SEGUROS Y FIANZAS Cláusulas de Ejemplo

SEGUROS Y FIANZAS. Primas por fianzas $ - 0.00% 0.00% Primas por seguros $ - 0.00% 0.00% (Subtotales) $ - sumas 0.00% 0.00% monto total a costo directo monto de la administración central/ monto a costo directo 0.00% monto de la administración de campo/ monto a costo directo 0.00% monto del rubro de seguros y fianzas/ monto a costo directo 0.00% Clave del procedimiento: TMCAM-PL/19-S-02 FONATUR FLUJO DE EFECTIVOS NETOS DATOS COSTO DIRECTO + INDIRECTO TASA DE INTERÉS: FECHA DE INICIO: INSTRUMENTO FINANCIERO: FECHA DE TERMINACIÓN: DURACIÓN DEL SERVICIO COSTO TOTAL DE LA OBRA -
SEGUROS Y FIANZAS. Seguros: EL PROVEEDOR deberá contar en todo momento con una póliza de seguro de Responsabilidad Civil Producto que cubra cualquier riesgo o responsabilidad civil (Producto, Imagen, reputacional, consecuencias físicas o de la naturaleza y en los montos que puedan determinarse de tiempo en tiempo por VOLKSWAGEN o por cualquier disposición aplicable) en que pudiera incurrir. En caso que EL PROVEEDOR realice actividades en las instalaciones de VOLKSWAGEN, deberá contar con un seguro de Responsabilidad Civil empresarial para cubrir los daños así como los perjuicios que EL PROVEEDOR cause a un tercero o a VOLKSWAGEN, mismo que será verificado por el Departamento de Seguridad de VOLKSWAGEN (ver requisitos en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx). Además, EL PROVEEDOR deberá presentar la mencionada póliza de seguro al área de Seguros y Fianzas de VOLKSWAGEN El Área de Seguros y Fianzas de VOLKSWAGEN está facultada para solicitarle al PROVEEDOR que presente la documentación suficiente, a fin de comprobar la cobertura, validez, monto y vigencia de sus pólizas. Fianzas: Siempre que exista un anticipo otorgado por VWM deberá de tramitarse y obtenerse por parte de EL PROVEEDOR una póliza de fianza que ampare el 100% de dicho anticipo (salvo instrucción en otro sentido otorgada previa y por escrito por parte de VOLKSWAGEN). Queda entendido que la obligación de VOLKSWAGEN de entregar el anticipo nace con fecha posterior a la recepción tanto de la póliza de fianza como de la factura que ampare dicho monto. La Fianza por anticipo deberá de estar vigente por lo menos hasta que EL PROVEEDOR realice la entrega a VOLKSWAGEN de los bienes y/o servicios equivalentes al 100% del monto del anticipo y no exista saldo a favor de VOLKSWAGEN por concepto de dicho anticipo. Tratándose de Fianzas de cumplimiento y/o buena calidad requeridas al Proveedor, éste se obliga a entregar las pólizas correspondientes a más tardar dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la presente ORDEN DE COMPRA, obligándose EL PROVEEDOR a mantenerlas vigentes hasta que los bienes y/o servicios materia de la presente hayan sido recibidos a satisfacción en su totalidad por parte de VOLKSWAGEN y hasta doce meses posteriores a dicha fecha de recepción. Cualquiera que sea la fianza otorgada, éstas solo podrán ser canceladas hasta en tanto y cuanto se reciba la cancelación de las mismas de manera escrita por parte de VOLKSWAGEN. Las fianzas que se originen por motivo de la presente ORDEN DE COMPRA podrán s...
SEGUROS Y FIANZAS. El Proveedor se obliga a su propio costo y gasto, contratar y mantener vigentes las siguientes Fianzas a favor de AUDI:
