Common use of Garantía de Participación Clause in Contracts

Garantía de Participación. El Oferente deberá presentar la garantía de participación por un monto de ¢1.000.000.00 (un millón de colones con 00/100). En caso de ofertas en dólares, para garantías en dólares se utilizará como equivalencia, el tipo de cambio de venta publicado por el Banco Central el día anterior a la apertura de ofertas. La garantía de participación deberá tener una vigencia mínima de tres meses contados a partir de la apertura de las ofertas (para efectos de este cartel un mes corresponde a 30 días naturales). Cuando la garantía es rendida en dinero en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia, el Oferente deberá presentarla antes de la hora de apertura de las ofertas en el Área xx Xxxxx en el primer piso del edificio principal del Banco, y entregar copia del recibo emitido al Departamento de Proveeduría, antes de la apertura de las ofertas. En el caso de presentación de bonos, certificados a plazo, o carta de garantía el Oferente deberá de entregarlos antes de la hora de apertura de las ofertas en el Departamento de Proveeduría. La garantía de participación se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 37 al 39 y del 42 al 45 del R.L.C.A. PRESENTACIÓN DE TIMBRES: Se debe adjuntar a la oferta el timbre de ¢200.00 (Doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105) y un timbre de ¢20.00 (Veinte colones exactos) de la Ciudad de Las Niñas (Artículo 3 Ley 6496). CERTIFICACIONES: El Oferente deberá presentar lo siguiente: Certificación de la Personería Jurídica; donde adicionalmente se indique la cantidad de años de constituida la empresa. Cuando se trata de una sociedad costarricense colectiva, en comandita, anónima o de responsabilidad limitada, deberá acompañar con su propuesta una CERTIFICACIÓN PÚBLICA SOBRE LA NATURALEZA Y PROPIEDAD DE SUS CUOTAS O ACCIONES. Si las cuotas o acciones fueren nominativas y éstas pertenecieren a otra sociedad, deberá igualmente aportarse certificación pública respecto de esta última en cuanto a la naturaleza de sus acciones. Las certificaciones serán emitidas: En cuanto a la naturaleza de las cuotas o acciones; por el Registro Público o por un notario público, con vista en los libros del Registro. En cuanto a la propiedad de las cuotas o acciones, por un notario público o contador público autorizado, con vista en los libros de la sociedad. No obstante, si se tratare de una sociedad inscrita dentro del año anterior al requerimiento de la certificación, o modificada a acciones nominativas dentro del período indicado, la certificación sobre ambos extremos podrá ser extendida por el Registro Público o por un notario. Si la certificación hubiese sido presentada en algún otro concurso de contratación administrativa anterior, o fue actualizada en el Registro de Proveedores en un plazo no mayor de un año, se admitirá sobre las mismas bases, aportando las referencias del expediente en que consta la certificación. La certificación tiene una vigencia de un año.

