Extinción del convenio. El convenio se extinguirá por cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Serán causas de resolución: • El transcurso del plazo máximo de vigencia. • El acuerdo unánime de las partes firmantes. • El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por algunos de los firmantes. En este caso se notificará a la parte que incumpla el requerimiento para que, en el plazo que se señale, cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. En este requerimiento será comunicado también al responsable de la Comisión de Seguimiento. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiese el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa solo podrá dar lugar a la indemnización de los perjuicios causados. • Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio. • Por cualquiera otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
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Extinción del convenio. El 1. Será causa de extinción del convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto a satisfacción de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital o por incurrir en la causa de resolución. Serán causas de resolución: • Resolución del presente convenio:
a) El transcurso del plazo máximo de vigencia. • vigencia sin haberse acordado prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de las partes los firmantes. • .
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por algunos alguno de los firmantes. En este fir- mantes, en cuyo caso se notificará la otra parte podrá requerir a la parte incumplidora para que incumpla el requerimiento para que, cumpla en el un determinado plazo que se señale, cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideren consideran incumplidos. En este Este requerimiento será comunicado también al responsable de la Comisión de Seguimiento. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiese el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia comisión de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenioseguimiento. La resolución re- solución del convenio por esta causa solo podrá dar lugar a la conllevar l indemnización de los perjuicios causados. • causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio. • .
e) Por cualquiera otra causa distinta Imposibilidad sobrevenida de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyesrealizar la prestación.
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Samples: Convenio De Colaboración