Celebración de Contratos. En cualquier momento durante la vigencia de este contrato, la ANH podrá celebrar con EL EVALUADOR o con terceras personas, contratos de exploración y explotación de los hidrocarburos sobre el Área de Evaluación Técnica, con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 6 (numerales 6.3 y 6.4) del presente contrato.
Celebración de Contratos. 1. en los casos en que la oferta presentada por el licitador resultara aceptada, el mismo, tras recibir la notificación en la que resulta adjudicatario, comunicará a la Delegación Provincial correspondiente en el plazo máximo de cinco días hábiles tras la recepción de la misma, conforme al modelo 4, la ubicación exacta del aceite objeto de contrato, aportando planos y/o croquis, acotados y firmados por el responsable de la empresa. en el caso de que a la fecha de esa comunicación el aceite no estuviera almacenado en su ubicación definitiva, se deberá indicar adicionalmente las fechas de entrada en almacén del aceite, así como el intervalo de tiempo necesario para almacenar la cantidad contractual con indicación de la fecha de finalización de las operaciones de entrada en almacén, la cual no podrá ser superior a 28 días desde la notificación de la aceptación de la oferta. en esta comunicación el adjudicatario podrá manifestar su deseo de conocer el resultado del análisis del aceite ofertado con anterioridad a la celebración del contrato, en cuyo caso la Delegación Provincial, de forma previa a lo establecido en los puntos siguientes de este apartado undécimo, procederá conforme a lo establecido en el punto 6 del apartado decimotercero de esta Resolución. en caso que no se haya constituido con anterioridad la garantía, se acompañará resguardo justificativo de la constitución de la garantía en la caja de Depósitos de la Delegación Provincial de la consejería de Hacienda y Administración Pública (ejemplar para la Administración). esta comunicación deberá presentarse en los Registros Generales de las Delegaciones Provinciales de la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la provincia donde se vaya a realizar el almacenamiento.
2. una vez recibido el citado modelo 4 de comunicación, la Delegación Provincial examinará lo aportado y en caso de considerarla correcta, y siempre que el adjudicatario no haya manifestado su deseo de conocer el resultado del análisis del aceite ofertado con anterioridad a la celebración del contrato, notificará al adjudicatario que la información aportada es conforme, junto con la aceptación y formalización del contrato. A partir de ese momento se considerará celebrado el contrato, siendo la fecha de celebración la de notificación. 00008099 en caso que la documentación aportada no resulte conforme, la Delegación Provincial pondrá en conocimiento del adjudicatario tanto las incidencias detectadas como el plazo otorgado para ...
Celebración de Contratos. Además de las CONDICIONES GENERALES, se podrán definir en un CONTRATO firmado por ambas PARTES las disposiciones especiales aplicables a cada pedido formulado por la EMPRESA.
Celebración de Contratos. El Consorcio podrá celebrar cuantos contratos sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con la legislación aplicable a las Administraciones Públicas.
Celebración de Contratos. En cualquier momento, durante la vigencia de este contrato, la ANH podrá celebrar con EL EVALUADOR contratos de exploración y producción de hidrocarburos sobre una parte del Área de Evaluación Técnica, con sujeción a lo dispuesto en las Cláusulas 3.1, 3.2 y 3.3 del presente contrato.
Celebración de Contratos. Para la prestación de los servicios, deberá mediar el contrato respectivo firmado por los Usuarios de trasmisión y/o distribución conforme a lo siguiente: Martes 16 de febrero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
I. En el caso de los elementos de la RNT y las RGD que correspondan al MEM, se entenderá como parte del contrato de PM con el CENACE
II. En el caso de los elementos de la RNT y las RGD que no correspondan al MEM, los Usuarios deberán firmar un contrato con el Transportista y/o Distribuidor.
I. Contar con una factura emitida por el CENACE donde se desagreguen los servicios de transmisión y distribución, que en su caso adquieran en el Mercado Eléctrico Mayorista.
II. Realizar y recibir pagos a través del CENACE por los servicios de transmisión y distribución.
III. Presentar ante el CENACE, quejas de inconformidad por los servicios de transmisión y distribución.
IV. Recibir, a través del CENACE, compensaciones que subsanen el daño que en su caso se derive de las quejas presentadas por la inconformidad de los servicios contratados o por no cumplir los estándares establecidos en el Código de Red.
Celebración de Contratos. Las ofertas enviadas por el XXXXXX al cliente no son vinculantes y tendrán una vigencia máxima de dos semanas. El contrato sólo se perfeccionará mediante la confirmación xx XXXXXX por escrito de un pedido del cliente o mediante la entrega de las mercancías pedidas por el cliente.