Disposiciones de carácter general Cláusulas de Ejemplo

Disposiciones de carácter general. En el caso de que cualquier disposición de la presente Licencia fuera declarada ineficaz, dicha declaración no afectará a la eficacia y exigibilidad de las restantes disposiciones. La disposición o disposiciones afectadas en cuestión se entenderán modificadas con la mínima extensión que fuera necesaria a efectos de asegurar su validez y exigibilidad de conformidad con la legislación aplicable y la intención de las partes manifestada en la presente Licencia. La presente Licencia se regirá e interpretará por la legislación xx Xxxxxxx, sin atender a cualquier disposición prevista en las mismas en materia de reenvío o conflicto xx xxxxx y cualesquiera disputas que puedan surgir en relación con esta Licencia estarán sujetas a la jurisdicción exclusiva de los tribunales xx Xxxxxxx. Los derechos y obligaciones de las partes derivados de la presente Licencia no estarán sujetos a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
Disposiciones de carácter general. En el caso de que cualquier disposición de la presente Licencia fuera declarada ineficaz, dicha declaración no afectará a la eficacia y exigibilidad de las restantes disposiciones. La disposición o disposiciones afectadas en cuestión se entenderán modificadas con la mínima extensión que fuera necesaria a efectos de asegurar su validez y exigibilidad de conformidad con la legislación aplicable y la intención de las partes manifestada en la presente Licencia. La
Disposiciones de carácter general. Las presentes condiciones de suministro junto con los documentos indicados en el Art. 2, regulan la relación contractual entre Aruba S.p.a., con domicilio legal en Bibbiena Stazione (AR), Loc. Palazzetto 4, C.I.F 01573850516 (también “Aruba” o “Proveedor”) y el Cliente para el suministro de los servicios de Hosting como aparecen descritos a continuación.
Disposiciones de carácter general. Artículo 1. Objeto. El objeto de la presente orden es establecer las disposiciones de aplicación de las ayudas de pagos directos a los agricultores y ganaderos en el marco de la Política Agrícola Común (PAC) y se convocan para el año 2021 de conformidad con el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural (BOE nº 307, de 20 de diciembre de 2014), que deberán realizar los solicitantes cuya explotación radique en Castilla-La Mancha o en su caso, la mayor parte de la superficie agraria de la misma y en caso de no disponer de superficie agraria donde se encuentren el mayor número de animales, que deseen solicitar alguna o todas de las siguientes ayudas:
Disposiciones de carácter general. Usted acuerda que el presente Contrato constituye la declaración completa y exclusiva del Contrato existente entre usted y Snap-on que sustituye y anula a cualquier propuesta o contrato anterior, verbal o escrito, y cualesquiera otras comunicaciones entre usted y Snap-on en relación con el objeto del presente Contrato. En caso de que, por cualquier motivo, un juzgado o tribunal competente declare ilegal o no ejecutable cualquier disposición del presente Contrato, dicha disposición se ejecutará en la mayor medida posible para reflejar la intención de las partes, y el resto del presente Contrato permanecerá plenamente vigente. La ausencia, por cualquiera de las partes, de solicitar el estricto cumplimiento por la otra parte de cualquier disposición del presente Contrato no constituirá una renuncia de dicha disposición ni afectará en un futuro al pleno derecho que asiste a la parte a requerir su estricto cumplimiento. El presente Contrato sólo podrá modificarse mediante una modificación escrita y específica firmada por los representantes autorizados de ambas partes.
Disposiciones de carácter general. 1. Las condiciones sociales aquí reguladas tienen carácter de mínimos, por lo que cualquier mejora como consecuencia de acuerdo de las partes, convenio colectivo, pacto o contrato o cualquier otra norma será de inmediata aplicación, subsistiendo inalterables las restantes.
Disposiciones de carácter general. El presente Colectivo está concertado entre: ▪ PAGINAS XXXXXXXXX SOLUCIONES DIGITALES SAU, NIF A84619485, y domicilio social en San Xxxxxxxxx de los Xxxxx (Madrid) Xxxx. xx Xxxx Xxxxxxxx xx 7 y el ▪ COMITÉ DE EMPRESA DE LA COMPAÑÍA. Ambas Partes se reconocen plena capacidad y legitimación para la firma del presente Convenio.
Disposiciones de carácter general. ⬩ Avisos y mensajes: El Cliente acepta que Xxxxxx envíe avisos y mensajes en las Notificaciones enviadas al Cliente, y más concretamente: (i) dentro de los Servicios, (ii) a través de mensajes SMS y correos electrónicos, y (iii) a través del sitio web de Alpega, el boletín de Alpega o un comunicado en la factura de Alpega.
Disposiciones de carácter general.  Modificaciones: en atención a la prestación por Alpega de sus Servicios, y dado igualmente cualquier desarrollo ulterior de los mismos, Alpega se reserva el derecho a realizar cualesquiera cambios y modificaciones en cualquier momento al Contrato, a su absoluta discreción y, en particular, a imponer cualesquiera TCG, TCP y/o Documentación, en cada caso nuevos o adicionales a los existentes. Cualquier cambio o modificación del Contrato entrará en vigor en la fecha señalada por Xxxxxx en su(s) sitio(s) web y/o en el Perfil del Cliente. En el caso de que la modificación del Contrato fuera de carácter material, Alpega adoptará todas las medidas razonables que procedan a efectos de Notificar al Cliente tales modificaciones. En cualquier caso, la continuación en la Utilización del Servicio por parte del Cliente tras la publicación de tales modificaciones, con o sin Notificación, se entenderá como aceptación vinculante del Contrato modificado.  Fuerza Mayor: ni el Cliente ni Xxxxxx serán responsables, salvo por el pago de los Precios y del de los Impuestos y Costes vencidos y exigibles, de ningún retraso o incumplimiento debido a cualquier supuesto de Fuerza Mayor, no siendo tampoco responsables de cualquier daño causado por la falta de cumplimiento o demora en el cumplimiento de cualesquiera obligaciones que trajera causa de dicha Fuerza Mayor.  Continuidad de ciertas disposiciones: aquellas disposiciones del Contrato cuyo propósito y alcance hubieran sido diseñados a efectos de continuar en vigor tras la resolución del Contrato continuarán efectivamente en vigor tras dicha resolución, finalización, cumplimiento o cancelación del Contrato.  Cesión: el Cliente no podrá ceder ninguno de sus derechos y obligaciones derivados del Contrato a favor xx Xxxxxxx alguno, salvo en caso de fusión, escisión o aportación parcial, en cada caso sin el previo consentimiento por escrito de Xxxxxx. Cualquier intento de cesión no consentida será nulo y no surtirá efecto alguno. Aún en el caso de que cualquier cesión por parte del Cliente hubiera sido aprobada por Xxxxxx, el Cliente seguirá siendo responsable del pago de cualesquiera importes debidos en virtud del Contrato. Alpega se reserva el derecho a ceder cualquiera de sus derechos u obligaciones derivados del Contrato a favor de cualquier Afiliada del grupo Alpega Corporate o de cualquier Tercero. El Cliente no podrá revender ningún Servicio, ni de ninguna otra forma poner dicho Servicio a disposición del Usuario o Tercer...
Disposiciones de carácter general. Las presentes condiciones de suministro junto con los documentos indicados en el Art. 2, regulan la relación contractual entre Aruba S.p.a., con domicilio legal en Ponte San Xxxxxx (BG), Xxx Xxx Xxxxxxxx 00, C.I.F 01573850516 (también "