Common use of Inclemencia del tiempo Clause in Contracts

Inclemencia del tiempo. Las decisiones que hubieran de adoptar las empresas para el caso de suspensión de los trabajos por inclemencia del tiempo, requerirán la participación de los Representantes de los Trabajado- res que pudieran resultar afectados por la suspensión aludida. Si por inclemencia del tiempo no se pudiera trabajar, habrá un xxxxxx xx xxxx días anuales retribuidos y no recuperables, siempre que el trabajador se presente en su puesto de trabajo a la hora del comienzo, salvo que pudiera estar imposibilitado por causa de fuer- za mayor, siempre que sea constatado y acreditado oficialmente y que esté en relación directa con la inclemencia del tiempo. Si una vez iniciados los trabajos se suspendieran, el empresario vendrá obligado al pago de los salarios correspondientes a la jornada com- pleta. En el supuesto de que la interrupción de la actividad, debido a inclemencias del tiempo, alcance un periodo continuado superior a diez días laborables, se estará a lo dispuesto en materia de suspen- sión del contrato, por causa de fuerza mayor, en el artículo 91.1.c) del V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción 2012-2016. El cómputo anual para la determinación de los días retribuidos por inclemencia del tiempo se contará a partir de la primera inte- rrupción o suspensión de los trabajos por tal causa, tanto para los trabajadores que se vean afectados por la misma como para los que causen alta con posterioridad.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo

Inclemencia del tiempo. Las decisiones que hubieran de adoptar las empresas para el caso de suspensión de los trabajos por inclemencia del tiempo, requerirán la participación de los Representantes representantes de los Trabajado- res tra- bajadores que pudieran resultar afectados por la suspensión aludida. Si por inclemencia del tiempo no se pudiera trabajar, habrá un xxxxxx xx xxxx máximo de dos días anuales retribuidos y no recuperables, siempre que el trabajador se presente en su puesto de trabajo a la hora del comienzo, salvo que pudiera estar imposibilitado por causa de fuer- za fuerza mayor, siempre que sea constatado y acreditado oficialmente y que esté en relación directa con la inclemencia del tiempo. Si una vez iniciados los trabajos se suspendieran, el empresario vendrá obligado al pago de los salarios correspondientes a la jornada com- pletacompleta. En el supuesto de que la interrupción de la actividad, debido a inclemencias del tiempo, alcance un periodo continuado superior a diez días laborables, se estará a lo dispuesto en materia de suspen- sión suspensión del contrato, contrato por causa de fuerza mayor, en el artículo 91.1.c) ), del V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción 2012-2016. El cómputo anual para la determinación deter- minación de los días retribuidos por inclemencia del tiempo se contará a partir de la primera inte- rrupción interrupción o suspensión de los trabajos trabajos, por tal causa, tanto para los trabajadores que se vean afectados por la misma como para los que causen alta con posterioridad.

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Samples: Convenio Colectivo Empresa Construcciones Y Proyectos Ramfran, Sociedad Limitada

Inclemencia del tiempo. Las decisiones que hubieran de adoptar las empresas para el caso de suspensión de los trabajos tra- bajos por inclemencia del tiempo, tiempo requerirán la participación de los Representantes representantes de los Trabajado- res trabaja- dores que pudieran resultar afectados por la suspensión aludida. Si por inclemencia del tiempo no se pudiera trabajar, habrá un xxxxxx xx xxxx máximo de dos días anuales retribuidos y no recuperables, siempre que el trabajador se presente en su puesto de trabajo a la hora del comienzo, salvo que pudiera estar imposibilitado por causa de fuer- za fuerza mayor, siempre que sea constatado y acreditado oficialmente y que esté en relación directa con la inclemencia del tiempo. Si una vez iniciados los trabajos se suspendieran, el empresario vendrá obligado al pago de los salarios correspondientes a la jornada com- pletacompleta. En el supuesto de que la interrupción de la actividad, debido a inclemencias del tiempo, alcance un periodo continuado superior a diez días laborables, se estará a lo dispuesto en materia de suspen- sión suspensión del contrato, por causa de fuerza mayor, en el artículo 91.1.c) ), del V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción 2012-2016. El cómputo anual para la determinación deter- minación de los días retribuidos por inclemencia del tiempo se contará a partir de la primera inte- rrupción interrupción o suspensión de los trabajos por tal causa, tanto para los trabajadores que se vean afectados por la misma como para los que causen alta con posterioridad.

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Samples: Convenio Colectivo Empresa Promociones Y Grúas Ramfran, Sociedad Limitada

Inclemencia del tiempo. Las decisiones que hubieran de adoptar las empresas para el caso de suspensión de los trabajos por inclemencia del tiempo, requerirán la participación de los Representantes de los Trabajado- res Trabajadores que pudieran resultar afectados por la suspensión aludida. Si por inclemencia del tiempo no se pudiera trabajar, habrá un xxxxxx xx xxxx días anuales retribuidos y no recuperables, siempre que el trabajador se presente en su puesto de trabajo a la hora del comienzo, salvo que pudiera estar imposibilitado por causa de fuer- za fuerza mayor, siempre que sea constatado y acreditado oficialmente y que esté en relación directa con la inclemencia del tiempo. Si una vez iniciados los trabajos se suspendieran, el empresario vendrá obligado al pago de los salarios correspondientes a la jornada com- pletacompleta. En el supuesto de que la interrupción de la actividad, debido a inclemencias del tiempo, alcance un periodo continuado superior a diez días laborables, se estará a lo dispuesto en materia de suspen- sión suspensión del contrato, por causa de fuerza mayor, en el artículo 91.1.c) del V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción 2012-2016. El cómputo anual para la determinación de los días retribuidos por inclemencia del tiempo se contará a partir de la primera inte- rrupción interrupción o suspensión de los trabajos por tal causa, tanto para los trabajadores que se vean afectados por la misma como para los que causen alta con posterioridad.

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Samples: www.juntadeandalucia.es

Inclemencia del tiempo. Las decisiones que hubieran de adoptar las empresas para el caso de suspensión de los trabajos tra- bajos por inclemencia del tiempo, tiempo requerirán la participación de los Representantes representantes de los Trabajado- res trabaja- dores que pudieran resultar afectados por la suspensión aludida. Si por inclemencia del tiempo no se pudiera trabajar, habrá un xxxxxx xx xxxx días anuales anua- les retribuidos y no recuperables, siempre que el trabajador se presente en su puesto de trabajo a la hora del comienzo, ,salvo que pudiera estar imposibilitado por causa de fuer- za fuerza mayor, siempre que sea constatado y acreditado oficialmente y que esté en relación directa con la inclemencia del tiempo. Si una vez iniciados los trabajos se suspendieran, el empresario vendrá obligado al pago de los salarios correspondientes a la jornada com- pletacompleta. En el supuesto de que la interrupción de la actividad, debido a inclemencias del tiempo, alcance un periodo continuado superior a diez días laborables, se estará a lo dispuesto en materia de suspen- sión suspensión del contrato, por causa de fuerza mayor, en el artículo 91.1.c90.1.c) del V VI Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción 20122017-20162021. El cómputo anual para la determinación de los días retribuidos por inclemencia del tiempo tiem- po se contará a partir de la primera inte- rrupción interrupción o suspensión de los trabajos por tal causa, tanto para los trabajadores que se vean afectados por la misma como para los que causen alta con posterioridad.. Número 136 Lunes, 16 de julio de 2018 Página 28

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo