FIRMA DEL CONTRATO. En los casos en que el acuerdo se perfeccionara mediante un contrato, el mismo se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo y se deberá notificar al adjudicatario, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) días. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, la jurisdicción o entidad contratante lo notificará por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación comunicando que el contrato está a disposición para ser suscripto, el adjudicatario podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.
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Samples: Acquisition Agreement, Licitación Privada, Contratación De Servicio
FIRMA DEL CONTRATO. En los casos en que el acuerdo se perfeccionara mediante un contrato, el mismo se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo y se deberá notificar al adjudicatario, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) días. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, la jurisdicción o entidad contratante lo notificará por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación comunicando que el contrato está a disposición para ser suscripto, el adjudicatario podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.
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Samples: Contract for the Acquisition of Equipment and Software, Contratación Directa, Contratación Directa
FIRMA DEL CONTRATO. En los casos en que el acuerdo Habiendo cumplimentado la constitución de la Garantía de Ejecución de Contrato, la firma del contrato u orden de compra se perfeccionara mediante un contrato, el mismo se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo y se deberá notificar al adjudicatario, realizará dentro de los DIEZ diez (10) días de hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto administrativo instrumento legal de adjudicación, el que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) díasbasará en los pliegos licitatorios, circulares aclaratorias y la propuesta. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, la jurisdicción o entidad contratante lo notificará por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación comunicando que el contrato está a disposición para ser suscriptoVencido dicho plazo, el adjudicatario que no hubiere recibido la notificación correspondiente podrá desistir exigir la firma del contrato en forma personal o por medio fehaciente. En el caso de su que el adjudicatario haya sido debidamente notificado y no concurriere a firmar el contrato en el plazo antes mencionado, podrá dejarse sin efecto la adjudicación correspondiente, perdiendo el adjudicatario la garantía de oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sancionesconstituida.
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Samples: Licitación Pública
FIRMA DEL CONTRATO. En los casos en que el acuerdo se perfeccionara mediante un contrato, contrato el mismo se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo Instrumento respectivo. El contrato deberá contener las estipulaciones básicas del procedimiento y se será suscripto por el oferente o su representante legal y por el funcionario competente. A tal fin, la unidad operativa de contrataciones deberá notificar al adjudicatario, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) días. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, la jurisdicción o entidad contratante lo notificará el FONDO podrá notificarlo por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior anterior, no se hubiera efectivizado la notificación comunicando que el contrato está a disposición para ser suscripto, el adjudicatario podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.
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FIRMA DEL CONTRATO. En los casos en que el acuerdo Habiendo cumplimentado la constitución de la Garantía de Ejecución de Contrato, la firma del contrato u orden de compra se perfeccionara mediante un contrato, el mismo se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo y se deberá notificar al adjudicatario, realizará dentro de los DIEZ diez (10) días de hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto administrativo instrumento legal de adjudicación, el que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) díasbasará en los pliegos licitatorios, circulares aclaratorias y la propuesta. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, la jurisdicción o entidad contratante lo notificará por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación comunicando que el contrato está a disposición para ser suscriptoVencido dicho plazo, el adjudicatario que no hubiere recibido la notificación correspondiente podrá desistir exigir la firma del contrato en forma personal o por medio fehaciente. En el caso de su que el adjudicatario haya sido debidamente notificado y no concurriere a constituir la garantía de ejecución y/o a firmar el contrato en el plazo antes mencionado, podrá dejarse sin efecto la adjudicación correspondiente, perdiendo el adjudicatario la garantía de oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sancionesconstituida.
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Samples: Licitación Pública