Encargado del Tratamiento. El CLIENTE, según lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (en adelante, LOPD) y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, (en adelante, RDLOPD), es considerado Responsable de sus ficheros, lo cual conlleva la responsabilidad de su tratamiento adecuado a la LOPD. Cuando SILICONTOWER, para la prestación de los servicios contratados, deba actuar como Encargado del tratamiento, lo hará de conformidad con los Arts. 20 a 21 del RDLOPD en relación con el Art. 12 de la LOPD. No tendrá la consideración de comunicación ni cesión de datos, cuando así lo requiera el cliente en los términos previstos en el presente contrato, el acceso por parte del SILICONTOWER a los datos de carácter personal propiedad del CLIENTE, considerado Responsable del Tratamiento, cuando XXXXXXXXXXXX.XXX Contrato Back up remoto dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, resulte necesario para la prestación del Servicio. SILICONTOWER únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del CLIENTE, expresadas en el presente Contrato, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figura en el presente clausulado, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceros, y a guardar la máxima reserva y secreto sobre los datos a los que pueda tener acceso, y a no divulgar dicha información a terceros excepto cuando la comunicación a terceros (a) sea obligatoria en virtud de un procedimiento judicial o (b) sea legalmente exigible, siempre que medie la previa información al CLIENTE. SILICONTOWER se compromete a adoptar e implantar las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el Art. 9 de la LOPD, y en particular, las correspondientes al nivel de protección BÁSICO, siendo responsabilidad del CLIENTE informar a SILICONTOWER previamente a la contratación del servicio, de la necesidad de un nivel de protección diferente del preestablecido. SILICONTOWER aplicará las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Así mismo, el CLIENTE autoriza a SILICONTOWER para que, en caso de que deban realizarse mejoras técnicas o solventar alguna incidencia que pudiera influir en el correcto funcionamiento del servicio contratado y la consecución de los fines legítimos al presente contrato, técnicos o proveedores, pudieran conectarse o acceder a los sistemas de almacenamiento de las copias realizadas. Las obligaciones contenidas en esta cláusula subsistirán aún después de finalizar la relación contractual con el CLIENTE en todo aquello atribuible a SILCIONTOWER en relación al cumplimiento de la LOPD y su normativa de desarrollo, debiendo SILICONTOWER conservar aquellos datos que la normativa de aplicación prevea, como datos de tráfico o facturación, entre otros.
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Samples: Contrato De Backup Remoto
Encargado del Tratamiento. El CLIENTESe considera encargado las personas naturales o jurídicas con las cuales Planners Seguros Ltda contrate la totalidad o parte del tratamiento de datos, según en cabeza de quienes estar garantizar lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999el presente Xxxxxx, así como en las normas vigentes, en virtud de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (en adelante, LOPD) y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, (en adelante, RDLOPD), es considerado Responsable de sus ficheros, lo cual conlleva tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: • Guardar reserva sobre la responsabilidad de su tratamiento adecuado a información que les sea suministrada y utilizar la LOPD. Cuando SILICONTOWERinformación únicamente para los fines para los que le fue entregada, para la prestación de los servicios contratados, deba actuar como Encargado del tratamiento, lo hará de conformidad con los Arts. 20 a 21 del RDLOPD en relación con el Art. 12 de la LOPD. No tendrá la consideración de comunicación ni cesión de datos, cuando así lo requiera el cliente en los términos previstos de la ley. • Garantizar al titular, en el presente contratotodo tiempo, el acceso por parte pleno y efectivo ejercicio del SILICONTOWER a los datos derecho de carácter personal propiedad del CLIENTE, considerado Responsable del Tratamiento, cuando XXXXXXXXXXXX.XXX Contrato Back up remoto dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, resulte necesario para hábeas data. • Conservar la prestación del Servicio. SILICONTOWER únicamente tratará los datos conforme a información bajo las instrucciones del CLIENTE, expresadas en el presente Contrato, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figura en el presente clausulado, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceros, y a guardar la máxima reserva y secreto sobre los datos a los que pueda tener acceso, y a no divulgar dicha información a terceros excepto cuando la comunicación a terceros (a) sea obligatoria en virtud de un procedimiento judicial o (b) sea legalmente exigible, siempre que medie la previa información al CLIENTE. SILICONTOWER se compromete a adoptar e implantar las medidas técnicas y organizativas condiciones de seguridad a que se refiere el Art. 9 de la LOPD, y en particular, las correspondientes al nivel de protección BÁSICO, siendo responsabilidad del CLIENTE informar a SILICONTOWER previamente a la contratación del servicio, de la necesidad de un nivel de protección diferente del preestablecido. SILICONTOWER aplicará las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales, evitando impedir su alteraciónadulteración, pérdida, tratamiento consulta, uso o acceso no autorizadoautorizado o fraudulento. • Realizar oportunamente la actualización, habida cuenta rectificación o supresión de los datos. • Actualizar la información reportada por los Responsables del estado tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo. • Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los titulares en los términos señalados en la presente política. • Registrar en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” en la forma en que se establece en la presente política. • Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificado por parte de la tecnología, autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la naturaleza calidad del dato personal. • Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio. • Permitir el acceso a la información únicamente a las personas autorizadas por el titular o facultadas por la ley para dicho efecto. • Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los datos almacenados titulares. • Cumplir las instrucciones y los riesgos a requerimientos que están expuestos, ya provengan imparta la Superintendencia de la acción humana o del medio físico o natural. Así mismo, el CLIENTE autoriza a SILICONTOWER para que, en caso de que deban realizarse mejoras técnicas o solventar alguna incidencia que pudiera influir en el correcto funcionamiento del servicio contratado Industria y la consecución de los fines legítimos al presente contrato, técnicos o proveedores, pudieran conectarse o acceder a los sistemas de almacenamiento de las copias realizadas. Las obligaciones contenidas en esta cláusula subsistirán aún después de finalizar la relación contractual con el CLIENTE en todo aquello atribuible a SILCIONTOWER en relación al cumplimiento de la LOPD y su normativa de desarrollo, debiendo SILICONTOWER conservar aquellos datos que la normativa de aplicación prevea, como datos de tráfico o facturación, entre otrosComercio.
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Samples: Manual De Protección Y Tratamiento De Datos Personales
Encargado del Tratamiento. El CLIENTE, según lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (en adelante, LOPD) y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, (en adelante, RDLOPD), es considerado Responsable de sus ficheros, lo cual conlleva la responsabilidad de su tratamiento adecuado a la LOPD. Cuando SILICONTOWERCINT CONSULTING, para la prestación de los servicios contratados, deba actuar como Encargado del tratamiento, lo hará de conformidad con los Arts. 20 a 21 del RDLOPD en relación con el Art. 12 de la LOPD. No tendrá la consideración de comunicación ni cesión de datos, cuando así lo requiera el cliente en los términos previstos en el presente contrato, el acceso por parte del SILICONTOWER CINT CONSULTING a los datos de carácter personal propiedad del CLIENTE, considerado Responsable del Tratamiento, cuando XXXXXXXXXXXX.XXX Contrato Back up remoto dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, resulte necesario para la prestación del Servicio. SILICONTOWER CINT CONSULTING únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del CLIENTE, expresadas en el presente Contrato, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figura en el presente clausulado, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceros, y a guardar la máxima reserva y secreto sobre los datos a los que pueda tener acceso, y a no divulgar dicha información a terceros excepto cuando la comunicación a terceros (a) sea obligatoria en virtud de un procedimiento judicial o (b) sea legalmente exigible, siempre que medie la previa información al CLIENTE. SILICONTOWER CINT CONSULTING se compromete a adoptar e implantar las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el Art. 9 de la LOPD, y en particular, las correspondientes al nivel de protección BÁSICO, siendo responsabilidad del CLIENTE informar a SILICONTOWER CINT CONSULTING previamente a la contratación del servicio, de la necesidad de un nivel de protección diferente del preestablecido. SILICONTOWER CINT CONSULTING aplicará las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Así mismo, el CLIENTE autoriza a SILICONTOWER CINT CONSULTING para que, en caso de que deban realizarse mejoras técnicas o solventar alguna incidencia que pudiera influir en el correcto funcionamiento del servicio contratado y la consecución de los fines legítimos al presente contrato, técnicos o proveedores, pudieran conectarse o acceder a los sistemas de almacenamiento de las copias realizadas. Las obligaciones contenidas en esta cláusula subsistirán aún después de finalizar la relación contractual con el CLIENTE en todo aquello atribuible a SILCIONTOWER CINT CONSULTING en relación al cumplimiento de la LOPD y su normativa de desarrollo, debiendo SILICONTOWER CINT CONSULTING conservar aquellos datos que la normativa de aplicación prevea, como datos de tráfico o facturación, entre otros.