Appears in 1 contract

Samples: activos.bccr.fi.cr

Garantía de Participación. El Oferente oferente deberá presentar el 1% de garantía sobre el monto total de la garantía de participación cotización anual (precio mensual ofrecido por un monto de ¢1.000.000.00 (un millón de colones con 00/10012 meses). En caso de ofertas en dólares, para garantías en dólares se utilizará como equivalencia, el tipo de cambio de venta publicado por el Banco Central el día anterior a la apertura de ofertas. La garantía de participación deberá tener una vigencia mínima de tres meses contados noventa días hábiles a partir de la apertura fecha de las ofertas (para efectos recepción de este cartel un mes corresponde a 30 días naturales)ofertas. La garantía se puede rendir de la siguiente manera: Cuando la garantía es rendida en dinero en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia, el Oferente oferente deberá presentarla presentarse antes de la hora de apertura de las ofertas en el Departamento de Proveeduría para la confección del recibo de depósito, el cual debe entregar en el Área xx Xxxxx ubicada en el primer piso del edificio principal del Banco, BCCR y luego entregar copia del recibo emitido al sellado en el Departamento de Proveeduría, antes de la apertura de las ofertas. En el caso de presentación de bonos, certificados a plazo, o carta de garantía el Oferente oferente deberá de entregarlos antes de la hora de apertura de las ofertas en el Departamento de Proveeduría. En caso de rendir la garantía con bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor xx xxxxxxx y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta o en los casos que se presenten garantías con un mayor monto, el cual deberá ser igual o mayor en un 0.03% del porcentaje fijado por la Administración para garantizar la presente contratación. Adicionalmente, se puede utilizar el servicio de Transferencia de Fondos a Terceros (TFT), es un servicio del SINPE que opera en tiempo real (liquida en segundos), las 24 horas del día, todos los días del año (7*24). Es provisto por las entidades financieras participantes del SINPE a través de sus sitios web o bien, en plataforma de servicios. La información que se debe suministrar para realizar el pago al BCCR es la siguiente: Cuenta Colones: 10000010001000140 Cuenta Dólares: 10000010002000202 ID Destino: 0-000-000000 (Cédula Jurídica del BCCR) Concepto: Pago por concepto de xxxxx (descripción del pago) Además, se deberá enviar en la oferta una copia del pago o número de comprobante. La garantía será devuelta a los oferentes que hayan mantenido invariable su oferta y no resulten favorecidos con la adjudicación, lo cual se hará a solicitud de parte y posterior a la notificación del acto de adjudicación. La garantía de participación no será devuelta al adjudicatario en tanto no se satisfagan las demás formalidades para la perfección o formalización del contrato (cuando así se requiera) dentro del plazo establecido, según los artículos 189 y 190 del R.L.C.A. El oferente deberá indicar en su oferta el número de cuenta cliente de la empresa, la moneda correspondiente y la institución financiera a la que pertenece, a fin de realizar la devolución del dinero que se haya depositado como garantía de participación, una vez que se haya cumplido las formalidades del concurso. No se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito en efectivo por el Banco. En estos casos, cuando el oferente no adjudicado no solicitare el retiro de la garantía dentro de los 12 (doce) meses siguientes a la fecha en que hubiere quedado en firme el acto de adjudicación, el BCCR procederá a registrar el monto en efectivo correspondiente a esta garantía, como un activo. La garantía de participación se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 37 al 39 y del 42 al 45 del R.L.C.A. PRESENTACIÓN DE TIMBRESTIMBRES JUNTO CON LA OFERTA: Se debe adjuntar a la oferta el timbre de ¢200.00 (Doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105) y un timbre de ¢20.00 (Veinte colones exactos) de la La Ciudad de Las Niñas (Artículo 3 Ley 6496). CERTIFICACIONES: El Oferente deberá presentar lo siguiente: Certificación de la Personería Jurídica; donde adicionalmente se indique la cantidad de años de constituida la empresa. Cuando se trata de una sociedad costarricense colectiva, en comandita, anónima o de responsabilidad limitada, deberá acompañar con su propuesta una CERTIFICACIÓN PÚBLICA SOBRE LA NATURALEZA Y PROPIEDAD DE SUS CUOTAS O ACCIONES. Si las cuotas o acciones fueren nominativas y éstas pertenecieren a otra sociedad, deberá igualmente aportarse certificación pública respecto de esta última en cuanto a la naturaleza de sus acciones. Las certificaciones serán emitidas: En cuanto a la naturaleza de las cuotas o acciones; por el Registro Público o por un notario público, con vista en los libros del Registro. En cuanto a la propiedad de las cuotas o acciones, por un notario público o contador público autorizado, con vista en los libros de la sociedad. No obstante, si se tratare de una sociedad inscrita dentro del año anterior al requerimiento de la certificación, o modificada a acciones nominativas dentro del período indicado, la certificación sobre ambos extremos podrá ser extendida por el Registro Público o por un notario. Si la certificación hubiese sido presentada en algún otro concurso de contratación administrativa anterior, o fue actualizada en el Registro de Proveedores en un plazo no mayor de un año, se admitirá sobre las mismas bases, aportando las referencias del expediente en que consta la certificación. La certificación tiene una vigencia de un año.

Appears in 1 contract

Samples: activos.bccr.fi.cr

Garantía de Participación. El Oferente oferente deberá presentar el 1% de garantía sobre el monto total de la garantía de participación por un monto de ¢1.000.000.00 (un millón de colones con 00/100). En caso de ofertas en dólares, para garantías en dólares se utilizará como equivalencia, el tipo de cambio de venta publicado por el Banco Central el día anterior a la apertura de ofertascotización. La garantía de participación deberá tener una vigencia mínima de tres meses 90 días naturales, contados a partir de la apertura de las ofertas (para efectos de este cartel un mes corresponde a 30 días naturales)ofertas. Cuando la garantía es rendida en dinero en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia, el Oferente oferente deberá presentarla antes de la hora de apertura de las ofertas en el Área xx Xxxxx en el primer piso del edificio principal del BancoBCCR, y entregar copia del recibo emitido al Departamento de Proveeduría, antes de la apertura de las ofertas. En el caso de presentación de bonos, certificados a plazo, o carta de garantía el Oferente oferente deberá de entregarlos antes de la hora de apertura de las ofertas en el Departamento de Proveeduría. En caso de rendir la garantía con bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor xx xxxxxxx y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta o en los casos que se presenten garantías con un mayor monto, el cual deberá ser igual o mayor en un 0.03% del porcentaje fijado por la Administración para garantizar la presente contratación. La garantía será devuelta a los oferentes que hayan mantenido invariable su oferta y no resulten favorecidos con la adjudicación, lo cual se hará a solicitud de parte y posterior a la notificación del acto de adjudicación. La garantía de participación no será devuelta al adjudicatario en tanto no se satisfagan las demás formalidades para la perfección o formalización del contrato (cuando así se requiera) dentro del plazo establecido, según los artículos 189 y 190 del R.L.C.A. No se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito en efectivo por el Banco. En estos casos, cuando el oferente no adjudicado no solicitare el retiro de la garantía dentro de los 12 (doce) meses siguientes a la fecha en que hubiere quedado en firme el acto de adjudicación, el BCCR procederá a registrar el monto en efectivo correspondiente a esta garantía, como un activo. La garantía de participación se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 37 al 39 y del 42 al 45 del R.L.C.A. PRESENTACIÓN VIGENCIA DE TIMBRESLA OFERTA: Se debe adjuntar El oferente deberá indicar la vigencia de su oferta. Sin embargo, en ningún caso ésta podrá ser inferior a la oferta el timbre de ¢200.00 60 (Doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105) y un timbre de ¢20.00 (Veinte colones exactos) sesenta días hábiles), contados a partir de la Ciudad de Las Niñas (Artículo 3 Ley 6496). CERTIFICACIONES: El Oferente deberá presentar lo siguiente: Certificación de la Personería Jurídica; donde adicionalmente se indique la cantidad de años de constituida la empresa. Cuando se trata de una sociedad costarricense colectiva, en comandita, anónima o de responsabilidad limitada, deberá acompañar con su propuesta una CERTIFICACIÓN PÚBLICA SOBRE LA NATURALEZA Y PROPIEDAD DE SUS CUOTAS O ACCIONES. Si las cuotas o acciones fueren nominativas y éstas pertenecieren a otra sociedad, deberá igualmente aportarse certificación pública respecto de esta última en cuanto a la naturaleza de sus acciones. Las certificaciones serán emitidas: En cuanto a la naturaleza fecha señalada para el recibo de las cuotas o acciones; por el Registro Público o por un notario público, con vista en los libros del Registro. En cuanto a la propiedad de las cuotas o acciones, por un notario público o contador público autorizado, con vista en los libros de la sociedad. No obstante, si se tratare de una sociedad inscrita dentro del año anterior al requerimiento de la certificación, o modificada a acciones nominativas dentro del período indicado, la certificación sobre ambos extremos podrá ser extendida por el Registro Público o por un notario. Si la certificación hubiese sido presentada en algún otro concurso de contratación administrativa anterior, o fue actualizada en el Registro de Proveedores en un plazo no mayor de un año, se admitirá sobre las mismas bases, aportando las referencias del expediente en que consta la certificación. La certificación tiene una vigencia de un añoofertas.

