Edad mínima y conductores autorizados Cláusulas de Ejemplo

Edad mínima y conductores autorizados. 2.1. El cliente deberá tener como mínimo 23 años de edad y estar en posesión del permiso de conducción clase B vigente y con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional equivalente a este y en cualquier caso el cliente y los conductores deberán tener un mínimo de 6 puntos vigentes en el permiso de conducción. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor correspondiente a este tipo de vehículos. 2.2. Si en el momento de la entrega de la autocaravana por parte de BRAVAVANS, el cliente no dispone del permiso de conducir que se corresponda con el vehículo alquilado o la documentación presentada es falsa o inexacta, se considerará a todos los efectos que el cliente no ha acudido a recoger la autocaravana, por lo que se aplicarán las condiciones de rescisión de la reserva vinculante por parte del cliente que se contienen en el apartado 4.2. del presente documento, sin derecho a indemnización ni a devolución de ningún tipo. 2.3. Tan sólo podrán conducir el vehículo el cliente y los conductores mencionados en el contrato de alquiler y que cumplan las condiciones previstas en el apartado 2.1 de este documento. En el momento de la reserva del vehículo, el conductor titular está obligado a enviar a BRAVAVANS copia en vigor de los siguientes documentos: a) Documento nacional de identidad (DNI), en su defecto pasaporte, b) Carnet de conducir europeo, en su defecto carnet de conducir internacional, En el momento de la recogida del vehículo será obligatorio presentar los originales de dicha documentación. Todos los conductores autorizados tendrán responsabilidad personal sobre cualquier infracción legal que sea incurrida durante el periodo del alquiler. El cliente autoriza expresamente a BRAVAVANS que las consecuencias económicas de cualquier infracción personal cometida durante el tiempo que dura el alquiler sea cargada en su tarjeta de crédito en los siguientes doce meses.
Edad mínima y conductores autorizados. El cliente y cada uno de los conductores deberán de tener como mínimo 25 años, y estar en posesión del permiso de conducción clase B vigente y con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional equivalente. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducción internacional en vigor Para poder entregar la autocaravana, es absolutamente necesario que el cliente y él o los conductores presenten el carnet de conducir y el pasaporte/dni válido. En el caso de que la entrega se demore por no presentar estos documentos, dicho retraso deberá ser asumido por el cliente. Si la mencionada documentación no se pudiese presentar en el momento acordado para hacer la entrega o en un plazo razonable, el arrendador estará autorizado a anular el contrato. Se aplicarán las condiciones de cancelación establecidas. En el momento de la reserva del vehículo, el cliente y los conductores mencionados, estarán obligados a enviar a la empresa copia en vigor de los siguientes documentos: • Documento nacional de identidad, en su defecto pasaporte • Carnet de conducir europeo, en su defecto carnet de conducir internacional • Tarjeta de crédito válida durante los próximos seis meses a la fecha de alquiler del vehículo • Factura o recibo actualizado de suministro doméstico (teléfono, agua, electricidad…) que confirme su domicilio. En el momento de la recogida del vehículo será obligatorio presentar los originales de dicha documentación. Todos los conductores autorizados tendrán responsabilidad personal sobre cualquier infracción legal que sea incurrida durante el periodo del alquiler. El cliente autoriza expresamente a la empresa a que las consecuencias económicas derivadas de cualquier infracción personal cometida durante el tiempo que dura el alquiler sea cargada en su tarjeta de crédito en los siguientes doce meses.
Edad mínima y conductores autorizados. El Arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener mínimo 25 años de edad y estar en posesión del permiso de conducción clase B1 vigente, con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional equivalente a éste. En caso de no ser residente de la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor correspondiente a ese tipo de vehículos.
