Common use of HONORARIOS MÉDICOS Clause in Contracts

HONORARIOS MÉDICOS. ES LA REMUNERACIÓN QUE OBTIENE EL PROFESIONISTA MÉDICO LEGALMENTE RECONOCIDO POR LOS SERVICIOS PROFESIONALES QUE PRESTA A LOS ASEGURADOS, PREVIA EXPEDICIÓN DEL RECIBO O FACTURA CORRESPONDIENTE CON REQUISITOS FISCALES. HOSPITAL. SE ENTENDERÁ POR HOSPITAL AQUELLA INSTITUCIÓN QUE OPERA EN MÉXICO, APROBADA POR LAS LEYES MEXICANAS PARA BRINDAR SERVICIOS RELACIONADOS AL CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD. HOSPITALIZACIÓN. PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA, ES LA ESTANCIA CONTINUA EN UN HOSPITAL O SANATORIO, SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA COMPROBADO Y JUSTIFICADO PARA EL PADECIMIENTO; DICHO PERÍODO EMPEZARÁ A CORRER EN EL MOMENTO EN QUE EL ASEGURADO INGRESE COMO PACIENTE INTERNO. MÉDICO. PERSONA TITULADA Y LEGALMENTE AUTORIZADA MEDIANTE CÉDULA PROFESIONAL VIGENTE PARA EJERCER LA MEDICINA, PUDIENDO SER MÉDICO GENERAL O MÉDICO ESPECIALISTA. PADECIMIENTOS PREXISTENTES. SE ENTENDERÁ POR PADECIMIENTOS PREXISTENTES AQUELLOS QUE PRESENTEN UNA O VARIAS DE LAS CARACTERÍSTICAS SIGUIENTES: QUE HAYA SIDO DECLARADO ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, Y/O; QUE EN UN EXPEDIENTE MÉDICO SE DETERMINE SU EXISTENCIA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, Y/O; QUE HAYA SIDO DIAGNOSTICADO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, MEDIANTE PRUEBAS DE LABORATORIO, GABINETE O CUALQUIER OTRO MEDIO RECONOCIDO DE DIAGNÓSTICO, Y/O; QUE PREVIAMENTE A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, SE HAYAN REALIZADO GASTOS COMPROBABLES DOCUMENTALMENTE PARA RECIBIR UN DIAGNÓSTICO O TRATAMIENTO MÉDICO.

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Samples: Contratación De Seguros, Contratación De Pólizas, Licitación Pública Nacional

HONORARIOS MÉDICOS. ES LA REMUNERACIÓN QUE OBTIENE EL PROFESIONISTA MÉDICO LEGALMENTE RECONOCIDO POR LOS SERVICIOS PROFESIONALES QUE PRESTA A LOS ASEGURADOS, PREVIA EXPEDICIÓN DEL RECIBO O FACTURA CORRESPONDIENTE CON REQUISITOS FISCALES. HOSPITAL. SE ENTENDERÁ POR HOSPITAL AQUELLA INSTITUCIÓN QUE OPERA EN MÉXICO, APROBADA POR LAS LEYES MEXICANAS PARA BRINDAR SERVICIOS RELACIONADOS AL CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD. HOSPITALIZACIÓN. PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA, ES LA ESTANCIA CONTINUA EN UN HOSPITAL O SANATORIO, SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA COMPROBADO Y JUSTIFICADO PARA EL PADECIMIENTO; DICHO PERÍODO EMPEZARÁ A CORRER EN EL MOMENTO EN QUE EL ASEGURADO INGRESE COMO PACIENTE INTERNO. MÉDICO. PERSONA TITULADA Y LEGALMENTE AUTORIZADA MEDIANTE CÉDULA PROFESIONAL VIGENTE PARA EJERCER LA MEDICINA, PUDIENDO SER MÉDICO GENERAL O MÉDICO ESPECIALISTA. PADECIMIENTOS PREXISTENTESPREEXISTENTES. SE ENTENDERÁ POR PADECIMIENTOS PREXISTENTES AQUELLOS QUE PRESENTEN UNA CONSIDERARÁ PREEXISTENTE, CUALQUIER ENFERMEDAD O VARIAS DE LAS CARACTERÍSTICAS SIGUIENTESPADECIMIENTO: QUE HAYA SIDO DECLARADO ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, Y/O; QUE EN UN EXPEDIENTE MÉDICO SE DETERMINE SU EXISTENCIA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, Y/O; QUE HAYA SIDO DIAGNOSTICADO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, MEDIANTE PRUEBAS DE LABORATORIO, GABINETE O CUALQUIER OTRO MEDIO RECONOCIDO DE DIAGNÓSTICO, Y/O; POR EL QUE PREVIAMENTE A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, SE HAYAN REALIZADO GASTOS COMPROBABLES DOCUMENTALMENTE PARA RECIBIR UN DIAGNÓSTICO O TRATAMIENTO MÉDICO.

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Samples: Contratación De Seguros

HONORARIOS MÉDICOS. ES LA REMUNERACIÓN QUE OBTIENE EL PROFESIONISTA MÉDICO LEGALMENTE RECONOCIDO POR LOS SERVICIOS PROFESIONALES QUE PRESTA A LOS ASEGURADOS, PREVIA EXPEDICIÓN DEL RECIBO O FACTURA CORRESPONDIENTE CON REQUISITOS FISCALES. HOSPITAL. SE ENTENDERÁ POR HOSPITAL AQUELLA INSTITUCIÓN QUE OPERA EN MÉXICO, APROBADA POR LAS LEYES MEXICANAS PARA BRINDAR SERVICIOS RELACIONADOS AL CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD. HOSPITALIZACIÓN. PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA, ES LA ESTANCIA CONTINUA EN UN HOSPITAL O SANATORIO, SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA COMPROBADO Y JUSTIFICADO PARA EL PADECIMIENTO; DICHO PERÍODO EMPEZARÁ A CORRER EN EL MOMENTO EN QUE EL ASEGURADO INGRESE COMO PACIENTE INTERNO. MÉDICO. PERSONA TITULADA Y LEGALMENTE AUTORIZADA MEDIANTE CÉDULA PROFESIONAL VIGENTE PARA EJERCER LA MEDICINA, PUDIENDO SER MÉDICO GENERAL O MÉDICO ESPECIALISTA. PADECIMIENTOS PREXISTENTESPREEXISTENTES. SE ENTENDERÁ POR PADECIMIENTOS PREXISTENTES PREEXISTENTES AQUELLOS QUE PRESENTEN UNA O VARIAS DE LAS CARACTERÍSTICAS SIGUIENTES: QUE HAYA SIDO DECLARADO CUYOS SÍNTOMAS Y/O SIGNOS SE HAYAN MANIFESTADO ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, Y/O; QUE EN UN EXPEDIENTE MÉDICO SE DETERMINE SU EXISTENCIA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA ALTA DEL ASEGURADO DENTRO DE LA PÓLIZA, Y/O; . EN LOS QUE SE HAYA SIDO DIAGNOSTICADO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE REALIZADO UN DIAGNÓSTICO MÉDICO PREVIO AL INICIO DE VIGENCIA DE COBERTURA DEL ASEGURADO BAJO LA PÓLIZA, MEDIANTE PRUEBAS DE LABORATORIO, GABINETE O CUALQUIER OTRO MEDIO RECONOCIDO DE DIAGNÓSTICO, Y/O; QUE PREVIAMENTE A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, SE HAYAN REALIZADO GASTOS COMPROBABLES DOCUMENTALMENTE PARA RECIBIR UN DIAGNÓSTICO O TRATAMIENTO MÉDICO.

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Samples: Licitación Pública Nacional