FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”, 282, 283, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO. B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DEL
Appears in 3 contracts
Samples: Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios, Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios, Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios
FIANZAS. A“EL CONTRATISTA PRESENTARÁ A “EL CONTRATANTE” DENTRO DE LOS 15 DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA QUE LE SEA ENTREGADA LA COPIA DEL CONTRATO O LA ORDEN DE INICIACION DE OBRA, UNA FIANZA POR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) FIANZA DEL MONTO DE ANTICIPO.- LA SEÑALADA EN LA CLAUSULA SEGUNDA A FIN DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE EL PRESENTE CONTRATO IMPONE A “EL CONTRATISTA” SI TRASCURRIDO EL PLAZO NO SE HUBIERE OTORGADO LA FIANZA RESPECTIVA “EL CONTRATANTE” PODRA DECLARAR LA RESCICION DEL CONTRATO. CUANDO LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS SE REALICEN CONFORME LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO REBASE UN EJERCICIO PRESUPUESTAL, EL OTORGAMIENTO DE LA FIANZA SE SUJETARA, EN LO CONDUCENTE A LOS TERMINOS SEÑALADOS EN ESTA CLAUSULA EN EL CONCEPTO DE QUE PARA EL PRIMER EJERCICIO, LA FIANZA DEBERA GARANTIZAR EL 10 % ( DIEZ POR CIENTO ) DEL MONTO AUTORIZADO PARA EL PROPIO EJERCICIO Y EN LOS EJERCICIOS SUBSECUENTES, LA FIANZA DEBERA AJUSTARSE AL MONTO REALMENTE EJERCIDO E INCREMENTARSE CON EL 10 % ( DIEZ POR CIENTO ) DEL MONTO A LA INVERSIÓN AUTORIZADA PARA LOS TRABAJOS EN EL EJERCICIO DE QUE SE TRATE. EL INCREMENTO DE LA GARANTÍA EN SU CASO DEBERA ACREDITARSE POR “EL CONTRATISTA” ANTE “EL CONTRATANTE” DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS VEINTE DIAS HÁBILES SIGUIENTES SIGUIENTES, CONTADOS A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN LA FECHA EN QUE ESTE COMUNIQUE AL INTERESADO LOS TERMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL RECEPTIVA PARA EL EJERCICIO CORRESPONDIENTE. MIENTRAS “EL CONTRATISTA” NO ENTREGUE LA PÓLIZA EN DONDE LA COMPAÑÍA DE FIANZAS CONVENGA ACEPTAR LOS REQUISITOS QUE MÁS ADELANTE SE SEÑALAN EL CONTRATO NO SURTIRÁ EFECTO. SI TRANSCURRIESE EL PLAZO QUE SE FIJA A “EL CONTRATISTA” EN EL PARRAFO PRIMERO, SIN QUE SE ENTREGUE LA PÓLIZA DE FIANZA, EL CONTRATO SE EXTINGUIERA DE PLENO DERECHO Y EN CONSECUENCIA EL CONTRATANTE Y “EL CONTRATISTA” DEJARAN DE TENER RELACION ALGUNA POR LO QUE SE REFIERE AL CONTRATO Y A SUS ANTECEDENTES. LA FIANZA MENCIONADA ESTARÁ VIGENTE HASTA UN AÑO DESPUÉS DE LA RECEPCIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS POR “EL CONTRATANTE” PARA RESPONDER TANTO DE LOS DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN COMO DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD QUE RESULTARE A CARGO DE “EL CONTRATISTA” Y A FAVOR EL CONTRATANTE DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO. EN ESTE ULTIMO CASO, LA FIANZA CONTINUARA VIGENTE HASTA QUE “EL CONTRATISTA” CORRIJA LOS DEFECTOS Y SATISFAGA LAS RESPONSABILIDADES. LA PÓLIZA EN QUE SEA EXPEDIDA LA FIANZA DEBERA CONTENER LAS SIGUIENTES DECLARACIONES EXPRESADAS DE LA INSTITUCIÓN QUE LA OTORGUE.
A. QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.
B. QUE EN EL CASO DE QUE SE PRORROGUE EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA TERMINACIÓN DE LOS PLAZOS A QUE SE REFIERE LA FIANZA, O EXISTA ESPERA, SU VIGENCIA QUEDARA AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON LA DICHA PRORROGA O ESPERA.
C. QUE LA FIANZA GARANTICE LA EJECUCIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS MATERIA DE ESTE CONTRATO, PRESENTARÁ A AUN CUANDO PARTE DE ELLOS SE SUBCONTRATEN CON LA AUTORIZACIÓN DE “EL CONTRATANTE”.
D. QUE PARA CANCELAR LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA SOLICITUD EXPRESA Y A SATISFACCIÓN POR ESCRITO DE “EL CONTRATANTE”.
E. QUE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA ACEPTA EXPRESADAMENTE LO PRECEPTUADO EN LOS ARTICULOS 95 Y 118 DE LA SECRETARÍA LEY FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA INSTITUCIONES DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZAS EN VIGOR. LA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA SE CANCELARA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL CUMPLIDO CON TODAS LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL REFERIDO MONTOCONTRATO. EN CASO DE NO AMORTIZAR LOS CASOS EN QUE “EL CONTRATISTA” EL RECIBA ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN ESTE DEBERA OTORGAR UNA POLIZA DE FIANZAS EQUIVALENTE AL IMPORTE TOTAL DEL ANTICIPO EN LOS MISMO TERMINOS DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, ESTABLECIDOS EN LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”, 282, 283, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCOPRESENTE CLAUSULA.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DEL
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obra Pública
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 05 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO Y/O AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL DEL ANTICIPO OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”), 282, 283, 283 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ DENTRO DE LOS 05 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES NATURALES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA FIANZAS A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y OBRA PÚBLICA FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO Y/O EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 48 FRACCIÓN II DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. LA FIANZA SE TRAMITARÁ A TRAVÉS DE INSTITUCIÓN AFIANZADORA AUTORIZADA Y DEBERÁ CONTENER TEXTUALMENTE CUANDO MENOS LAS SIGUIENTES DECLARACIONES: LA PRESENTE FIANZA SE OTORGA PARA GARANTIZAR POR PARTE DE “EL CONTRATISTA” EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS POR TIEMPO DETERMINADO NÚMERO SIOP-F-ESMA-04-LP-0520/18, MISMA QUE SÓLO PODRÁ CANCELARSE POR EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO O POR LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, LA CUAL DEBE REAJUSTARSE PROPORCIONALMENTE CUANDO SE MODIFIQUEN O VARÍEN LAS CANTIDADES Y/O PERIODOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO A), 282, 283 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO. MIENTRAS “EL CONTRATISTA” NO OTORGUE LA FIANZA ENUNCIADA, NO SE PERFECCIONARÁ EL PRESENTE CONTRATO Y NO SURTIRÁ EFECTO LEGAL ALGUNO. DICHA FIANZA SERÁ SUSTITUÍDA POR LA DE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y OTRAS RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE LA OBRA PÚBLICA.
C) FIANZA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS.- “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ, PREVIO A LA ENTREGA RECEPCIÓN DE LA OBRA PÚBLICA, A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO Y/O EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO, FIANZA POR DEFECTOS Y/O VICIOS OCULTOS POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOSEJECUTADOS, EN LOS TÉRMINOS DEL
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obra Pública
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “" EL CONTRATISTA” CONTRATISTA " DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES 20 DIAS HABILES SIGUIENTES A PARTIR LA FIRMA DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE ESTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” OTORGARA FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN SATISFACCION DE LA SECRETARÍA EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA JAMAY, JAL. Y/O SECRETARÍA SECRETARIA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR VALOR DEL 15% DEL IMPORTE TOTAL DE LA OBRA SIN INCLUIR I.V.A. EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ CUAL GARANTICE LA CORRECTA INVERSIÓN INVERSION DEL ANTICIPO, ANTICIPO Y POR EL IMPORTE DEL MISMO; CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “" EL CONTRATISTA” CONTRATISTA " HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”, 282, 283, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCOANTICIPO.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “CONTRATO " EL CONTRATISTA” OTORGARÁ CONTRATISTA " OTORGARA DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES 20 DIAS HABILES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA FIANZAS A FAVOR Y A SATISFACCIÓN SATISFACCION DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA YEL X. XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX, XXXXXXX X/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, X XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LA OBRA SIN INCLUIR EL I.V.A., LA FIANZA SE TRAMITARA A TRAVES DE INSTITUCION AFIANZADORA AUTORIZADA Y DEBERA CONTENER, CUANDO MENOS, LAS SIGUIENTES DECLARACIONES: QUE SE OTORGA PARA GARANTIZAR POR " EL CONTRATISTA " EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA A PRECIO UNITARIO Y TIEMPO DETERMINADO SEGUN ASIGNACION DE OBRA No. OPMJJ-01042013-02, A PRECIO UNITARIO Y TIEMPO DETERMINADO, ASI COMO LAS EROGACIONES QUE “EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEJAMAY, JALISCO” TUVIERA QUE EFECTUAR POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS QUE RESULTEN DURANTE LA RECEPCION DE LA OBRA Y HASTA DOS AÑO DESPUES DE ENTREGADA LA OBRA, FIANZA QUE SOLO PODRA CANCELARSE POR LA DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES, O POR EL H. AYUNTAMIENTO DE JAMAY, JAL., SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA A LA COMPETENCIA DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DELTRIBUNALES DE ESTA CIUDAD. MIENTRAS " EL CONTRATISTA
Appears in 1 contract
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”, 282, 283, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.APLICA
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “CONTRATO " EL CONTRATISTA” OTORGARÁ CONTRATISTA " OTORGARA DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES 20 DIAS HABILES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA FIANZAS A FAVOR Y A SATISFACCIÓN SATISFACCION DE LA SECRETARÍA HACIENDA MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCOSAN XXXXXXX XXXXX GORDO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LA OBRA SIN INCLUIR EL I.V.A., LA FIANZA SE TRAMITARA A TRAVES DE INSTITUCION AFIANZADORA AUTORIZADA Y DEBERA CONTENER, CUANDO MENOS, LAS SIGUIENTES DECLARACIONES: QUE SE OTORGA PARA GARANTIZAR POR "EL CONTRATISTA " EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA A PRECIO UNITARIO Y TIEMPO DETERMINADO SEGUN ASIGNACION DE OBRA No. SICG-OP-ELECAL-001/2015 ASÍ COMO LAS EROGACIONES QUE "EL GOBIERNO MUNICIPAL" TUVIERA QUE EFECTUAR POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS QUE RESULTEN DURANTE LA RECEPCION DE LA OBRA Y DENTRO DEL AÑO SIGUIENTE A PARTIR DE ESA FECHA, FIANZA QUE SOLO PODRA CANCELARSE POR LA DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES, O POR LA DIRECCION DE HACIENDA MUNICIPAL DE SAN XXXXXXX XXXXX GORDO, JALISCO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA A LA COMPETENCIA DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DELTRIBUNALES DE ESTA CIUDAD. MIENTRAS " EL CONTRATISTA " NO OTORGUE LA FIANZA NO SE PERFECCIONARA EL CONTRATO Y NO SE SURTIRA EFECTO ALGUNO.
Appears in 1 contract
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA SECRETARIA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”), 282, 283, 283 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DEL
Appears in 1 contract
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 05 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL DEL ANTICIPO OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”), 282, 283, 283 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ DENTRO DE LOS 05 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES NATURALES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA FIANZAS A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOSCONTRATADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 48 FRACCIÓN II DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. LA FIANZA SE TRAMITARÁ A TRAVÉS DE INSTITUCIÓN AFIANZADORA AUTORIZADA Y DEBERÁ CONTENER TEXTUALMENTE CUANDO MENOS LAS SIGUIENTES DECLARACIONES: LA PRESENTE FIANZA SE OTORGA PARA GARANTIZAR POR PARTE DE “EL CONTRATISTA” EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS POR TIEMPO DETERMINADO NÚMERO SIOP- F-CCPS-01-LP-0476/18, MISMA QUE SÓLO PODRÁ CANCELARSE POR “LA SECRETARÍA”, O POR LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, LA CUAL DEBE REAJUSTARSE PROPORCIONALMENTE CUANDO SE MODIFIQUEN O VARÍEN LAS CANTIDADES Y/O PERIODOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO A), 282, 283 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO. MIENTRAS “EL CONTRATISTA” NO OTORGUE LA FIANZA ENUNCIADA, NO SE PERFECCIONARÁ EL PRESENTE CONTRATO Y NO SURTIRÁ EFECTO LEGAL ALGUNO. DICHA FIANZA SERÁ SUSTITUÍDA POR LA DE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y OTRAS RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE LA OBRA PÚBLICA.