Edad mínima y conductores autorizados. 2.1. Se admite un conductor principal y solo un único conductor adicional con un coste adicional en concepto de gestiones, de 25€. Ambos han de estar en posesión del permiso de conducir B, con una antigüedad de al menos dos años, tener más de 23 años y disponer de al menos, 6 puntos en su permiso. En caso de no ser ciudadano español, se acepta o bien un permiso de conducir de cualquier país europeo o un permiso internacional, pero en ambos casos válido para este tipo de vehículos y en vigor en todo el período de alquiler. 2.2. El vehículo solo puede ser conducido por el conducto principal o el autorizado en su caso. Antes del momento de la confirmación de la reserva, el cliente ha de enviar mediante correo electrónico: 🎬DNI, pasaporte o documentación identificativa válida en la UE de conductor principal y adicional. 🎬Identificación de posesión del permiso de conducción tal y como se recoge en el apartado 2.1.
Edad mínima y conductores autorizados. 2.1 El arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener como mínimo 25 años y estar en posesión de un permiso de conducción en vigor de clase B con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional correspondiente. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional. Para poder entregar la autocaravana es absolutamente necesario que el arrendatario y/o el/los conductor/es presenten el carné de conducir y el pasaporte/documento nacional de identidad válido. En caso de que la entrega se demore por no presentar estos documentos, dicho retraso deberá ser asumido por el arrendatario. Si la mencionada documentación no se puede presentar en el momento acordado para hacer la entrega o en un plazo razonable, el arrendador estará autorizado a anular el contrato. Se aplicarán las condiciones de cancelación establecidas en la sección 4.2. La empresa de alquiler o las autoridades oficiales pueden exigir la presentación del permiso de conducir internacional (en el caso de los clientes no residentes en la UE). 2.2 Se advierte que algunos vehículos del arrendador tienen un peso total superior a las 3,5 toneladas y que para conducir estos vehículos se necesita el permiso de conducir correspondiente. Para mayor seguridad, los titulares de un permiso de conducir clase B deberán consultar con el arrendador la masa total autorizada del vehículo alquilado por el arrendatario. 2.3 Si en el momento de la entrega de la autocaravana alquilada no se dispone del permiso de conducir que se corresponda con el vehículo alquilado, se considerará que no se ha recogido la autocaravana; en este caso se aplicarán las condiciones de anulación pertinentes (véase apdo.4.2). 2.4 Tan solo podrán conducir el vehículo el arrendatario y los conductores adicionales que se hayan registrado en la estación de alquiler.

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  • LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” los bienes que se mencionan en la Cláusula PRIMERA del presente conforme a lo establecido en el Anexo “2”. Lugares de entrega, siendo responsable de su recepción las personas establecidas en el mencionado anexo; todas en horario de 8:00 a 15:00 horas en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, Ciudad Universitaria, conforme a las condiciones de entrega establecidas en las bases y junta de aclaraciones de la I.T.P. Nº 901045968-005-18. Previo a la entrega de bienes, y cuando menos 24 horas antes de la entrega de bienes, “EL PROVEEDOR” deberá concertar cita para tal fin al Departamento de Compras de “LA UNIVERSIDAD”, a los teléfonos 00 (000) 000-00-00, 000-00-00 o 000-00-00, con la C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx y/o el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Únicamente se otorgarán prorrogas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, cuando previo a su fecha de vencimiento y a solicitud expresa por escrito del proveedor, se establezcan y acredite el caso fortuito o la fuerza mayor que justifiquen el otorgamiento de la prorroga necesaria para el cumplimiento de las obligaciones. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los bienes perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarden del polvo y la humedad, debiendo garantizar la identificación y entrega individual y total de los bienes que preserven sus cualidades durante el transporte y almacenaje, sin desgaste de su vida útil y sin daño o perjuicio alguno para “LA UNIVERSIDAD”. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir todos los gastos y absorber todos los riesgos hasta los sitios de entrega señalados, así como los relativos al aseguramiento de los mismos; la instalación y puesta en operación a entera satisfacción de “LA UNIVERSIDAD”. Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con la descripción del Catálogo de Artículos, así como con las condiciones requeridas, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones. “EL PROVEEDOR”, se compromete a realizar la entrega de los bienes de manera personal, ya que no se aceptará la entrega de bienes mediante contratación de servicio de mensajería o paquetería.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

  • AUTORIZACIÓN El Arrendatario autoriza expresamente e irrevocablemente al Arrendador y/o al cesionario de este Contrato a consultar información del Arrendatario que obre en las bases de datos de información del comportamiento financiero y crediticio o centrales de riesgo que existan en el país, así como a reportar a dichas bases de datos cualquier incumplimiento del Arrendatario a este Contrato.

