Entrega de la garantía. La garantía de cumplimiento del contrato deberá entregarla el proveedor, en la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Del. Xxxxxx Xxxxxxx C.P. 01020, Ciudad de México, debiendo entregar dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la firma del contrato, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 48 de la LAASSP y conforme al Anexo 6 de la presente convocatoria, formato “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento de Contrato”. Para cubrir el pago de los bienes, la póliza de garantía deberá estar revisada y validada por el área jurídica de NAFIN Una vez que se cumpla con la totalidad de las obligaciones a cargo del proveedor a entera satisfacción de NAFIN, ésta extenderá y entregará la autorización expresa junto con el original de la póliza de fianza para que el proveedor acuda ante la institución afianzadora a tramitar la cancelación. Previo al vencimiento de las fechas del plazo de cumplimiento estipulado en el punto 3.2.1 del Anexo 1 de esta convocatoria, a solicitud expresa del proveedor y por caso fortuito o fuerza mayor que a juicio de NAFIN esté debidamente justificado o por causas atribuibles a NAFIN ésta podrá autorizar por escrito el diferimiento sin necesidad de modificar el contrato, si el diferimiento modifica la vigencia del contrato será necesario elaborar un convenio modificatorio. En ambos casos no aplicarán penas por atraso. En caso de que el proveedor no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor de la penalización establecida en el punto 3.9.10 de esta convocatoria.
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Samples: Contratación De Arrendamiento De Equipos De Telecomunicaciones
Entrega de la garantía. La garantía Las garantías de cumplimiento del contrato de los contratos deberá entregarla entregarlas el proveedorlicitante adjudicado, vía electrónica o en la Subdirección de AdquisicionesAdquisiciones de NAFIN, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Del. Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx C.P. X.X. 01020, Ciudad de México y en la Subdirección de Soporte y Asistencia Legal de BANCOMEXT, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx 0000, 0° Xxxx, Xxx Xxxxxxxx, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, ; debiendo entregar a cada una de LAS INSTITUCIONES dentro de los 20 10 (veintediez) días naturales siguientes a la firma del contratocontrato respectivo, de acuerdo a lo previsto en el Artículo artículo 48 de la LAASSP y conforme al Anexo 6 de la presente convocatoria, formato “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento de Contrato”. Para cubrir el pago de los bienesservicios, la póliza de garantía deberá estar revisada y validada autorizada por el área jurídica de NAFIN Una vez LAS INSTITUCIONES. LAS INSTITUCIONES otorgarán la aceptación de la entrega de los servicios en el momento en que se cumpla con la totalidad de las obligaciones a cargo del proveedor a su entera satisfacción de NAFINsatisfacción; por lo anterior, ésta se extenderá y entregará la autorización expresa de cada una de las instituciones, emitida por la Titular de la Dirección de Adquisiciones y Servicios o por quien este designe, junto con el original de la póliza de fianza para que el proveedor acuda ante la institución afianzadora a tramitar la su cancelación. Previo al vencimiento de las fechas del plazo de cumplimiento estipulado en el punto 3.2.1 del Anexo 1 3.9.3. de esta convocatoria, a solicitud expresa del proveedor y por caso fortuito o fuerza mayor mayor, que a juicio de NAFIN LAS INSTITUCIONES esté debidamente justificado o por causas atribuibles a NAFIN LAS INSTITUCIONES ésta podrá autorizar por escrito el diferimiento sin necesidad de modificar el contrato, los contratos; si el diferimiento modifica la vigencia del contrato de los contratos, será necesario elaborar un convenio modificatorio. En ambos casos no aplicarán penas por atraso. En caso de que el proveedor no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor de la penalización establecida en el punto 3.9.10 de esta convocatoria.
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Samples: Telecommunications
Entrega de la garantía. La garantía Las garantías de cumplimiento del contrato de los contratos deberá entregarla entregarlas el proveedorlicitante ganador, vía electrónica o en la Subdirección de AdquisicionesAdquisiciones de NAFIN, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Del. Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx C.P. X.X. 01020, Ciudad de México y en la Subdirección Adquisiciones de BANCOMEXT, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, ; debiendo entregar a cada una de LAS INSTITUCIONES dentro de los 20 10 (veintediez) días naturales siguientes a la firma del contratocontrato respectivo, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 48 de la LAASSP y conforme al Anexo 6 de la presente convocatoria, formato “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento de Contrato”. Para cubrir el pago de los bienesservicios, la póliza de garantía deberá estar revisada y validada autorizada por el área jurídica de NAFIN Una vez LAS INSTITUCIONES. LAS INSTITUCIONES otorgarán la aceptación de la entrega de los servicios en el momento en que se cumpla con la totalidad de las obligaciones a cargo del proveedor a su entera satisfacción de NAFINsatisfacción; por lo anterior, ésta se extenderá y entregará la autorización expresa de cada una de las instituciones, emitida por la Titular de la Dirección de Adquisiciones y Servicios o por quien este designe, junto con el original de la póliza de fianza para que el proveedor acuda ante la institución afianzadora a tramitar la su cancelación. Previo al vencimiento de las fechas del plazo de cumplimiento estipulado en el punto 3.2.1 del Anexo 1 3.9.3. de esta convocatoria, a solicitud expresa del proveedor y por caso fortuito o fuerza mayor mayor, que a juicio de NAFIN LAS INSTITUCIONES esté debidamente justificado o por causas atribuibles a NAFIN LAS INSTITUCIONES ésta podrá autorizar por escrito el diferimiento sin necesidad de modificar el contrato, los contratos; si el diferimiento modifica la vigencia del contrato de los contratos, será necesario elaborar un convenio modificatorio. En ambos casos no aplicarán penas por atraso. En caso de que el proveedor no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor de la penalización establecida en el punto 3.9.10 de esta convocatoria.
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Entrega de la garantía. La garantía de cumplimiento del contrato deberá entregarla el proveedor, en la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Del. Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx C.P. X.X. 01020, Ciudad de México, debiendo entregar dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la firma del contrato, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 48 de la LAASSP y conforme al Anexo 6 de la presente convocatoria, formato “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento de Contrato”. Para cubrir el pago de los bienesservicios, la póliza de garantía deberá estar revisada y validada por el área jurídica de NAFIN Una vez NAFIN otorgará la aceptación de la entrega de los servicios en el momento en que se cumpla con la totalidad de las obligaciones a cargo del proveedor a su entera satisfacción de NAFINsatisfacción; por lo anterior, ésta se extenderá y entregará la autorización expresa de NAFIN junto con el original de la póliza de fianza para que el proveedor acuda ante la institución afianzadora a tramitar la su cancelación. Previo al vencimiento de las fechas del plazo de cumplimiento estipulado en el punto 3.2.1 del Anexo 1 anexo técnico de esta convocatoria, a solicitud expresa del proveedor y por caso fortuito o fuerza mayor mayor, que a juicio de NAFIN esté debidamente justificado justificado, o por causas atribuibles a NAFIN ésta podrá autorizar por escrito el diferimiento sin necesidad de modificar el contrato, si el diferimiento modifica la vigencia del contrato será necesario elaborar un convenio modificatorio. En ambos casos no aplicarán penas por atraso. En caso de que el proveedor no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor de la penalización establecida en el punto 3.9.10 de esta convocatoria.
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