C) FIANZA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS.- “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ, PREVIO A LA ENTREGA RECEPCIÓN DE LA OBRA PÚBLICA, A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, FIANZA POR DEFECTOS Y/O VICIOS OCULTOS POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS, EN LOS TÉRMINOS DEL
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obra Pública
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” " PRESENTARA A "LA TESORERIA MUNICIPAL" DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES 15 DIAS NATURALES SIGUIENTES A PARTIR LA FECHA QUE LE SEA ENTREGADA COPIA DEL CONTRATO O LA ORDEN DE SUSCRIPCIÓN INICIACION DE OBRA, UNA FIANZA POR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN MONTO DE LA SECRETARÍA OBRA SEÑALADA EN LA CLAUSULA SEGUNDA A FIN DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”, 282, 283, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE EL PRESENTE CONTRATO IMPONE A "EL CONTRATISTA" Y RESPONSABILIDADES OTRA FIANZA QUE AMPARE LA CORRECTA APLICACION DEL ANTICIPO OTORGADO A “EL CONTARTISTA”. SI TRANSCURRIDO EL PLAZO NO SE HUBIERE OTORGADO LA FIANZA RESPECTIVA, "EL AYUNTAMIENTO" PODRA DECLARAR LA RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. CUANDO LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS SE REALICE CONFORME LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO REBASE UN EJERCICIO PRESUPUESTAL, EL OTORGAMIENTO DE LA FIANZA SE SUJETARA, EN LO CONDUCENTE, A LOS TERMINOS SEÑALADOS EN ESTA CLAUSULA EN EL CONCEPTO DE QUE PARA EL PRIMER EJERCICIO, LA FIANZA DEBERA GARANTIZAR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO AUTORIZADO PARA EL PROPIO EJERCICIO Y EN LOS EJERCICIOS SUBSECUENTES, LA FIANZA DEBERA AJUSTARSE AL MONTO REALMENTE EJERCIDO, E INCREMENTARSE CON EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO DE LA INVERSION AUTORIZADA PARA LOS TRABAJOS EN EL EJERCICIO DE QUE SE TRATE. EL INCREMENTO DE LA GARANTIA EN SU CASO DEBERA ACREDITARSE POR "EL CONTRATISTA" ANTE "EL AYUNTAMIENTO" DENTRO DE LOS VEINTE DIAS HABILES SIGUIENTES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE ESTE COMUNIQUE AL INTERESADO LOS TERMINOS DE LA AUTORIZACION PRESUPUESTAL RESPECTIVA PARA EL EJERCICIO CORRESPONDIENTE. MIENTRAS "EL CONTRATISTA" NO ENTREGUE LA POLIZA EN DONDE LA COMPAÑIA DE FIANZAS CONVENGA ACEPTAR LOS REQUISITOS QUE MAS ADELANTE SE SEÑALAN EL CONTRATO NO SURTIRA EFECTO. SI TRANSCURRIESE EL PLAZO QUE SE FIJA A "EL CONTRATISTA" EN EL PARRAFO PRIMERO, SIN QUE SE ENTREGUE LA POLIZA DE FIANZA, EL CONTRATO SE EXTINGUIRA DE PLENO DERECHO Y EN CONSECUENCIA EL AYUNTAMIENTO Y "EL CONTRATISTA" DEJARAN DE TENER RELACION ALGUNA POR LO QUE SE REFIERE AL CONTRATO Y A SUS ANTECEDENTES. LA FIANZA MENCIONADA ESTARA VIGENTE HASTA UN AÑO DESPUES DE LA RECEPCION TOTAL DE LOS TRABAJOS POR "EL AYUNTAMIENTO" PARA RESPONDER TANTO DE LOS DEFECTOS DE CONSTRUCCION, COMO DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD QUE RESULTARE A CARGO DE "EL CONTRATISTA" Y A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE MOCORITO, DERIVADAS DEL CONTRATO. EN ESTE ULTIMO CASO, LA FIANZA CONTINUARA VIGENTE HASTA QUE "EL CONTRATISTA" CORRIJA LOS DEFECTOS Y SATISFAGA LAS RESPONSABILIDADES. LA POLIZA EN QUE SEA EXPEDIDA LA FIANZA, DEBERA CONTENER LAS SIGUIENTES DECLARACIONES EXPRESADAS DE LA INSTITUCION QUE LA OTORGUE.
A).- QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.