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Samples: Service Agreement
Encargado del Tratamiento. El CLIENTE, según lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999En cumplimiento del art. 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 27 xx xxxxx de diciembre2016, relativo a la protección de Protección las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de Datos datos personales y a la libre circulación de carácter personal estos datos (en adelante, LOPD) y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, (en adelante, RDLOPDRGPD), es considerado Responsable de sus ficheros, lo cual conlleva la responsabilidad de su las Partes acuerdan regular el acceso y tratamiento adecuado a la LOPD. Cuando SILICONTOWER, para la prestación de los servicios contratadosdatos contenidos en los tratamientos propiedad del Cliente, deba actuar como Responsable del tratamiento, por parte de Stackscale, como Encargado del tratamiento, lo hará de conformidad con los Arts. 20 a 21 del RDLOPD en relación con el Art. 12 virtud de la LOPDprestación de servicios formalizado entre las Partes. No tendrá la consideración xxx.xxxxxxxxxx.xxx | xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx Contrato general de comunicación ni cesión prestación de datosServicios | 11 Stackscale, cuando así se compromete, además de a cumplir con cuantas obligaciones se le imputen a lo requiera el cliente en los términos previstos en el largo del presente contrato, el acceso por parte a:
a) Utilizar los datos personales objetos del SILICONTOWER tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo y de acuerdo a las instrucciones del Responsable del tratamiento.
b) Implementar las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal incluidos en los Tratamientos propiedad del CLIENTE, considerado Responsable del Tratamiento, cuando XXXXXXXXXXXX.XXX Contrato Back up remoto dicho acceso, tratamiento y el correspondiente tratamiento, resulte necesario para la prestación del Servicio. SILICONTOWER únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del CLIENTE, expresadas en el presente Contrato, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figura en el presente clausulado, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceros, y a guardar la máxima reserva y secreto sobre los datos a los que pueda tener acceso, y a no divulgar dicha información a terceros excepto cuando la comunicación a terceros (a) sea obligatoria en virtud de un procedimiento judicial o (b) sea legalmente exigible, siempre que medie la previa información al CLIENTE. SILICONTOWER se compromete a adoptar e implantar las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el Art. 9 de la LOPD, y en particular, las correspondientes al nivel de protección BÁSICO, siendo responsabilidad del CLIENTE informar a SILICONTOWER previamente a la contratación del servicio, de la necesidad de un nivel de protección diferente del preestablecido. SILICONTOWER aplicará las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales, evitando eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o humana, del medio físico o natural. Así mismo, el CLIENTE autoriza a SILICONTOWER para que, en caso de que deban realizarse mejoras técnicas o solventar alguna incidencia que pudiera influir en el correcto funcionamiento del servicio contratado y la consecución .
c) Está obligado al secreto profesional respecto de los fines legítimos datos de carácter personal y al presente contratodeber de guardarlos, técnicos o proveedores, pudieran conectarse o acceder a los sistemas de almacenamiento de las copias realizadas. Las obligaciones contenidas en esta cláusula que subsistirán aún después de finalizar la relación contractual sus relaciones con el CLIENTE en todo aquello atribuible Responsable del tratamiento. Su personal únicamente accederá a SILCIONTOWER los datos a los que, por razón de sus funciones, sea necesario, y será conocedor de las medidas de seguridad adoptadas y de sus funciones y obligaciones en relación al cumplimiento tratamiento de los datos, advirtiendo del carácter confidencial de la LOPD información y de su normativa responsabilidad en caso de desarrollodivulgarla.
d) Comunicar, debiendo SILICONTOWER conservar aquellos sin dilación indebida, antes del plazo máximo de setenta y dos horas, al Responsable del tratamiento, cualquier vulneración o quiebra de seguridad que pudiera detectar en el tratamiento de los datos encargados, así como la información acerca de la adopción de las medidas de seguridad correctivas necesarias para el control de las posibles contingencias producidas. En caso de que no fuera posible facilitar la normativa información simultáneamente, la información se facilitará de aplicación preveamanera gradual sin dilación indebida.
e) Llevar por escrito, como un registro de las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable.
f) No comunicar, divulgar o transferir los datos personales en su custodia a terceros, ni siquiera para su conservación, salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.
g) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos de tráfico o facturación, entre otroscarácter personal de las personas autorizadas para tratar datos personales.
