Common use of ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS Clause in Contracts

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Los criterios mínimos de calidad para el diseño y construcción de obras civiles, instalaciones eléctricas, instalaciones electromecánicas, hidromecánicas, instalaciones hidráulicas, instalaciones sanitarias y edificaciones correspondientes al Proyecto, así como su Operación y Mantenimiento; se deberán circunscribir, en lo que sea pertinente a las Leyes y Disposiciones Aplicables, y de ser el caso, a las normas internacionales aplicables para tal efecto. Los reglamentos y normas nacionales que obligatoriamente deberá cumplir el CONCESIONARIO, son los siguientes: Ley N° 29338, Ley General de Recursos Hídricos y su Reglamento. Ley N° 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento y el TUO de su reglamento. Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos y su reglamento. Xxx X° 00000, Xxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx. Ley N° 26786, Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para obras y actividades. Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y normas modificatorias y complementarias que sean aplicables. Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Ley N° 28245, Xxx Xxxxx del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento. Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA y modificatorias Reglamento Nacional de Edificaciones. Especialmente las referidas a Obras Sanitarias: De la OS.010 a la OS.100. Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM, aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Decreto Supremo N° 023-2009-MINAM, aprueban disposiciones para la implementación de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Reglamentos, Directivas y disposiciones emitidas por la Autoridad Nacional del Agua en materia de uso de aguas superficiales, vertimiento y reuso de aguas residuales tratadas. Código Nacional de Electricidad. Otras normas legales vigentes en el Perú y aplicables al Proyecto. Otras normas legales, modificatorias o complementarias vigentes en el Perú y aplicables al Proyecto. Normas Técnicas Internacionales, de aplicación supletoria. Los reglamentos y directivas de SEDAPAL que obligatoriamente deberá cumplir el CONCESIONARIO, son los siguientes: Reglamento de elaboración de proyectos de agua potable y alcantarillado para habilitaciones urbanas de Lima Metropolitana y Callao, aprobado con Resolución de Gerencia General N° 501-2010-GG del 21.06.10 Especificaciones Técnicas para la ejecución de obras de agua potable y alcantarillado, aprobado con Resolución de Gerencia General N° 252-M99-GG del 13.10.99 GPODA004: Código de Normas Técnicas, Versión 05 del 28.06.2012 GPODA022: Consideraciones Técnicas para el Diseño del Sistema Primario de Agua Potable, Versión 00 del 25.06.2012 GPOET006: Sistema de Automatización de las Estaciones Remotas Locales y su Integración con el Sistema SCADA del Centro Principal Control de SEDAPAL, Versión 02 del 11.08.2011 GDI-ET002: Instalación, Reparación, Rehabilitación, Reposición y/o Cambio de Líneas de Agua Potable y Alcantarillado (Para Obras y Mantenimiento) El CONCESIONARIO, de manera referencial y frente a un vacío en la legislación nacional o desactualización de las Normas Técnicas Nacionales, podrá tomar en cuenta las siguientes normas internacionales, siempre y cuando éstas garanticen una exigencia igual o superior: Abwassertechnische Vereinigung -ATV American Water Works Association- AWWA American National Standards Institute – ANSI American Iron and Steel Institute - AISI American Society of Civil Engineers – ASME American Society of Mechanical Engineers – ASME American Society of Testing and Materials - ASCE American Institute of Steel Construction – AISC American Welding Society – AWS American Concrete Institute – ACI Xxxxxxx Industrie Normen – DIN Hydraulic Institute Standard -HIS Institute For Electrical And Mechanical Engineers – IEEE International Electro-technical Commision - IEC National Electrical Manufacturers Association – NEMA Standard Methods For Examination Of Water And Wastewater –SMEWW Waterways Experimental Station – XXX Water Environment Federation – WEF Las normas, reglamentos y disposiciones antes referidas no son de carácter limitativo.