EXTINCIÓN DEL CONTRATO El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
Extinción del contrato de trabajo Será nulo el despido en los siguientes supuestos:
ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos: 25.1 Los estudios previos. 25.2 La oferta presentada por el Contratista. 25.3 Las actas, acuerdos, informes y documentos precontractuales. 25.4 Certificado de disponibilidad presupuestal.
RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 308 y siguientes del TRLCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del TRLCSP. Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el contratista de la obligación de guardar sigilo a que se refiere el presente pliego, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.]
DURACION DEL CONTRATO La duración inicial de la prestación de servicios del presente CONTRATO será de DOS años contados desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de actualización del sistema de alarma al modelo Verisure, la duración inicial del CONTRATO será de UN año contado desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de que el sistema de seguridad a conectar y mantener haya sido instalado por SECURITAS DIRECT en Memoria de Calidades y goce de una oferta en la cuota mensual durante un determinado número de meses a partir de la Conexión a la Central Receptora de SECURITAS DIRECT, dicha oferta sólo será válida si la conexión se produce en un plazo inferior a un año desde el momento en que SECURITAS DIRECT instaló el sistema de seguridad. En caso de que el sistema de seguridad haya sido instalado en virtud de acuerdo con PromoCaixa S.A. la duración del CONTRATO será la incluida en la oferta correspondiente. En caso de traslado/s del sistema de seguridad o cambio de titularidad solicitado por el cliente original, el plazo de duración inicial del CONTRATO se contará desde la fecha de instalación del sistema de seguridad en el domicilio/dirección inicial.
NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General y lo publicará en el Portal web de la Entidad Contratante. La entidad contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita.
Elementos Del Contrato 1. Régimen jurídico del contrato. 2. Objeto del contrato.
CESIÓN DEL CONTRATO Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
Validez del Contrato El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos.