Prácticas Prohibidas 1.1. El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las Partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, México, y renuncian de manera irrevocable a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. NINTH. Applicable Law and Jurisdiction. For the interpretation, performance and enforcement of this Agreement, the Parties hereby irrevocably submit to the jurisdiction of the competent courts of Mexico City, Mexico, and hereby irrevocably waive any other jurisdiction that may apply to them for reason of their present or future domicile or for any other reason.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación: CRITERIOS DIRECTOS Valoración económica Se valorará hasta 60 puntos según la siguiente fórmula: (60 puntos) 60*B P= Bmax Donde: - P. Puntuación - B: Baja de oferta a valorar en % - Bmax: Baja Máxima no incursa en temeridad, en %. Valoración mejoras Mejoras de mantenimiento de la plantación, accesos a la finca así como construcción o mejora de pasos de agua. La asignación de la puntuación se hará en función del % en importe de las mismas con respecto al importe base de licitación. Únicamente se valorarán las mejoras que se justifiquen correctamente y que realmente supongan una ventaja añadida a las plantaciones o terrenos. Se valorará en 10 puntos según la siguiente fórmula: 10*M P= 5,5 Donde: - P: Puntuación-M: % importe mejoras respecto base imponible de la oferta de licitación (10 puntos) Ver punto II sobre Nº3. CRITERIOS EVALUABLES Valoración técnica (30 puntos) Planificación: (máximo 10 puntos). Descripción: diagrama de trabajos correcto en fases y épocas (5), Base de rendimientos de las operaciones justificado (5), Organización y conocimiento: (máximo 20 puntos). Cálculo de distribución de medios materiales y personales (5) Planteamiento general de la obra y particular de cada localización (10) Optimización de plazos en la ejecución (5) A las ofertas que obtengan después de la suma de ambas criterios una valoración igual o menor a la mitad de la puntuación máxima, se les asignará el valor de 0 puntos. Cálculo de la oferta económica global: las ofertas cuya baja supere en más de 5 puntos porcentuales la baja media, se considerarán incursas en presunción de temeridad. A las empresas incursas en presunción de temeridad se les requerirá la justificación de su oferta en los términos previstos en la Ley y el Reglamento de Contratos del Sector Público. A las ofertas en las que finalmente el Órgano de Contratación aprecie temeridad no se les asignará puntuación en el criterio “Oferta Económica Global”. Empresas del mismo grupo: a efectos del cálculo de la baja media relativa a la presunción de temeridad, sólo se tendrá en cuenta la oferta más barata de las realizadas por empresas de un mismo grupo, estén o no en Unión Temporal de Empresas.
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN El presente contrato se perfecciona con las firmas de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. y la suscripción del acta de inicio respectiva. En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos (02) ejemplares del mismo tenor y valor a los veinticinco (25) días del mes de enero del año Dos Mil Veintidós (2022). Gerente C. C. No. 31.415.977 de Cartago Sanatorio Contratación E.S.E. R/L. DESCONT S.A E.S.P Elaboró: Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales
Responsabilidad Civil El CONSULTOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.
JURISDICCIÓN COMPETENTE El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes. No obstante, se considerarán actos jurídicos separables los que se dicten con relación a la preparación y adjudicación del contrato y, en consecuencia, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de acuerdo con la normativa reguladora de dicha jurisdicción. En Valencia, a 19 xx xxxxx de 2010 EL JEFE DEL SERVICIO LA SECRETARIA DELEGADA JURÍDICO Y DE RRHH de la F.D.M. Fdo.- Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxx.- Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx. D../Xx. ...................................................................................., en su propio nombre ( o por mandato o autorización para formular propuesta de contrato)o en la representación de .........................................), con domicilio en ............................................, y Documento Nacional de Identidad número , enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas que rigen para la adjudicación del Contrato de Seguro Colectivo de Vida/Incapacidad e Invalidez del personal del Organismo Autónomo Fundación Deportiva Municipal, los acepta en su integridad y se compromete a prestar las coberturas solicitadas al colectivo a que se refiere el Pliego, con estricta sujeción a las condiciones que respectivamente los definen, por un importe o prima total, incluido todo tipo de gastos e impuestos de €/año, en los términos y condiciones xxx Xxxxxx de Condiciones Jurídico y Económico Administrativas, y su Anexo de Prescripciones Técnicas; documentación administrativa todas ella que declaro conocer y aceptar en su integridad, manteniendo la presente oferta hasta la adjudicación definitiva del contrato que es objeto de licitación. (Fecha y firma del licitador). El abajo firmante, D/Dña. en nombre y representación ( o por mandato o autorización para formular propuesta de contrato) de la Cia. Aseguradora hago constar bajo mi responsabilidad, y al objeto de participar en el Procedimiento Negociado sin Publicidad para la adjudicación del Contrato de Seguro Colectivo de Vida/Incapacidad e Invalidez del personal del Organismo Autónomo Fundación Deportiva Municipal, que son ciertos los datos relacionados a continuación, bajo declaración jurada (o responsable) como a continuación se relacionan: Que, siendo mayor de edad, ostento nacionalidad siendo mi D.N.I. ( o tarjeta de residente) nº , letra __. Que ni yo, ni ninguno de los miembros de la mercantil a la que represento está incurso en los supuestos legales de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para contratar con la administración pública, de los previstos en la legislación vigente. Que la mercantil que represento ( en su caso) se encuentra formalmente constituida mediante escritura pública nº de fecha otorgada en ante el Notario D. ; e inscrita en el R.M. con CIF nº , teniendo su domicilio social en , calle, nº , C.P. . Que la citada mercantil se encuentra al corriente en el pago de pagos Tributarios a la Hacienda Pública y cuotas a la Seguridad Social y dada de alta y al corriente en el pago del I.A.E. Que me comprometo a aportar en el plazo de los quince días naturales siguientes a la adjudicación la documentación original que me fuere requerida por el Organismo Autónomo del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, Fundación Deportiva Municipal EL JEFE DEL SERVICIO LA SECRETARAI DELEGADA JURÍDICO Y DE RRHH