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Los criterios mínimos de calidad para el diseño y construcción de obras civiles, instalaciones eléctricas, instalaciones electromecánicas, hidromecánicas, instalaciones hidráulicas, instalaciones sanitarias y edificaciones correspondientes al Proyecto, así como su Operación y Mantenimiento; se deberán circunscribir, en lo que sea pertinente a las Leyes y Disposiciones Aplicables, y de ser el caso, a las normas internacionales aplicables para tal efecto. Los reglamentos y normas nacionales nacionales, incluyendo sus normas modificatorias, que obligatoriamente deberá cumplir el CONCESIONARIO, son los siguientes: Ley N° 29338, Ley General de Recursos Hídricos y su Reglamento. Ley N° 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento y el TUO de su reglamento. Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos y su reglamento. Xxx X° 00000, Xxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx. Ley N° 26786, Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para obras y actividades. Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y normas modificatorias y complementarias que sean aplicables. Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Ley N° 28245, Xxx Xxxxx del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento. Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA y modificatorias Reglamento Nacional de Edificaciones. Especialmente las referidas a Obras Sanitarias: De la OS.010 a la OS.100. Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM, aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Decreto Supremo N° 023-2009-MINAM, aprueban disposiciones para la implementación de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Reglamentos, Directivas y disposiciones emitidas por la Autoridad Nacional del Agua en materia de uso de aguas superficiales, vertimiento y reuso de aguas residuales tratadas. Decreto Supremo N°003-2014-MC, aprueban Reglamento de Intervenciones Arqueológicas. Ordenanza N° 059-1994-MML de la Municipalidad de Lima Metropolitana de fecha 11.04.1994, reglamentan la interferencia de vías públicas que impliquen la alteración del tránsito de vehículos en la provincia Lima. Ordenanza Nº 341-2001-MML de la Municipalidad de Lima Metropolitana de fecha 09.11.2001, aprueban el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima. Código Nacional de Electricidad. Otras normas legales vigentes en el Perú y aplicables al Proyecto. Otras normas legales, modificatorias o complementarias vigentes en el Perú y aplicables al Proyecto. Normas Técnicas Internacionales, de aplicación supletoria. Los reglamentos y directivas de SEDAPAL que obligatoriamente deberá cumplir el CONCESIONARIO, son los siguientes: Reglamento de elaboración de proyectos de agua potable y alcantarillado para habilitaciones urbanas de Lima Metropolitana y Callao, aprobado con Resolución de Gerencia General N° 501-2010-GG del 21.06.10 Especificaciones Técnicas para la ejecución de obras de agua potable y alcantarillado, aprobado con Resolución de Gerencia General N° 252-M99-GG del 13.10.99 GPODA004: Código de Normas Técnicas, Versión 05 del 28.06.2012 GPODA022: Consideraciones Técnicas para el Diseño del Sistema Primario de Agua Potable, Versión 00 01 del 25.06.2012 26.06.2015 GPOET006: Sistema de Automatización de las Estaciones Remotas Locales y su Integración con el Sistema SCADA del Centro Principal Control de SEDAPAL, Versión 02 03 del 11.08.2011 30.12.2014 GDI-ET002: Instalación, Reparación, Rehabilitación, Reposición y/o Cambio de Líneas de Agua Potable y Alcantarillado (Para Obras y Mantenimiento) CTPS-ET004: Criterios de Aceptación de Materiales Nacionales e Importados para Ejecución de Obras de Saneamiento, Rehabilitación y Mantenimiento de Redes y Conexiones Domiciliarias El CONCESIONARIO, de manera referencial y frente a un vacío en la legislación nacional o desactualización de las Normas Técnicas Nacionales, podrá tomar en cuenta las siguientes normas internacionales, siempre y cuando éstas garanticen una exigencia igual o superior: Abwassertechnische Vereinigung -ATV American Water Works Association- AWWA American National Standards Institute – ANSI American Iron and Steel Institute - AISI American Society of Civil Engineers – ASME American Society of Mechanical Engineers – ASME American Society of Testing and Materials - ASCE American Institute of Steel Construction – AISC American Welding Society – AWS American Concrete Institute – ACI Xxxxxxx Industrie Normen – DIN Hydraulic Institute Standard -HIS Institute For Electrical And Mechanical Engineers – IEEE International Committee on Large Dams (ICOLD). International Electro-technical Commision - IEC National Electrical Manufacturers Association – NEMA Standard Methods For Examination Of Water And Wastewater –SMEWW Waterways Experimental Station – XXX Water Environment Federation – WEF Las normas, reglamentos y disposiciones antes referidas no son de carácter limitativo.