SEGUROS Y FIANZAS. AUDI MÉXICO no tendrá la obligación de contratar seguro alguno relacionado a la construcción de las OBRAS. El CONTRATISTA deberá, a su propio costo y gasto, contratar y mantener válidas y surtiendo plenos efectos las siguientes pólizas de seguro y fianzas durante el TIEMPO DE TERMINACIÓN y el PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD a AUDI MÉXICO y/o en tanto el CONTRATISTA no haya realizado la ENTREGA RECEPCIÓN de la OBRA.
SEGUROS Y FIANZAS. En la columna correspondiente al importe acumulado, se anotará el importe total de los seguros y fianzas que el Licitante requiere para asegurar a su personal, instalaciones, materiales y equipos permanentes, así como para cubrir las garantías que le solicite la Comisión. El por ciento solicitado para este cargo, será el que resulte de dividir el importe correspondiente a seguros y fianzas entre el importe del costo directo total de la obra y/o servicio y multiplicado por 100. El resultado se deberá aproximar a dos decimales. COSTOS INDIRECTOS: En la columna correspondiente al importe acumulado, se anotará el resultado que se obtenga de la suma de los importes acumulados de la Administración Central, más el de la Administración de Campo, más el de los Seguros y Fianzas. El por ciento solicitado para este cargo será el que resulte de sumar los porcentajes correspondientes a la Administración Central, más el de la Administración de Campo, más el de los Seguros y fianzas, que deberá ser igual al que resulte de dividir el importe total de indirectos entre el importe total del costo directo de la obra multiplicado por 100. El resultado se deberá aproximar a dos decimales.
SEGUROS Y FIANZAS. El “CONTRATISTA”, se obliga a constituir en forma, términos y procedimientos previstos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas las garantías siguientes:
SEGUROS Y FIANZAS. 20.1 EL PROVEEDOR deberá efectuar y mantener una cobertura de seguro sobre la responsabilidad general y responsabilidad de los productos, suficiente para cubrir sus obligaciones y responsabilidades derivadas de la ORDEN DE COMPRA. El seguro de la responsabilidad general y de la responsabilidad por los productos de EL PROVEEDOR deberá mantenerse con un límite mínimo por incidente y una cobertura adicional combinada acorde con el monto de sus operaciones relacionadas con ALPEK POLYESTER. A solicitud de la otra parte, EL PROVEEDOR entregará a ALPEK POLYESTER los certificados de seguro que muestren que mantiene la cobertura del seguro especificada con anterioridad. 20.2 En relación con los demás seguros y fianzas en conexión con los presentes TÉRMINOS DE COMPRA, las partes reconocen y aceptan que se regirán a lo acordado en la ORDEN DE COMPRA correspondiente, en atención a las premisas que ahí se especifiquen, de acuerdo al caso concreto.
SEGUROS Y FIANZAS. AUDI no tendrá la obligación de contratar seguro alguno relacionado con las Obras. El Contratista deberá, a su propio costo y gasto, contratar y mantener válidas y surtiendo plenos efectos las siguientes pólizas de seguro y fianzas durante el Fecha de Terminación y el Periodo de Garantía de Calidad a AUDI y/o en tanto el Contratista no haya realizado la Entrega Recepción de la Obra.

