Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio al Grupo Profesional se han ponderado los siguientes factores: 1. Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas. 2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias. 3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, o normas en la ejecución de las funciones. 4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo. 5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos. 6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos de trabajo desempeñados.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo Estatal Del Comercio Minorista De Droguerías, Herboristerías Y Perfumerías, Convenio Colectivo De Trabajo
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio al Grupo Profesional para determinar la aptitud profesional se han ponderado los siguientes factores:
1. Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos de trabajo desempeñados.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal Para El Sector De Ortopedias Y Ayudas Técnicas, Convenio Colectivo Estatal
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio Acuerdo al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación de una categoría profesional se han ponderado los siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa) La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño desempe- ño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb) La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac) La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod) El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade) La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf) La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Provincial De Hostelería
Factores de encuadramiento profesional. En Para la clasificación en grupos profesionales de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio al Grupo Profesional convenio se han ponderado ponderará los siguientes factores:
1. Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño ejercicio de las funciones ejecutadas.
2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir con la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo complemento del bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directricesdirectivas, pautas, o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas las funciones, así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que cual se ejerce el mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos de trabajo desempeñadosocupados.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio convenio al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación del mismo a cada trabajador se han ha ponderado los siguientes factores:
1. Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos de trabajo desempeñados.
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Samples: Convenio Colectivo
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación profesional de los trabajadores y trabajadoras, incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio al Grupo Profesional Convenio, se han ponderado ha tenido en cuenta los siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores, anteriormente mencionados, se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa.- La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadaseje- cutadas.
2. Formaciónb.- La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida profesional y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac.- La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod.- El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas tareas, así como la capacidad de interpelación inter- pelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores y trabajadoras sobre el los que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade.- La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel ni- vel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf.- La complejidad técnica, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos el contenido técnico del puesto de trabajo desempeñados.en el que influyen también los
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Samples: Convenio Colectivo
Factores de encuadramiento profesional. En Para la clasificación en grupos profesionales de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio al Grupo Profesional se han ponderado ponderará los siguientes factores:
1. Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño ejercicio de las funciones ejecutadas.
2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir con la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo complemento del bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directricesdirectivas, pautas, o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas las funciones, así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que cual se ejerce el mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos de trabajo desempeñadosocupados.
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Samples: Collective Agreement
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio convenio al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación del mismo a cada trabajador se han ha ponderado los siguientes factores:: cve: BOE-A-2017-4617 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
1. Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos de trabajo desempeñados.
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Samples: Convenio Colectivo
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio colectivo al Grupo Profesional grupo profesional y, por consiguiente, la asignación de un puesto de trabajo se han ponderado los lo siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa. La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb. La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac. La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.. cve: BOE-A-2016-4235 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
4. Mandod. El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores y trabajadoras sobre el los que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade. La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf. La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Xv Convenio Colectivo Interprovincial Para El Comercio De Flores Y Plantas
Factores de encuadramiento profesional. En la el sistema de clasificación de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio al Grupo Profesional Acuerdo y su asignación a un grupo profesional, se han ponderado los siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa) La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb) La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac) La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod) El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores y trabajadoras sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade) La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf) La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Labor Agreement
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio aludido Acuerdo al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación de una categoría profesional se han ponderado los siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa) La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb) La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac) La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod) El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores trabajadores/as sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade) La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf) La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio Acuerdo al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación de una categoría profesional se han ponderado ponde- rado los siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa) La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb) La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios necesa- xxxx para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua conti- nua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac) La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod) El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación ordena- ción de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade) La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf) La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores anterio- res que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Collaboration Agreement
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación de un puesto de trabajo, se han ponderado los lo siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa. La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb. La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac. La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod. El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el los que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade. La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf. La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Convenio Colectivo
Factores de encuadramiento profesional. —En la clasificación de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio Acuerdo y su equiparación al Grupo Profesional grupo profesional y, por consiguiente, la asignación de una categoría profesional, se han ponderado los siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa) La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb) La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac) La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod) El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade) La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf) La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Acuerdo Laboral Sectorial
Factores de encuadramiento profesional. En Para la clasificación de los trabajadores trabajadores/ as incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio al Grupo Profesional se han ponderado los siguientes factores:
1. : Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación interpretación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores trabajadores/as sobre el los que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñados.desempeñado. cve: BOE-A-2017-14666 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
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Samples: Ix Convenio Colectivo
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio Acuerdo al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación de una categoría profesional se han ponderado los siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. En la valoración de los factores anteriormente mencionados se han tenido en cuenta:
1. Autonomíaa) La autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño desem- peño de las funciones ejecutadas.
2. Formaciónb) La formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativac) La iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, pautas o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mandod) El mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidade) La responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución ejecu- ción de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidadf) La complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos puesto de trabajo desempeñadosdesempeñado.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Hostelería De Cáceres Para Los Años 2016 17
Factores de encuadramiento profesional. En la clasificación de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio convenio al Grupo Profesional y, por consiguiente, la asignación del mismo a cada trabajador se han ha ponderado los siguientes factores:
1. Autonomía, entendida como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
2. Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
3. Iniciativa, referida al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices, pautas, o normas en la ejecución de las funciones.
4. Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como la capacidad de interpelación de las funciones ejecutadas por el grupo de trabajadores sobre el que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
5. Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
6. Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre las funciones desarrolladas o puestos de trabajo desempeñados.. cve: BOE-A-2014-1974
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Samples: Convenio Colectivo