Common use of DÓNDE RECLAMAR Clause in Contracts

DÓNDE RECLAMAR. En caso de litigio, el Tomador del seguro podrá dirigirse en primer lugar a: Con carácter interno, como Servicio de Atención al Cliente, mediante escrito dirigido a: ·Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Servicio de Atención al Cliente Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, 6 – 2º 48013 Bilbao xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 XXXXXX xxx.xxxxx.xxxxxx.xx Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Sevicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente, por escrito, dirigido al Servicio de Atención al Cliente de Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Este deberá acusar recibo por escrito de las reclamaciones que se les presenten y resolverlas o denegarlas igualmente por escrito y motivadamente. Asimismo el reclamante deberá acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que haya sido resuelta o que ha sido denegada la admisión de la reclamación o desestimada su petición. En cualquier caso, siempre puede dirigirse a los Juzgados y Tribunales de Justicia ordinarios.

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DÓNDE RECLAMAR. En caso de litigio, el Tomador del seguro podrá dirigirse en primer lugar a: Con lugar, con carácter interno, como al Servicio de Atención al Cliente, mediante escrito dirigido a: ·Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Servicio de Atención al Cliente Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, 6 – 2º 48013 Bilbao Apartado de Correos nº 126 F.D. 00000 Xxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Servicio de Reclamaciones Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 XXXXXX Xxxxxx xxx.xxxxx.xxxxxx.xx Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Sevicio Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente, por escrito, dirigido al Servicio de Atención al Cliente de Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Este Aro. Éste deberá acusar recibo por escrito de las reclamaciones que se les le presenten y resolverlas o denegarlas igualmente por escrito y motivadamente. Asimismo el reclamante deberá acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que haya sido resuelta o que ha sido denegada la admisión de la reclamación o desestimada su petición. En cualquier caso, siempre puede dirigirse a los Juzgados y Tribunales de Justicia ordinarios.

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DÓNDE RECLAMAR. En caso de litigio, el Tomador del seguro podrá dirigirse en primer lugar a: Con carácter interno, como Servicio de Atención al Cliente, mediante escrito dirigido a: ·Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Servicio de Atención al Cliente Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, 6 – 2º 48013 Bilbao Apartado de Correos nº 126 F.D. 00000 XXXXXX xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 XXXXXX xxx.xxxxx.xxxxxx.xx Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Sevicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente, por escrito, dirigido al Servicio de Atención al Cliente de Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Este deberá acusar recibo por escrito de las reclamaciones que se les presenten y resolverlas o denegarlas igualmente por escrito y motivadamente. Asimismo el reclamante deberá acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que haya sido resuelta o que ha sido denegada la admisión de la reclamación o desestimada su petición. En cualquier caso, siempre puede dirigirse a los Juzgados y Tribunales de Justicia ordinarios.

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DÓNDE RECLAMAR. En caso de litigiolitigo, el Tomador del seguro podrá dirigirse en primer lugar a: Con lugar, con carácter interno, como al Servicio de Atención al Cliente, mediante escrito dirigido a: ·Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Servicio de Atención al Cliente Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, 6 – 2º 48013 Bilbao Aparado de Correos nº 126 F.D. 00000 Xxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Servicio de Reclamaciones Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 XXXXXX Xxxxxx. xxx.xxxxx.xxxxxx.xx Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Sevicio Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente, por escrito, dirigido al Servicio de Atención al Cliente de Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Aro. Este deberá acusar recibo por escrito de las reclamaciones que se les le presenten y resolverlas o denegarlas igualmente por escrito y motivadamente. Asimismo el reclamante deberá acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que haya sido resuelta o que ha sido denegada la admisión de la reclamación o desestimada su petición. En cualquier caso, siempre puede dirigirse a los Juzgados y Tribunales de Justicia ordinarios.

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DÓNDE RECLAMAR. En caso de litigiolitigo, el Tomador del seguro podrá dirigirse en primer lugar a: Con lugar, con carácter interno, como al Servicio de Atención al Cliente, mediante escrito dirigido a: ·Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Servicio de Atención al Cliente Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, 6 – 6-2º 48013 Bilbao xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Servicio de Reclamaciones Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 XXXXXX Xxxxxx. xxx.xxxxx.xxxxxx.xx Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Sevicio Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente, por escrito, dirigido al Servicio de Atención al Cliente de Seguros Lagun Aro Vida, S.A. Aro. Este deberá acusar recibo por escrito de las reclamaciones que se les le presenten y resolverlas o denegarlas igualmente por escrito y motivadamente. Asimismo el reclamante deberá acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que haya sido resuelta o que ha sido denegada la admisión de la reclamación o desestimada su petición. En cualquier caso, siempre puede dirigirse a los Juzgados y Tribunales de Justicia ordinarios.

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