Appears in 1 contract

Samples: www.bccr.fi.cr

Garantía de Participación. El Oferente deberá presentar la garantía de participación por un monto de ¢1.000.000.00 (un millón de colones con 00/100). En caso de ofertas en dólares, para garantías en dólares se utilizará como equivalencia, el tipo de cambio de venta publicado por el Banco Central el día anterior a la apertura de ofertas. La garantía de participación deberá tener una vigencia mínima de tres meses contados a partir de la apertura de las ofertas (para efectos de este cartel un mes corresponde a 30 días naturales). Cuando la garantía es rendida en dinero en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia, el Oferente deberá presentarla antes de la hora de apertura de las ofertas en el Área xx Xxxxx en el primer piso del edificio principal del Banco, y entregar copia del recibo emitido al Departamento de Proveeduría, antes de la apertura de las ofertas. En el caso de presentación de bonos, certificados a plazo, o carta de garantía el Oferente deberá de entregarlos antes de la hora de apertura de las ofertas en el Departamento de Proveeduría. La garantía de participación se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 37 al 39 37, 38, 39, 42 y del 42 al 45 43 del R.L.C.A. PRESENTACIÓN DE TIMBRES: Se debe adjuntar Previo a la apertura de ofertas y de conformidad con lo indicado en el artículo 33 de la Ley de la Contratación Administrativa, el oferente deberá presentar una garantía de participación por un monto de ¢500.000,00 (quinientos mil colones netos) , la cual deberá depositar en la Tesorería Municipal, adjuntando en su oferta la copia del recibido de la garantía; o en su defecto presentar en el timbre Departamento de ¢200.00 Proveeduría y en el acto de la apertura de las ofertas el documento respectivo de la Garantía. La garantía de participación tendrá una vigencia mínima de 120 (Doscientos colones exactosciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas y será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los 8 (ocho) días hábiles siguientes a la firmeza en vía administrativa del acto de adjudicación, excepto la de aquel que resulte adjudicatario, la cual se retendrá hasta la rendición de la garantía de cumplimiento y que se satisfagan las demás formalidades conducentes a asegurar el cumplimiento del contrato. En caso de ser necesario, quienes deseen mantener su interés legítimo de participar en el presente proceso de contratación, deberán ampliar la vigencia de la garantía hasta que se cumplan los plazos y requisitos correspondientes. Si el adjudicatario no rindiera la garantía de cumplimiento a satisfacción de la Municipalidad, ésta podrá disponer de la garantía de participación, sin derecho a reclamo por parte del adjudicatario, de conformidad con lo que establece el Art. No.39 inciso e) del Colegio Reglamento a la Ley de Profesionales Contratación Administrativa. Lo anterior, sin perjuicio del cobro de daños y perjuicios que pudiera corresponder. En el evento que el adjudicatario no rindiera la garantía de cumplimiento, los oferentes que desearen conservar su interés legítimo en Ciencias Económicas la licitación, deberán mantener, y si fuera el caso prorrogar, la vigencia de sus ofertas y sus garantías hasta tanto la adjudicación, o re adjudicación, si procede, no adquiera firmeza en vía administrativa, o se declare desierto el concurso. La garantía de participación se regirá por las disposiciones establecidas en el artículo 42 de R.L.C.A. Podrá rendirse mediante depósito xx xxxx de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los Bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal; certificados de depósito a plazo, bonos del Estado o de sus Instituciones, cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional; dinero en efectivo mediante depósito a la cuenta de la Municipalidad xx Xxxxxxxxx en el Banco Nacional número XXXXXXXXX, presentando la boleta respectiva o mediante depósito en las Cajas de Tesorería de la Municipalidad xx Xxxxxxxxx. Las garantías también podrán ser extendidas por bancos internacionales de primer orden, según reconocimiento que haga el Banco Central xx Xxxxx Rica, cuando cuenten con un corresponsal autorizado en el país, siempre y cuando sean emitidas conforme la legislación costarricense y sean ejecutables en caso de ser necesario. Toda garantía deberá ser presentada con su documento original en el departamento de Tesorería de la Municipalidad xx Xxxxxxxxx, En este caso en el departamento de Proveeduría se deberá presentar copia de la garantía con el respectivo comprobante de recepción de la tesorería municipal, dentro de los plazos xx xxx, o en su defecto presentar en el Departamento de Proveeduría y en el acto de la apertura de las ofertas el documento original de la Garantía. Los precios serán considerados firmes, definitivos y en plaza. El oferente deberá ofertar el costo por hora maquina (Ley 7105ítem N°1, N°2, N°3, N°5 y N°6) y un timbre kilometro (ítem N°4), en números y letras coinsidentes. La Proveeduría Municipal verificará que las ofertas que se hayan establecido como elegibles, no contengan errores aritméticos y si los hubiere, cuando haya diferencia entre los montos indicados en números y en letras, prevalecerá los indicados en letras. Se recibirán ofertas sin prejuicio de ¢20.00 (Veinte eventuales reajustes siempre que sean solicitados una vez iniciada la ejecución contractual y se cumpla con lo establecido en Reglamento de Contratación Administrativa. La oferta debe presentarse preferiblemente en moneda nacional, no obstante, si el precio cotizado es en dólares estadounidenses la Proveeduría Institucional definirá el valor en colones exactos) conforme al tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica vigente al momento de la Ciudad apertura de Las Niñas las ofertas, todo según el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para efectos de cotización del precio y de facturación, el oferente y adjudicatario debe considerar que la Municipalidad está exento del pago de todo tipo de impuestos, de acuerdo a la Ley 7794, Artículo 8 del Código Municipal. Los oferentes podrán ofrecer descuentos en el precio para el servicio objeto de esta licitación. La Municipalidad tomará en cuenta los descuentos ofrecidos, para efectos de comparación de ofertas y adjudicación; siempre y cuando se presenten con la oferta y sus condiciones no violen los principios de eficiencia, igualdad, y libre competencia, establecidos en la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa. Los precios máximos por hora, de acuerdo con el modelo y las características de las máquina que aceptará la Administración, serán los establecidos en el Decreto Ejecutivo Nº 38157­MOPT “Tarifas de Alquiler de Maquinaria, contenidas en la tabla denominada “Costos Máximos Horario de Equipo y Maquinaira”. Para tal efecto se considera que una máquina está dentro de la vida útil si su fecha de fabricación es menor a 6 años o tiene menos de 12.000 horas de trabajo. Por lo tanto, para que los precios ofrecidos sean válidos y la oferta sea admisible, los precios ofertados para cada máquina deberán ser iguales o menores a los indicados en esa publicación para la maquinaria respectiva. El oferente que resulte adjudicatario de esta contratación, acepta que los precios adjudicados, se mantendrán invariables durante la ejecución del contrato y sólo se podrán modificar cuando la administración municipal haya aprobado un reajuste conforme a lo establecido en el punto 6.2 de la Sección A del presente cartel. El oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen. El detalle del modelo de costos será considerado un documento esencial de la oferta, por lo que su ausencia hará que la oferta resulte inelegible conforme a lo establecido en el artículo 26 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. La estructura de costos deberá incluir todos sus componentes así como su incidencia porcentual sobre el costo final del servicio, tal y como se indica a continuación: Fórmula de estructura del precio: En donde, P = 100% referido al precio de cotización MO = porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización I = porcentaje de insumos del precio de cotización GA = porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización U = porcentaje de utilidad del precio de cotización Partiendo de una estructura de precios como la anterior, el reajuste del costo del servicio en caso de solicitarse, se aplicará de conformidad con el Transitorio II del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos, mediante la siguiente fórmula matemática: Variación= [MO (Artículo 3 Ley 6496i MOtm / i MOtc ) + I (i Iti / i Itc ) + GA (iGAtg/iGAtc)] + U Pv = Pc (1+ variación relativa total de los tres componentes de costo). CERTIFICACIONESDonde: El Oferente deberá presentar lo siguiente: Certificación Pv = precio variado. Pc = precio de cotización o últimamente reajustado, cuando la fórmula se aplica por primera vez, y como precio