facultativo de las obrasobras y responsable del contrato se designa al Arquitecto Técnico D. Xxxxx Xxxxxx Xxxx. Con carácter general, detallando quiénes ejercerán la dirección serán funciones de la obra, la dirección de la ejecución de la obra, en su caso, y la coordinación en materia de seguridad y salud en su ejecución. La dirección facultativa será responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización de la obra objeto del contrato. El órgano de contratación podrá designar aun responsable o responsables del contrato, encargado de la supervisión y control de la ejecución de la obra y de la dirección facultativa de la misma, que podrá adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación. Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este pliego, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales y conforme al proyecto aprobado por el órgano de contratación y las instrucciones que, en interpretación técnica de éste, diera al contratista el director de la obra o el responsable del contrato. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes entre las partes, debiendo quedar reflejadas en el libro de órdenes. El contratista está obligado a llevar y conservar en la obra el “Libro de Ordenes” y el “Libro de incidencias”, previamente diligenciados, de conformidad con las disposiciones contenidas en las cláusulas 8 y 9 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado y el artículo 13 del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Dichos libros estarán en todo momento a disposición de la Dirección facultativa y del persona responsable del contrato, que deberán consignar en ellos además de las visitasestablecidas por Xxx, incidencias y órdenes que se produzcan durante el desarrollo las derivadas de la obracoordinación de los trabajos, así como la comprobación y vigilancia de los términos establecidos en el contrato. El contratista estará obligado por sí o por medio de su delegado a firmar el oportuno acuse de recibo de tales instrucciones. El Responsable A estos efectos, durante la ejecución del contrato contrato, podrá acceder en todo momento a los indicados libros y consignar en ellos las órdenes y observaciones que estime convenientes. En el acto de recepción se exigirá la presentación del “Libro de Ordenes” debidamente cumplimentado, el cual pasará a poder de la Administración una vez efectuada la recepción. La Dirección facultativa y el Responsable del contrato podrán inspeccionar las obras durante su construcción y el inmueble una vez construido cuantas veces consideren considere necesario y solicitar la información que estimen estime oportuna para el correcto control del trabajo. Con dicha finalidad, tendrá libre acceso al inmueble, quedando la persona contratista obligada a facilitar la visita así como los medios necesarios para la realización de las mismasactuaciones pertinentes. El Igualmente tendrá acceso al Libro de Subcontratación, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (LRSSC). La persona contratista guardará aportará cuanta documentación y hará guardar precisiones le sean requeridas por el órgano de contratación durante la ejecución del contrato. Cuando la persona contratista, o personas de ella dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado. La persona responsable del contrato podrá ordenar la apertura de catas cuando sospeche la existencia de vicios ocultos de construcción o haberse empleado materiales de calidad deficiente. De confirmarse la existencia de tales defectos, serán de cuenta de la persona contratista los gastos derivados del reconocimiento y subsanación. En caso contrario, la persona responsable certificará la indemnización que corresponde a la ejecución y reparación de las consideraciones debidas al personal catas, valoradas a los precios unitarios del proyecto. Asimismo, podrá ordenar la realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra y que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes, siendo a cargo de la persona contratista los gastos que por estas operaciones se originen. La Dirección facultativa no podrá introducir en el proyecto, a lo largo de su ejecución, alteraciones en las unidades de obra, sin autorización previa del órgano de contratación. Así mismo, en caso de discordancias entre los documentos del proyecto, tampoco podrá adoptar decisión alguna que pueda implicar la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. La realización por el contratista de alteraciones en las unidades de obra, sin autorización previa de la Cámara, aún cuando éstas se realizasen bajo las instrucciones de la Dirección facultativa y al Responsable facultativa, no generará obligación alguna para la Cámara, quedando además el contratista obligado a rehacer las obras afectadas sin derecho a abono alguno, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades que la Cámara pudiera exigir a ambos por incumplimiento de sus respectivos contratos. El Delegado de obra del contratocontratista deberá ser un técnico titulado, que tendrán libre acceso a todos los puntos con experiencia acreditada en obras de trabajo y almacenes de materiales destinados similar naturaleza a las obras para su previo reconocimientoque son objeto de este contrato.

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Samples: Contract for Public Works