Common use of Forma y oportunidad de restitución Clause in Contracts

Forma y oportunidad de restitución. La devolución de esta garantía se hará dentro de los quince días corridos siguientes a la fecha de su vencimiento, previa conformidad del administrador del contrato y una vez recepcionados conforme totalmente los servicios por parte del MINVU. Dicha devolución se efectuará en la Sección de Administrac ión y Finanzas de esta SEREMI, ubicado en Xxxxx Xxxx X° 000, xxxx 0x, xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en días hábiles, en horarios entre las nueve y las trece treinta horas y entre las quince y las dieciséis treinta horas. El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas o, en ambos casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder otorgado ante notario, emitido por la persona natural o el representante legal de la empresa, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trá mite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira.  Si el monto del daño que se cause a terceros, ocasionados por el consultor durante la prestación del servicio, excede de la suma a pagar por el servicio contratado, conforme a lo establecido en el punto 1.18 “Responsabilidad de la empresa”.  Si la SEREMI pone término anticipado al contrato, por algunas de las siguientes causales:  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor.  Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con trabajadores propios. La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá formalizarse a través del acto administrativo que aplique dicha sanción, en la cual deberá detallarse la situación que ameritó la aplicación de la sanción y el cobro de esta garantía. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo consultor a través del Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la Administrac ión. Detectada una situación que amerite el cobro de la garantía, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo designado por la empresa, mediante oficio certificado, informándole el detalle de la situación que ameritó la aplicación de la sanción y el cobro de esta garantía.

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Forma y oportunidad de restitución. La devolución En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el contrato, el proveedor deberá reponer la garantía se hará por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los quince 5 días corridos hábiles siguientes a contados desde el cobro de la fecha de su vencimientoprimera, previa conformidad so pena del administrador término anticipado del contrato y una vez recepcionados conforme totalmente los servicios por parte sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del MINVU. Dicha devolución se efectuará en la Sección de Administrac ión y Finanzas de esta SEREMI, ubicado en Xxxxx Xxxx X° 000, xxxx 0x, xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en días hábiles, en horarios entre las nueve y las trece treinta horas y entre las quince y las dieciséis treinta horas. El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas o, en ambos casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder otorgado ante notario, emitido por la persona natural o el representante legal de la empresa, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trá mite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad adjudicatario mantener vigente de la persona que retira.  Si el monto del daño que se cause a terceros, ocasionados por el consultor durante la prestación del servicio, excede de la suma a pagar por el servicio contratado, conforme a lo establecido en el punto 1.18 “Responsabilidad de la empresa”.  Si la SEREMI pone término anticipado al contrato, por algunas de las siguientes causales:  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor.  Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con trabajadores propios. La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato. En el evento en que se realice una prórroga de contrato y la garantía entregada tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha prórroga, el contratado deberá formalizarse a través del acto administrativo que aplique dicha sanción, en la cual deberá detallarse la situación que ameritó la aplicación reemplazarla dentro de los últimos 5 días de vigencia de la sanción y misma por otra de iguales características que cumpla con el cobro nuevo plazo de vigencia del contrato, aumentado en 60 días hábiles. La restitución de esta garantía. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo consultor a través del Sistema garantía será hará una vez vencido el plazo de Informac ión de Compras y Contratación vigencia de la Administrac iónmisma, sin reajuste ni intereses. Detectada una situación Será responsabilidad del proveedor solicitar mediante carta u oficio la devolución de la garantía en oficina de partes de la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx, y será esta quien solicite la devolución de las garantía a Serviu Región xxx Xxxxx. Descripción La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que amerite en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónica dentro de los siete (7) días corridos posteriores a la adjudicación. En el caso en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma por lo tanto no será necesario el ingreso de la garantía en formato papel a la SEREMI V. y U. región xxx Xxxxx. Causal y Procedimiento de Cobro La Unidad Técnica instruirá al Mandante realice el cobro de la garantía, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente Garantía de ello al ejecutivo designado por la empresa, mediante oficio certificado, informándole Fiel Cumplimiento de Contrato cuando el detalle consultor incurra en el no cumplimiento de la situación que ameritó la aplicación cualquiera de la sanción y las obligaciones establecidas en las presentes bases en el cobro de esta garantía.punto 31.3.-

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Samples: Carta De Compromiso Equipo De Trabajo Técnicos Y Profesionales

