Common use of IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN Clause in Contracts

IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN. El dictamen de preadjudicación se notifica electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación. Los interesados podrán impugnarlo mediante PBAC dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, debiendo previamente, presentar en forma física la garantía de impugnación ante la Comisión Asesora de Preadjudicación, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas. La garantía deberá constituirse por el tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón impugnado, si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón cuestionado, conforme lo establecido en el artículo 19, apartado 1, inciso f) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16. La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata. Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto administrativo de adjudicación, previa vista y nuevo Dictamen de Preadjudicación, el que no se sustanciará. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.

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IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN. El dictamen de preadjudicación se notifica electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación. Los interesados podrán impugnarlo mediante PBAC dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, debiendo previamente, presentar en forma física la garantía de impugnación presentando el correspondiente descargo ante la Comisión Asesora Mesa de PreadjudicaciónEntradas del Departamento de Actuaciones Administrativas de la Gerencia General de Administración, sito en xxxxx 00 x/ xxxxx 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx corredor “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, junto con la garantía de impugnación. No obstante, mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-641-APN-PTE (o sus prórrogas), podrá presentarse en el siguiente correo electrónico: xxxxx.xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, consignado como referencia “impugnaciones al Dictamen de Preadjudicación”. La garantía deberá constituirse por el tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón impugnado, si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón cuestionado, conforme lo establecido en el artículo 19, apartado 1, inciso f) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. La garantía deberá constituirse mediante las formas establecidas en el artículo 19 apartado 2°, incisos 2 al 6 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. En caso que el oferente optare por constituir garantía mediante póliza de seguros de caución, la misma deberá ser emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata. Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto administrativo de adjudicación, previa vista y nuevo Dictamen de Preadjudicación, el que no se sustanciará. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.

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IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN. El dictamen de preadjudicación se notifica electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación. Los interesados podrán impugnarlo mediante PBAC dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, debiendo previamentepresentando el correspondiente descargo en el siguiente correo electrónico: xxx.xxx@xxxx.xxx.xx, presentar en forma física la garantía consignado como referencia “Impugnaciones al Dictamen de impugnación Preadjudicación”, y opcionalmente ante la Comisión Asesora Mesa de PreadjudicaciónEntradas del Departamento de Actuaciones Administrativas de la Gerencia General de Administración, sito en xxxxx 00 x/ xxxxx 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx corredor “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, junto con la garantía de impugnación. La garantía deberá constituirse por el tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón impugnado, si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón cuestionado, conforme lo establecido en el artículo 19, apartado 1, inciso f) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. La garantía deberá constituirse mediante las formas establecidas en el artículo 19 apartado 2°, incisos 2 al 6 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. En caso que el oferente optare por constituir garantía mediante póliza de seguros de caución, la misma deberá ser emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata. Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto administrativo de adjudicación, previa vista y nuevo Dictamen de Preadjudicación, el que no se sustanciará. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Para El Servicio De Renovación De La Licencia De Antivirus Palo Alto