Llamado Cláusulas de Ejemplo

Llamado. El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener al menos la siguiente información: 1. Descripción del bien y/o servicio a licitar. 2. Nombre de la Entidad Licitante.
Llamado. Art. 1. La Dirección General de los Servicios de las FF.AA. - Servicio de Tutela Social de las FF.AA. (en ade­lan­te D.G.S.S - S.T.S.) llama a licitación para la concesión del servicio xx xxxxxxx, bar y restaurante en el parador Puerto Xxxxxxx (Los Cerrillos- Parador Xxxxx) Departamento de Canelones.
Llamado. El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información del Portal de Chile Compra y deberá contener a lo menos, la siguiente información: 1.a- Descripción del bien y/o servicio a licitar.
Llamado. El lapso para presentar la manifestación de voluntad en Concurso Abierto se contará a partir del día siguiente a la publicación en la página web del Servicio Nacional de Contrataciones o la página web del órgano o ente contratante, lo que ocurra primero. Excepcionalmente de realizarse la publicación en los medios impresos, esta será por un (1) día, y la información incluida en el llamado debe restringirse su contenido a lo indicado en el artículo 58 de la Ley de Contrataciones Públicas y las dimensiones del aviso debe ajustarse estrictamente a ese contenido, procurando economía en el costo de la publicación. Así mismo, el llamado debe publicarse en la página Web del órgano o ente contratante y la del Servicio Nacional de Contrataciones simultáneamente, de acuerdo a lo indicado en el artículo 57 de la Ley.
Llamado. 20.01 Todos los empleados de tiempo completo y de tiempo parcial ordenados a trabajar en cualquier día, quienes se reportan para el trabajo en ese día, deberán percibir por lo menos cuatro (4) horas de pago a la tarifa de clasificación por ese día, excepto como se dispone más adelante en caso de avería, Articulo 30. 20.02 Un empleado que se reporta para el trabajo en un día de trabajo normal y que no fue informado oficialmente por la Compañía para no presentarse en ese día en particular, será considerado como ordenado a trabajar.
Llamado. El Ministerio del Medio Ambiente – Subsecretaría del Medio Ambiente, en adelante e indistintamente “la Subsecretaría”, llama a licitación pública del contrato denominado: “GUÍA PARA LA ELABORACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS PLANES SECTORIALES DE a) Hacer un análisis exhaustivo de la información básica que pide el proyecto xx xxx xxxxx de Cambio climático y añadir otros elementos comunes que debiesen tener los PSM. b) Identificar las acciones a tomar para nivelar las capacidades de los sectores antes de poder aplicar las guías para la elaboración de un PSM. c) Desarrollo de la (s) propuesta (s) de guía (s) a través de una metodología práctica y secuencial que sea aplicable por todos los sectores. d) Proponer los elementos básicos de un sistema de seguimiento y reporte de los PSM, especificando indicadores de progreso para un PSM.
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  • ASEGURADO De la misma forma, el asegurado podrá poner término anticipado al contrato, salvo las excepciones legales, comunicándolo al asegurador en la forma establecida en el artículo 23. En caso de quiebra del asegurador, el asegurado podrá exigir alternativamente la devolución de la prima o que el concurso le afiance el cumplimiento de las obligaciones del fallido. Por último, en caso de término, la prima se reducirá en forma proporcional al plazo corrido.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuito de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción del vehículo asegurado, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • SUMAS ASEGURADAS 1. El 100% de las minutas y gastos de reclamación, sin límite cuando se trate de las acreditadas por los Abogados y Procuradores designados por el Asegurador y, como máximo por siniestro, hasta 1.500,00 euros cuando se trate de los honorarios y gastos de Abogados y Procuradores libremente elegidos por el Asegurado.

  • Trabajos nocturnos 1. El personal que trabaje entre las veintidós horas y las seis de la mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base de su categoría. 2. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. 3. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta con complemento de nocturnidad.

  • HECHO GENERADOR El hecho generador es el presupuesto establecido por la Ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.

