Inspección de los trabajos. El Banco se reserva la facultad de inspeccionar el trabajo y requerir al adjudicatario que subsane las faltas y omisiones que puedan observarse, así como la de resolver el contrato cuando se observe alguna y no sea corregida por el contratista de inmediato, o en un plazo razonable a juicio del Banco.
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Samples: Contratación De Servicios Informáticos, Contratación Del Servicio De Organización Del Congreso Gafi Fatf, Contratación De Servicios Profesionales