Common use of Extinción del contrato de trabajo Clause in Contracts

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, son las establecidas en la legislación vigente, o por acuerdo entre trabajadores de un establecimiento o empresa y su Dirección. En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal Superior, Técnico y Administrativo: Un mes natural. - Resto de personal: quince días. El incumplimiento por parte del trabajador de dicha obligación de preavisar con la suficiente antelación dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en partes proporcionales. Al contrario, de cumplimentar el trabajador el preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo de la misma por parte del trabajador, éste tendrá derecho a que se le aplique al importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador de dicha decisión, al menos con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le corresponda. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx.

Appears in 2 contracts

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, www.borm.es

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, efectos tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, trabajo son las establecidas en la legislación vigente, o por acuerdo entre trabajadores trabajadores/as de un establecimiento o empresa y su Dirección. En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador trabajado/a, se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma misma, por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal Superior, Técnico y Administrativo: Un mes natural. - Resto de personal: quince Quince días. El incumplimiento por parte del trabajador trabajador/a de dicha obligación de preavisar con la suficiente antelación dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en partes proporcionales. Al contrario, de De cumplimentar el trabajador trabajador/a el preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo injustificado de la misma por parte del trabajador/a, éste tendrá derecho a que se le aplique al importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador trabajador/a de dicha decisión, al menos menos, con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le correspondaantelación. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx. Despido nulo.- Será nulo el despido de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral, en los términos y condiciones reconocidos en este Convenio.

Appears in 1 contract

Samples: www2.fsc.ccoo.es

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, efectos tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, trabajo son las establecidas en mediante el acuerdo de quienes según la legislación vigentevigente se encuentren legitimados para ello, o y en su defecto por acuerdo entre trabajadores de un establecimiento o empresa y su Direcciónla propia legislación. En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma misma, por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal SuperiorUn mes, Técnico y Administrativo: Un mes naturalpara quienes ejerzan funciones de jefatura de área, de sección o de centro, así como para quienes ejerzan labores de licenciatura, diplomatura o técnico tanto de grado medio o superior. - Resto Quince días, para el resto de personal: quince días. El incumplimiento por parte del trabajador de dicha la persona afectada de la obligación de preavisar con la suficiente antelación antelación, dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en a las partes proporcionales. Al contrario, proporcionales del resto de cumplimentar complementos que el trabajador el percibiera. De dar cumplimento al preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo injustificado de la misma por parte del trabajador/a, éste tendrá derecho a que se le aplique al en el importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xx xxxx que legalmente esté establecido. cve: BOE-A-2017-2451 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador trabajador/a de dicha decisión, al menos con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le correspondaantelación. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: www.boe.es

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, son trabajo serán las establecidas en que se establezcan mediante el acuerdo de quienes según la legislación vigentevigente se encuentren legitimados para ello, o y en su defecto por acuerdo entre trabajadores de un establecimiento o empresa y su Direcciónla propia legislación. En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador trabajado/a, se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma misma, por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal Superior30 días naturales, Técnico y Administrativo: Un mes naturalpara quienes ejerzan funciones de jefatura de área, de sección o de centro, así como para quienes ejerzan labores de licenciatura, diplomatura o técnico tanto de grado medio o superior. - Resto Quince días naturales, para el resto de personal: quince días. El incumplimiento por parte del trabajador trabajador/a de dicha obligación de preavisar con la suficiente antelación dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en partes proporcionalesproporcionales del resto de complementos que el trabajador percibiera. Al contrario, de De cumplimentar el trabajador trabajador/a el preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo injustificado de la misma por parte del trabajador/a, éste tendrá derecho a que se le aplique al importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador trabajador/a de dicha decisión, al menos menos, con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le correspondaantelación. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx. Despido nulo.- Será nulo el despido de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral, en los términos y condiciones reconocidos en este Convenio.

Appears in 1 contract

Samples: www.emtmadrid.es

Extinción del contrato de trabajo. Las causasEl cese de los trabajadores en la Empresa adjudicataria, formas, procedimientos y efectos, tanto tendrá lugar por cualquiera de las suspensiones como cau- sas previstas en el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación vigente, de realizarse el mismo por causas disciplinarias, técnicas u organizativas se hará un informe previo por la representación legal de los trabajadores, delegados sindicales y secciones sindi- cales. En el caso de cese por voluntad del trabajador, el personal directivo, titulado y técnico deberá preavisar su baja con una antelación no inferior a dos meses. El personal administrativo o de mando intermedio, el personal operativo, subalterno y de oficios varios, con quince días hábiles de antelación. La falta de cumplimiento del preaviso llevara con- sigo la perdida de los salarios correspondientes a quince días hábiles sin la cantidad correspondiente a las extinciones colectivas partes proporcionales de contratos dicho periodo. El preaviso deberá ejercitarse siempre por escrito y las Empresas vendrán obligadas a suscribir el acuse de trabajorecibo. La falta de preaviso por parte de la Empresa en casos de finalización del contrato, son las establecidas en de quince días, según prevé la legislación vigente, o por acuerdo entre trabajadores de un establecimiento o empresa y su Dirección. En cuanto dará lugar a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio indemnización correspondiente o a la empresa vendrá obligado parte proporcio- nal si el preaviso se hubiera efectuado en periodo inferior al previsto. Las liquidaciones se podrán a ponerlo en conocimiento disposición de los trabajadores dentro de los quince días hábiles si- guientes a la fecha de la misma por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal Superior, Técnico y Administrativo: Un mes natural. - Resto de personal: quince días. El incumplimiento por parte del trabajador de dicha obligación de preavisar con la suficiente antelación dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en partes proporcionales. Al contrario, de cumplimentar el trabajador el preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo de la misma por parte del trabajador, éste tendrá derecho a que se le aplique al importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador de dicha decisión, al menos con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le corresponda. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxxbaja.