  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO a) Tan pronto como se produzca el siniestro, el TOMADOR DEL SEGURO, el ASEGURADO o los BENEFICIARIOS, deberán emplear todos los medios que estén a su alcance para aminorar las consecuencias del mismo. b) El ASEGURADO o sus derechohabientes, deberán avisar a la agencia en que han comprado el viaje amparado por el seguro, en el momento de sobrevenir alguna de las causas que puedan ser origen de reembolso de gastos de anulación de viaje, según lo indicado en dicha garantía de Gastos de Anulación. c) El TOMADOR, el ASEGURADO o sus derechohabientes, deberán comunicar al ASEGURADOR el acaecimiento de un siniestro, dentro del plazo máximo de SIETE días, CONTADOS a partir de la fecha en que fue conocido, pudiendo reclamar el ASEGURADOR, los daños y perjuicios causados por la falta de esta declaración salvo que demuestre que éste tuvo conocimiento del siniestro por otro medio. d) El ASEGURADO debe suministrar toda prueba que le sea razonablemente demandada por el ASEGURADOR sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro con el fin de llevar a cabo las prestaciones garantizadas en las condiciones de la póliza. En el supuesto de haber incurrido en gastos cubiertos por las garantías de la presente póliza, aportará las facturas o justificantes originales de los mismos. e) El ASEGURADO debe proceder de inmediato a solicitar la comprobación de los daños o desaparición del equipaje por personas o autoridades competentes – Jefe de Estación, Representante cualificado de compañías aéreas, navieras y transportes, Directores de Hoteles, etc.- y vigilar que sus circunstancias e importancia sean reflejadas en un documento que remitirá al ASEGURADOR. f) El ASEGURADO, así como sus beneficiarios, en relación a las garantías de la presente póliza, exoneran xxx xxxxxxx profesional a los facultativos médicos que los hayan atendido, como consecuencia de la ocurrencia de un siniestro, para que éstos puedan facilitar información médica al ASEGURADOR, así como sobre los antecedentes sanitarios en relación al caso, para la correcta evaluación del siniestro. El ASEGURADOR no podrá hacer otro uso distinto del indicado, de la información obtenida. g) En caso de que el ASEGURADOR hubiese efectuado una garantía de pago ante un tercero, poniéndose posteriormente de manifiesto que se trataba de unos gastos no cubiertos por el seguro, el ASEGURADO deberá a reembolsar su importe al ASEGURADOR en un plazo máximo de 30 días a contar desde el requerimiento que le hubiese sido efectuado por éste. h) En caso de robo el ASEGURADO lo denunciará a la Policía o Autoridad del lugar inmediatamente y se lo justificará al ASEGURADOR. Si los objetos son recuperados antes del pago de la indemnización, el ASEGURADO deberá tomar posesión de ellos y el ASEGURADOR sólo estará obligado a pagar los daños sufridos. i) El ASEGURADO deberá acompañar a las reclamaciones por demoras, documento justificativo de la ocurrencia del siniestro. j) En caso de siniestro de Responsabilidad Civil, el TOMADOR, el ASEGURADO o sus derechohabientes, no deben aceptar, negociar o rechazar ninguna reclamación sin la expresa autorización del ASEGURADOR. k) En caso de anulación de viaje, o de cancelación, el ASEGURADO deberá aportar los documentos que acrediten o justifiquen la ocurrencia de la misma, así como las facturas o justificantes de los gastos.

  • Señalización INCISO: 2.1 Protocolo de señalización.

  • VICIOS OCULTOS “EL PROVEEDOR” RESPONDERÁ DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS, RESPECTO DEL SUMINISTRO DE BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, AÚN CUANDO HUBIESE CONCLUIDO SU VIGENCIA Y HASTA POR UN PLAZO DE DOS AÑOS.

  • GASTOS Los honorarios de cada árbitro serán cubiertos por la parte que lo hubiere designado y los honorarios del Dirimente serán cubiertos por ambas partes en igual proporción. Antes de constituirse el Tribunal, las partes acordarán los honorarios de las demás personas que, de mutuo acuerdo, convengan que deban intervenir en el procedimiento de arbitraje. Si el acuerdo no se produjere oportunamente, el propio Tribunal fijará la compensación que sea razonable para dichas personas, tomando en cuenta las circunstancias. Cada parte sufragará sus costos en el procedimiento de arbitraje, pero los gastos del Tribunal serán sufragados por las partes en igual proporción. Toda duda en relación con la división de los gastos o con la forma en que deban pagarse será resuelta sin ulterior recurso por el Tribunal.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones de las cláusulas.