EJECUCION DE LAS GARANTIAS. TRANSENER podrá ejecutar las garantías de este CONTRATO, si se diera alguna de las siguientes circunstancias: Cuando el CONSTRUCTOR infrinja lo establecido en los puntos 3.6, 3.8, 3.10, 4 y 7 del presente Capítulo. Por incumplimientos en el CRONOGRAMA DE LA CONSTRUCCIÓN. Por incumplimientos, desobediencia, reticencia y ocultamiento reiterado de información por parte del CONSTRUCTOR en el cumplimiento de sus obligaciones, en relación con el ejercicio de las atribuciones del COMITENTE. Por incumplimiento, desobediencia, reticencia en el cumplimiento de las ORDENES DE SERVICIO. Por interrupción de la ejecución de la OBRA sin causa justificada o disminución del ritmo de la misma a criterio del COMITENTE, por un plazo de treinta (30) días corridos o en distintas ocasiones que sumen sesenta (60) días en total. Por abandono de la OBRA. Cuando la suma de las sanciones aplicadas al CONSTRUCTOR por todo concepto alcance el QUINCE POR CIENTO (15%) de la remuneración del PROVEEDOR. Por rescisión del CONTRATO.
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Samples: Contrato De Provisión Y Construcción, Contrato De Provisión Y Construcción
EJECUCION DE LAS GARANTIAS. TRANSENER podrá ejecutar las garantías de este CONTRATO, si se diera alguna de las siguientes circunstancias: Cuando el CONSTRUCTOR PROVEEDOR infrinja lo establecido en los puntos 2, 3.5, 3.6., 3.8, 3.10, y 4 y 7 del presente Capítulo. Por incumplimientos en el CRONOGRAMA DE LA CONSTRUCCIÓNPROVISIÓN. Por incumplimientos, desobediencia, reticencia y ocultamiento reiterado de información por parte del CONSTRUCTOR PROVEEDOR en el cumplimiento de sus obligaciones, en relación con el ejercicio de las atribuciones del COMITENTE. Por incumplimiento, desobediencia, reticencia en el cumplimiento de las ORDENES DE SERVICIO. Por incumplimiento, desobediencia, reticencia, a exclusivo juicio del COMITENTE, en el cumplimiento de la obligación establecida en el punto 1.2. del presente Capítulo. Por interrupción de la ejecución de la OBRA PROVISIÓN sin causa justificada o disminución del ritmo de la misma a criterio del COMITENTE, por un plazo de treinta (30) días corridos o en distintas ocasiones que sumen sesenta (60) días en total. Por abandono de Vicios en la OBRAPROVISIÓN. Cuando la suma de las sanciones multas aplicadas al CONSTRUCTOR PROVEEDOR por todo concepto alcance el QUINCE POR CIENTO (15%) de la remuneración del PROVEEDOR. Por rescisión del CONTRATO.
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Samples: Contrato De Provisión Y Construcción, Contrato De Provisión Y Construcción