Common use of INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA es independiente de EL CONTRATANTE, y en consecuencia, no es su representante, agente o mandatario. No tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de EL CONTRATANTE, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo. Salvo expresa autorización de EL CONTRATANTE.

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Samples: Professional Services, Fiduciary Agreement, Fiduciary Agreement