últimamente revisado, en posteriores aplicaciones. MO = porcentaje de costo de mano de obra respecto al precio de co tización. I = porcentaje de insumos del precio de xxxxxxxxxx.XX = porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización. U = porcentaje de utilidad respecto del precio de cotización. iMOtm = índice del costo de la Personería Jurídica; donde adicionalmente mano de obra en el momento considerado para la variación. IMOtc = índice del costo de la mano de obra en el momento de la cotización, cuando la fórmula se indique aplica por primera vez, y como vigente al momento de la cantidad de años de constituida la empresa. Cuando se trata de una sociedad costarricense colectivaúltima revisión, en comanditaposteriores aplicaciones. iIti = índice del costo de insumos en el momento considerado para la variación. iItc = índice del costo de insumos en el momento de la cotización, anónima o cuando la fórmula se aplica por primera vez, y como vigente al momento de responsabilidad limitadala última revisión, deberá acompañar en posteriores aplicaciones. iGAtg = índice del costo de gastos administrativos en el momento considerado para la variación. iGAtc = índice del costo de gastos administrativos en el momento de la cotización, cuando la fórmula se aplica por primera vez, y como vigente al momento de la última revisión, en posteriores aplicaciones La fuente de los índices vinculados con su propuesta una CERTIFICACIÓN PÚBLICA SOBRE LA NATURALEZA Y PROPIEDAD DE SUS CUOTAS O ACCIONES. Si las cuotas o acciones fueren nominativas y éstas pertenecieren a otra sociedad, deberá igualmente aportarse certificación pública respecto de esta última en cuanto a la naturaleza de sus acciones. Las certificaciones serán emitidaslos elementos son los siguientes: En cuanto el caso del componente Mano de Obra , la variación del elemento se obtendrá a la naturaleza partir del Índice de las cuotas o acciones; Salarios Mínimos Nominales (ISMN) para el rubro “Servicios” publicado por el Registro Público o por un notario público, con vista en los libros del RegistroBanco Central xx Xxxxx Rica . En cuanto al elemento Insumos , se consolidan todos aquellos componentes que no califican dentro de mano de obra ni gasto administrativo. La variación del componente insumos se obtendrá a partir del Índice de Precios de Servicios (IPS) para el rubro “General” que publica el Banco Central xx Xxxxx Rica. En cuanto al elemento Gasto Administrativo , se utilizará el Índice General de Precios al Consumidor (IPC) para el rubro “Bienes y Servicios Diversos” publicado por el Banco Central xx Xxxxx Rica. Es importante advertir que conforme a la propiedad legislación de las cuotas reajustes vigente a la fecha, EL CONTRATISTA está obligado a presentar el cálculo de reajuste para que LA MUNICIPALIDAD proceda a su revisión, razón por la cual EL CONTRATISTA a la hora que presente dicho cálculo debe haber efectuado la revisión de los porcentajes de reajuste correspondientes. El reajuste se hará en estricto apego a la forma establecida en el contrato para brindar el servicio propio de esta contratación, de manera que ante cualquier eventual atraso en la ejecución del servicio o accionesincumplimientos imputables al CONTRATISTA, por un notario público o contador público autorizadoel reajuste del servicio ejecutado con atraso, se pagará con vista base en los libros índices correspondientes al mes en que EL CONTRATISTA debió ejecutar dicho servicio. Si dicho reajuste es aprobado, el oferente deberá ajustar el monto de la sociedadGarantía de Cumplimiento. No obstantePara aplicar el reajuste, si se tratare el contratista deberá presentar en su oferta un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que componen su precio, incluyendo un desglose de una sociedad inscrita dentro del año anterior al requerimiento los precios unitarios conforme a lo establecido en el punto 6.1.10 de la certificación, o modificada a acciones nominativas dentro Sección A del período indicado, la certificación sobre ambos extremos podrá ser extendida por el Registro Público o por un notario. Si la certificación hubiese sido presentada en algún otro concurso de contratación administrativa anterior, o fue actualizada en el Registro de Proveedores en un plazo no mayor de un año, se admitirá sobre las mismas bases, aportando las referencias del expediente en que consta la certificación. La certificación tiene una vigencia de un añopresente cartel.

Appears in 1 contract

Samples: ungl.or.cr