Habilitación normativa. 1. Se faculta a la persona titular de la Consejería de Educación y Empleo, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de las normas contenidas en el presente decreto.
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Habilitación normativa. 1. Se faculta a la persona titular de la Consejería de Educación y Empleo, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de las normas contenidas en el la presente decretoorden.
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