  • PRODUCTOS A ENTREGAR El CONTRATISTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO está obligado a entregar la totalidad de planos de diseños y estudios descritos a continuación, al igual que los correspondientes medios digitales que se requieran, de acuerdo a los parámetros definidos porla CONTRATANTE. Las herramientas que se emplearán para el desarrollo del proyecto se deberán ajustar a la utilización de los medios informáticos, con la consecuente utilización del software necesario y para cada tipo de documento de la siguiente manera: Planos Arquitectónicos y de ingeniería en 2D .DWG Autocad Planos Arquitectónicos y de ingeniería en 3D .DWG Autocad Coordinación 3D del proyecto .DWG, .RVT, etc. Autocad - Revit Render e Imágenes del Proyecto .JPG Varios Programación de obra .MPP Project Presupuesto de obra .XLS Excell Presentaciones .PPT Powerpoint Otros .CDR, .PDF, .DOC, etc. Corel Draw Acrobat 3D estudio, etc. Los ajustes a los estudios técnicos y a los diseños, especificaciones técnicas, cantidades de obra, presupuestos detallados de referencia, análisis de precios unitarios, deben ser aprobados y aceptados por la Interventoría. Los ajustes a los estudios técnicos y a los diseños serán aprobados cuando cumplan con las especificaciones técnicas requeridas porla CONTRATANTE, satisfagan las necesidades de la Entidad y cuenten con aprobación definitiva. Con los diseños, y una vez realizado el balance de áreas, se establecerán las cantidades reales de obra a ejecutar y el presupuesto final del proyecto. El Contratista deberá utilizar un software ágil y compatible con el actual software para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con la interventoría y FINDETER. Dentro de la Etapa 1, el contratista se compromete a entregar los siguientes productos definitivos: a. Estudio de suelos (revisión y/o ajuste del estudio de suelos existente) b. Estudio topográfico (m2 del predio) (revisión y/o ajuste del estudio topográfico existente) c. Diseño arquitectónico y urbano paisajístico bajo criterios de normativa vigente d. Diseño estructural y de elementos no estructurales e. Diseño de redes hidrosanitarias f. Diseño de redes de gas propano y/o gas natural en los sitios que se requieran en la construcción g. Diseño de sistema de redes contraincendios exterior e interior (incluye consulta de requisitos para obtener aval del cuerpo oficial de bomberos de la localidad, si se requiere) h. Diseño redes eléctricas (CONTEMPLANDO ACOMETIDA PRINCIPAL) i. Diseño de redes de voz y datos (CONTEMPLANDO ACOMETIDA PRINCIPAL) j. Propuesta tecnología de sostenibilidad para ahorro y aprovechamiento de energía k. Propuesta tecnología de sostenibilidad para ahorro y aprovechamiento de agua l. Propuesta tecnología de sostenibilidad para el manejo de aguas residuales m. Propuesta tecnología de sostenibilidad para manejo integral de residuos sólidos (Basuras) n. Presupuesto Detallado de referencia. Este presupuesto será utilizado únicamente como referencia pero no constituye el presupuesto contractual del proyecto, el cual se maneja a precio global fijo conforme a lo indicado en los términos de referencia. o. Cronograma de Actividades de la Obra. p. Memorias de Cantidades de Obra. q. Consolidación de Especificaciones Técnicas, donde se incluyan los ajustes realizados. r. Análisis de Precios Unitarios (Documentación utilizada como referencia y soporte del presupuesto). s. Plan de manejo ambiental t. Gestión con Empresas de Servicios Públicos. a. Estudio de suelos. a. El Contratista deberá realizar el estudio de suelos existente para el proyecto, para investigar y definir las propiedades geomecánicas y de deformabilidad del suelo de fundación, que evalúe el