Common use of Inhabilitados para la presentación Clause in Contracts

Inhabilitados para la presentación. No podrán concurrir como Oferentes: a) Los agentes y funcionarios del Municipio de Mercedes y las empresas en las cuales aquéllos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función pública. b) Las personas que se encuentren inhabilitados por condena judicial. c) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial. d) Las personas que sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f) Las personas que se encontraren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g) Las inhabilidades contempladas en los incisos precedentes serán también de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legales, se encontraren comprendidos en dichas causales o se hubieren desempeñado como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestos. h) De igual modo, cuando en forma individual, o las sociedades que éstos integren, se encuentren suspendidas por decisión del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto de rescisión por su culpa, de contratos administrativos.

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Samples: Licitación Y Contratación De Servicios, Licitación Y Contratación De Servicios

Inhabilitados para la presentación. No podrán concurrir como Oferentes: a1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal que tengan competencia funcional directa respecto de la licitación o ejecución de la Obra o control de la misma (en los términos del Municipio artículo 13 de Mercedes la Ley N° 25.188) y las empresas en las cuales aquéllos que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función pública. b) Las personas que se encuentren inhabilitados por condena judicial. c) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial. d) Las personas que sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e2) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f3) Las personas que se encontraren encuentren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g4) Las inhabilidades contempladas personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales. 5) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro. 6) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación. 7) Toda persona a la que, dentro del término de los incisos precedentes serán también CINCO (5) años anteriores a la fecha de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legalespresentación de la Oferta, se encontraren comprendidos en dichas causales le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o se hubieren desempeñado como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestosMunicipal. h8) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional. 9) De igual modoToda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales. 10) Las organizaciones privadas, cuando en forma individualsu criterio más amplio, o las sociedades que éstos integrenhabiendo sido beneficiadas de subsidios u aportes estatales, se encuentren suspendidas estén incursas en incumplimientos en la presentación de rendiciones de cuentas. 11) Los inhabilitados por condena judicial. 12) Aquellos suspendidos por decisión del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto Públicas. Los Oferentes deberán prestar declaración jurada de rescisión por su culpa, no encontrarse incursos en ninguna de contratos administrativoslas referidas causales de inhabilidad.

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Samples: Licitación

Inhabilitados para la presentación. No podrán concurrir como Oferentes: a1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal que tengan competencia funcional directa respecto de la licitación o ejecución de la Obra o control de la misma(en los términos del Municipio artículo 13 de Mercedes y la Ley N° 25.188)y las empresas en las cuales aquéllos que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función pública. b) Las personas que se encuentren inhabilitados por condena judicial. c) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial. d) Las personas que sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e2) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f3) Las personas que se encontraren encuentren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g4) Las inhabilidades contempladas personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales. 5) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro. 6) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación. 7) Toda persona a laque, dentro del término de los incisos precedentes serán también CINCO (5) años anteriores a la fecha de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legalespresentación de la Oferta, se encontraren comprendidos en dichas causales le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o se hubieren desempeñado como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestosMunicipal. h8) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional. 9) De igual modoToda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales. 10) Las organizaciones privadas, cuando en forma individualsu criterio más amplio, o que habiendo sido beneficiadas de subsidios u aportes estatales, estén incursas en incumplimientos en la presentación de rendiciones de cuentas. Los Oferentes deberán prestar declaración jurada de no encontrarse incursos en ninguna de las sociedades que éstos integren, se encuentren suspendidas por decisión del Registro Nacional referidas causales de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto de rescisión por su culpa, de contratos administrativosinhabilidad.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones

Inhabilitados para la presentación. No podrán concurrir como Oferentes: a1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal que tengan competencia funcional directa respecto de la licitación o ejecución de la Obra o control de la misma (en los términos del Municipio artículo 13 de Mercedes la Ley N° 25.188) y las empresas en las cuales aquéllos que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función pública. b) Las personas que se encuentren inhabilitados por condena judicial. c) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial. d) Las personas que sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e2) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f3) Las personas que se encontraren encuentren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g4) Las inhabilidades contempladas personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales. 5) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro. 6) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación. 7) Toda persona a laque, dentro del término de los incisos precedentes serán también CINCO (5) años anteriores a la fecha de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legalespresentación de la Oferta, se encontraren comprendidos en dichas causales le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o se hubieren desempeñado como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestosMunicipal. h8) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional. 9) De igual modoToda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales. 10) Las organizaciones privadas, cuando en forma individualsu criterio más amplio, o que habiendo sido beneficiadas de subsidios u aportes estatales, estén incursas en incumplimientos en la presentación de rendiciones de cuentas. Los Oferentes deberán prestar declaración jurada de no encontrarse incursos en ninguna de las sociedades que éstos integren, se encuentren suspendidas por decisión del Registro Nacional referidas causales de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto de rescisión por su culpa, de contratos administrativosinhabilidad.

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Samples: Licensing Agreement

Inhabilitados para la presentación. No podrán concurrir como Oferentes: a1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal que tengan competencia funcional directa respecto de la licitación o ejecución de la Obra o control de la misma (en los términos del Municipio artículo 13 de Mercedes la Ley N° 25.188) y las empresas en las cuales aquéllos que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función pública. b) Las personas que se encuentren inhabilitados por condena judicial. c) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial. d) Las personas que sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e2) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f3) Las personas que se encontraren encuentren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g4) Las inhabilidades contempladas personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales. 5) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro. 6) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación. 7) Toda persona a la que, dentro del término de los incisos precedentes serán también CINCO (5) años anteriores a la fecha de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legalespresentación de la Oferta, se encontraren comprendidos en dichas causales le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o se hubieren desempeñado como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestosMunicipal. h8) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional. 9) De igual modoToda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales. 10) Las organizaciones privadas, cuando en forma individualsu criterio más amplio, o que habiendo sido beneficiadas de subsidios u aportes estatales, estén incursas en incumplimientos en la presentación de rendiciones de cuentas. Los Oferentes deberán prestar declaración jurada de no encontrarse incursos en ninguna de las sociedades que éstos integren, se encuentren suspendidas por decisión del Registro Nacional referidas causales de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto de rescisión por su culpa, de contratos administrativosinhabilidad.

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Samples: Licitación

Inhabilitados para la presentación. No podrán concurrir como Oferentes: a1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal que tengan competencia funcional directa respecto de la licitación o ejecución de la Obra o control de la misma (en los términos del Municipio artículo 13 de Mercedes la Ley N° 25.188) y las empresas en las cuales aquéllos que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función pública. b) Las personas que se encuentren inhabilitados por condena judicial. c) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial. d) Las personas que sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e2) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f3) Las personas que se encontraren encuentren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g4) Las inhabilidades contempladas personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales. 5) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro. 6) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación. Página14 7) Toda persona a la que, dentro del término de los incisos precedentes serán también CINCO (5) años anteriores a la fecha de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legalespresentación de la Oferta, se encontraren comprendidos en dichas causales le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o se hubieren desempeñado como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestosMunicipal. h8) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional. 9) De igual modoToda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales. 10) Las organizaciones privadas, cuando en forma individualsu criterio más amplio, o que habiendo sido beneficiadas de subsidios u aportes estatales, estén incursas en incumplimientos en la presentación de rendiciones de cuentas. Los Oferentes deberán prestar declaración jurada de no encontrarse incursos en ninguna de las sociedades que éstos integren, se encuentren suspendidas por decisión del Registro Nacional referidas causales de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto de rescisión por su culpa, de contratos administrativosinhabilidad.