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS. Los criterios mínimos de calidad para el diseño y construcción de obras civiles, instalaciones eléctricas, instalaciones electromecánicas, hidromecánicas, instalaciones hidráulicas, instalaciones sanitarias y edificaciones correspondientes al Proyecto, así como su Operación y Mantenimiento; se deberán circunscribir, en lo que sea pertinente a las Leyes y Disposiciones Aplicables, y de ser el caso, a las normas internacionales aplicables para tal efecto. Los reglamentos y normas nacionales que obligatoriamente deberá cumplir el CONCESIONARIO, son los siguientes: Ley N° 29338, Ley General de Recursos Hídricos y su Reglamento. Ley N° 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento y el TUO de su reglamento. Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos y su reglamento. Xxx X° 00000, Xxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx. Ley N° 26786, Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para obras y actividades. Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y normas modificatorias y complementarias que sean aplicables. Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Ley N° 28245, Xxx Xxxxx del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento. Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA y modificatorias Reglamento Nacional de Edificaciones. Especialmente las referidas a Obras Sanitarias: De la OS.010 a la OS.100. Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM, aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Decreto Supremo N° 023-2009-MINAM, aprueban disposiciones para la implementación de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Reglamentos, Directivas y disposiciones emitidas por la Autoridad Nacional del Agua en materia de uso de aguas superficiales, vertimiento y reuso de aguas residuales tratadas. Decreto Supremo N°003-2014-MC, aprueban Reglamento de Intervenciones Arqueológicas. Código Nacional de Electricidad. Otras normas legales vigentes en el Perú y aplicables al Proyecto. Otras normas legales, modificatorias o complementarias vigentes en el Perú y aplicables al Proyecto. Normas Técnicas Internacionales, de aplicación supletoria. Los reglamentos y directivas de SEDAPAL que obligatoriamente deberá cumplir el CONCESIONARIO, son los siguientes: Reglamento de elaboración de proyectos de agua potable y alcantarillado para habilitaciones urbanas de Lima Metropolitana y Callao, aprobado con Resolución de Gerencia General N° 501-2010-GG del 21.06.10 Especificaciones Técnicas para la ejecución de obras de agua potable y alcantarillado, aprobado con Resolución de Gerencia General N° 252-M99-GG del 13.10.99 GPODA004: Código de Normas Técnicas, Versión 05 del 28.06.2012 GPODA022: Consideraciones Técnicas para el Diseño del Sistema Primario de Agua Potable, Versión 00 del 25.06.2012 GPOET006: Sistema de Automatización de las Estaciones Remotas Locales y su Integración con el Sistema SCADA del Centro Principal Control de SEDAPAL, Versión 02 del 11.08.2011 GDI-ET002: Instalación, Reparación, Rehabilitación, Reposición y/o Cambio de Líneas de Agua Potable y Alcantarillado (Para Obras y Mantenimiento) El CONCESIONARIO, de manera referencial y frente a un vacío en la legislación nacional o desactualización de las Normas Técnicas Nacionales, podrá tomar en cuenta las siguientes normas internacionales, siempre y cuando éstas garanticen una exigencia igual o superior: Abwassertechnische Vereinigung -ATV American Water Works Association- AWWA American National Standards Institute – ANSI American Iron and Steel Institute - AISI American Society of Civil Engineers – ASME American Society of Mechanical Engineers – ASME American Society of Testing and Materials - ASCE American Institute of Steel Construction – AISC American Welding Society – AWS American Concrete Institute – ACI Xxxxxxx Industrie Normen – DIN Hydraulic Institute Standard -HIS Institute For Electrical And Mechanical Engineers – IEEE International Committee on Large Dams (ICOLD). International Electro-technical Commision - IEC National Electrical Manufacturers Association – NEMA Standard Methods For Examination Of Water And Wastewater –SMEWW Waterways Experimental Station – XXX Water Environment Federation – WEF Las normas, reglamentos y disposiciones antes referidas no son de carácter limitativo.

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