estado de interacción suelo-estructura y entregue las recomendaciones para su cimentación en el diseño estructural; igualmente, se deberán investigar las condiciones de consolidación de las estructuras vecinas y su interacción con la futura construcción de las obras. El Contratista deberá considerar, pero sin limitarse a ello, la realización de sondeos, pruebas de campo y laboratorio, análisis geotécnico y recomendaciones, incluyendo como mínimo las pruebas que exige la NSR – 10. b. Perforación con equipo mecánico percusión y lavado en la profundidad y cantidad que exige la NSR – 10. c. Antes de iniciar las actividades de exploración y perforación, el Contratista presentará para aprobación del Interventor el programa de exploración de campo y ensayos de laboratorio, de acuerdo con lo exigido en la NSR 10, el cual debe contener como mínimo las pruebas y ensayos antes indicadas y los demás que se consideren necesarios para lograr el objeto del estudio. Igualmente los métodos, procedimientos y metodología de diseño, deberán ser aprobados por la Interventoría. Sin esta aprobación, no se podrá dar inicio a la elaboración de los diseños, siendo responsabilidad del Contratista cualquier atraso por este motivo. d. El Contratista deberá presentar mínimo dos (2) alternativas de cimentación con sus respectivos análisis de costo beneficio para evaluación y aprobación por parte de la Interventoría. El estudio de suelos debe comprender: i. Análisis de resultados de los trabajos de campo y laboratorio. ii. Recomendaciones y conclusiones basadas en las investigaciones realizadas, que permitan el diseño estructural del establecimiento educativo, de tal forma que se garantice un comportamiento geotécnico adecuado en el tiempo, garantizando las mejores soluciones técnicas y económicas, protegiendo los predios y construcciones vecinas al proyecto, así como las estructuras y propiedades dentro de la zona a intervenir. iii. Las perforaciones mecánicas, en número y profundidad mínima exigida por la NSR – 10 que permitan conocer el límite de la interacción subsuelo-estructura. iv. Durante las perforaciones se deben identificar los materiales del perfil del subsuelo a través de un registro continuo de las características de las muestras encontradas, extraerse muestras alteradas o inalteradas de cada uno de los estratos detectados para los ensayos de laboratorio y ejecutarse ensayos directos, tales como penetración estándar (SPT) x xxxxxx según el caso y resistencia a la penetración inalterada (RPI) y remoldeada (RPR), para verificar la resistencia de los materiales in situ. Se debe estudiar en detalle la presencia y evolución del nivel freático y si se detectan suelos expansivos, especialmente, se evaluará el potencial de expansión libre y confinada. v. Las muestras seleccionadas deberán ser evaluadas mediante ensayos de comportamiento geomecánico de clasificación y resistencia, acordes con el objeto del estudio. vi. El trabajo de laboratorio deberá comprender como mínimo, los siguientes ensayos y cualquier otro que este incluido en la NSR – 10. • Prueba de identificación y clasificación: Humedad natural, límites xx Xxxxxxxxx y peso específico de sólidos, peso Unitario muestras de suelos (con o sin parafina). • Prueba de resistencia al corte. • Comprensión inconfinada.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • OTROS SEGUROS El Asegurado tiene la obligación de dar aviso por escrito a La Compañía, sobre todo Seguro que contrate o tenga contratado cubriendo los mismos bienes contra los mismos riesgos que se cubren en esta Póliza, indicando además el nombre de las Compañías Aseguradoras y las sumas aseguradas y La Compañía, hará la anotación correspondiente.