Arbitraje A menos que las disputas, controversias o reclamos que surgieran entre las Partes con relación a este Contrato, o con el incumplimiento, rescisión o invalidez del mismo, se resolvieran amigablemente de acuerdo con lo estipulado en el párrafo precedente a este Artículo dentro de los sesenta (60) días a partir de la recepción por una de las Partes de la solicitud de la otra Parte de resolución amigable, dicha disputa, controversia o reclamo podrá ser presentada por cualquiera de las Partes para la iniciación de un proceso de arbitraje según el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI vigente en ese momento, incluidas sus disposiciones sobre las leyes aplicables. Las decisiones del tribunal arbitral estarán basadas en principios generales de Derecho Comercial Internacional. Para todo interrogatorio en busca de evidencia, el tribunal arbitral deberá guiarse por el Reglamento Suplementario que Gobierna la Presentación y Recepción de la Evidencia en Arbitraje Comercial Internacional de la Asociación Internacional de Abogados, edición 28 xx Xxxx de 1983. El tribunal arbitral tendrá el derecho de ordenar la devolución o destrucción de los bienes o de cualquier propiedad, ya sea tangible o intangible, o de cualquier información confidencial brindada en virtud del presente Contrato, u ordenar la rescisión del Contrato, u ordenar que se tome cualquier otra medida preventiva con respecto a los bienes, servicios o cualquier otra propiedad, ya sea tangible o intangible, o de cualquier información confidencial brindada en virtud del presente Contrato, en forma adecuada, y de conformidad con la autoridad del tribunal arbitral según lo dispuesto en el Artículo 26 (“Medidas Provisionales de Protección”) y el Artículo 32 (“Forma y Efecto de la Adjudicación”) del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI. El tribunal arbitral no tendrá autoridad para determinar sanciones punitivas. Asimismo, a menos que se exprese de otro modo en el Contrato, el tribunal arbitral no tendrá autoridad alguna para adjudicar intereses que excedan la tasa LIBOR vigente al momento, y cualquier interés deberá ser interés simple únicamente. Las Partes estarán obligadas por el fallo arbitral resultante del citado proceso de arbitraje a modo de resolución final para toda controversia, reclamo o disputa.
Condiciones de adjudicación Criterios de Adjudicación Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas Analíticas Periódicas a determinados artículos Subtipo Criterio : Otros Ponderación : 20 Precio Subtipo Criterio : Precio Ponderación : 80 Adjudicatario NIF B24449977 El adjudicatario es una PYME : Sí
Derechos sindicales Los derechos de representación colectiva, sindical y de reunión de los trabajadores en la Empresa se regirán por lo establecido en el título segundo del Estatuto de los Trabajadores y restantes normas vigentes en la materia. Para facilitar la actividad sindical a nivel de Empresa, Provincia, Región, Autonomía o Estado, se podrá promover por las Organizaciones Sindicales la acumulación de horas sindicales en delegados o miembros del Comité de Empresa, por cesión del crédito suficiente de horas, de miembros o delegados, pertenecientes al mismo sindicato en una o varias Empresas. El crédito de horas disponibles cada mes será intransferible. Cada Central Sindical afectada por el presente Convenio colectivo podrá negociar con las Asociaciones empresariales, firmantes del mismo, en el ámbito que proceda, la acumulación de horas sindicales correspondientes al nivel académico en que se produzca la acumulación de horas sindicales. Cada período de acumulación de horas sindicales no excederá de tres meses. A requerimiento de los trabajadores afiliados a las Centrales Sindicales, los Centros podrán descontar en la nómina mensual de los trabajadores el importe de la cuota sindical correspondiente. El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a la dirección del Centro un escrito en el que expresará: Su voluntad de que se efectúe el descuento, cuenta corriente y entidad a las que debe ser transferida la correspondiente cantidad. Los Centros realizarán las anteriores gestiones, hasta que por nuevo escrito les sea manifestado lo contrario. Se establece el derecho al permiso retribuido de los trabajadores, designados por una organización sindical negociadora del presente convenio, para participar en las reuniones oficiales de su Mesa negociadora, así como de su Comisión Paritaria, siempre que dichas reuniones tengan carácter estatutario y correspondan a los ámbitos negociadores del este convenio. Será aceptada la presencia de trabajadores, junto con sus representantes sindicales, de forma proporcional a la representatividad sindical en la Mesa, con un máximo de dos trabajadores por organización.
Tratamiento de datos personales De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente póliza. La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés. El Asegurado reconoce y acepta que La Positiva podrá encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales. Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte La Positiva. Conforme x xxx, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.