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  • SEGUROS El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:

  • OTROS SEGUROS El Asegurado tiene la obligación de dar aviso por escrito a La Compañía, sobre todo Seguro que contrate o tenga contratado cubriendo los mismos bienes contra los mismos riesgos que se cubren en esta Póliza, indicando además el nombre de las Compañías Aseguradoras y las sumas aseguradas y La Compañía, hará la anotación correspondiente.

  • Seguro 17.1. Sin limitar sus obligaciones y responsabilidades bajo el Contrato, el Contratista contratará las pólizas de seguro especificadas en los artículos 17.2., 17.3 y 17.4. Cada póliza de seguro será efectuada con aseguradoras y bajo términos aprobados por la Autoridad Contratante. Antes de la fecha de inicio, el Contratista presentará copias de las pólizas al Ingeniero. Al pagar cada prima de las pólizas de seguro, el Contratista presentará la evidencia del pago al Ingeniero. El Contratista cumplirá con las condiciones estipuladas en cada una de las pólizas de seguro. Dichas pólizas de seguro estarán en efecto a partir del inicio de las Obras y estarán vigentes hasta la emisión del Ingeniero del Certificado de Terminación Final de las Obras. Cada póliza de seguro estará a nombre conjunto de la Autoridad Contratante' y el Contratista. 17.2. El Contratista contratará una póliza de seguro contra cualquier perdida o daños por los cuales el Contratista es responsable bajo el Contrato surgiendo de una causa ocurriendo previo a la emisión del Certificado de Terminación Sustancial, y por la pérdida o daños causados por el Contratista en el curso de cualquier otra operación (incluyendo aquellos bajo el artículo 49). Dicha póliza de seguro cubrirá: las Obras, junto con los materiales y planta para su incorporación en las mismas y los dibujos, hasta el total costo del reemplazo contra perdida o daños de cualquier causa surgiendo además de una fuerza mayor; una suma adicional del 10% de dicho costo de reemplazo o cualquier otra cantidad especificada en el Contrato para cubrir todos los costos directos o indirectos de las pérdidas o daños, incluyendo honorarios profesionales y el costo de demoler y remover cualquier parte de las Obras y de remover desechos de cualquier naturaleza; el equipo, planta y otras cosas del Contratista, llevadas al sitio por el Contratista por una cantidad suficiente para proveer su reemplazo en el Sitio. 17.3. El Contratista asegurará contra la responsabilidad de cada una de las partes por cualquier perdida, daño, muerte o lesión corporal que le podría ocurrir a cualquier propiedad física (excepto cosas aseguradas bajo el artículo 17.2) o para cualquier persona (excepto personas aseguradas bajo el artículo 17.4), que podrían surgir del desempeño del Contratista del Contrato y ocurriendo antes de la emisión del Certificado Final de Terminación. Al menos de que esté estipulado de otra forma en el Contrato, este seguro será ampliado para cubrir todas las perdidas y daños a la propiedad de la Autoridad Contratante (excepto las cosas aseguradas bajo el artículo 17.2). 17.4. El Contratista contratará una póliza de seguro para cubrir su propia responsabilidad y la responsabilidad de la Autoridad Contratante y del Ingeniero, por reclamos, daños, perdidas y gastos (incluyendo honorarios y gastos legales) surgiendo de lesiones, enfermedades, o la muerte del representante del Contratista, todo el personal utilizado por el Contratista en el Sitio, incluyendo personal del Contratista y de cada sub-contratista, y cualquier otro personal asistiendo al Contratista en la ejecución de las Obras. La póliza de seguro estará en vigor y efecto durante todo el tiempo que este personal esté asistiendo en la ejecución de las Obras o el remedio de defectos.

  • Pólizas de seguros Procede: NO

  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. 9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-01-DFDP-H048-38- 0659/2015, DGA-SG-34328/15 FEDERAL ESTATAL

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Concurso Público N° 007-2019-SBS Categoría A Categoría B Categoría C