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Samples: Licensing Agreements

Inhabilitados para la presentación. No podrán concurrir como Oferentes: a1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal que tengan competencia funcional directa respecto de la licitación o ejecución de la Obra o control de la misma(en los términos del Municipio artículo 13 de Mercedes y la Ley N° 25.188)y las empresas en las cuales aquéllos que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función pública. b) Las personas que se encuentren inhabilitados por condena judicial. c) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicial. d) Las personas que sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e2) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f3) Las personas que se encontraren encuentren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g4) Las inhabilidades contempladas personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales. 5) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro. 6) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación. Página14 7) Toda persona a laque, dentro del término de los incisos precedentes serán también CINCO (5) años anteriores a la fecha de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos o representantes legalespresentación de la Oferta, se encontraren comprendidos en dichas causales le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o se hubieren desempeñado como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestosMunicipal. h8) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional. 9) De igual modoToda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales. 10) Las organizaciones privadas, cuando en forma individualsu criterio más amplio, o que habiendo sido beneficiadas de subsidios u aportes estatales, estén incursas en incumplimientos en la presentación de rendiciones de cuentas. Los Oferentes deberán prestar declaración jurada de no encontrarse incursos en ninguna de las sociedades que éstos integren, se encuentren suspendidas por decisión del Registro Nacional referidas causales de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto de rescisión por su culpa, de contratos administrativosinhabilidad.

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Samples: Licitación

Inhabilitados para la presentación. En relación a la inhabilitación la misma se aplicará en relación con las jurisdicciones en las que se realizarán las obras a inspeccionar o en relación con el Comitente, y se extenderá hasta un año después de haber cesado en dichos cargos. Esta inhabilitación no alcanza al desempeño de funciones docentes o de investigación en cualquier nivel. No podrán concurrir como Oferentesproponentes: a) Los agentes y funcionarios del Municipio de Mercedes y las empresas en las cuales aquéllos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad socialToda persona que haya participado, de conformidad con lo establecido cualquiera sea su carácter, en la Ley elaboración de Ética Pública, N° 25.188, y toda otra incompatibilidad vinculada con la función públicapropuesta del Adjudicatario de la licitación convocada para la ejecución de la obra sujeta a la inspección objeto de la presente licitación. b) Las personas Quienes tengan incompatibilidades para contratar con el Estado. c) Toda persona que se encuentren inhabilitados encuentre inhabilitada por condena judicial. cd) Las personas que se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación judicialLos concursados e inhibidos. de) Las personas Los que sean evasores hubieran sido sancionados por incumplimiento de Contrato con el Estado. f) Los que tuvieran penas o deudores morosos impositivos sanciones pendientes de cumplimiento en el Registro xx Xxxxx y Sanciones del Estado Provincial, conforme lo establecido en el Decreto Acuerdo Serie “E” Nº 1.368/01. g) Toda persona declarada evasora y/o deudora morosa por deudas impositivas o previsionales, o deudores morosos xxx Xxxxx por decisión judicial o administrativa firme. e) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f) . Las personas que se encontraren procesadas por delitos de lesa humanidad, delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g) Las inhabilidades contempladas en los incisos precedentes inhabilitaciones establecidas serán también de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos gerentes, síndicos, socios o representantes legales, legales se encontraren encontraran comprendidos en dichas causales las mismas o se hubieren hubieran desempeñado en los últimos DOS (2) años como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestos. Asimismo, no podrán presentar propuestas aquellas personas jurídicas que no tengan el domicilio efectivamente radicado en el país, conforme al principio de la realidad económica. Los impedimentos indicados precedentemente alcanzan en el supuesto de personas jurídicas, a sus Directores, Socios Mayoritarios, Síndicos o Representantes Legales. Los oferentes deberán acompañar declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en estas inhabilidades quedando facultado el Comitente, a través de la Comisión de Pre-Adjudicación, para solicitar los informes correspondientes, si lo considera necesario. h) De igual modo, cuando en forma individual, o las sociedades que éstos integren, se encuentren suspendidas por decisión del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas o hubieren sido objeto de rescisión por su culpa, de contratos administrativos.

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Samples: Licitación Pública Nacional