FIANZA DE EJECUCIÓN Cláusulas de Ejemplo

FIANZA DE EJECUCIÓN. ("Performance Bond") El Licitador a quien se adjudique la “buena pro” de la subasta informal, deberá presentar una fianza de ejecución ante la Junta de Subastas, no más tarde de los diez (10) días laborables siguientes a la notificación de la adjudicación. Dicha fianza garantizará la ejecución del contrato u orden de compra, según aplique. Para esta subasta se requiere una Fianza de Ejecución de veinticinco mil (10,000) dólares . Ni la Junta de Subastas ni el Departamento de Salud aceptará una fianza por un monto menor al aquí establecido o a nombre de otra entidad distinta al Departamento de Salud y/o Secretario de Hacienda, según sea el caso. Si la fianza de ejecución se presenta a través de una compañía de seguros, la fianza se emitirá a favor del Departamento de Salud; si la fianza de ejecución se presenta mediante cheque certificado o giro postal, se emitirá a favor del Secretario de Hacienda. Se podrá ejecutar la Fianza de Ejecución si transcurrido el término dispuesto en la oferta, el licitador agraciado no entrega los bienes, no honra las garantías o no cumple las obligaciones según contratadas, por causas imputables a éste. En adición, el licitador tendrá que responder económicamente por la diferencia en precio se adjudique en segunda instancia o del precio que se obtenga mediante compra excepcional. Si la fianza no cubre dicho exceso, se reclamará el balance al licitador concernido.
FIANZA DE EJECUCIÓN. ("Performance Bond")

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  • LUGAR DE EJECUCIÓN El lugar de ejecución del contrato será la ciudad de Bogotá D.C.

  • PLAZOS DE EJECUCIÓN El Proponente deberá presentar un diagrama xx Xxxxx o un calendario del Proyecto indicando la secuencia detallada de las actividades que se llevarán a cabo y el tiempo correspondiente.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el Anexo I del presente pliego, sin embargo, si se estableciera como criterio de adjudicación la reducción del plazo de ejecución, el ofertado por el adjudicatario será el tenido en cuenta a todos los efectos. La ejecución del contrato podrá comenzar una vez formalizado el mismo, si bien en los expedientes declarados de tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a quince días hábiles, contados desde el siguiente a la formalización del contrato. En todo caso deberán cumplirse los plazos parciales que, en su caso, se hayan establecido en el Anexo I del presente pliego de cláusulas administrativas particulares. La posibilidad de prorrogar el contrato se determina en el Anexo I de estos pliegos de cláusulas administrativas particulares. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato incluidos los periodos de prórrogas. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes. La duración del contrato de servicio no podrá tener un plazo de duración superior a cuatro años, con las condiciones y límites establecidos en las normas presupuestarias aplicables a las Entidades Locales, y en concreto al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. No obstante, por mutuo acuerdo entre las partes antes de la finalización del contrato podrá prorrogarse el plazo de ejecución, siempre que la duración total, incluida las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aisladas o conjuntamente, el plazo fijado originariamente (artículo 23 en relación al 203 del TRLCSP).

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.

  • Entrega de los bienes El concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición de entrega en destino final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de Comisión Federal de Electricidad Empresa Productiva Subsidiaria, División De Distribución Norte. En su caso, los concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Empresa Productiva Subsidiaria, División De Distribución Norte, Departamento de Abastecimientos/Compras, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2 A, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.