FUNCIONALIDADES DEL INTERFAZ DE ACCESO A LOS PRESTADORES DE SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

FUNCIONALIDADES DEL INTERFAZ DE ACCESO A LOS PRESTADORES DE SERVICIO. La interfaz de acceso a los prestadores de servicio deberá incorporar las funcionalidades necesarias para una correcta gestión de los procesos de portabilidad en función de los acuerdos alcanzados entre el prestador de servicio y su operador de red. Dicho interfaz ha de permitir a los prestadores de servicio que tengan acuerdo con el operador de red desempeñar sus responsabilidades en los procesos administrativos de portabilidad, respecto a la tramitación de peticiones, consultas e incidencias. Las responsabilidades del prestador de servicio y de su operador de red son las mencionadas a continuación: o Proceso de alta de portabilidad: en rol receptor, el prestador de servicio tiene la responsabilidad de tramitar la solicitud de alta del usuario respetando el plazo establecido en las especificaciones, por medio de la interfaz o interfaces que su operador de acceso le provea. Éste tiene la obligación de garantizar dicha accesibilidad al sistema de portabilidad y de asegurar que mediante dicha interfaz las peticiones de portabilidad sean transmitidas al operador donante respetando los plazos establecidos en la especificación. Respecto a los datos de portabilidad, el NRN asociado al receptor es la única información de la que es responsable el operador de acceso. En rol donante, el prestador de servicio tiene la responsabilidad xx xxxx las solicitudes en las cuales sea receptor y aceptar o denegar tales solicitudes en plazo, en base a las causas de denegación que le competen. Su operador de acceso en este caso tiene la obligación de facilitarle los medios para la correcta ejecución de dichas responsabilidades.. Aquellas causas de denegación tipificadas en la especificación que no son responsabilidad del prestador de servicio, será el operador de acceso quien deberá validarlas. o Proceso de cancelación: en rol receptor, el prestador de servicio tiene la responsabilidad de tramitar las solicitudes de cancelación en el plazo establecido en las especificaciones, por medio de la interfaz o interfaces que su operador de acceso le provea. Éste tiene la obligación de garantizar dicha accesibilidad al sistema de portabilidad y de asegurar que mediante dicha interfaz las peticiones de cancelación sean transmitidas al operador donante respetando los plazos establecidos en la especificación. o Proceso de baja de numeración portada: sólo en rol receptor, el prestador de servicio tiene la responsabilidad de tramitar las notificaciones de baja de numeración portada en el plaz...

Related to FUNCIONALIDADES DEL INTERFAZ DE ACCESO A LOS PRESTADORES DE SERVICIO

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.

  • CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO CONDICIONES DETALLE

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.