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Samples: General Services Agreement
Encargado del Tratamiento. El CLIENTEIBEETEL y el Cliente, según lo previsto a los efectos de dar cumplimiento de la obligación recogida en el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ("LOPD"), declaran y manifiestan que el régimen y la naturaleza del tratamiento de los datos de carácter personal (en adelanteque pueda incorporar la información almacenada es un acceso a los datos por cuenta de terceros, LOPD) y en su Reglamento considerándose IBEETEL como Encargado de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, (en adelante, RDLOPD), es considerado Responsable de sus ficheros, lo cual conlleva la responsabilidad de su tratamiento adecuado a la LOPD. Cuando SILICONTOWER, para la prestación Tratamiento de los servicios contratadosdatos de los que es Responsable el Cliente. IBEETEL, deba actuar o la empresa que contrate al efecto, como Encargado del de tratamiento, lo hará tratará los datos de carácter personal incorporados en el fichero exclusivamente por cuenta del Cliente, de conformidad con los Arts. 20 a 21 del RDLOPD en relación con el Art. 12 términos y condiciones que se desprenden de la LOPDpropia prestación del Servicio contratado. Así pues, IBEETEL se compromete a:
(a) Llevar a cabo los procedimientos técnicos imprescindibles que sean consecuencia del desarrollo del Servicio contratado.
(b) No tendrá la consideración aplicar, ni utilizar, ni revelar los datos de comunicación carácter personal con fines distintos a los que se derivan del Contrato.
(c) No comunicar ni cesión de datos, cuando así lo requiera el cliente en los términos previstos en el presente contrato, permitir el acceso por parte del SILICONTOWER a los datos de carácter personal propiedad a ningún tercero, a excepción de aquellos empleados que no puedan cumplir sus obligaciones sin tener acceso a los mismos. Dichas personas deberán obligarse a mantener el carácter confidencial.
(d) Destruir o eliminar los datos de carácter personal almacenados o cualesquiera soportes o documentos en que éstos se incorporen a la finalización del CLIENTE, considerado Responsable del Tratamiento, cuando XXXXXXXXXXXX.XXX Contrato Back up remoto dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, resulte necesario para o por requerimiento expreso y por escrito del Cliente. IBEETEL garantiza que dicha destrucción o eliminación de los Datos de Carácter Personal se llevará a cabo en un plazo no superior a seis meses. Las obligaciones derivadas de la prestación del Servicio. SILICONTOWER únicamente tratará presente cláusula se extinguirán en el momento en que los datos conforme a las instrucciones de carácter personal hayan sido completamente borrados o eliminados del CLIENTEequipo de almacenamiento de datos o de algún modo, expresadas destruidos o convertidos en el presente Contrato, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figura en el presente clausulado, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceros, y a guardar la máxima reserva y secreto sobre los datos a los que pueda tener acceso, y a no divulgar dicha información a terceros excepto cuando la comunicación a terceros (a) sea obligatoria en virtud de un procedimiento judicial o (b) sea legalmente exigible, siempre que medie la previa información al CLIENTEinaccesibles. SILICONTOWER se compromete a adoptar e implantar las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el Art. 9 de la LOPD, y en particular, las correspondientes al nivel de protección BÁSICO, siendo responsabilidad del CLIENTE informar a SILICONTOWER previamente a la contratación del servicio, de la necesidad de un nivel de protección diferente del preestablecido. SILICONTOWER aplicará las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad Cualquier tratamiento de los datos personales, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza carácter personal al margen de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestosexpresamente se deriven del cumplimiento del Contrato, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Así mismo, el CLIENTE autoriza a SILICONTOWER para que, en caso de que deban realizarse mejoras técnicas o solventar alguna incidencia que pudiera influir en el correcto funcionamiento del servicio contratado y la consecución de los fines legítimos al presente contrato, técnicos o proveedores, pudieran conectarse o acceder a los sistemas de almacenamiento de las copias realizadas. Las obligaciones contenidas en esta cláusula subsistirán aún después de finalizar la relación contractual con el CLIENTE en todo aquello atribuible a SILCIONTOWER en relación al cumplimiento de la LOPD y su normativa de desarrollo, debiendo SILICONTOWER conservar aquellos datos que la normativa de aplicación prevea, como datos de tráfico o facturación, entre otrosqueda expresamente excluido.
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