Appears in 1 contract

Samples: bop.dip-caceres.es

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, efectos tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, trabajo son las establecidas en la legislación vigente, o por acuerdo entre trabajadores de un establecimiento o empresa y su Dirección. En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma misma, por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal Superior, Técnico y Administrativo: Un un mes natural. - Resto de personal: quince días. El incumplimiento por parte del trabajador de dicha obligación de preavisar con la suficiente antelación dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en partes proporcionales. Al contrario, de De cumplimentar el trabajador el preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo injustificado de la misma por parte del trabajador, éste tendrá derecho a que se le aplique al importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador de dicha decisión, al menos con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le correspondaantelación. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: www.cgt-cyl.org

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, efectos tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, trabajo son las establecidas en la legislación vigente, o por acuerdo entre trabajadores trabajadores/as de un establecimiento o empresa y su Dirección. En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador trabajado/a, se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma misma, por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal Superior, Técnico y Administrativo: Un mes natural. - Resto de personal: quince Quince días. El incumplimiento por parte del trabajador trabajador/a de dicha obligación de preavisar con la suficiente antelación dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en partes proporcionales. Al contrario, de De cumplimentar el trabajador trabajador/a el preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo injustificado de la misma por parte del trabajador/a, éste tendrá derecho a que se le aplique al importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador trabajador/a de dicha decisión, al menos menos, con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le correspondaantelación. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx. Despido nulo.–Será nulo el despido de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral, en los términos y condiciones reconocidos en este Convenio.

Appears in 1 contract

Samples: www.ccoo.gal

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, efectos tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, trabajo son las establecidas en mediante el acuerdo de quienes según la legislación vigentevigente se encuentren legitimados para ello, o y en su defecto por acuerdo entre trabajadores de un establecimiento o empresa y su Direcciónla propia legislación. En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma misma, por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal SuperiorUn mes, Técnico y Administrativo: Un mes naturalpara quienes ejerzan funciones de jefatura de área, de sección o de centro, así como para quienes ejerzan labores de licenciatura, diplomatura o técnico tanto de grado medio o superior. - Resto Quince días, para el resto de personal: quince días. El incumplimiento por parte del trabajador de dicha la persona afectada de la obligación de preavisar con la suficiente antelación antelación, dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en a las partes proporcionales. Al contrario, proporcionales del resto de cumplimentar complementos que el trabajador el percibiera. De dar cumplimento al preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo injustificado de la misma por parte del trabajador/a, éste tendrá derecho a que se le aplique al en el importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xx xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador trabajador/a de dicha decisión, al menos con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le correspondaantelación. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: sindicalistasdecanarias.com

Extinción del contrato de trabajo. Las causas, formas, procedimientos y efectos, tanto de las suspensiones como de las extinciones colectivas de contratos de trabajo, son trabajo serán las establecidas en que se establezcan mediante el acuerdo de quienes según la legislación vigentevigente se encuentren legitimados para ello, o y en su defecto por acuerdo entre trabajadores de un establecimiento o empresa y su Direcciónla propia legislación. cve: BOE-A-2017-5495 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx En cuanto a la extinción individual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador trabajado/a, se establece que quien desee cesar voluntariamente en el servicio a la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de la misma misma, por escrito y cumpliendo los siguientes plazos mínimos de preaviso: - Personal Superior– 30 días naturales, Técnico y Administrativo: Un mes naturalpara quienes ejerzan funciones de jefatura de área, de sección o de centro, así como para quienes ejerzan labores de licenciatura, diplomatura o técnico tanto de grado medio o superior. - Resto – Quince días naturales, para el resto de personal: quince días. El incumplimiento por parte del trabajador trabajador/a de dicha obligación de preavisar con la suficiente antelación dará derecho a que se le detraiga de la liquidación final el importe xxx xxxxxxx real de un día por cada día de retraso en el preaviso, más su equivalente en partes proporcionalesproporcionales del resto de complementos que el trabajador percibiera. Al contrario, de De cumplimentar el trabajador trabajador/a el preaviso estipulado, si la empresa no le hace entrega o abona la pertinente liquidación final por todo el último día de trabajo y ello no es debido al rechazo injustificado de la misma por parte del trabajador/a, éste tendrá derecho a que se le aplique al importe de la liquidación final, a partir de dicho día, el interés por xxxx que legalmente esté establecido. En caso de extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo contraído, la empresa se obligará, en contratos de modalidad temporal cuya duración supere los doce meses consecutivos, a preavisar al trabajador trabajador/a de dicha decisión, al menos menos, con quince días naturales de antelación adjuntándole una copia del finiquito que le correspondaantelación. De no cumplir dicho preaviso o hacerlo de forma parcial, con la liquidación final se le abonará al trabajador el importe de un día xx xxxxxxx por cada día de plazo de preaviso incumplido, con el máximo de quince xxxx xx xxxxxxx. Despido nulo.–Será nulo el despido de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral, en los términos y condiciones reconocidos en este Convenio.

Appears in 1 contract

Samples: www.boe.es