  • Seguridad y salud En las Estaciones de Servicio se elegirá un/a Delegado/a de Prevención, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Como mínimo se ofertará un reconocimiento médico anual a todo el personal de cada Estación de Servicio, que se realizará siempre que la persona lo acepte. Asimismo, se hará un reconocimiento específico en vista para el personal que trabaje con ordenadores, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de aplicación. cve: BOE-A-2023-6345 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx La Comisión de Salud Laboral y Medio Ambiente del Sector de Estaciones de Servicio es paritaria entre las organizaciones firmantes. Para el nombramiento de la representación del personal se mantendrá el índice de representatividad que cada Central Sindical ostente. La Comisión Nacional no excederá de ocho miembros, cuatro de ellos en representación de las personas trabajadoras, cuatro en representación de la Empresa y un profesional médico especialista, con voz, pero sin voto nombrado de mutuo acuerdo. Ambas representaciones se comprometen a mantener reuniones periódicas trimestrales previa convocatoria de cualquiera de las partes con quince días de antelación. Además, de reuniones extraordinarias, cuando así lo acuerden las partes, en caso de accidentes o daños graves, incidentes con riesgos graves, sanciones por incumplimientos, denuncias por problemas medioambientales, tareas puntuales especialmente peligrosas... Las reuniones deben convocarse por escrito, con orden del día y con suficiente antelación para poder prepararlas. Se levantará acta de cada reunión recogiéndose todos los asuntos tratados. Se dará publicidad entre las personas trabajadoras de las reuniones, de tal forma que cualquier persona trabajadora pueda hacer llegar sus quejas y propuestas, bien personalmente o por escrito. Se contemplará la posibilidad de constituir grupos de trabajo para abordar problemas específicos. La Comisión Nacional de Salud Laboral y Medio Ambiente tendrá como objetivos prioritarios: – Promover la observancia de las disposiciones legales vigentes para la prevención de los riesgos profesionales en el ámbito de las Estaciones de Servicio. – Prestar asesoramiento a las empresas para evitar y/o reducir los riesgos que atenten a la integridad física y salud del personal. – Dar a conocer las normas y procedimientos que en materia de seguridad y Salud dicten los organismos especializados en esta materia. – Ser informada, antes de su puesta en práctica, de los proyectos en materia de organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, en lo referente a su incidencia en la prevención de riesgos. – Ser informado sobre los resultados estadísticos de los reconocimientos médicos que se realicen al personal del Sector. – Asesorar sobre los reconocimientos médicos a realizar a las personas trabajadoras. – Ser informados y consultados respecto a la normativa ambiental en los términos legalmente dispuestos. Esta Comisión de Seguridad, en el ámbito de sus atribuciones, podrá pedir informes orientativos a las autoridades competentes y a las empresas especializadas del sector de seguridad. Asimismo, tendrá en consideración las medidas y recomendaciones que hayan podido ser implantadas por las distintas autoridades, asociaciones profesionales, etc. No obstante, se acuerda en materia de seguridad aplicar el protocolo del «Boletín Oficial de Extremadura» (DOE núm. 1 del 4 de enero de 2005). Se adjunta el mismo, a efectos informativos, como anexo número 4. Respetándose en todo caso los acuerdos y las normativas aprobadas en los distintos ámbitos territoriales y que no contradigan las materias contenidas en el acuerdo de Extremadura. cve: BOE-A-2023-6345 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx En los casos de empresas que tengan comité de seguridad y salud con presencia de representantes pertenecientes a los sindicatos firmantes de este convenio, o que firmen acuerdos de desarrollo de este convenio nacional en los que la mayoría de la representación sindical esté conformada por los citados sindicatos, y que dentro de dicho comité o acuerdo de desarrollo se pacten medidas de seguridad en las Estaciones de Servicios, dichas medidas también serán admitidas como válidas a los efectos de dar por cumplido lo previsto en este artículo en lo referente a medidas a implantar, debiendo comunicarse a la Comisión aquí establecida. Igualmente, en los casos de empresas en que no concurran las circunstancias descritas en la frase anterior, si dichas empresas aplican medidas de seguridad que sean consideradas como suficientes por parte de la autoridad gubernativa, policial, guardia civil, o cualquier otra tercera parte autorizada, también se entenderá que aplican medidas válidas, a los efectos de este artículo, debiendo comunicarse igualmente a la Comisión aquí establecida; en el supuesto específico recogido en este párrafo, y a título meramente informativo, se comunicará a la Comisión con carácter previo la intención de acogerse a este procedimiento con independencia de que finalmente se lleve a efecto.