Facultades de Ibercaja Banco Cláusulas de Ejemplo

Facultades de Ibercaja Banco. 1.- IBERCAJA ejercitará su actividad con las más amplias facultades para la gestión y administración de la cartera gestionada pudiendo, en nombre y por cuenta del CLIENTE, a mero título enunciativo y no exhaustivo, entre otras, ordenar operaciones de compra, venta, suscripción, reembolso, traspasos, realizar los cobros pertinentes, conversiones y canje de valores y, en general, activos financieros sobre los que recaiga la gestión, desarrollando las actuaciones, comunicaciones e iniciativas necesarias para ello, pudiendo a tales efectos, suscribir cuantos documentos sean necesarios. Las anteriores facultades no tienen carácter limitativo o restrictivo debiendo ser interpretadas en la forma más amplia posible, de manera que permitan efectuar cuantas operaciones y actos sean necesarios para llevar a cabo la gestión encomendada con la mayor eficacia posible. 2.- IBERCAJA promoverá el registro o depósito de los activos financieros objeto de este contrato, dando lugar a las correspondientes anotaciones en las cuentas de valores y efectivo afectas de forma exclusiva al presente contrato, que se indican en las Condiciones Particulares. 3.- IBERCAJA actuará como transmisor de las órdenes derivadas de la delegación de la gestión dada por el CLIENTE y podrá realizar, en su caso, la ejecución de las mismas. Tanto en la transmisión de órdenes a otras entidades por cuenta del CLIENTE como en su ejecución adoptará las medidas que resulten necesarias y razonables para obtener la mejor ejecución de las mismas, teniendo en cuenta el precio, los costes, la rapidez y eficiencia de la ejecución y liquidación y cualquier otro elemento que pudiese ser relevante para la ejecución de la orden, en los términos contemplados en la Política de Ejecución y Tratamiento de Órdenes, cuyo contenido íntegro está a disposición del Cliente en las Oficinas y en la página Web corporativa de Ibercaja (xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx)

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  • FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

  • Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.