DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL PAGO Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL PAGO. El Consultor deberá ingresar mediante Oficina de Partes de la SEREMI, la documentación necesaria para que el Administrador de Contrato elabore el Estado de Pago correspondiente, para dar curso a la cancelación de la etapa que correspondiente. Cada Estado de Pago se formulará en pesos, moneda nacional, a la fecha de aprobación del informe respectivo por parte de la Comisión de Aprobación del Estudio y deberá contener: a. Oficio conductor, dirigido al XXXXXX xx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx en atención al Administrador de Contrato, en el cual se indique que ingresa los documentos requeridos y solicita expresamente el pago respectivo. b. Carátula firmada por el Administrador de Contrato designado y por el representante del Consultor (Previamente enviada por el Administrador de Contrato). En ella se consignará a lo menos:
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL PAGO. Informe de actividades (si aplica) debidamente firmado por el supervisor y/o interventor de contrato, el apoyo a la supervisión (si aplica) y el contratista. • Certificado de cumplimiento o acta de recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato. • Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato, cuando se trate de personas naturales. • Certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente, cuando se trate de personas jurídicas. Nota: (Sólo aplica para régimen común) De conformidad con el Numeral 7° Parágrafo 1° del artículo 499 del Estatuto Tributario, “Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3300 UVT, el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común”. Por lo anterior los contratistas que para el presente año superen el monto establecido o quienes ya estuvieren inscritos en el Régimen Común, deberán presentar factura de venta, con los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), para cada pago.
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL PAGO. Factura desagregada con los valores por servicio efectivamente prestado. • Soportes de las publicaciones y/o de la difusión y la certificación de pauta, expedida por cada medio donde se emite, de acuerdo con los requerimientos de cada proceso. • Informe del contratista que incluya la certificación de pauta expedida por los medios, en el cual se muestre que los mensajes fueron efectivamente emitidos, acompañado de un informe financiero en donde plasme la ejecución de la propuesta de difusión aprobada y de la producción de piezas del mes inmediatamente anterior y los soportes que comprueben lo que se ejecutó. • Informe de supervisión debidamente firmado por el supervisor del contrato. • Certificado de cumplimiento o constancia de recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato. • Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social, para el periodo cobrado, cuando se trate de personas naturales. • Certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar del último mes, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente, cuando se trate de personas jurídicas. Sin embargo, el pago estará sujeto a los recursos que la Dirección General xxx Xxxxxx Nacional - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sitúe a la Jurisdicción Especial para la paz. La Jurisdicción Especial para la paz, efectuará las retenciones que por ley esté autorizado hacer.