B).- QUE EN EL CASO DE QUE SE PRORROGUE EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA TERMINACION DE LOS PLAZOS A QUE SE REFIERE LA FIANZA, O EXISTA ESPERA, SU VIGENCIA QUEDARA AUTOMATICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON DICHA PRORROGA O ESPERA.
C).- QUE LA FIANZA GARANTICE LA EJECUCION TOTAL DE LOS TRABAJOS MATERIA DE ESTE CONTRATO, “AUN CUANDO PARTE DE ELLOS SE SUBCONTRATEN CON LA AUTORIZACION DE "EL AYUNTAMIENTO".
D).- QUE PARA CANCELAR LA FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA SOLICITUD EXPRESA Y POR ESCRITO DE "EL AYUNTAMIENTO".
E).- QUE LA INSTITUCION AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE LO PRECEPTUADO EN LOS ARTICULOS 95 Y 118 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR. LA FIANZA SE CANCELARA CUANDO "EL CONTRATISTA” OTORGARÁ DENTRO " HAYA CUMPLIDO CON TODAS LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL CONTRATO. EN LOS CASOS EN QUE "EL CONTRATISTA" RECIBA ANTICIPO, ESTE DEBERA OTORGAR UNA POLIZA DE FIANZA EQUIVALENTE AL IMPORTE TOTAL DEL ANTICIPO EN LOS MISMOS TERMINOS DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A ESTABLECIDOS EN LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DELCLAUSULA.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo Determinado
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”, 282, 283, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.APLICA
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “CONTRATO " EL CONTRATISTA” OTORGARÁ CONTRATISTA " OTORGARA DENTRO DE LOS 05 (CINCO) 25 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA FIANZAS A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA HACIENDA MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCOSAN XXXXXXX XXXXX GORDO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LA OBRA SIN INCLUIR EL I.V.A., LA FIANZA SE TRAMITARA A TRAVÉS DE INSTITUCIÓN AFIANZADORA AUTORIZADA Y DEBERÁ CONTENER, CUANDO MENOS, LAS SIGUIENTES DECLARACIONES: QUE SE OTORGA PARA GARANTIZAR POR "EL CONTRATISTA " EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA A PRECIO UNITARIO Y TIEMPO DETERMINADO SEGÚN ASIGNACIÓN DE OBRA No. SICG-OP-AUCC-001/2015 (ADENDUM) ASÍ COMO LAS EROGACIONES QUE "EL CONTRATO No SICG-OP-AUCC-001/2015 (ADENDUM) GOBIERNO MUNICIPAL" TUVIERA QUE EFECTUAR POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS QUE RESULTEN DURANTE LA RECEPCIÓN DE LA OBRA Y DENTRO DEL AÑO SIGUIENTE A PARTIR DE ESA FECHA, FIANZA QUE SOLO PODRÁ CANCELARSE POR LA DIRECCIÓN DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES, O POR LA DIRECCIÓN DE HACIENDA MUNICIPAL DE SAN XXXXXXX XXXXX GORDO, JALISCO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA A LA COMPETENCIA DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DELTRIBUNALES DE ESTA CIUDAD. MIENTRAS " EL CONTRATISTA " NO OTORGUE LA FIANZA NO SE PERFECCIONARA EL CONTRATO Y NO SE SURTIRÁ EFECTO ALGUNO
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Public Works
FIANZAS. A) FIANZA DE ANTICIPO.- “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A PARTIR DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, PRESENTARÁ A LA “LA SECRETARÍA” FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O SECRETARÍA SECRETARIA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR EL TOTAL DEL MONTO RECIBIDO COMO CONCEPTO DE ANTICIPO; DICHA FIANZA GARANTIZARÁ LA CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, CANCELÁNDOSE LA MISMA CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL REFERIDO MONTO. EN CASO DE NO AMORTIZAR “EL CONTRATISTA” EL ANTICIPO ENTREGADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ QUIEN REINTEGRE A LA “LA SECRETARÍA” EL MONTO TOTAL OTORGADO A SU FIADO, SOMETIÉNDOSE LA AFIANZADORA EXPRESAMENTE A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1, 32, 36 FRACCIÓN III INCISO “A”), 282, 283, 283 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” OTORGARÁ DENTRO DE LOS 05 (CINCO) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, FIANZA A FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA Y/O LA SECRETARÍA SECRETARIA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR VALOR DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EN LOS TÉRMINOS DEL
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obra Pública