Información Bancaria Cláusulas de Ejemplo

Información Bancaria. Los licitantes deberán entregar documento en original y hoja membretada de su empresa dirigido a “El Comité” mencionando el nombre y número de proceso licitatorio y firmado por el Representante o apoderado legal de la empresa, en el que manifieste la información bancaria necesaria para poder realizar el pago, la información se utilizará únicamente si el licitante resulta adjudicado (Anexo 11).
Información Bancaria. El Usuario se obliga a tratar la Información Bancaria y demás datos personales de cualquiera de sus Usuarios Finales de conformidad con una política de privacidad que cumpla, esencialmente, con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares vigente en la República Mexicana, su reglamento y demás disposiciones de carácter general asociadas. Asimismo, el Usuario deberá de poner a disposición de sus Usuarios Finales un aviso de privacidad o documento similar, en donde informe, por lo menos, lo establecido en el artículo 16 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares vigente en la República Mexicana, en la forma y términos que establecen en los Lineamientos del Aviso de Privacidad publicados en el Diario Oficial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos el día 17 de enero del año 2013. Finerio se reserva el derecho de revocar la licencia concedida en los términos del presente documento en caso de que considere que la política de privacidad y tratamiento de datos personales que el Usuario ponga a disposición de sus Usuarios Finales no cumpla con lo establecido en la presente cláusula.
Información Bancaria. Cobranza de factura Área de cobranza No Principales problemas en la gestion de cobranza y acciones a considerar Problema Descripción
Información Bancaria. Depósito Cheque Nombre del titular de la cuenta       Nombre del Banco CLABE (18 dígitos)       Datos Beneficiario (SC/IC)   Nombre Completo %     ANEXOS REQUERIDOS POR TIPO DE CONTRATO: SC Nueva contratación: Solicitud de Contrato Términos de Referencia Minuta del Proceso de Selección Currícula terna Acta de Nacimiento Formato de Vendor con información bancaria Solicitud de Contrato Términos de Referencia Evaluación de Desempeño. En caso de extranjeros agregar documento migratorio actualizado.
Información Bancaria. Por favor háganos saber el Número de Cuenta (CLABE) en donde desea que sus reembolsos por descuento por volúmenes de compra sean depositadas. Nombre del cuentahabiente No. de cuenta (CLABE)
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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.