Forma y oportunidad de restitución. La En el caso del adjudicatario, la devolución de esta la garantía se hará dentro a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de suscripción del contrato. En el caso de los quince oferentes a los que se les haya declarado inadmisible su oferta, la devolución de la garantía se hará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación del acto administrativo de adjudicación en el portal www.merc xxxxxxxxxx.xx. En el caso de los demás oferentes que no resulten adjudicados, la devolución de ésta se hará a contar de los treinta días corridos siguientes a la fecha de su vencimiento, previa conformidad publicación del administrador del contrato y una vez recepcionados conforme totalmente los servicios por parte del MINVUacto administrativo que adjudique el proceso licitatorio en el portal www.merc xxxxxxxxxx.xx. Dicha devolución se efectuará en la Sección de Administrac ión y Finanzas de esta la SEREMI, ubicado ubicada en Xxxxx Xxxx X° 000, xxxx 0xxxxxxxx xxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en días hábiles, en horarios entre las nueve y las trece treinta horas y entre las quince y las dieciséis treinta diecisiete horas. El retiro de la garantía podrá deberá ser realizado de manera personal personalmente en el caso de las personas naturales, o por parte del el representante legal en el caso de las personas jurídicas o, en ambos casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último casoNo obstante lo señalado, se deberá presentar un poder el titular también podrá comparec er representado, siempre que presente la escritura pública de mandato otorgado ante notario, emitido por la persona natural el titular o el representante legal de la empresalegal, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trá mite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira.  Si el monto del daño que se cause a tercerosoferente desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, ocasionados por el consultor durante la prestación del servicio, excede vigencia de ésta.  Si el oferente no extiende la vigencia de su garantía de seriedad de la suma oferta, a pagar por el servicio contratadosolicitud de la SEREMI, conforme a lo establecido en el punto 1.18 1.6 Responsabilidad Recepción de la empresa”las propuestas” de las presentes bases de licitación.  Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.  Si el proponente no diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo treinta y nueve del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en relación a no tener contacto con la SEREMI pone término anticipado para efectos de la presente Licitación Pública, salvo aquellas instancias establecidas en las presentes bases de licitación, siempre que dicho contacto sea por causas imputables al oferente.  Si el adjudicatario no adjunta la documentac ión necesaria para ser contratado dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación.  Si el adjudicatario no cumple los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases de licitación.  Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro de Consultores o se encuentra inhábil, o no cuenta con Convenio Único Regional suscrito, ambos casos dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudique el proceso licitatorio en el Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la Administrac ión.  Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por algunas .  Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases de las siguientes causales:  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por licitación.  Detectada una situación que amerite el consultor.  Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con trabajadores propios. La ejecución cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá formalizarse a través del acto administrativo que aplique dicha sanción, en la cual deberá detallarse la situación que ameritó la aplicación seriedad de la oferta, se notificará al proponente mediante Oficio, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que se motiva ésta.  A contar de la notificac ión singularizada en el literal anterior, el proponente tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos, ingresando una carta por Oficina de Partes acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.  Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se realizará el cobro de esta garantíala garantía de seriedad de la oferta, por medio de un acto administrativo fundado del Secretario Regional Ministerial. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo consultor proponente a través del Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la Administrac ión. Detectada una  Si el respectivo proponente ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la SEREMI podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado del Secretario Regional Ministerial, en el cual deberá detallarse la situación que amerite ameritó el cobro de la garantía, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente garantía de ello al ejecutivo designado por la empresa, mediante oficio certificado, informándole el detalle seriedad de la situación que ameritó la aplicación oferta. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo proponente a través del Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la sanción y el cobro de esta garantíaAdministrac ión.

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Forma y oportunidad de restitución. La devolución de esta garantía se hará dentro de los quince días corridos siguientes a la fecha de su vencimiento, previa conformidad del administrador del contrato y una vez recepcionados conforme totalmente los servicios por parte del MINVU. Dicha devolución se efectuará en la Sección de Administrac ión y Finanzas de esta SEREMI, ubicado en Xxxxx Xxxx X° 000, xxxx 0x, xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en días hábiles, en horarios entre las nueve y las trece treinta horas y entre las quince y las dieciséis treinta horas. El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas o, en ambos casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder otorgado ante notario, emitido por la persona natural o el representante legal de la empresa, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trá mitetrámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira.  Si el monto del daño que se cause a terceros, ocasionados por el consultor durante la prestación del servicio, excede de la suma a pagar por el servicio contratado, conforme a lo establecido en el punto 1.18 “Responsabilidad de la empresa”.  Si la SEREMI pone término anticipado al contrato, por algunas de las siguientes causales:  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor.  Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con trabajadores propios. La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá formalizarse a través del acto administrativo que aplique dicha sanción, en la cual deberá detallarse la situación que ameritó la aplicación de la sanción y el cobro de esta garantía. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo consultor a través del Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la Administrac ión. Detectada una situación que amerite el cobro de la garantía, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo designado por la empresa, mediante oficio certificado, informándole el detalle de la situación que ameritó la aplicación de la sanción y el cobro de esta garantía.

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Forma y oportunidad de restitución. La En el caso del adjudicatario, la devolución de esta la garantía se hará dentro a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de suscripción del contrato. En el caso de los quince oferentes a los que se les haya declarado inadmisible su oferta, la devolución de la garantía se hará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación del acto administrativo de adjudicación en el portal www.merc xxxxxxxxxx.xx. En el caso de los demás oferentes que no resulten adjudicados, la devolución de ésta se hará a contar de los treinta días corridos siguientes a la fecha de su vencimiento, previa conformidad publicación del administrador del contrato y una vez recepcionados conforme totalmente los servicios por parte del MINVUacto administrativo que adjudique el proceso licitatorio en el portal www.merc xxxxxxxxxx.xx. Dicha devolución se efectuará en la Sección de Administrac ión y Finanzas de esta la SEREMI, ubicado ubicada en Xxxxx Xxxx X° 000, xxxx 0xxxxxxxx xxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en días hábiles, en horarios entre las nueve y las trece treinta horas y entre las quince y las dieciséis treinta diecisiete horas. El retiro de la garantía podrá deberá ser realizado de manera personal personalmente en el caso de las personas naturales, o por parte del el representante legal en el caso de las personas jurídicas o, en ambos casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último casoNo obstante lo señalado, se deberá presentar un poder el titular también podrá comparec er representado, siempre que presente la escritura pública de mandato otorgado ante notario, emitido por la persona natural el titular o el representante legal de la empresalegal, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trá mite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira.  Si el monto del daño que se cause a tercerosoferente desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, ocasionados por el consultor durante la prestación del servicio, excede vigencia de ésta.  Si el oferente no extiende la vigencia de su garantía de seriedad de la suma oferta, a pagar por el servicio contratadosolicitud de la SEREMI, conforme a lo establecido en el punto 1.18 1.6 Responsabilidad Recepción de la empresa”las propuestas” de las presentes bases de licitación.  Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.  Si el proponente no diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo treinta y nueve del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en relación a no tener contacto con la SEREMI pone término anticipado para efectos de la presente Licitación Pública, salvo aquellas instancias establecidas en las presentes bases de licitación, siempre que dicho contacto sea por causas imputables al oferente.  Si el adjudicatario no adjunta la documentac ión necesaria para ser contratado dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación.  Si el adjudicatario no cumple los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases de licitación.  Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro de Consultores o se encuentra inhábil, o no cuenta con Convenio Único Regional suscrito, ambos casos dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudique el proceso licitatorio en el Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la Administrac ión.  Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por algunas .  Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases de las siguientes causales:  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por licitación.  Detectada una situación que amerite el consultor.  Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con trabajadores propios. La ejecución cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá formalizarse a través del acto administrativo que aplique dicha sanción, en la cual deberá detallarse la situación que ameritó la aplicación seriedad de la oferta, se notificará al proponente mediante Oficio, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que se motiva ésta.  A contar de la notificación singularizada en el literal anterior, el proponente tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos, ingresando una carta por Oficina de Partes acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.  Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se realizará el cobro de esta garantíala garantía de seriedad de la oferta, por medio de un acto administrativo fundado del Secretario Regional Ministerial. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo consultor proponente a través del Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la Administrac ión. Detectada una  Si el respectivo proponente ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la SEREMI podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado del Secretario Regional Ministerial, en el cual deberá detallarse la situación que amerite ameritó el cobro de la garantía, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente garantía de ello al ejecutivo designado por la empresa, mediante oficio certificado, informándole el detalle seriedad de la situación que ameritó la aplicación oferta. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo proponente a través del Sistema de Informac ión de Compras y Contratación de la sanción y el cobro de esta garantíaAdministrac ión.

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